JUNTA DE PORTAVOCES
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- Andrés Sánchez Puig
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Lun 14 Mar 2011 - 9:33
El Grupo Parlamentario Comunista anuncia a su nuevo portavoz Tomás Cantarero
- Manuel Madariaga
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Jue 17 Mar 2011 - 22:25
Proposición no de ley Para el fomento de la lectura( GOBIERNO ):
Preambulo:
Conociendo los bajos datos de interés por la lectura en la edad juvenil, el gobierno de La Rioja, preapara este plan para fometarla.
Titulo 1: Generales
articulo 1: se creara un fondo de 2.5 miliones de euros para la subvencion de un abono a periodicos de naturaleza deportiva , informativa o especializados.
articulo 2: esta subvencion estara disponible para las personas que cumplan 18 años.
articulo 3: solo se podrá escoger un periodico y entre ellos los siguientes:
- El País
- El Mundo
-Muy Interesante
- Astronomus
- Lavanguardia
- Marca
- Mundo deportivo
- Cocinas y mesas
-National Geographic
articulo 4: la financiación tendrá una duración de 6 meses.
Disposiciones finales
La subvencion entrara en vigor una vez aprobada y tras su publicación en el BOR.
Preambulo:
Conociendo los bajos datos de interés por la lectura en la edad juvenil, el gobierno de La Rioja, preapara este plan para fometarla.
Titulo 1: Generales
articulo 1: se creara un fondo de 2.5 miliones de euros para la subvencion de un abono a periodicos de naturaleza deportiva , informativa o especializados.
articulo 2: esta subvencion estara disponible para las personas que cumplan 18 años.
articulo 3: solo se podrá escoger un periodico y entre ellos los siguientes:
- El País
- El Mundo
-Muy Interesante
- Astronomus
- Lavanguardia
- Marca
- Mundo deportivo
- Cocinas y mesas
-National Geographic
articulo 4: la financiación tendrá una duración de 6 meses.
Disposiciones finales
La subvencion entrara en vigor una vez aprobada y tras su publicación en el BOR.
- Manuel Madariaga
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Vie 13 Mayo 2011 - 22:24
Ley de Creación de Aulas de Enlace Educativo(GOBIERNO)
Exposición de Motivos
En esta Ley se creara con la intención de poner fin al porcentaje de Alumnos y Alumnas que abandonan los estudios de secundaria sin la obtención del graduado en E.S.O. Actualmente son muchos los Alumnos y Alumnas de E.S.O que abandonan sus estudios sin la obtención del titulo, de tal forma que les imposibilitan la inserción en un mercado laboral digno. Debido a esto se ven degradados a ser ciudadanos de segunda y sin posibilidad de mejorar su poder adquisitivo y su nivel cultural.
Titulo I. Objetivos de las aulas de enlace educativo.
Articulo 1. El objetivo de las aulas de enlace es ayudar y orientar el camino del Alumno o la Alumna a la formación en centros de Formación Profesional.
Articulo 2. El paso por las aulas de enlace sera para ayudar a la obtención de titulo de graduado en E.S.O y finalizado este paso orientar al Alumno o Alumna hacia la formación de un trabajo cualificado y remunerado.
Articulo 3. Las aulas de enlace educativo también ofrecerán apoyo Educativo,Económico o Psicológico según lo requiera el Alumno o Alumna.
Titulo II. Del acceso a las aulas de enlace educativo
Articulo 1. Podrán acceder a estas aulas de enlace educativo, los Alumnos y Alumnas que estén en riesgo de abandono prematuro de los estudios en E.S.O, que estén entre edades comprendidas de 12 y 16 años.
Articulo 2. Para el acceso a estas aulas de enlace educativo el padre,madre,profesor,tutor legal o equivalente tendrá que firmar un consentimiento, para que el menor o la menor pueda formar parte de estas aulas de enlace educativo.
Articulo 3. La entrada a estas aulas de enlace serán vía aprobación de la junta escolar del I.E.S en cuestión.
Titulo III. Enseñanzas en las aulas de enlace educativo
Articulo 1. Las enseñanzas que se impartirán en las aulas de enlace educativo serán dividas en tres bloques.
Bloque 1ª. Educación Socio-lingüística: Lengua Castellana y lengua extrajera.
Bloque 2ª. Ciencias Generales: Matemáticas,Ciencias sociales y naturales.
Bloque 3: Orientación Laboral y Practicas: Cursos de enseñanza pre-Formación Profesional de Grado medio teórico y practico.
Titulo IV. Obtención de títulos, con-validaciones y practicas
Articulo 1. El alumno o alumna obtendrá el titulo de graduado en E.S.O al finalizar el curso, mediante un examen de conocimiento en E.S.O.
Articulo 2. Las con-validaciones serán otorgadas a los alumnos y alumnas que con éxito consigan acabar el curso con la obtención del graduado en E.S.O.
Articulos 3. Las practicas del alumno o alumna serán contadas como experiencia laboral en el curriculum vitae del alumno o alumna en cuestión.
Titulo V. Duración de cursos y Repeticiones
Articulo 1. La duración del aula de enlace educativo variara según la edad del alumno o alumna, de tal forma que los alumnos de 12 a 13 años de edad tendrán una duración de 4 años de curso formativo, incorporando dos de los últimos años de curso formativo las practicas y los alumnos de 14,15 y 16 años de edad tendrán una duración de 2 años en el curso.
Articulo 2. Los alumnos podrán repetir curso según las edades, lo alumnos entre 12 y 13 años podrán repetir un máximo de dos cursos, los alumnos de 14 y 15 años solo podrán repetir una vez y por ultimo los alumnos de 16 años no podrán repetir ningún curso, pero los alumnos de 16 años tendrán la posibilidad de recuperar las asignaturas pendientes en un examen a final del ultimo trimestre.
Titulo VI. Orientación
Articulo 1. Los docentes y orientadores del I.E.S se comprometerán a orientar al alumno o alumna hacia la Formación Profesional de grado medio en la que el alumno este interesado en cursar.
Articulo 2. Los docentes y orientadores del I.E.S se comprometerán a supervisar y revisar mensualmente las calificaciones así como la orientación del alumno o alumna, asta la finalización del curso.
Titulo VII. Régimen de orarios,Centros y Ayudas
Articulo 1. Los orarios en los que se impartirán los cursos serán orario diurno mañana y tarde.
Orario Diurno Mañana: Sera de 10:00pm a 15:30pm.
Orario Diurno Tarde: Sera de 16:30pm a 20:00pm.
Articulo 2. Los I.E.S que dispondrán de estas aulas serán todos aquellos que dispongan de espacio y demanda real de alumnos o aquellos adaptados para implantar estas aulas.
Articulo 3. Las Ayudas Educativas, Económicas o Psicológicas, serán otorgadas a aquellos alumnos que tengan necesidad real de disponer de cualquiera de estas ayudas.
Articulo 4. Las ayudas Educativas serán entregadas en forma de: material escolar o refuerzo en asignaturas.
Las ayudas Económicas serán otorgadas en forma de: Cheque para adquisición de material escolar,utensilios,ropa o otro material que el alumno requiera y por ultimo la ayuda Psicológica se entregara en forma de: Apoyo emocional mediante Psicólogos,terapia de grupo o cualquier otra ayuda de carácter Psicológico.
Disposición derogativa.
Toda ley o artículo de una ley que entre en contraposición o sea inferior a la presente ley o a cualquiera de sus artículos, ese artículo o ley será derogado.
Disposición final
Este proyecto entrará en vigor en el curso siguiente después de su publicación en el BOR
Exposición de Motivos
En esta Ley se creara con la intención de poner fin al porcentaje de Alumnos y Alumnas que abandonan los estudios de secundaria sin la obtención del graduado en E.S.O. Actualmente son muchos los Alumnos y Alumnas de E.S.O que abandonan sus estudios sin la obtención del titulo, de tal forma que les imposibilitan la inserción en un mercado laboral digno. Debido a esto se ven degradados a ser ciudadanos de segunda y sin posibilidad de mejorar su poder adquisitivo y su nivel cultural.
Titulo I. Objetivos de las aulas de enlace educativo.
Articulo 1. El objetivo de las aulas de enlace es ayudar y orientar el camino del Alumno o la Alumna a la formación en centros de Formación Profesional.
Articulo 2. El paso por las aulas de enlace sera para ayudar a la obtención de titulo de graduado en E.S.O y finalizado este paso orientar al Alumno o Alumna hacia la formación de un trabajo cualificado y remunerado.
Articulo 3. Las aulas de enlace educativo también ofrecerán apoyo Educativo,Económico o Psicológico según lo requiera el Alumno o Alumna.
Titulo II. Del acceso a las aulas de enlace educativo
Articulo 1. Podrán acceder a estas aulas de enlace educativo, los Alumnos y Alumnas que estén en riesgo de abandono prematuro de los estudios en E.S.O, que estén entre edades comprendidas de 12 y 16 años.
Articulo 2. Para el acceso a estas aulas de enlace educativo el padre,madre,profesor,tutor legal o equivalente tendrá que firmar un consentimiento, para que el menor o la menor pueda formar parte de estas aulas de enlace educativo.
Articulo 3. La entrada a estas aulas de enlace serán vía aprobación de la junta escolar del I.E.S en cuestión.
Titulo III. Enseñanzas en las aulas de enlace educativo
Articulo 1. Las enseñanzas que se impartirán en las aulas de enlace educativo serán dividas en tres bloques.
Bloque 1ª. Educación Socio-lingüística: Lengua Castellana y lengua extrajera.
Bloque 2ª. Ciencias Generales: Matemáticas,Ciencias sociales y naturales.
Bloque 3: Orientación Laboral y Practicas: Cursos de enseñanza pre-Formación Profesional de Grado medio teórico y practico.
Titulo IV. Obtención de títulos, con-validaciones y practicas
Articulo 1. El alumno o alumna obtendrá el titulo de graduado en E.S.O al finalizar el curso, mediante un examen de conocimiento en E.S.O.
Articulo 2. Las con-validaciones serán otorgadas a los alumnos y alumnas que con éxito consigan acabar el curso con la obtención del graduado en E.S.O.
Articulos 3. Las practicas del alumno o alumna serán contadas como experiencia laboral en el curriculum vitae del alumno o alumna en cuestión.
Titulo V. Duración de cursos y Repeticiones
Articulo 1. La duración del aula de enlace educativo variara según la edad del alumno o alumna, de tal forma que los alumnos de 12 a 13 años de edad tendrán una duración de 4 años de curso formativo, incorporando dos de los últimos años de curso formativo las practicas y los alumnos de 14,15 y 16 años de edad tendrán una duración de 2 años en el curso.
Articulo 2. Los alumnos podrán repetir curso según las edades, lo alumnos entre 12 y 13 años podrán repetir un máximo de dos cursos, los alumnos de 14 y 15 años solo podrán repetir una vez y por ultimo los alumnos de 16 años no podrán repetir ningún curso, pero los alumnos de 16 años tendrán la posibilidad de recuperar las asignaturas pendientes en un examen a final del ultimo trimestre.
Titulo VI. Orientación
Articulo 1. Los docentes y orientadores del I.E.S se comprometerán a orientar al alumno o alumna hacia la Formación Profesional de grado medio en la que el alumno este interesado en cursar.
Articulo 2. Los docentes y orientadores del I.E.S se comprometerán a supervisar y revisar mensualmente las calificaciones así como la orientación del alumno o alumna, asta la finalización del curso.
Titulo VII. Régimen de orarios,Centros y Ayudas
Articulo 1. Los orarios en los que se impartirán los cursos serán orario diurno mañana y tarde.
Orario Diurno Mañana: Sera de 10:00pm a 15:30pm.
Orario Diurno Tarde: Sera de 16:30pm a 20:00pm.
Articulo 2. Los I.E.S que dispondrán de estas aulas serán todos aquellos que dispongan de espacio y demanda real de alumnos o aquellos adaptados para implantar estas aulas.
Articulo 3. Las Ayudas Educativas, Económicas o Psicológicas, serán otorgadas a aquellos alumnos que tengan necesidad real de disponer de cualquiera de estas ayudas.
Articulo 4. Las ayudas Educativas serán entregadas en forma de: material escolar o refuerzo en asignaturas.
Las ayudas Económicas serán otorgadas en forma de: Cheque para adquisición de material escolar,utensilios,ropa o otro material que el alumno requiera y por ultimo la ayuda Psicológica se entregara en forma de: Apoyo emocional mediante Psicólogos,terapia de grupo o cualquier otra ayuda de carácter Psicológico.
Disposición derogativa.
Toda ley o artículo de una ley que entre en contraposición o sea inferior a la presente ley o a cualquiera de sus artículos, ese artículo o ley será derogado.
Disposición final
Este proyecto entrará en vigor en el curso siguiente después de su publicación en el BOR
- Manuel Madariaga
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Sáb 28 Mayo 2011 - 21:18
Propuesta de Ley para la Instalación de Alumbrado Sostenible en zonas residenciales, zonas verdes y parques y Parques industriales ( GOBIERNO )
Preámbulo:
Las energias renovables cada vez son más importantes en nuestra sociedad y la población se está concienciando aún más sobre este tipo de energias y de los beneficios que generan tanto para el medio ambiente como para las propias personas.
Desde el PSOE quremos dar un paso más hacia adelante en la materia ecologica, sostenible y de ahorro de energia, por eso con este proyecto de "ALUMBRADO SOSTENIBLE", pretendemos implantar en La Región de murcia farolas ecológicas que combinan tanto la energia solar como la eólica, que son respetuosas con el medio ambiente y que por su carácter de ahorro de energia evitarán la expulsión de toneladas de C02 a la atmófera.
Artículo 1:
Las nuevas farolas serán instaladas de momento en las zonas verdes y parques de las ciudades riojanas y en el polígono industrial de logroño.
Artículo 2:
La viabilidad y el estudio de la colocación de estas farolas, será llevado a cabo por expertos de Medioambiente del gobierno de España y de la Rioja en colaboración con la empresa instaladora de dichas farolas.
Artículo 2.1:
Estas farolas al combinar la energia solar y eólica tiene una potencia de 20.000 lumens y gracias a sus baterías de gel de ciclo profundo( cuando se termina la bateria se recarga ella sola, aprovechando la energia solaro o eolica para poder alumbrar durante la noche).Otra ventaja es la baja incidencia sonora que tienen en el entorno y se orientan automáticamente según sea la dirección del viento o sus laminas superiores se abren orientandose para aumentar la carga eléctrica.
Modelo de farola ecológica:
https://www.youtube.com/watch?v=l_a7sRS1vcM
Artículo 3:
Las bombillas serán por Led's ya que son más duraderas, eficientes y menos contaminantes.
La empresa que llevará a cabo la instalación de estas farolas, será la empresa catalana EO-SOLAR en colaboración con PHILLIPS pionera en el mundo en la fabricación de este tipo de farolas y que convertirá a la Rioja en la 1ª de Europa en contar con alumbrado ecologico en su territorio que no requiere de ningún tipo de obra ni de conexión electrica amortizando la instalación en un 75%, evitando el gasto directo de estas actuaciones.
Disposiciónes Finales:
El presupuesto para este proyecto será de 8.5 millones€( cada farola tiene un coste de 2000€)
Este plan entrá en vigor, tras la aprobación de dicho plan y tras su publicación en el BOR.
Preámbulo:
Las energias renovables cada vez son más importantes en nuestra sociedad y la población se está concienciando aún más sobre este tipo de energias y de los beneficios que generan tanto para el medio ambiente como para las propias personas.
Desde el PSOE quremos dar un paso más hacia adelante en la materia ecologica, sostenible y de ahorro de energia, por eso con este proyecto de "ALUMBRADO SOSTENIBLE", pretendemos implantar en La Región de murcia farolas ecológicas que combinan tanto la energia solar como la eólica, que son respetuosas con el medio ambiente y que por su carácter de ahorro de energia evitarán la expulsión de toneladas de C02 a la atmófera.
Artículo 1:
Las nuevas farolas serán instaladas de momento en las zonas verdes y parques de las ciudades riojanas y en el polígono industrial de logroño.
Artículo 2:
La viabilidad y el estudio de la colocación de estas farolas, será llevado a cabo por expertos de Medioambiente del gobierno de España y de la Rioja en colaboración con la empresa instaladora de dichas farolas.
Artículo 2.1:
Estas farolas al combinar la energia solar y eólica tiene una potencia de 20.000 lumens y gracias a sus baterías de gel de ciclo profundo( cuando se termina la bateria se recarga ella sola, aprovechando la energia solaro o eolica para poder alumbrar durante la noche).Otra ventaja es la baja incidencia sonora que tienen en el entorno y se orientan automáticamente según sea la dirección del viento o sus laminas superiores se abren orientandose para aumentar la carga eléctrica.
Modelo de farola ecológica:
https://www.youtube.com/watch?v=l_a7sRS1vcM
Artículo 3:
Las bombillas serán por Led's ya que son más duraderas, eficientes y menos contaminantes.
La empresa que llevará a cabo la instalación de estas farolas, será la empresa catalana EO-SOLAR en colaboración con PHILLIPS pionera en el mundo en la fabricación de este tipo de farolas y que convertirá a la Rioja en la 1ª de Europa en contar con alumbrado ecologico en su territorio que no requiere de ningún tipo de obra ni de conexión electrica amortizando la instalación en un 75%, evitando el gasto directo de estas actuaciones.
Disposiciónes Finales:
El presupuesto para este proyecto será de 8.5 millones€( cada farola tiene un coste de 2000€)
Este plan entrá en vigor, tras la aprobación de dicho plan y tras su publicación en el BOR.
- Manuel Madariaga
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Re: JUNTA DE PORTAVOCES
Mar 31 Mayo 2011 - 0:24
Proposición de Ley de implantación del Bilingüismo en La rioja:
La sociedad actual presenta varios idiomas que son importantes para una mayor riqueza del lenguaje y también como un buen método de comprension de otras culturas y necesario para desarrollar cualquier trabajo en el futuro.
Por eso desde el PSOE vemos necesaria la implantación progresiva de esta actividad en La Rioja.
Artículo 1:
Implantación progresiva del bilingüismo español-inglés en todas las actividades y programas de la comunidad dirigidos a edades entre los 4 y los 38 años, lo que permitiría mejorar las habilidades sociales y la competitividad laboral a unos 58.000 niños y jóvenes de la ciudad.
Artículo 2:
Colaboración entre el gobierno de La Rioja y los ayuntamientos para la realización de estas nuevas actividades ya que son una oportunidad y una necesidad en la sociedad global en la que se pueden educar todos los riojanos/as.
Artículo 3:
Las directrices marcadas por la Unión Europea hacen que, la Comunidad de La Rioja será "pionera" en ir implantando la enseñanza del inglés desde los primeros niveles, ofertando ludotecas bilingües para los niños de entre 4 y 11 años que residen en estos momentos en las ciudades más importantes de esta comunidad.
Para los jóvenes de hasta 18 años se pondrá a su disposición parte de la programación en inglés, tanto en la red de centros jóvenes como en los campamentos juveniles o en el programa "diecitantos", creado exclusivamente para este proyecto.
Además, se extenderá esta iniciativa hasta los 35 años, ya que es importante a la hora de insertarse en el mercado laboral.
Artículo 3.1:
Implantación el inglés como pieza esencial en los cursos de formación dirigidos a esta población.
Disposiciones Finales:
El proyecto, a pesar del objetivo tan ambicioso que persigue, requerira únicamente de una "adaptación de los recursos ya existentes al nuevo modelo" y se comenzará con este proyecto tras su aprobación y publicación en el BOR.
La sociedad actual presenta varios idiomas que son importantes para una mayor riqueza del lenguaje y también como un buen método de comprension de otras culturas y necesario para desarrollar cualquier trabajo en el futuro.
Por eso desde el PSOE vemos necesaria la implantación progresiva de esta actividad en La Rioja.
Artículo 1:
Implantación progresiva del bilingüismo español-inglés en todas las actividades y programas de la comunidad dirigidos a edades entre los 4 y los 38 años, lo que permitiría mejorar las habilidades sociales y la competitividad laboral a unos 58.000 niños y jóvenes de la ciudad.
Artículo 2:
Colaboración entre el gobierno de La Rioja y los ayuntamientos para la realización de estas nuevas actividades ya que son una oportunidad y una necesidad en la sociedad global en la que se pueden educar todos los riojanos/as.
Artículo 3:
Las directrices marcadas por la Unión Europea hacen que, la Comunidad de La Rioja será "pionera" en ir implantando la enseñanza del inglés desde los primeros niveles, ofertando ludotecas bilingües para los niños de entre 4 y 11 años que residen en estos momentos en las ciudades más importantes de esta comunidad.
Para los jóvenes de hasta 18 años se pondrá a su disposición parte de la programación en inglés, tanto en la red de centros jóvenes como en los campamentos juveniles o en el programa "diecitantos", creado exclusivamente para este proyecto.
Además, se extenderá esta iniciativa hasta los 35 años, ya que es importante a la hora de insertarse en el mercado laboral.
Artículo 3.1:
Implantación el inglés como pieza esencial en los cursos de formación dirigidos a esta población.
Disposiciones Finales:
El proyecto, a pesar del objetivo tan ambicioso que persigue, requerira únicamente de una "adaptación de los recursos ya existentes al nuevo modelo" y se comenzará con este proyecto tras su aprobación y publicación en el BOR.
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