JUNTA DE PORTAVOCES
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48 participantes
- Gunto García
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Sáb 10 Oct 2009 - 16:10
IR presenta a Mariano Reciproces (personaje indirecto) como Portavoz de IR.
Salud.2
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- Jaime Lopez
- Cantidad de envíos : 454
Edad : 32
Localización : Galicia
Fecha de inscripción : 07/05/2009
Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Dom 18 Oct 2009 - 13:56
El Partido Popular presenta una Mocion de Censura contra el Gobierno encabezado por UPyD con el apoyo de CDL.
La firman los diputados populares y del CDL.
Presentan a Jaime Lopez como candidato a la Presidencia de Canarias.
La firman los diputados populares y del CDL.
Presentan a Jaime Lopez como candidato a la Presidencia de Canarias.
- Maximiliano Salas
- Cantidad de envíos : 7810
Fecha de inscripción : 14/09/2008
Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Dom 18 Oct 2009 - 14:02
Jaime Lopez escribió:El Partido Popular presenta una Mocion de Censura contra el Gobierno encabezado por UPyD con el apoyo de CDL.
La firman los diputados populares y del CDL.
Presentan a Jaime Lopez como candidato a la Presidencia de Canarias.
FDP tio, tu estas en el gobierno. que no hablaste con sanchez? que mala comunicacion que tienen. Si mas comentarios.
- Jaime Lopez
- Cantidad de envíos : 454
Edad : 32
Localización : Galicia
Fecha de inscripción : 07/05/2009
Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Dom 18 Oct 2009 - 14:08
Maximiliano Salas escribió:Jaime Lopez escribió:El Partido Popular presenta una Mocion de Censura contra el Gobierno encabezado por UPyD con el apoyo de CDL.
La firman los diputados populares y del CDL.
Presentan a Jaime Lopez como candidato a la Presidencia de Canarias.
FDP tio, tu estas en el gobierno. que no hablaste con sanchez? que mala comunicacion que tienen. Si mas comentarios.
Yo soy el representante del PP en Canarias, no he visto mi nombre en ninguna consejeria y el sabe lo que estoy haciendo y me gustaria que la mocion pasara a debate.
- Maximiliano Salas
- Cantidad de envíos : 7810
Fecha de inscripción : 14/09/2008
Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Dom 18 Oct 2009 - 14:48
PL Sobre las familias. (Gobierno)
Preámbulo
La familia es la célula de la sociedad, y por ello necesita un atención especial del Gobierno, a fin de garantizar un pleno desarrollo en sus distintos ámbitos sociales, entendiéndose por esto, los educativos, económicos, culturales, de calidad de vida, etc.
Según la Constitución Nacional, el Gobierno debe asegurar a las familias la proteccion social, económica y jurídica
Las familias adoptivas tienen, por derecho, los mismos derechos que la familias con hijos comunes, y se requiere una ayuda extra para que fomentar esto en las parejas.
En Europa, en nivel de hijos por familia descienden, y en España particularmente, se está convirtiendo en una sociedad envejecida, donde los activos y la fuerza de trabajo, en unos años, no superara a los activos, desequilibrando la macroeconomía en general.
Esto ocurre mayormente por la desestabilidad entre la vida familiar y laboral en la sociedad.
Titulo I: Principios Generales
Art. 1: Seran considerados los siguientes terminos dentro de esta ley
Familia: sociedad formada por uno o dos ascendientes y descendientes, sean comunes o no.
Familia numerosa: Familia con 5 hijos o más, y 6 o 7 miembros.
Terrorismo Familiar: dícese de la violencia, fomentado por los progenitores hacia los hijos, o que uno de ellos es atacado en forma violenta por el otro.
Art. 2: El objeto de la presente es mejorar la calidad de vida de las familias en sus distintos ámbitos sociales.
Titulo II: Sobre el ámbito laboral
Art3.-Fomento de jornada flexible para padres y madres trabajadoras, ya sea trabajadores públicos, como privados.
Art3.1.-Los horarios serán preferentemente para los trabajadores estatales dependientes de las administraciones locales y/o regionales, de 7 am a 12pm y 3pm a 6 pm; de 7am a 3pm o de 2pm a 9pm de modo que cumplan las 8 horas. También podrán arreglar el horario entre la patronal, un representante del Gobierno, y el beneficiario.
Art3.2.-Sera requisito fundamental para este beneficio tener un hijo menor de 8 años.
Art3.3.- El gobierno deberá negociar con las empresas publicas y privados, a fin de que este beneficio alcance la mayor cobertura posible.
Art4.- Reducción de impuestos y tasas escolares para familias, de hasta un 50% por chico según la cantidad de hijos.
De 2: 39% por hijo
De 3 a 5: 45% por ciento por hijo
De 6 o mas: 50% por hijo
Art4.1.- El artículo anterior se aplica tanto a la primaria como a la secundaria
Art4.2.-Para las familias que tengan hijos que estudien en la universidad, y tengan allí a dos o mas se les hará una reducción:
De 2 a 4: 50% por hijo.
De 5 o mas: 80% por hijo.
Art4.3.-Para las familias de 3 hijos o más se le otorgara becas para así adquirir útiles escolares, transporte, etc. será de 100 euros mensuales.
Art4.4.- Sera requisito fundamental para los anteriores beneficios entregar documento del hijo y libreta o boletín de calificaciones.
Art5.-A cada familias con hijos de 3 años o menos, se les dará un carnet.
Art5.1.- El gobierno deberá acordar con empresas para que con el carnet, las familia
puedan acceder a descuentos en:
pañales
Leche materna
Juguetes y material didáctico
Medicamentos
Art5.2.-La anterior lista se puede adicionar con lo que necesiten las familias.
Art5.3.- Las familias pueden retirar su carnet 24 horas después del nacimiento, junto con, por única vez, una canasta con alimentos, pañales y leche. Y una tarjeta de felicitaciones en nombre del Parlamento Canario, firmado por sus diputados.
Art6.- Se crearan guarderías públicas gratuitas establecida cerca de donde trabajen los padres. Las empresas, podrán acordar con el Gobierno ayudas para implementación de estas. Serán gestionadas entre los cabildos y la autonomía.
Art6.1.-Tendran una plaza asegurada los hijos de trabajadores públicos. En caso de ser empresa privada, tendrán acceso los hijos de esta.
Art6.2.- Saldrán a oposición tantas plazas para trabajar en estas guarderías como lo estime el gobierno y la empresa.
Art6.3.- Se reservara el 15% de las plazas para gente que esté estudiando una carrera relacionada con la infancia, para realizar sus prácticas. Para el resto será por concurso a oposición.
Titulo III: Sobre el ámbito económico
Art7.- Se podra percibir una suma de 1000 euros por hijo, por unica vez, y mensulamente una ayuda de hasta 400 euros segun la cantidad de hijos:
De 2: 60 euros
De 3:120 euros
De 4: 200 euros
De 5: 350 euros
De 6 o más: se aumentan 50 euros por hijo.
Art7.1.-Podran percibir estas ayudas 24 horas después del nacimiento del niño y hasta los 4 años de edad.
Art7.2.- Sera requisito fundamental para acceder a las ayudas económicas:
Ser canario, residir al menos de 3 años en algún ayuntamiento canario.
En caso de tratarse de extranjeros, esta residencia será de 12 años.
Las parejas con hijos adoptivos recibirán un 105% de las ayudas.
En caso de tratarse de menores de 18 años, tendrá que estar acompañado de la firma de un tutor.
Titulo IV: Ayudas a las viviendas familiares
Art8.- Se otorgaran créditos blandos a las familias con madres embarazadas, para el acondicionamiento de su vivienda, para los hijos.
Art8.1.- Sera requisito fundamental, entregar planos certificados para la remodelación de la vivienda y gastos certificados detalladamente por el solicitante. Este presupuesto solo debe incluir los gastos para el acondicionamiento de la vivienda, al nuevo hijo.
Art8.2.- El interés será de 0%. El presupuesto estará en 25000000
Art8.3.-Las subidas en los tipos de interés serán soportados por el gobierno, nunca podrán pasarse al receptor.
Titulo V: Sobre las madres embarazadas y madres solteras.
Art9.- Las madres embarazadas con rentas menores al salario mínimo con más de tres meses, podrán adquirir un carnet, con el cual podrán acceder a beneficios médicos totalmente gratuitos.
Art9.1.- Los beneficios serán limitados y garantizados por el gobierno.
Art10.- Se crea el instituto de madres solteras, dependiente del gobierno de Islas Canarias y recibirá de ella la dotación presupuestaria. La inicial será 25000000
Art11.-Su objetivo será el de proporcionar cobertura psicológica y económica a aquellas madres solteras que lo solicitasen durante el embarazo y/o los 10 primeros años de vida del hijo.
Art12.- El Instituto contara con centros donde podrán residir las madres solteras, que no cuenten con una residencia.
Art13.- Estos centros estarán en todos los ayuntamientos que lo soliciten y contaran con comodidades básicas para la seguridad y cobertura de los usuarios.
Art14.-Estos centros contaran con ciclos formativos para brindar a las residentes una preparación para la vida laboral.
Art15.- Estos centros serán abiertos donde las residentes podrán entrar y salir a su libre voluntad, exceptuando las menores de edad que deberán seguir un horario personal consensuado por sus padres o tutores y/o autorización judicial
Art16.- Los requisitos para la aceptación de residentes serán propuestas por el gobierno, y anualmente se darán a conocer el BOC, teniendo como requisitos la falta de recursos, estudios o ser menores de edad, a quien se les dará preferencia.
Art17.- El Instituto tendrá una red de psicólogos y profesionales que ayudaran de forma gratuita a las madres que soliciten la ayuda.
Art18.- El instituto hará campañas de publicidad para dar a conocer sus servicios a la ciudadanía. Así mismo tendrá una página de internet y un teléfono gratuito. Deberá desarrollar campañas en institutos y localidades para informar sus servicios y recursos.
Art19.-El instituto dará atención y consejo legal a las madres que deseen dar a adopción a sus hijos, así mismo la dará a los que deseen adoptar a un niño.
Art20.- Aquellas madres solteras que puedan valerse por sus propios medios, pero no puedan dejar en a sus hijos en guarderías publicas, el instituto otorgara ayudas directas. Estas ayudas serán presupuestadas por el gobierno, y solo serán para los gastos de guardería.
Titulo VI: Sobre las victimas de terrorismo familiar.
Art21.-Se crea el instituto de las victimas de terrorismo familiar, en tres ciudades por isla, uno en la ciudad más grande, y dos en ciudades según demanda. Un consejo dependiente del Gobierno la mantendrá en secreto para velar por la seguridad de las residentes. Su presupuesto inicial será de 25000000
Art22.- Los cabildos decidirán en número de habitaciones y según la demanda.
Art22.1.-Deberan repartirse en numero de la función de hijos.
Art22.2.-El personal permanente podrá residir en estos centros.
Art23.- Los cabildos serán responsables del mantenimiento de edificios.
Art24.- El instituto contara con un salón de enfermería y atención primaria.
Art25.- El instituto contara con salones de clase.
Art26.- El instituto contara con una sala de ocio y deportes para la comodidad de sus usuarios
Art27.- El personal de los institutos estará compuesto de esta manera.
Cocineros
Médicos, Enfermeros y psicólogos
Profesores y Psicopedagogo
Un director designado por la comisión y autorizado por el cabildo.
La anterior lista no es taxativa y podrá aumentarse según demanda.
Art28.- Los ayuntamientos, podrán colaborar con estos centros siempre que se mantenga su confidencialidad.
Art29.- Los gastos de personal y mantenimiento que no sea de inmuebles serán pagados por el gobierno de Islas Canarias.
Art30.- Durante su estancia se buscara una salida laboral, en caso de que careciesen de ella, para posteriormente una independencia económica.
Art31.- Los requisitos para entrar en el instituto serán:
Ser víctima de Violencia Familiar y denunciarlo
Tener un niño menor de edad o estar en estado de embarazo
Titulo VII: Sobre la planificación familiar
Art32.- Se crearan centros de planificación familiar en cada isla.
Art32.1.-Se impartirán en estos centros cursos para sobrellevar el embarazo de la mejor manera posible, así como recursos para aconsejar a los padres, como actuar en los primeros años sus hijos.
Art32.2.- Estos cursos se impartirán previa solicitud al ayuntamiento correspondiente y serán gratuitos y voluntarios.
Art33.- Este centro hará campañas mensuales, en escuelas públicas secundarias y plazas destinados a adolescentes, fomentando el uso de medidas anticonceptivas, y sexo seguro, evitando los embarazos no deseados.
Art33.1.- Anualmente se hará una campaña autonómica, con charlas y coloquios en todas las escuelas secundarias públicas, y privadas con pedido y/o autorización del rector de la misma.
Art34.- Se dispensaran en los centros medidas anticonceptivas que no necesiten de prescripción facultativa.
Art34.1.-En caso de venir proveído de la prescripción facultativa se les dispensaran gratuitamente también los medios anticonceptivos que en ella se especifiquen.
Art32-Todos lo beneficios acogidos en esta ley serán también para familias adoptivas.
Disposición Final Derogatoria
En la vigencia de la presente quedaran derogados automáticamente cuanto decreto, leyes estatutos o reglamentos de rango inferior contradigan en el todo en una porción de la misma.
Disposición Final
La presente ley entra en vigor 30 días naturales a su publicación en el BOC.
Preámbulo
La familia es la célula de la sociedad, y por ello necesita un atención especial del Gobierno, a fin de garantizar un pleno desarrollo en sus distintos ámbitos sociales, entendiéndose por esto, los educativos, económicos, culturales, de calidad de vida, etc.
Según la Constitución Nacional, el Gobierno debe asegurar a las familias la proteccion social, económica y jurídica
Las familias adoptivas tienen, por derecho, los mismos derechos que la familias con hijos comunes, y se requiere una ayuda extra para que fomentar esto en las parejas.
En Europa, en nivel de hijos por familia descienden, y en España particularmente, se está convirtiendo en una sociedad envejecida, donde los activos y la fuerza de trabajo, en unos años, no superara a los activos, desequilibrando la macroeconomía en general.
Esto ocurre mayormente por la desestabilidad entre la vida familiar y laboral en la sociedad.
Titulo I: Principios Generales
Art. 1: Seran considerados los siguientes terminos dentro de esta ley
Familia: sociedad formada por uno o dos ascendientes y descendientes, sean comunes o no.
Familia numerosa: Familia con 5 hijos o más, y 6 o 7 miembros.
Terrorismo Familiar: dícese de la violencia, fomentado por los progenitores hacia los hijos, o que uno de ellos es atacado en forma violenta por el otro.
Art. 2: El objeto de la presente es mejorar la calidad de vida de las familias en sus distintos ámbitos sociales.
Titulo II: Sobre el ámbito laboral
Art3.-Fomento de jornada flexible para padres y madres trabajadoras, ya sea trabajadores públicos, como privados.
Art3.1.-Los horarios serán preferentemente para los trabajadores estatales dependientes de las administraciones locales y/o regionales, de 7 am a 12pm y 3pm a 6 pm; de 7am a 3pm o de 2pm a 9pm de modo que cumplan las 8 horas. También podrán arreglar el horario entre la patronal, un representante del Gobierno, y el beneficiario.
Art3.2.-Sera requisito fundamental para este beneficio tener un hijo menor de 8 años.
Art3.3.- El gobierno deberá negociar con las empresas publicas y privados, a fin de que este beneficio alcance la mayor cobertura posible.
Art4.- Reducción de impuestos y tasas escolares para familias, de hasta un 50% por chico según la cantidad de hijos.
De 2: 39% por hijo
De 3 a 5: 45% por ciento por hijo
De 6 o mas: 50% por hijo
Art4.1.- El artículo anterior se aplica tanto a la primaria como a la secundaria
Art4.2.-Para las familias que tengan hijos que estudien en la universidad, y tengan allí a dos o mas se les hará una reducción:
De 2 a 4: 50% por hijo.
De 5 o mas: 80% por hijo.
Art4.3.-Para las familias de 3 hijos o más se le otorgara becas para así adquirir útiles escolares, transporte, etc. será de 100 euros mensuales.
Art4.4.- Sera requisito fundamental para los anteriores beneficios entregar documento del hijo y libreta o boletín de calificaciones.
Art5.-A cada familias con hijos de 3 años o menos, se les dará un carnet.
Art5.1.- El gobierno deberá acordar con empresas para que con el carnet, las familia
puedan acceder a descuentos en:
pañales
Leche materna
Juguetes y material didáctico
Medicamentos
Art5.2.-La anterior lista se puede adicionar con lo que necesiten las familias.
Art5.3.- Las familias pueden retirar su carnet 24 horas después del nacimiento, junto con, por única vez, una canasta con alimentos, pañales y leche. Y una tarjeta de felicitaciones en nombre del Parlamento Canario, firmado por sus diputados.
Art6.- Se crearan guarderías públicas gratuitas establecida cerca de donde trabajen los padres. Las empresas, podrán acordar con el Gobierno ayudas para implementación de estas. Serán gestionadas entre los cabildos y la autonomía.
Art6.1.-Tendran una plaza asegurada los hijos de trabajadores públicos. En caso de ser empresa privada, tendrán acceso los hijos de esta.
Art6.2.- Saldrán a oposición tantas plazas para trabajar en estas guarderías como lo estime el gobierno y la empresa.
Art6.3.- Se reservara el 15% de las plazas para gente que esté estudiando una carrera relacionada con la infancia, para realizar sus prácticas. Para el resto será por concurso a oposición.
Titulo III: Sobre el ámbito económico
Art7.- Se podra percibir una suma de 1000 euros por hijo, por unica vez, y mensulamente una ayuda de hasta 400 euros segun la cantidad de hijos:
De 2: 60 euros
De 3:120 euros
De 4: 200 euros
De 5: 350 euros
De 6 o más: se aumentan 50 euros por hijo.
Art7.1.-Podran percibir estas ayudas 24 horas después del nacimiento del niño y hasta los 4 años de edad.
Art7.2.- Sera requisito fundamental para acceder a las ayudas económicas:
Ser canario, residir al menos de 3 años en algún ayuntamiento canario.
En caso de tratarse de extranjeros, esta residencia será de 12 años.
Las parejas con hijos adoptivos recibirán un 105% de las ayudas.
En caso de tratarse de menores de 18 años, tendrá que estar acompañado de la firma de un tutor.
Titulo IV: Ayudas a las viviendas familiares
Art8.- Se otorgaran créditos blandos a las familias con madres embarazadas, para el acondicionamiento de su vivienda, para los hijos.
Art8.1.- Sera requisito fundamental, entregar planos certificados para la remodelación de la vivienda y gastos certificados detalladamente por el solicitante. Este presupuesto solo debe incluir los gastos para el acondicionamiento de la vivienda, al nuevo hijo.
Art8.2.- El interés será de 0%. El presupuesto estará en 25000000
Art8.3.-Las subidas en los tipos de interés serán soportados por el gobierno, nunca podrán pasarse al receptor.
Titulo V: Sobre las madres embarazadas y madres solteras.
Art9.- Las madres embarazadas con rentas menores al salario mínimo con más de tres meses, podrán adquirir un carnet, con el cual podrán acceder a beneficios médicos totalmente gratuitos.
Art9.1.- Los beneficios serán limitados y garantizados por el gobierno.
Art10.- Se crea el instituto de madres solteras, dependiente del gobierno de Islas Canarias y recibirá de ella la dotación presupuestaria. La inicial será 25000000
Art11.-Su objetivo será el de proporcionar cobertura psicológica y económica a aquellas madres solteras que lo solicitasen durante el embarazo y/o los 10 primeros años de vida del hijo.
Art12.- El Instituto contara con centros donde podrán residir las madres solteras, que no cuenten con una residencia.
Art13.- Estos centros estarán en todos los ayuntamientos que lo soliciten y contaran con comodidades básicas para la seguridad y cobertura de los usuarios.
Art14.-Estos centros contaran con ciclos formativos para brindar a las residentes una preparación para la vida laboral.
Art15.- Estos centros serán abiertos donde las residentes podrán entrar y salir a su libre voluntad, exceptuando las menores de edad que deberán seguir un horario personal consensuado por sus padres o tutores y/o autorización judicial
Art16.- Los requisitos para la aceptación de residentes serán propuestas por el gobierno, y anualmente se darán a conocer el BOC, teniendo como requisitos la falta de recursos, estudios o ser menores de edad, a quien se les dará preferencia.
Art17.- El Instituto tendrá una red de psicólogos y profesionales que ayudaran de forma gratuita a las madres que soliciten la ayuda.
Art18.- El instituto hará campañas de publicidad para dar a conocer sus servicios a la ciudadanía. Así mismo tendrá una página de internet y un teléfono gratuito. Deberá desarrollar campañas en institutos y localidades para informar sus servicios y recursos.
Art19.-El instituto dará atención y consejo legal a las madres que deseen dar a adopción a sus hijos, así mismo la dará a los que deseen adoptar a un niño.
Art20.- Aquellas madres solteras que puedan valerse por sus propios medios, pero no puedan dejar en a sus hijos en guarderías publicas, el instituto otorgara ayudas directas. Estas ayudas serán presupuestadas por el gobierno, y solo serán para los gastos de guardería.
Titulo VI: Sobre las victimas de terrorismo familiar.
Art21.-Se crea el instituto de las victimas de terrorismo familiar, en tres ciudades por isla, uno en la ciudad más grande, y dos en ciudades según demanda. Un consejo dependiente del Gobierno la mantendrá en secreto para velar por la seguridad de las residentes. Su presupuesto inicial será de 25000000
Art22.- Los cabildos decidirán en número de habitaciones y según la demanda.
Art22.1.-Deberan repartirse en numero de la función de hijos.
Art22.2.-El personal permanente podrá residir en estos centros.
Art23.- Los cabildos serán responsables del mantenimiento de edificios.
Art24.- El instituto contara con un salón de enfermería y atención primaria.
Art25.- El instituto contara con salones de clase.
Art26.- El instituto contara con una sala de ocio y deportes para la comodidad de sus usuarios
Art27.- El personal de los institutos estará compuesto de esta manera.
Cocineros
Médicos, Enfermeros y psicólogos
Profesores y Psicopedagogo
Un director designado por la comisión y autorizado por el cabildo.
La anterior lista no es taxativa y podrá aumentarse según demanda.
Art28.- Los ayuntamientos, podrán colaborar con estos centros siempre que se mantenga su confidencialidad.
Art29.- Los gastos de personal y mantenimiento que no sea de inmuebles serán pagados por el gobierno de Islas Canarias.
Art30.- Durante su estancia se buscara una salida laboral, en caso de que careciesen de ella, para posteriormente una independencia económica.
Art31.- Los requisitos para entrar en el instituto serán:
Ser víctima de Violencia Familiar y denunciarlo
Tener un niño menor de edad o estar en estado de embarazo
Titulo VII: Sobre la planificación familiar
Art32.- Se crearan centros de planificación familiar en cada isla.
Art32.1.-Se impartirán en estos centros cursos para sobrellevar el embarazo de la mejor manera posible, así como recursos para aconsejar a los padres, como actuar en los primeros años sus hijos.
Art32.2.- Estos cursos se impartirán previa solicitud al ayuntamiento correspondiente y serán gratuitos y voluntarios.
Art33.- Este centro hará campañas mensuales, en escuelas públicas secundarias y plazas destinados a adolescentes, fomentando el uso de medidas anticonceptivas, y sexo seguro, evitando los embarazos no deseados.
Art33.1.- Anualmente se hará una campaña autonómica, con charlas y coloquios en todas las escuelas secundarias públicas, y privadas con pedido y/o autorización del rector de la misma.
Art34.- Se dispensaran en los centros medidas anticonceptivas que no necesiten de prescripción facultativa.
Art34.1.-En caso de venir proveído de la prescripción facultativa se les dispensaran gratuitamente también los medios anticonceptivos que en ella se especifiquen.
Art32-Todos lo beneficios acogidos en esta ley serán también para familias adoptivas.
Disposición Final Derogatoria
En la vigencia de la presente quedaran derogados automáticamente cuanto decreto, leyes estatutos o reglamentos de rango inferior contradigan en el todo en una porción de la misma.
Disposición Final
La presente ley entra en vigor 30 días naturales a su publicación en el BOC.
- Maximiliano Salas
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Fecha de inscripción : 14/09/2008
Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Dom 18 Oct 2009 - 15:00
Jaime Lopez escribió:Maximiliano Salas escribió:Jaime Lopez escribió:El Partido Popular presenta una Mocion de Censura contra el Gobierno encabezado por UPyD con el apoyo de CDL.
La firman los diputados populares y del CDL.
Presentan a Jaime Lopez como candidato a la Presidencia de Canarias.
FDP tio, tu estas en el gobierno. que no hablaste con sanchez? que mala comunicacion que tienen. Si mas comentarios.
Yo soy el representante del PP en Canarias, no he visto mi nombre en ninguna consejeria y el sabe lo que estoy haciendo y me gustaria que la mocion pasara a debate.
FDP no puse tu nombre porque ya eres presidente de La Rioja, hay algo que se llama personajes indirecto. Se pasara a debate pero sera el nuevo preidente de la camara que ya se eligio.
- Gregorio De La Vega
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Dom 18 Oct 2009 - 16:02
Óscar Uribe:
Como Presidente de la Cámara de la Islas Canarias, proximamente se convocará una sesión de investidura con el fin de zanjar el asunto y poder comenzar a trabajar cuanto antes.
Como Presidente de la Cámara de la Islas Canarias, proximamente se convocará una sesión de investidura con el fin de zanjar el asunto y poder comenzar a trabajar cuanto antes.
- Maximiliano Salas
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Dom 18 Oct 2009 - 16:11
Gregorio De La Vega escribió:Óscar Uribe:
Como Presidente de la Cámara de la Islas Canarias, proximamente se convocará una sesión de investidura con el fin de zanjar el asunto y poder comenzar a trabajar cuanto antes.
FDP no se puede hacer una sesion de investidura.
- Victor Bono
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Dom 18 Oct 2009 - 17:23
Madre mía... menudo Gobierno vais a montar entre los tres... jajaja
Ahora ke? Lo saco esto al agora... me hago eco de lo bien que funciona Canarias, de como el partido en el Gobierno ha registrado una moción de censura contra el Gobierno que integra???
La misma persona que intentó dar un golpe de Estado en Asturias....
Luego os kejais de Carmen en Andalucía, xo anda k aki....
Ahora ke? Lo saco esto al agora... me hago eco de lo bien que funciona Canarias, de como el partido en el Gobierno ha registrado una moción de censura contra el Gobierno que integra???
La misma persona que intentó dar un golpe de Estado en Asturias....
Luego os kejais de Carmen en Andalucía, xo anda k aki....
- Gregorio De La Vega
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Dom 18 Oct 2009 - 17:39
Óscar Uribe:
Ante todo esto, lo conveniente es convocar una sesión de investidura.
Ante todo esto, lo conveniente es convocar una sesión de investidura.
- Victor Bono
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Dom 18 Oct 2009 - 17:57
Pero qué sesión de investidura???? La moción de censura ya instala al Presidente del Gobierno de Canarias.
Esto tiene pinta que el PP y el CDL quieren kitarse a UPyD del medio... y hacer su propio gobierno...
Esto tiene pinta que el PP y el CDL quieren kitarse a UPyD del medio... y hacer su propio gobierno...
- Gregorio De La Vega
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Dom 18 Oct 2009 - 22:40
No metas al CDL en el lio, ¡Eh!Victor Bono escribió:Pero qué sesión de investidura???? La moción de censura ya instala al Presidente del Gobierno de Canarias.
Esto tiene pinta que el PP y el CDL quieren kitarse a UPyD del medio... y hacer su propio gobierno...
Hacemos una sesión de investidura y punto, sin más mociones.
- Maximiliano Salas
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Dom 18 Oct 2009 - 22:54
Si hacen ese golpe de Estado, nosotros iremos al Constitucional.
- Victor Bono
- Cantidad de envíos : 9080
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Dom 18 Oct 2009 - 23:29
Gregorio De La Vega escribió:No metas al CDL en el lio, ¡Eh!Victor Bono escribió:Pero qué sesión de investidura???? La moción de censura ya instala al Presidente del Gobierno de Canarias.
Esto tiene pinta que el PP y el CDL quieren kitarse a UPyD del medio... y hacer su propio gobierno...
Hacemos una sesión de investidura y punto, sin más mociones.
Que no hay ninguna sesión de investidura que hacer. Si lo hacen convertirán al CDL es un partido fascista y partidario de los golpes de Estado.
- Gregorio De La Vega
- Cantidad de envíos : 2120
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Lun 19 Oct 2009 - 0:30
¿Pero qué están diciendo?
Simplemente he propuesto eso para terminar con todo esto, no es por nada más.
Simplemente he propuesto eso para terminar con todo esto, no es por nada más.
- Maximiliano Salas
- Cantidad de envíos : 7810
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Lun 19 Oct 2009 - 1:24
Es que necesitan mi renuncia y no la dare. Y si lo hacen es un golpe de Estado, e iremos al constitucional.
Ademas, mientras haya Mocion de censura no puede haber una investidura.
Ademas, mientras haya Mocion de censura no puede haber una investidura.
- Maximiliano Salas
- Cantidad de envíos : 7810
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Sáb 24 Oct 2009 - 13:32
Presupuestos
Art 1. Los presupuestos seran los siguientes.
Art. 2 Existira en concepto de deficit y deudas, la cantidad de 2.903.156.372,59
Art. 3. Se faculta al Gobierno para reformar los presupuestos en caso de urgencia.
Disposicion Final
Los prespuestos entran en vigor 8 dias despues de su publicacion en el BOC.
Art 1. Los presupuestos seran los siguientes.
Art. 2 Existira en concepto de deficit y deudas, la cantidad de 2.903.156.372,59
Art. 3. Se faculta al Gobierno para reformar los presupuestos en caso de urgencia.
Disposicion Final
Los prespuestos entran en vigor 8 dias despues de su publicacion en el BOC.
- Laia BadiaDemòcrates
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Dom 25 Oct 2009 - 22:13
El Partido Popular (18 escaños) presenta a Lorenzo Giner como nuevo Portavoz.
- Víctor Saura
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Dom 6 Dic 2009 - 23:29
Presento la siguiente proposición no de ley para que sea aprobada por el parlamento.
El Parlamento de Canarias, expresando el sentimiento mayoritario del pueblo canario representado por sus parlamentarios, manifiesta su apoyo a las Cortes Generales para impulsar un proceso de reforma de la Constitución con la finalidad de establecer una estructura federal del Estado, interpretando la pluralidad del Estado Español y la voluntad de sus territorios de autogobernarse.
José Mendoza
Síndico del GPS y miembro de la Fundación Federalista Pi i Margall
El Parlamento de Canarias, expresando el sentimiento mayoritario del pueblo canario representado por sus parlamentarios, manifiesta su apoyo a las Cortes Generales para impulsar un proceso de reforma de la Constitución con la finalidad de establecer una estructura federal del Estado, interpretando la pluralidad del Estado Español y la voluntad de sus territorios de autogobernarse.
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- Víctor Saura
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Vie 18 Dic 2009 - 16:08
El PSOE se conforma bajo el grupo parlamentario socialista. (14 escaños)
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