Caso Zatorre
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Carlos Vara
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Manuel Carballal Reyes
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Caso Zatorre
Lun 3 Sep 2012 - 17:14
Abro este hilo porque seguro que nos van a surgir muchas dudas FDP. Por lo pronto, a mí ya se me ha planteado la primera.
He hablado con Zatorre, y me dice que tiene derecho a que le represente el abogado del Estado (cuerpo que, como es sabido, llevo yo). Cuestiones a resolver: 1ª.- ¿Existe efectivamente ese derecho? 2ª.- Habiendo conflicto de intereses por mi parte (al menos potencialmente), ¿quién hará de abogado del Estado?
He hablado con Zatorre, y me dice que tiene derecho a que le represente el abogado del Estado (cuerpo que, como es sabido, llevo yo). Cuestiones a resolver: 1ª.- ¿Existe efectivamente ese derecho? 2ª.- Habiendo conflicto de intereses por mi parte (al menos potencialmente), ¿quién hará de abogado del Estado?
- Manuel Carballal Reyes
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Re: Caso Zatorre
Lun 3 Sep 2012 - 17:48
Creo que se debería abrir en los Juzgados un apartado para dudas FDP, como ya sugeriste tu, por cierto, dada la cantidad de dudas que van surgiendo a lo largo de los juicios.
- Moderador Aperitivo
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Re: Caso Zatorre
Lun 3 Sep 2012 - 17:54
Pues también es cierto. Además, nuestro nuevo administrador dispone de potestad suficiente para crear dicho apartado.
- Alfonso Izquierdo
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Re: Caso Zatorre
Lun 3 Sep 2012 - 17:56
El Código de Justicia Militar no dice de que lo tenga que defender la Abogacía del Estado.
Es más, la regulación de la figura del Defensor del Código de Justicia Militar (art. 153 y ss) nos dice que cuando el procesado sea militar, y vaya a ser enjuiciado por el Consejo Supremo de Justicia Militar designará a un Oficial General, Jefe u Oficial y sus asimilados de los residentes en Madrid. O bien a un abogado (particular) de dentro de la circunscripción jurisdiccional del Tribunal enjuiciador. En este caso, toda España.
PS. Para discutir este tipo de dudas FDP pedí en su día que se abriera un subforo/hilo en Juzgados, la Sala de Togas.Renuevo ésa petición.
(Edito: Me sumo a la petición de Manuel y Montes de Oca)
Es más, la regulación de la figura del Defensor del Código de Justicia Militar (art. 153 y ss) nos dice que cuando el procesado sea militar, y vaya a ser enjuiciado por el Consejo Supremo de Justicia Militar designará a un Oficial General, Jefe u Oficial y sus asimilados de los residentes en Madrid. O bien a un abogado (particular) de dentro de la circunscripción jurisdiccional del Tribunal enjuiciador. En este caso, toda España.
PS. Para discutir este tipo de dudas FDP pedí en su día que se abriera un subforo/hilo en Juzgados, la Sala de Togas.
(Edito: Me sumo a la petición de Manuel y Montes de Oca)
- Alfonso Izquierdo
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Re: Caso Zatorre
Lun 3 Sep 2012 - 18:01
Saliendonos del caso particular, llevar la AE y el MF no te va a provocar nada más que conflictos Montes de Oca.
Sobre todo ahora que se avecinan dos importantes casos contra el Gobierno.
¿Has llegado a tener actividad como AE? Mi consejo es que la abandones.
Sobre todo ahora que se avecinan dos importantes casos contra el Gobierno.
¿Has llegado a tener actividad como AE? Mi consejo es que la abandones.
- Moderador Aperitivo
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Re: Caso Zatorre
Lun 3 Sep 2012 - 18:08
Gracias por la búsqueda. Resuelta la primera cuestión, queda todavía en parte pendiente la segunda, porque mi control de los abogados del Estado puede entenderse implícitamente extendido a los defensores militares. Lo mismo que hice de letrado del Parlament de Cataluña e incluso de Consejo de Estado.
Pero también podría el propio Zatorre defenderse por medio de un personaje indirecto, o incluso por medio de De la Hoz.
La idea al asumir los abogados del Estado era de cara a posibles contencioso-administrativos y pleitos constitucionales; dejando el Ministerio fiscal para lo penal. Dudo mucho de que, de hecho, el Gobierno quiera personarse en ninguna causa penal; podría hacerlo, sin duda, pero no creo que lo haga.
Pero también podría el propio Zatorre defenderse por medio de un personaje indirecto, o incluso por medio de De la Hoz.
La idea al asumir los abogados del Estado era de cara a posibles contencioso-administrativos y pleitos constitucionales; dejando el Ministerio fiscal para lo penal. Dudo mucho de que, de hecho, el Gobierno quiera personarse en ninguna causa penal; podría hacerlo, sin duda, pero no creo que lo haga.
- Alfonso Izquierdo
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Re: Caso Zatorre
Lun 3 Sep 2012 - 18:14
Y en el caso Estado de Excepción ¿qué vas a hacer si Alarcón o Vara te encomiendan la defensa del Gobierno?
Aunque con lo que está tardando el suplicatorio, cuando llegue la hora de juzgarlos, serán privatus
Con respecto a los defensores militares, no creo que pueda entenderse implícitamente extendido a tus funciones. Puesto que estamos hablando bien de militares (no jurídico-militares, militares a secas), bien de abogados particulares.
Aunque con lo que está tardando el suplicatorio, cuando llegue la hora de juzgarlos, serán privatus
Con respecto a los defensores militares, no creo que pueda entenderse implícitamente extendido a tus funciones. Puesto que estamos hablando bien de militares (no jurídico-militares, militares a secas), bien de abogados particulares.
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Re: Caso Zatorre
Lun 3 Sep 2012 - 18:37
En el caso del estado de excepción es menos probable que haya conflicto de intereses; al menos con Vara y Alarcón.
Bien, pues me doy por desentendido de la defensa de Zatorre.
Bien, pues me doy por desentendido de la defensa de Zatorre.
- Manuel Carballal Reyes
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Re: Caso Zatorre
Lun 3 Sep 2012 - 18:48
Inhibido. Su turno Magistrado Izquierdo
- Alfonso Izquierdo
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Re: Caso Zatorre
Lun 3 Sep 2012 - 20:44
Teniente General Izquierdo, en este caso. Voy desempolvando el caqui...
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Re: Caso Zatorre
Lun 3 Sep 2012 - 21:17
O el blanco: puedes ser también el Almirante Izquierdo.
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Re: Caso Zatorre
Lun 3 Sep 2012 - 21:24
De hecho el instructor de la causa es de la Armada. Cosas del reparto.
- Carlos Vara
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Re: Caso Zatorre
Lun 3 Sep 2012 - 21:26
Yo que estoy siguiendo con intriga el juicio y demás. Me gustaría saber que haríais si Alex Zatorre pide que sea un abogado de oficio el que lo defienda, quien se encargaría de su defensa.
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Re: Caso Zatorre
Lun 3 Sep 2012 - 21:38
Según lo que he estado leyendo en los artículos citados por Izquierdo, no tiene derecho a abogad de oficio, sino a defensor militar de oficio; de modo que seguimos en las mismas.
- Carlos Vara
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Re: Caso Zatorre
Lun 3 Sep 2012 - 22:22
Bueno pero ese no va a ser el único problema, porque con el del gobierno, hay que especificar muchos aspectos, porque si son casos individualizados se necesitaría un abagado para cada uno, lo que significaría un rompecabezas extraordinario.
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Re: Caso Zatorre
Lun 3 Sep 2012 - 22:54
No, no es preciso un abogado para cada uno, pueden convenir una defensa conjunta. Teniendo en cuenta la multitud de personajes indirectos que hay, sería lo más razonable. Pero haced como queráis.
- Alfonso Izquierdo
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Re: Caso Zatorre
Mar 4 Sep 2012 - 9:56
Jimena Montes de Oca escribió:Según lo que he estado leyendo en los artículos citados por Izquierdo, no tiene derecho a abogad de oficio, sino a defensor militar de oficio; de modo que seguimos en las mismas.
El problema que plantea Vara es real. Defensor o abogado de oficio ¿a quién nombramos? Una pena que ya no siga el CGAE que montaste en el anterior sim, Montes de Oca. Una pena.
- Manuel Carballal Reyes
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Re: Caso Zatorre
Mar 4 Sep 2012 - 14:56
Una verdadera lástima, desde luego.
- Javier Bautista Fuentes
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Re: Caso Zatorre
Mar 4 Sep 2012 - 15:44
Si quereis le pongo una bomba y se os acaba el problema XD
- Moderador Aperitivo
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Re: Caso Zatorre
Mar 4 Sep 2012 - 16:15
Bueno, para que subsista el CGAE tiene que haber jugadores dispuestos a asumir el rol de abogados para otro. Y no sé si por quí los hay, la verdad. Por lo demás, es una institución ciertamente útil. Pero, ya digo, aquí no hay abogados dispuestos a formarla.
Yo entiendo que defensor de oficio. Y me explico: el Código dice que el cargo de defensor es obligatorio, pero que el de abogado es voluntario. Si no hace más precisiones, ha de entenderse que el defensor es el que puede ser de oficio, mientras que el abogado no.
Tú, Balista, no te envalentones mucho (XD) que primero tienes que declarar en sede judicial. Y sería muy desagradable tener que detenerte en el acto. Aunque por otra parte, no tenemos por qué sabe a qué te dedicas en realidad, claro.
Yo entiendo que defensor de oficio. Y me explico: el Código dice que el cargo de defensor es obligatorio, pero que el de abogado es voluntario. Si no hace más precisiones, ha de entenderse que el defensor es el que puede ser de oficio, mientras que el abogado no.
Tú, Balista, no te envalentones mucho (XD) que primero tienes que declarar en sede judicial. Y sería muy desagradable tener que detenerte en el acto. Aunque por otra parte, no tenemos por qué sabe a qué te dedicas en realidad, claro.
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