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Lun 11 Jul 2016 - 22:59
Mireia Català escribió:
PROYECTO NO DE LEY DE INSTANCIA A LA PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT A LA CONVOCATORIA DE ELECCIONES.

El Grupo Parlamentario Valencianista presenta ante Les Corts el presente proyecto no de ley, para instar a la Presidencia de la Generalitat a la convocatoria de elecciones

Retiramos la convocatoria debido a que se encuentra en trámite una Moción de Censura
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Mar 12 Jul 2016 - 20:58
Mireia Català escribió:
PROYECTO NO DE LEY DE INSTANCIA A LA PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT A LA CONVOCATORIA DE ELECCIONES.

El Grupo Parlamentario Valencianista presenta ante Les Corts el presente proyecto no de ley, para instar a la Presidencia de la Generalitat a la convocatoria de elecciones


Presidencia de la Mesa.

Le recordamos al GPV que un Grupo Parlamentario no tienem competencias para presentar "Proyectos no de ley", ya que por una parte esa terminología no existe en ningún parlamento. Lo que existen son "Proposiciones no de ley", que tampoco recoge el Reglamento. Por lo tanto instamos al GPV que consulte el Reglamento antes de presentar nada.
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Mar 12 Jul 2016 - 21:49
Marcos Ximénez escribió:
Mireia Català escribió:
PROYECTO NO DE LEY DE INSTANCIA A LA PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT A LA CONVOCATORIA DE ELECCIONES.

El Grupo Parlamentario Valencianista presenta ante Les Corts el presente proyecto no de ley, para instar a la Presidencia de la Generalitat a la convocatoria de elecciones


Presidencia de la Mesa.

Le recordamos al GPV que un Grupo Parlamentario no tienem competencias para presentar "Proyectos no de ley", ya que por una parte esa terminología no existe en ningún parlamento. Lo que existen son "Proposiciones no de ley", que tampoco recoge el Reglamento. Por lo tanto instamos al GPV que consulte el Reglamento antes de presentar nada.

Pero, si ya está retirado, es un poco inútil recordárnoslo. Además, léase el título XI del Reglament de Les Corts, hay vienen recogidas las proposiciones no de ley.


Aún así, muchas gracias por su consejo, lo tendremos en cuenta.
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Mar 12 Jul 2016 - 22:12
Mireia Català escribió:

Pero, si ya está retirado, es un poco inútil recordárnoslo. Además, léase el título XI del Reglament de Les Corts, hay vienen recogidas las proposiciones no de ley.


Aún así, muchas gracias por su consejo, lo tendremos en cuenta.

Presidencia de la Mesa.

Esta presidencia solo vela por el cumplimiento del Reglamento, por lo tanto está en mi labor recordarle que ese tipo de iniciativa legislativa no existe. Leyendo el Título XI del Reglamento, no se ha encontrado nada de las proposiciones no de ley.
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Mar 12 Jul 2016 - 22:17
Marcos Ximénez escribió:
Mireia Català escribió:

Pero, si ya está retirado, es un poco inútil recordárnoslo. Además, léase el título XI del Reglament de Les Corts, hay vienen recogidas las proposiciones no de ley.


Aún así, muchas gracias por su consejo, lo tendremos en cuenta.

Presidencia de la Mesa.

Esta presidencia solo vela por el cumplimiento del Reglamento, por lo tanto está en mi labor recordarle que ese tipo de iniciativa legislativa no existe. Leyendo el Título XI del Reglamento, no se ha encontrado nada de las proposiciones no de ley.

Perdón, me refería al Título IX, y sí no lo encuentra ahora, la presidencia debe ponerse gafas urgentemente. En beneficio de la ciudadanía valenciana.
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Mar 12 Jul 2016 - 22:50
Mireia Català escribió:

Perdón, me refería al Título IX, y sí no lo encuentra ahora, la presidencia debe ponerse gafas urgentemente. En beneficio de la ciudadanía valenciana.

Presidencia de la mesa.

Le rogamos al GPV que muestre más respeto por un órgano colegiado, esas actitudes las utilizan en las tertulias pero no en sede parlamentaria. Ha habido un error, con el reglamento, de todas maneras "Proyecto no de ley" sino que no existe.

FDP: El reglamento que tenía descargado estaba a cachos, al consultarlo online ya lo he visto. :risas: :risas:
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Mar 12 Jul 2016 - 23:30
Marcos Ximénez escribió:
Mireia Català escribió:

Perdón, me refería al Título IX, y sí no lo encuentra ahora, la presidencia debe ponerse gafas urgentemente. En beneficio de la ciudadanía valenciana.

Presidencia de la mesa.

Le rogamos al GPV que muestre más respeto por un órgano colegiado, esas actitudes las utilizan en las tertulias pero no en sede parlamentaria. Ha habido un error, con el reglamento, de todas maneras "Proyecto no de ley" sino que no existe.

FDP: El reglamento que tenía descargado estaba a cachos, al consultarlo online ya lo he visto. :risas: :risas:

Nosotros mostramos nuestro máximo respeto. 

FDP: Por Dios, como que a cachos?
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Vie 29 Jul 2016 - 15:44
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Proposición de ley para la derogación de la ley de Medidas Urgentes para afrontar la Pobreza Energética.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La ley de pobreza energética aprobada la pasada legislatura ha resultado ineficaz en la lucha contra la pobreza energética. En toda España, gracias a las políticas liberalizadoras y de rebaja de impuestos se ha conseguido que los ciudadanos, sin ningun tipo de asistencialismo estatal, pudieran pagar sus facturas y disfrutar del servicio de la luz. Se ha reducido, al menos, en un 40% el total de hogares que no pueden hacer pago a sus facturas.
La ley de pobreza energética, apoyada también en otros parlamentos, no hay sido ni clave ni determinante para que los ciudadanos puedan pagar sus facturas, resultando un gasto público innecesario.

Artículo Único.
Queda derogada la Ley 1/2018, de Medidas Urgentes para afrontar la Pobreza Energética.

Disposición final.
La presente Ley entrará en vigor el día de su publicación en el DOCV..

Exigimos a la Mesa la puesta en debate de las siguientes proposiciones: http://www.politicaxxi.net/t37724p50-mesa-de-les-corts#814012
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Vie 29 Jul 2016 - 17:52
FDP: Dime que Proposiciones si puede ser, es que sinceramente entre que se ha modificado los títulos, entre que los debates eran tan lamentables que la mitad es FDP y entre que uno no se aclara no se cuales quedan por pasar. Gracias.
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Vie 29 Jul 2016 - 19:15
Sergio Abella escribió:FDP: Dime que Proposiciones si puede ser, es que sinceramente entre que se ha modificado los títulos, entre que los debates eran tan lamentables que la mitad es FDP y entre que uno no se aclara no se cuales quedan por pasar. Gracias.
FDP: La moción de los presupuestos y las comparecencias.
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Mar 30 Ago 2016 - 21:52
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Cuestión urgente de orden para la destitución de la Mesa de les Corts.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Con arreglo al apartado c) del punto 2, del artículo 38 del Reglamento de Les Corts, por el cual se establece la modificación de los miembros de la Mesa de les Corts con al menos la mayoría absoluta de la Cámara, el Grupo Parlamentari Liberal solicita una nueva recomposición de este organismo.
El principal motivo que nos lleva a esta decisión es la necesidad imperiosa de recomponer la Mesa de les Corts, tras la primera censura que se estableció por motivos de pactos y de poder por el PSOE. Los resultados se han visto en la actualidad, con una Mesa irreal, irresponsable y que obstaculiza el proceso parlamentario de muchas de las propuestas que se presentan.
Se invita al resto de grupos a apoyar esta cuestió de orden para destituir por completo a la actual Mesa de Les Corts

Artículo Único. Se solicita, según lo estipulado en el artículo 38 del Reglamento de les Corts, efectuar una nueva composición de la Mesa de les Corts. Esta sesión deberá contar con un debate.
El portavoz, Pablo Ribes, ofrecerá en breves una rueda de prensa hablando sobre la cuestión de orden presentada.
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Mar 30 Ago 2016 - 22:50
El Grupo Parlamentario Popular da su apoyo a la cuestión urgente de orden presentada por el Grupo Parlamentario Liberal.
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Miér 31 Ago 2016 - 1:31
6 diputados No Adscritos secundan la moción del GPL.
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Jue 1 Sep 2016 - 22:53
Proyecto de ley para la creación de una red de escuelas infantiles públicas de 0 a 3 años


Exposición de motivos

La educación de 0 a 3 años tiene que estar también en manos de la Administración Pública para garantizar que ningún niño se queda fuera de una educación gratuita y de calidad. Con esta ley, la Generalitat creará una red de escuelas infantiles públicas para asegurarse de que la educación de los niños no dependa del bolsillo de los padres. Se garantizará que estas escuelas sean de calidad y que además favorezcan a la conciliación de la vida familiar y laboral. Los niños crecerán en un entorno educativo de manera pública y gratuita. Además, se paralizará la construcción de los Centros de Iniciativa Social, de gestión privada en suelo público.

Artículo 1


  1. Se procede a la paralización de la construcción de los Centros de Iniciativa Social.

Artículo 2


  1. Se procede a la construcción de 593 centros educativos de carácter público para niños de 0 a 3 años, que quedarán distribuidos de la siguiente forma:

    1. ALICANTE: 204 centros, distribuidos así en sus municipios:

      i. Agost: 1 centro
      ii. Albatera: 2 centros
      iii. Alcoy: 7 centros
      iv. Alfàs del Pi: 2 centros
      v. Alicante: 36 centros
      vi. Almoradí: 3 centros
      vii. Altea: 2 centros
      viii. Aspe: 3 centros
      ix. Banyeres de Mariola: 1 centro
      x. Benejúzar: 1 centro
      xi. Benidorm: 6 centros
      xii. Benissa: 1 centro
      xiii. Biar: 1 centro
      xiv. Bigastro: 1 centro
      xv. Callosa de Segura: 3 centros
      xvi. Callosa d’En Sarrià: 1 centro
      xvii. Calp: 2 centros
      xviii. Campello, el: 3 centros
      xix. Castalla: 1 centro
      xx. Catral: 1 centro
      xxi. Cocentaina: 1 centro
      xxii. Cox: 1 centro
      xxiii. Crevillent: 4 centros
      xxiv. Denia: 4 centros
      xxv. Dolores: 1 centro
      xxvi. Elche: 28 centros
      xxvii. Elda: 6 centros
      xxviii. Finestrat: 1 centro
      xxix. Formentera del Segura: 1 centro
      xxx. Gata de Gorgos: 1 centro
      xxxi. Guardamar del Segura: 2 centros
      xxxii. Ibi: 3 centros
      xxxiii. Jávea: 2 centros
      xxxiv. Jijona: 1 centro
      xxxv. Monforte del Cid: 1 centro
      xxxvi. Monóvar: 1 centro
      xxxvii. Montesinos, Los: 1 centro
      xxxviii. Muro de Alcoy: 1 centro
      xxxix. Mutxamel: 3 centros
      xl. Novelda: 3 centros
      xli. Nucia, la: 2 centros
      xlii. Ondara: 1 centro
      xliii. Onil: 1 centro
      xliv. Orihuela: 8 centros
      xlv. Pedreguer: 1 centro
      xlvi. Pego: 1 centro
      xlvii. Petrer: 4 centros
      xlviii. Pilar de la Horadada: 2 centros
      xlix. Pinós: 1 centro
      l. Polop: 1 centro
      li. Rafal: 1 centro
      lii. Redován: 1 centro
      liii. Rojales: 1 centro
      liv. San Fulgencio: 1 centro
      lv. San Miguel de Salinas: 1 centro
      lvi. San Vicente del Raspeig: 8 centros
      lvii. Sant Joan d’Alacant: 3 centros
      lviii. Santa Pola: 4 centros
      lix. Sax: 1 centro
      lx. Teulada: 1 centro
      lxi. Torrevieja: 8 centros
      lxii. Verger, el: 1 centro
      lxiii. Villajoyosa: 4 centros
      lxiv. Villena: 4 centros

    2. CASTELLÓN: 66 centros, distribuidos así en sus municipios:

      i. Alcalà de Xivert: 1 centro
      ii. Alcora, l’: 1 centro
      iii. Almazora: 4 centros
      iv. Almenara: 1 centro
      v. Alquerías del Niño Perdido: 1 centro
      vi. Altura: 1 centro
      vii. Benicarló: 3 centros
      viii. Benicasim: 2 centros
      ix. Betxí: 1 centro
      x. Burriana: 5 centros
      xi. Borriol: 1 centro
      xii. Castellón de la Plana: 20 centros
      xiii. Moncofa: 1 centro
      xiv. Nules: 2 centros
      xv. Onda: 3 centros
      xvi. Oropesa del Mar: 1 centro
      xvii. Peñíscola: 1 centro
      xviii. Sant Joan de Moró: 1 centro
      xix. Segorbe: 1 centro
      xx. Torreblanca: 1 centro
      xxi. Vall d’Uixó, la: 4 centros
      xxii. Vila-real: 7 centros
      xxiii. Vinaròs: 3 centros

    3. VALENCIA: 292 centros, distribuidos así en sus municipios:

      i. Aielo de Malferit: 1 centro
      ii. Alaquàs: 4 centros
      iii. Albaida: 1 centro
      iv. Albal: 3 centros
      v. Albalat dels Sorells: 1 centro
      vi. Alberic: 2 centros
      vii. Alboraya: 3 centros
      viii. Albuixech: 1 centro
      ix. Alcàsser: 1 centro
      x. Alcúdia de Crespins, l’: 1 centro
      xi. Alcúdia, l’: 1 centros
      xii. Aldaia: 4 centros
      xiii. Alfafar: 3 centros
      xiv. Alfara del Patriarca: 1 centro
      xv. Algemesí: 4 centros
      xvi. Alginet: 2 centros
      xvii. Almàssera: 1 centro
      xviii. Almussafes: 1 centro
      xix. Alzira: 5 centros
      xx. Ayora: 1 centro
      xxi. Bellreguard: 1 centro
      xxii. Benaguasil: 1 centro
      xxiii. Benetússer: 2 centros
      xxiv. Benifaió: 1 centro
      xxv. Benigànim: 1 centro
      xxvi. Bétera: 3 centros
      xxvii. Bocairent: 1 centro
      xxviii. Bonrepòs i Mirambell: 1 centro
      xxix. Buñol: 1 centro
      xxx. Burjassot: 5 centros
      xxxi. Canals: 2 centros
      xxxii. Canet d’En Berenguer: 1 centro
      xxxiii. Carcaixent: 2 centros
      xxxiv. Carlet: 2 centros
      xxxv. Catarroja: 5 centros
      xxxvi. Cheste: 1 centro
      xxxvii. Chiva: 2 centros
      xxxviii. Cullera: 2 centros
      xxxix. Eliana, l’: 2 centros
      xl. Enguera: 1 centro
      xli. Faura: 1 centro
      xlii. Foios: 1 centro
      xliii. Font d’En Carròs, la: 1 centro
      xliv. Gandia: 9 centros
      xlv. Gilet: 1 centro
      xlvi. Godella: 2 centros
      xlvii. Godelleta: 1 centro
      xlviii. Guadassuar: 1 centro
      xlix. Llíria: 3 centros
      l. Llosa de Ranes, la: 1 centro
      li. Manises: 4 centros
      lii. Massamagrell: 2 centros
      liii. Massanassa: 1 centro
      liv. Meliana: 2 centro
      lv. Mislata: 5 centros
      lvi. Mogente: 1 centro
      lvii. Moncada: 3 centros
      lviii. Montserrat: 1 centro
      lix. Museros: 1 centro
      lx. Náquera: 1 centro
      lxi. Oliva: 3 centros
      lxii. Olleria, l’: 1 centro
      lxiii. Ontinyent: 4 centros
      lxiv. Paiporta: 4 centros
      lxv. Paterna: 11 centros
      lxvi. Picanya: 1 centro
      lxvii. Picassent: 3 centros
      lxviii. Pobla de Farnals, la: 1 centro
      lxix. Pobla de Vallbona, la: 4 centros
      lxx. Pobla Llarga, la: 1 centro
      lxxi. Puçol: 3 centros
      lxxii. Puig: 1 centro
      lxxiii. Quart de Poblet: 3 centros
      lxxiv. Rafelbuñol: 1 centro
      lxxv. Requena: 2 centros
      lxxvi. Riba-roja del Túria: 3 centros
      lxxvii. Rocafort: 1 centro
      lxxviii. Sagunto: 8 centros
      lxxix. San Antonio de Benagéber: 1 centro
      lxxx. Sedaví: 1 centro
      lxxxi. Silla: 2 centros
      lxxxii. Sollana: 1 centro
      lxxxiii. Sueca: 3 centros
      lxxxiv. Tavernes Blanques: 1 centro
      lxxxv. Tavernes de la Valldigna: 2 centros
      lxxxvi. Torrent: 11 centros
      lxxxvii. Turís: 1 centro
      lxxxviii. Utiel: 1 centro
      lxxxix. Valencia: 82 centros
      xc. Vilamarxant: 1 centro
      xci. Villalonga: 1 centro
      xcii. Villanueva de Castellón: 1 centro
      xciii. Vinalesa: 1 centro
      xciv. Xàtiva: 3 centros
      xcv. Xeraco: 1 centro
      xcvi. Xirivella: 4 centros


  2. La Generalitat tendrá la obligación de supervisar los centros educativos.
  3. Cada centro dispondrá de 250 plazas a ofertar entre los alumnos. Estos tendrán preferencia según los siguientes criterios, ordenados por importancia (puntos):

    1. Proximidad del alumno al centro (10 puntos)
    2. Padres trabajando en el centro (5 puntos)
    3. Discapacidad del alumno (3 o 5 puntos en función del grado)
    4. Familia numerosa (3 puntos para las de categoría general y 5 puntos para las de categoría especial).
    5. Discapacidad de otro miembro de la unidad familiar (1 o 3 puntos en función del grado).
    6. Renta familiar:
       i. En el caso de que la unidad familiar esté compuesta por dos miembros:

         1. Renta inferior a 24089 € (1 punto)
         2. Renta inferior a 22594 € (2 puntos)
         3. Renta inferior a 7278 € (4 puntos)

       ii. En el caso de que la unidad familiar esté compuesta por tres miembros:

         1. Renta inferior a 32697 € (1 punto)
         2. Renta inferior a 30668 € (2 puntos)
         3. Renta inferior a 10606 € (4 puntos)

       iii. En el caso de que la unidad familiar esté compuesta por cuatro miembros:

         1. Renta inferior a 38831 € (1 punto)
         2. Renta inferior a 36421 € (2 puntos)
         3. Renta inferior a 13909 € (4 puntos)

       iv. En el caso de que la unidad familiar esté compuesta por cinco miembros:

         1. Renta inferior a 43402 € (1 punto)
         2. Renta inferior a 40708 € (2 puntos)
         3. Renta inferior a 17206 € (4 puntos)

       v. En el caso de que la unidad familiar esté compuesta por seis miembros:

         1. Renta inferior a 46853 € (1 punto)
         2. Renta inferior a 43945 € (2 puntos)
         3. Renta inferior a 20430 € (4 puntos)

       vi. En el caso de que la unidad familiar esté compuesta por siete miembros:

         1. Renta inferior a 50267 € (1 punto)
         2. Renta inferior a 47146 € (2 puntos)
         3. Renta inferior a 23580 € (4 puntos)

       vii. En el caso de que la unidad familiar esté compuesta por ocho miembros o más:

         1. Renta inferior a 53665 € (1 punto)
         2. Renta inferior a 50333 € (2 puntos)
         3. Renta inferior a 26660 € (4 puntos)


  4. En caso de empate a puntos, se determinará por sorteo que alumno tiene preferencia sobre el otro.


Disposición derogatoria

Quedan derogadas las leyes y decretos en contraposición o de rango inferior a la presente Ley.

Disposición final

La presente Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación oficial en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana.
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Lun 12 Sep 2016 - 2:40
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Proposición de no de ley por la cual se apoya la libertad individual y la legalización del cannabis.

MOTIVOS

En 2018 se votó en referéndum la legalización del cannabis, dando lugar a un apoyo del 54% de los electores en toda España. Este referéndum, promovido por el pacto entre el Partido Popular y Alianza Liberal en el Gobierno de España, marca un punto de inflexión política y social desde el cual las preocupaciones de la gente y de los parlamentarios se ha empezado a inclinar en favor de las libertades, la responsabilidad individual y una sociedad libre y del respeto.

En la Comunitat Valenciana se apoyó con un 58% la legalización del cannabis. La sociedad valenciana, así como la española, se ha mostrado preocupada por si finalmente alguna comunidad paralizará la legalización. Les Corts Valencianes, como órgano legislativo de nuestra comunidad, debe expresar que está a favor de las libertades individuales y que no existen competencias para que nuestra CCAA paralice la legalización.

Artículo 1. Mediante esta proposición no de ley, se resuelve que:
a) Ser libre y responsable no es delito.
b) La libertad de decisión sobre fumar o no cannabis pertenece al ciudadano, y no a una población entera.
c) Las libertades y los derechos individuales están por encima de las decisiones de la mayoría de la población.
d) Se apoya la Ley 1/2019, de 21 de enero, reguladora del cultivo, comercialización y consumo del cannabis y sus derivados.
e) La Comunitat Valenciana no tiene competencias para paralizar la legalización del cannabis.
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Lun 12 Sep 2016 - 2:50
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Proposición de ley por la cual se condena el asistencialismo y se deroga la ley de medidas urgentes para afrontar la pobreza energética.

MOTIVOS

La ley de pobreza energética aprobada la pasada legislatura ha resultado ineficaz en la lucha contra la pobreza energética. En toda España, gracias a las políticas liberalizadoras y de rebaja de impuestos se ha conseguido que los ciudadanos, sin ningun tipo de asistencialismo estatal, pudieran pagar sus facturas y disfrutar del servicio de la luz. Se ha reducido, al menos, en un 40% el total de hogares que no pueden hacer pago a sus facturas.

La ley de pobreza energética, apoyada también en otros parlamentos, no hay sido ni clave ni determinante para que los ciudadanos puedan pagar sus facturas, resultando un gasto público innecesario.

El asistencialismo es un mal político que tenemos en nuestro país, por el cual, se obliga a la población a depender de los organismos políticos. Los representantes, debido a esta aceptación, pueden permitirse comprar votos mediante ayudas y subvenciones aludiendo a problemas sociales, sin terminar de resolverlos y consiguiendo exclusivamente aumentar el gasto público y empobrecer a los ciudadanos.

Artículo 1. Se derogan las siguientes leyes:
a) Ley 1/2018, de Medidas Urgentes para afrontar la Pobreza Energética.

Artículo 2. Se condenan las políticas asistencialistas y se insta a la Generalitat a acabar con ellas.

Disposición final.
La presente Ley entrará en vigor el día de su publicación en el DOCV.

Se retira la proposición de ley para derogar la ley de medidas urgentes para afrontar la pobreza energética. http://www.politicaxxi.net/t37724p75-mesa-de-les-corts#817763
Álvaro Vizcaíno
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Sáb 1 Oct 2016 - 0:46

Proposición no de ley por la DEFENSA DE EL ESTADO DE DERECHO Y LA COHESIÓN DE ESPAÑA

PREÁMBULO

España es una gran Nación. Una Nación con una historia muy rica en aportaciones de todo orden en la historia universal. Una Nación llena de singularidades, de pluralidades, forjada a lo largo de los siglos. España es un Estado Democrático, un Estado Social, un Estado de Derecho. Decir hoy Constitución es decir España y decir España es decir Constitución. España es hoy una gran nación porque está integrada por un conjunto de hombres y mujeres libres e iguales en derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio nacional. Es una gran Nación porque está a la altura de su tiempo, una nación moderna, desarrollada, integrada en Europa y con presencia y liderazgo en todas las organizaciones internacionales de relevancia. Es una gran nación porque respeta la pluralidad y singularidad de los territorios que la conforman y base en este respecto y en esta riqueza el fundamento de su indisoluble unidad. Es una gran Nación porque ha sabido superar viejos enfrentamientos en pautas de concordia y convivencia.Es una gran Nación porque sabe superar con cohesión las dificultades económicas y sociales. Es una gran Nación para la sociedad española, hace de la solidaridad su mayor virtud.Es una gran Nación porque es de todos los españoles, vivan donde vivan, y es de todas las tradiciones y de todas las sensibilidades. En definitiva, declaramos que los españoles de cualquier parte del territorio nacional tenemos derecho a seguir siendo españoles, libres, iguales, con obligaciones y derechos fundamentales garantizados por la Constitución.

Por todo ello, VOX presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY:

Las Cortes Valencianas insta a todos los poderes públicos, administraciones públicas y sociedad civil:
1.- a poner en valor la cohesión y la unidad de España.
2.- a respetar los derechos y libertades fundamentales de todos los ciudadanos, ya que éstos se
desarrollen garantizando la convivencia y la concordia entre todos los españoles.
3.- a poner en valor la fortaleza democrática de nuestras instituciones.
4.- la puesta en valor y defensa de nuestra soberanía nacional, que no es ni vulnerable ni
fraccionable.
5.- Las Cortes Valencianas instan a todos ellos, a todas las instituciones y en la sociedad
española a la defensa y puesta en valor de nuestro Estado de Derecho, de nuestros principios y valores
constitucionales, de nuestro sistema de libertades
Mikel Goicoechea
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Sáb 1 Oct 2016 - 11:17
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AL PRESIDENTE DE LES CORTS VALENCIANES
A LA MESA DE LES CORTS VALENCIANES


Analizamos el Estado de la Comunitat después de casi un año de legislatura del gobierno actual:

-El actual Consell ha creado un entramado burocrático, el cual nos lleva a la ineficiencia e incompetitividad.

-La Comunitat Valenciana es más pobre que hace tres años y se sitúa al borde de la quiebra económica debido a la falta de acción del Consell.

-Las actuales políticas del Consell suponen una deuda futura con tendencia a la alza.

-El Consell ha perdido la mayoría que gozaba en Les Corts tras la pérdida de apoyos que ayudaron a constituirlo.

-El Consell vulnera la legalidad vigente, empezando por el Estatut y terminando con el Reglament de Les Corts.

Por todo ello, al amparo del artículo 28 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana y del artículo 145 y siguientes del Reglamento de las Corts Valencianes, los diputados abajo firmantes presentamos una MOCIÓN de CENSURA por exigencia de responsabilidades políticas al Presidente de la Generalitat Valenciana. Presentamos a D. Miguel Ángel Zapatacomo candidato a la Presidencia de la Generalitat Valenciana, se adjunta aceptación de dicha propuesta.

Valencia, 14 de febrero de 2021

Firmada por todos los diputados y diputadas del Grupo Parlamentario Popular
Mikel Goicoechea
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Sáb 1 Oct 2016 - 13:39
Proposición de ley por la cual se derogan leyes incompetitivas e innecesarias

PREÁMBULO
El último Consell de la Generalitat Valenciana aprobó una serie de leyes que desde el primer momento se vieron como negativas para el pueblo valenciano.

Muchas de dichas leyes suponen un gasto innecesario para los ciudadanos de la Comunitat Valenciana, pues tienen que mantener organismos o iniciativas que requieren grandes inyecciones de dinero público y en consecuencia, que reducen las libertades de los ciudadanos.

Otras, como la ley de Respeto al Prfesorado, son simplificaciones de otras leyes aprobadas anteriormente y que suponen un retroceso en materia de defensa de derechos y libertades. Por eso, el Grupo Parlamentario Popular pide:

Artículo 1. Se derogan las siguientes leyes:
a) LEY 24/2017 DE PROTECCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO.
b) LEY 7/2016 DE RESPETO AL PROFESORADO.
c) LEY DE COMARCAS
d) LEY PARA REDUCIR EL EMPLEO TEMPORAL
e) LEY 2/2019 DE CREACIÓN DE FORANIES VALENCIANES
f) PLAN 1/2017 PROENERGÍAS RENOVABLES PARA LA COMUNIDAD VALENCIANA  (2018-2028)
g) PLAN DE INSTALACIÓN DE RED WiFi EN LAS PRINCIPALES CIUDADES DE LA COMUNITAT VALENCIANA.

Artículo 2. Se reemplazan las siguientes leyes:
1) Después de la derogación de la LEY 7/2016 DE RESPETO AL PROFESORADO, esta será reemplazada por la LEY 15/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de
Autoridad del Profesorado.


DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogadas las leyes y decretos en contraposición o de rango inferior a la presente Ley.

DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación oficial en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana.
Mikel Goicoechea
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Lun 10 Oct 2016 - 0:47
Proyecto de ley para la reducción del tramo autonómico del IRPF y la eliminación de otros impuestos.

Preámbulo
Actualmente el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas está parcialmente gestionado entre el Gobierno del Estado y cada uno de los diferentes Gobiernos de las Comunidades Autónomas gestionando así el tramo autonómico que le corresponde a este impuesto. El Consell de la Generalitat Valenciana se comprometió de acuerdo con sus valores y la voluntad de la gente, a seguir apostando por la libertad individual y económica, reduciendo más impuestos y dando más libertad.

Artículo Primero. Tramo autonómico del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas
Se modifica la “Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, por la que se regula el tramo autonómico del impuesto sobre la renta de las personas físicas y restantes tributos cedidos”.

Se reforma el punto 1 del artículo 2, Escala autonómica, por lo siguiente:

•De 0 a 17.707,20 euros, el 5%
•De 17.707,20 euros en adelante, el 5%

Se mantienen las deducciones que no aparecen en el listado anterior.

Artículo Segundo. Otros impuestos
1. Queda derogado el capítulo V, del Título II, Otros impuestos cedidos de la ley 13/1997.
2. Queda derogado el Artículo 154 del Capítulo XXIII de la ley LEY 10/2012.

Disposición derogatoria
Quedan derogadas las leyes y decretos de igual o inferior rango a la presente ley.

Disposición final
La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
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