JUNTA DE PORTAVOCES
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JUNTA DE PORTAVOCES
Jue 25 Dic 2008 - 19:27
JUNTA DE PORTAVOCES
La Junta de Portavoces la constituyen el Presidente de la Asamblea de Ceuta y los Portavoces de cada Grupo Parlamentario. Su función principal es la de fijar el orden del día del Pleno de la Cámara y debatir sobre los principales asuntos políticos a tratar en la Asamblea.
La Junta de Portavoces la constituyen el Presidente de la Asamblea de Ceuta y los Portavoces de cada Grupo Parlamentario. Su función principal es la de fijar el orden del día del Pleno de la Cámara y debatir sobre los principales asuntos políticos a tratar en la Asamblea.
- Alvaro Rivera
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Vie 26 Dic 2008 - 14:05
nCe presenta como portavoz a: Ramón Gómez
- Iraultza Gorria
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Vie 26 Dic 2008 - 17:02
Portavoz del PCE: Iraultza Gorria
- Manuel Morales
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Vie 26 Dic 2008 - 17:27
Portavoces de Izquierda Republicana:
1. Elena Llanos
2. Manuel Morales
1. Elena Llanos
2. Manuel Morales
- Esperanza Díez
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Portavocía del PP de Melilla
Jue 1 Ene 2009 - 22:57
Portavoz del Partido Popular: Esperanza Díez
- Georg Fischer
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Miér 7 Ene 2009 - 0:44
Portavoz del grupo socialista: Georg Fischer.
- Manuel Morales
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Miér 7 Ene 2009 - 13:59
Anunciar que ha habido un error por parte de la subsecretaría general segunda, es decir, por mí, al convocar los portavoces.
El portavoz de IR en Melilla es el señor Román Flores.
El portavoz de IR en Melilla es el señor Román Flores.
- Juan rodriguez
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Miér 14 Ene 2009 - 19:20
UPyD presenta como portavoz al señor Alfredo Castillo y como subportavoz a Juan Rodriguez
- Candido Lopez
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Mar 3 Feb 2009 - 1:01
Me presento soy Candido Lopez y soy el nuevo portavoz de UPyD.
- Fernando_Bezerra
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Lun 16 Feb 2009 - 18:36
UPyD sustituye a su Portavoz en Melilla por Fernando Bezerra de Quintana.
- Fernando_Bezerra
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Miér 18 Feb 2009 - 16:25
GPUPyD-Melilla Presenta el siguiente plan:
Justificación:
Es una necesidad el regularizar las bonificaciones y ventajas de los Ciudadanos de Melilla para el desplazamiento a la peninsula, tanto por vías marítimas como aereas:
El gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla de acuerdo con las empresas navieras ofertará un billete bonificado único, que mantendrá los mismos derechos y garantías al consumidor que el billete ordinario y será valido para todas las compañías. El Precio de este Billete será:
Tipo IDA IDA/VUELTA
Bonificado ordinario 13,50€ 22,50€
Bonificado Jubilado/Carnet Joven E26 11,00€ 18,00€
Bonificado con Coche 60,00€ 110,00€
Bonificado menor de 6 años 10,00€ 18,50€
El gobierno de la Ciudad, además, facilitará de acuerdo con la compañía BINTER billetes para los vuelos a: Málaga, Granada y Madrid a un precio unitario, creando así un billete bonificado único para las líneas aéreas que unen Melilla con el resto de España.
Tipo IDA IDA/VUELTA
Bonificado ordinario 12,00€ 20,50€
Bonificado Jubilado/Carnet Joven E26 10,00€ 16,00€
Bonificado menor de 6 años 8,00€ 14,50€
Se abrirá una oficina para reclamaciones e información en la estación marítima y aeropuerto para facilitar al Ciudadano el acceso a su derecho a reclamar por los derechos violados por las diferentes compañías navieras
Disposición final:
Este plan entrara en vigor a partir de 15 días tras su publicación en el Boletín de la Ciudad Autónoma de Melilla
Plan de bonificación en las comunicaciones con la Península
Justificación:
Es una necesidad el regularizar las bonificaciones y ventajas de los Ciudadanos de Melilla para el desplazamiento a la peninsula, tanto por vías marítimas como aereas:
El gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla de acuerdo con las empresas navieras ofertará un billete bonificado único, que mantendrá los mismos derechos y garantías al consumidor que el billete ordinario y será valido para todas las compañías. El Precio de este Billete será:
Tipo IDA IDA/VUELTA
Bonificado ordinario 13,50€ 22,50€
Bonificado Jubilado/Carnet Joven E26 11,00€ 18,00€
Bonificado con Coche 60,00€ 110,00€
Bonificado menor de 6 años 10,00€ 18,50€
El gobierno de la Ciudad, además, facilitará de acuerdo con la compañía BINTER billetes para los vuelos a: Málaga, Granada y Madrid a un precio unitario, creando así un billete bonificado único para las líneas aéreas que unen Melilla con el resto de España.
Tipo IDA IDA/VUELTA
Bonificado ordinario 12,00€ 20,50€
Bonificado Jubilado/Carnet Joven E26 10,00€ 16,00€
Bonificado menor de 6 años 8,00€ 14,50€
Se abrirá una oficina para reclamaciones e información en la estación marítima y aeropuerto para facilitar al Ciudadano el acceso a su derecho a reclamar por los derechos violados por las diferentes compañías navieras
Disposición final:
Este plan entrara en vigor a partir de 15 días tras su publicación en el Boletín de la Ciudad Autónoma de Melilla
- Georg Fischer
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Dom 22 Feb 2009 - 18:52
Georg Fischer ya no es portavoz del GPS ya que no milita actualmente en este partido (PSOE).
- Fernando_Bezerra
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Edad : 37
Fecha de inscripción : 14/01/2009
Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Lun 23 Feb 2009 - 16:17
Fernando_Bezerra escribió:GPUPyD-Melilla Presenta el siguiente plan:Plan de bonificación en las comunicaciones con la Península
Justificación:
Es una necesidad el regularizar las bonificaciones y ventajas de los Ciudadanos de Melilla para el desplazamiento a la peninsula, tanto por vías marítimas como aereas:
El gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla de acuerdo con las empresas navieras ofertará un billete bonificado único, que mantendrá los mismos derechos y garantías al consumidor que el billete ordinario y será valido para todas las compañías. El Precio de este Billete será:
Tipo IDA IDA/VUELTA
Bonificado ordinario 13,50€ 22,50€
Bonificado Jubilado/Carnet Joven E26 11,00€ 18,00€
Bonificado con Coche 60,00€ 110,00€
Bonificado menor de 6 años 10,00€ 18,50€
El gobierno de la Ciudad, además, facilitará de acuerdo con la compañía BINTER billetes para los vuelos a: Málaga, Granada y Madrid a un precio unitario, creando así un billete bonificado único para las líneas aéreas que unen Melilla con el resto de España.
Tipo IDA IDA/VUELTA
Bonificado ordinario 12,00€ 20,50€
Bonificado Jubilado/Carnet Joven E26 10,00€ 16,00€
Bonificado menor de 6 años 8,00€ 14,50€
Se abrirá una oficina para reclamaciones e información en la estación marítima y aeropuerto para facilitar al Ciudadano el acceso a su derecho a reclamar por los derechos violados por las diferentes compañías navieras
Disposición final:
Este plan entrara en vigor a partir de 15 días tras su publicación en el Boletín de la Ciudad Autónoma de Melilla
esperamos que la presidencia de la asamblea pase esta propuesta a debate
Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Lun 23 Feb 2009 - 21:17
Portavocía del PCE. Beatriz Kosova
- Pedro Meabe
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Vie 27 Feb 2009 - 18:24
Nueva estructura de portavoces del PSOE en la Asamblea Melillense:
Primer portavoz Pedro Meabe
Segundo portavoz Miguel Urdiales
Primer portavoz Pedro Meabe
Segundo portavoz Miguel Urdiales
- carlos casado
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Vie 17 Abr 2009 - 15:59
nuevo portavoz del pp : Carlos Casado
- Miguel Urdiales
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Mar 21 Abr 2009 - 1:09
Primer portavoz del PSOE: Miguel Urdiales.
- Esperanza Díez
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Fecha de inscripción : 07/12/2008
Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Jue 30 Abr 2009 - 3:37
carlos casado escribió:nuevo portavos del pp : Carlos Casado
Segundop portavoz: Esperanza Díez
- Esperanza Díez
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Fecha de inscripción : 07/12/2008
Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Jue 30 Abr 2009 - 3:40
Proyecto de Ley de Enseñanza de Idiomas
Exposición de Motivos.
Vivimos en un mundo internacionalizado y es de vital importancia que las nuevas generaciones puedan contar con una enseñanza cercana de idiomas extranjeros tan importantes como el Alemán, Francés, Italiano y Portugués, puesto que el Inglés ya es de enseñanza obligatoria.
Con esta ley se pretende poder ampliar la gama de conocimientos de nuestros jóvenes y estudiantes, para prepararlos en su futuro más inmediato. Esta ley es un plan de futuro, pues el conocimiento de idiomas extranjeros ayudará a nuestros jóvenes a que cuando estén en edad laboral, puedan tener mas oportunidades de trabajo.
Asimismo se informa de que si el plan resulta beneficioso, y hay una gran demanda, el Gobierno de Melilla tomaría las medidas oportunas para reformar la presente ley y orientarla a la demanda social existente.
Por los motivos expuestos, se presenta la siguiente ley:
Capítulo I. De su ámbito de aplicación.
1. Esta ley se aplicará sobre los centros de educación públicos donde se imparta educación secundaria.
2. Todo año académico siguiente a 2016.
Capítulo II. De las asignaturas.
1. Se enseñarán los siguientes idiomas: Francés, Alemán, Italiano y Portugués.
2. El alumno no podrá elegir ningún idioma que ya estudie en la ESO.
Capítulo III. De la contratación de los profesores.
1. La contratación de los profesores corresponderá a la Consejería de Educación de Melilla.
2. Éstos podrán ser los mismos que trabajen en el mismo centro.
Capítulo IV. De la enseñanza.
1. Las clases tendrán lugar en dos turnos distintos:
Turno a: Lunes y Miércoles
Turno b: Martes y Jueves
2. Las clases durarán 1 hora.
3. La aplicación del horario pertinente corresponderá al centro de enseñanza. Deberá realizarse en horario extraescolar.
4. La aplicación de esta ley será durante los meses escolares.
5. Los contenidos y evaluaciones de dichas clases serán controlados y seleccionados por la Consejería de Educación de Melilla
Capítulo V. De los alumnos.
1. Podrán apuntarse a este plan de enseñanza cualquier persona con una edad comprendida entre los 12 y los 16 años.
2. Los alumnos de un centro público que se apunten a este plan de enseñanza podrán hacerlo en su centro o en otro distinto.
3. Los alumnos pueden cursar más de una materia.
Capítulo VI. De las plazas.
1. En cada centro se pondrán a disposición de los interesados 30 plazas por materia.
2. La contratación de una plaza será de 20 euros por materia.
3. La contratación de una plaza se hará en el mismo centro.
4. Tendrán preferencia los alumnos que estudien un curso académico en el centro donde soliciten la plaza.
5. El período de contratación de plazas durrará quince días. Y se pondrá en marcha al finalizar el curso académico y al empezarlo.
Capítulo VII. De la difusión del proyecto.
1. Se repartirá entre todos los alumnos de los centros de educación públicos donde se imparta educación secundaria de entre los doce a los dieciséis años una circular informando de este proyecto.
Memoria económica.
El Gobierno de Melilla prevé una inversión de menos del 3% del gasto correspondiente a educación para este plan.
Disposición Final.
Esta ley entrará en vigor el primer día del inicio académico 2012/13.
Exposición de Motivos.
Vivimos en un mundo internacionalizado y es de vital importancia que las nuevas generaciones puedan contar con una enseñanza cercana de idiomas extranjeros tan importantes como el Alemán, Francés, Italiano y Portugués, puesto que el Inglés ya es de enseñanza obligatoria.
Con esta ley se pretende poder ampliar la gama de conocimientos de nuestros jóvenes y estudiantes, para prepararlos en su futuro más inmediato. Esta ley es un plan de futuro, pues el conocimiento de idiomas extranjeros ayudará a nuestros jóvenes a que cuando estén en edad laboral, puedan tener mas oportunidades de trabajo.
Asimismo se informa de que si el plan resulta beneficioso, y hay una gran demanda, el Gobierno de Melilla tomaría las medidas oportunas para reformar la presente ley y orientarla a la demanda social existente.
Por los motivos expuestos, se presenta la siguiente ley:
Capítulo I. De su ámbito de aplicación.
1. Esta ley se aplicará sobre los centros de educación públicos donde se imparta educación secundaria.
2. Todo año académico siguiente a 2016.
Capítulo II. De las asignaturas.
1. Se enseñarán los siguientes idiomas: Francés, Alemán, Italiano y Portugués.
2. El alumno no podrá elegir ningún idioma que ya estudie en la ESO.
Capítulo III. De la contratación de los profesores.
1. La contratación de los profesores corresponderá a la Consejería de Educación de Melilla.
2. Éstos podrán ser los mismos que trabajen en el mismo centro.
Capítulo IV. De la enseñanza.
1. Las clases tendrán lugar en dos turnos distintos:
Turno a: Lunes y Miércoles
Turno b: Martes y Jueves
2. Las clases durarán 1 hora.
3. La aplicación del horario pertinente corresponderá al centro de enseñanza. Deberá realizarse en horario extraescolar.
4. La aplicación de esta ley será durante los meses escolares.
5. Los contenidos y evaluaciones de dichas clases serán controlados y seleccionados por la Consejería de Educación de Melilla
Capítulo V. De los alumnos.
1. Podrán apuntarse a este plan de enseñanza cualquier persona con una edad comprendida entre los 12 y los 16 años.
2. Los alumnos de un centro público que se apunten a este plan de enseñanza podrán hacerlo en su centro o en otro distinto.
3. Los alumnos pueden cursar más de una materia.
Capítulo VI. De las plazas.
1. En cada centro se pondrán a disposición de los interesados 30 plazas por materia.
2. La contratación de una plaza será de 20 euros por materia.
3. La contratación de una plaza se hará en el mismo centro.
4. Tendrán preferencia los alumnos que estudien un curso académico en el centro donde soliciten la plaza.
5. El período de contratación de plazas durrará quince días. Y se pondrá en marcha al finalizar el curso académico y al empezarlo.
Capítulo VII. De la difusión del proyecto.
1. Se repartirá entre todos los alumnos de los centros de educación públicos donde se imparta educación secundaria de entre los doce a los dieciséis años una circular informando de este proyecto.
Memoria económica.
El Gobierno de Melilla prevé una inversión de menos del 3% del gasto correspondiente a educación para este plan.
Disposición Final.
Esta ley entrará en vigor el primer día del inicio académico 2012/13.
- Maximiliano Salas
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Vie 1 Mayo 2009 - 2:45
Empresa estatal de reciclado de Melilla
Preambulo
Considerando que la falta de reciclado en la ciudad, como en el mundo hace que buena parte de los desechos sean tratados debidamente, destruyendo buena parte de la naturaleza y recursos para el hombre.
Que la ley exige que los residuos sean tratados debidamente, y que esto aun no se lelva a cabo en Melilla.
Que la desocupacion existente se puede revertir con uan produccion propia y sustentable de empleo.
Que la gran cantidad de basura en la ciudad complica el uso de los espacios publicos, recreativos y turisticos, perjudicando, entre otras cosas, a la economia.
Titulo I: Disposiciones generales
Art. 1. Los sigueintes terminos se utlizaran en la presente.
Residuo: Objeto tangible, que resulta inservible, despues de haber realizado una actividad humana, para la misma.
Desarrollo Sustentable: Politica para Satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las posibilidades de las del futuro para atender sus propias necesidades.
Reciclar:Someter un material usado a un proceso para que se pueda volver a utilizar.
Necesidades: carencia de algo, acompañado al deseo de satisfacerlo.
Actividad: Conjunto de operaciones o tareas propias de una persona o entidad.
Art.1. Se crea la Empresa Melillense de Reciclaje y Desarrollo Sustentable, y sera un ente autonomo y autarquico del Gobierno de Melilla, aunque este de un presupuesto para tal, y sin perjuicio de los beneficios o perdidas que deba soportar.
Art. 1.1: Los objetivos de la Empresa Melillense de Reciclaje y Desarrollo Sustentable (en adelante ERDS) sera, el mantenimiento de los recursos y el ambiente de la ciudad para todos los ciudadanos, para las generaciones futuras, para sus necesidades, actividades e industria. Este ente sera una empresa publica ecologista.
Art 2. El personal de esta empresa se elegira por oposicion, y concurso publico. La primera direccion sera nombrada a cargo del Gobierno, a oposicion. En adelante, el personal elegira a sus directivos en una Junta, integrado por
3 representates del Gobierno
5 Representates de la Asamblea(diputados y senadores)
6 Representantes del Personal
1 representante de los usuarios
Art 2.1: se hara concurso publico para ingresar como empleado a este ente.
Art 2.2: El Gobierno tendra el derecho de hacer audiencias publicas y auditorias para controlar e informar la normal actividad de la empresa, como minimo, una vez al año.
Art 3: La empresa competira por la concesion del servicio de residuos de la ciudad, reciclando y gestionando los vertederos, asi como el matenimiento de plazas, y playas y demas lugares publicos.
Art. 4: La empresa tendra sede comercial en la ciudad de Melilla.
Dispocision final derogatoria
Quedan derogados todos los decretos y leyes de igual o menor rango.
Disposicion final
Se faculta al Gobierno de la Ciudad Autonoma de Melilla a hacer los decretos y esatatutos para el normal funcionamiento de la presente.
La presente ley entrar en vigor al dia siguiente de su publicacion en el BOME
Preambulo
Considerando que la falta de reciclado en la ciudad, como en el mundo hace que buena parte de los desechos sean tratados debidamente, destruyendo buena parte de la naturaleza y recursos para el hombre.
Que la ley exige que los residuos sean tratados debidamente, y que esto aun no se lelva a cabo en Melilla.
Que la desocupacion existente se puede revertir con uan produccion propia y sustentable de empleo.
Que la gran cantidad de basura en la ciudad complica el uso de los espacios publicos, recreativos y turisticos, perjudicando, entre otras cosas, a la economia.
Titulo I: Disposiciones generales
Art. 1. Los sigueintes terminos se utlizaran en la presente.
Residuo: Objeto tangible, que resulta inservible, despues de haber realizado una actividad humana, para la misma.
Desarrollo Sustentable: Politica para Satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las posibilidades de las del futuro para atender sus propias necesidades.
Reciclar:Someter un material usado a un proceso para que se pueda volver a utilizar.
Necesidades: carencia de algo, acompañado al deseo de satisfacerlo.
Actividad: Conjunto de operaciones o tareas propias de una persona o entidad.
Art.1. Se crea la Empresa Melillense de Reciclaje y Desarrollo Sustentable, y sera un ente autonomo y autarquico del Gobierno de Melilla, aunque este de un presupuesto para tal, y sin perjuicio de los beneficios o perdidas que deba soportar.
Art. 1.1: Los objetivos de la Empresa Melillense de Reciclaje y Desarrollo Sustentable (en adelante ERDS) sera, el mantenimiento de los recursos y el ambiente de la ciudad para todos los ciudadanos, para las generaciones futuras, para sus necesidades, actividades e industria. Este ente sera una empresa publica ecologista.
Art 2. El personal de esta empresa se elegira por oposicion, y concurso publico. La primera direccion sera nombrada a cargo del Gobierno, a oposicion. En adelante, el personal elegira a sus directivos en una Junta, integrado por
3 representates del Gobierno
5 Representates de la Asamblea(diputados y senadores)
6 Representantes del Personal
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Art 2.1: se hara concurso publico para ingresar como empleado a este ente.
Art 2.2: El Gobierno tendra el derecho de hacer audiencias publicas y auditorias para controlar e informar la normal actividad de la empresa, como minimo, una vez al año.
Art 3: La empresa competira por la concesion del servicio de residuos de la ciudad, reciclando y gestionando los vertederos, asi como el matenimiento de plazas, y playas y demas lugares publicos.
Art. 4: La empresa tendra sede comercial en la ciudad de Melilla.
Dispocision final derogatoria
Quedan derogados todos los decretos y leyes de igual o menor rango.
Disposicion final
Se faculta al Gobierno de la Ciudad Autonoma de Melilla a hacer los decretos y esatatutos para el normal funcionamiento de la presente.
La presente ley entrar en vigor al dia siguiente de su publicacion en el BOME
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