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Fernando Buntic Romero
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JUNTA DE PORTAVOCES - Página 11 Empty Re: JUNTA DE PORTAVOCES

Jue 7 Abr 2011 - 23:35
Se produce un cambio de portavoz en el PSOE, el nuevo portavoz será Fernando Buntic Romero
César Alarcón
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JUNTA DE PORTAVOCES - Página 11 Empty Re: JUNTA DE PORTAVOCES

Dom 10 Abr 2011 - 11:44
Proyecto de regeneración y recuperación de la actividad minera en Asturias.

Preámbulo:

Para solucionar el problema de la situación minera, el Gobierno de Asturias propone lo siguiente:

Art. 1.- El Gobierno de Asturias expropiará las empresas mineras privadas que se encuentren en déficit y/o en quiebra
.
Art. 2.- Las empresas expropiadas serán catalogadas de “nacionales” y serán incluidas en Hulleras del Norte S. A. o denominado también HUNOSA, empresa estatal que se dedica a la extracción minera y a su explotación en la zona central del Principado de Asturias, en España, desde 1967 y que la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales controla el 100% de sus acciones.

Art. 3.- Las empresas pasarán a ser gestionadas por HUNOSA, quienes recibirán además la inyección de capital con una cantidad de 1.000.000.000 €, con el fin de:

- Reorientar los objetivos empresariales

- Innovación de la maquinaria técnica, el desarrollo tecnológico y la investigación en nuevos sistemas mecánicos de explotación minera.

Art. 4.- Se realiza una ajuste salarial, aumentado un 15% el sueldo del 20% de los trabajadores, y de un 5% del resto de los mismos, atendiendo a los casos de antigüedad, primas y demás a tener en cuenta.

Art. 5.- Se marcarán nuevos objetivos empresariales de explotación minera, por los cuales, los trabajadores serán recompensados con una prima por cumplimiento de objetivos.

Art. 6.- Se aplica una cantidad de 500.000.000 € para la construcción o mejora de la red de infraestructura en aquellas cuencas mineras donde se necesite una aplicación de la misma, realizando una obra pública para aumentar la demanda agregada.

Art. 7.- Se ofrece la formación profesional cualificada para todos los trabajadores de las empresas mineras, que correrán a cuenta de los sindicatos CCOO, UGT y USO, mediante el convenio firmado por el Gobierno de Asturias.

Art. 8.- Firmado el contrato comercial con la representantes de las delegaciones de los municipios de la región sureña del Reino Unido, se dotará de una red de comercio por el que vender el carbón extraído en Asturias a un precio de mercado superior al pagado en España.

Además se traspasa a 1/3 del personal de trabajadores cualificados para trabajar en Francia mediante el pacto firmado de transferencia de personal cualificado de extracción minera por la cual el número citado anteriormente se traspasaran a trabajar a otros países, siendo subvencionados los traslados y su presencia allí mediante el Gobierno de Asturias y el de Francia, durante un período de 1 año.

Disposiciones Finales

Esta ley entrará en vigor 30 días después de su publicación en el BOPA.
César Alarcón
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JUNTA DE PORTAVOCES - Página 11 Empty Re: JUNTA DE PORTAVOCES

Dom 10 Abr 2011 - 11:46
PROYECTO DE LEY SOBRE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN MATERIA PRESUPUESTARIA.

Preámbulo:

Nuestra sociedad es una sociedad avanzada que aspira a progresar en todos los campos. Uno de ellos, la democracia, es el que más debe avanzar y explotar para conseguirla en su totalidad.

Título I: Presupuesto Participativo.

Art. 1.- Se define como Presupuesto Participativo, aquel que el Ayuntamiento de una localidad pone a disposición de sus habitantes, para la distribución en práctica de los ingresos de la ciudad, de una manera planificada y descentralizada.

Art. 2.- Toda localidad a partir de los 20.000 habitantes tiene la obligación de la elaboración de los Presupuestos Participativos.

Art. 3.- El Ayuntamiento de la localidad está obligado a destinar entre el 5% y el 10% de sus ingresos para la distribución práctica de los mismos, siendo plasmados en los Presupuestos del Municipio.

Art. 4.- El Ayuntamiento destinará en partes iguales la cantidad de dinero según el número de distritos o barrios de las ciudades, siendo ésta división administrativa competencia del Ayuntamiento.

Título II: Del Funcionamiento.

Art. 5.- Todo Ayuntamiento albergará una concejalía de Participación Ciudadana, en los que entre otros asuntos, se encargará de dirigir los Presupuestos Participativos.

Art. 6.- La concejalía de Participación Ciudadana formará un equipo motor, formado por dos funcionarios del Ayuntamiento, expertos en la materia y por 5 ciudadanos no organizados, que tendrán la función de fomentar, coordinar, y establecer los Presupuestos Participativos, a base de asambleas vecinales.

Art. 7.- El equipo motor anunciará el período de plazo para la presentación, bien vía ficha a través de las oficinas del Ayuntamiento, bien vía Internet, de las propuestas para los Presupuestos Participativos.

Art. 8.- Una vez acabado el plazo, las propuestas serán enviadas a la concejalía de Participación Ciudadana para su tramitación. Desde la concejalía se estudiarán todas las propuestas, se elaborará un informe con los gastos detallados de cada uno de ellos y serán devueltas a los equipos motores de cada distrito o barrio.

Art. 9.- Una vez devuelto, el equipo motor convocará una segunda reunión vecinal en la cual se aprobarán, mediante voto libre y secreto, las propuestas a llevarse a cabo, teniendo en cuenta el tope de gasto al que pueden llegar en cada distrito o barrio.

Art. 10.- Aquellas propuestas aprobadas, serán enviadas por el equipo motor, a la concejalía de Economía y Hacienda (o asuntos económicos) para su incorporación en los Presupuestos Generales del Municipio.

Art. 11.- Aprobado el Presupuesto General, las propuestas deberán llevarse a cabo por parte del Ayuntamiento.

Título III: De la participación.

Art. 12.- Todo ciudadano empadronado en la localidad, tendrá derecho a participar en dichas reuniones vecinales para proponer, deliberar y aprobar o rechazar mediante voto, las propuestas para los Presupuestos Participativos.

Art. 13.- Todo ciudadano podrá proponer sus proyectos, pero será necesario tener 16 años cumplidos para poder votar en las reuniones vecinales.

Art. 14.- Cualquier ciudadano podrá presentarse candidato para ocupar los 5 puestos reservados para el equipo motor de su distrito o barrio.

Art. 15.- A la hora de la votación en la segunda reunión vecinal, el ciudadano deberá acreditar el documento que certifique su empadronamiento o cualquier otro documento que certifique su relación, bien laboral bien segunda vivienda, con la localidad y distrito o barrio.

Disposición Final.

Esta ley entrará en vigor tras su publicación en el BOPA.
César Alarcón
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JUNTA DE PORTAVOCES - Página 11 Empty Re: JUNTA DE PORTAVOCES

Lun 18 Abr 2011 - 18:37
Se hace anunciar a la Junta de Portavoces y a la Presidencia de la Cámara que con motivo de la integración de IR en el PCE, éste solicita el ingreso de los diputados de IR al Grupo Parlamentario Comunista ( 7 + 5 = 12] ) y bajo la portavocía del grupo de Juan José Jarama
Mercé Coristanco
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JUNTA DE PORTAVOCES - Página 11 Empty Re: JUNTA DE PORTAVOCES

Miér 20 Abr 2011 - 12:11
JUNTA DE PORTAVOCES - Página 11 Mathieu_Kassovitz
Alexandre Piñeiro



Plan de Regulación y Dinamización de Lingüística

Regulación del Impuesto de Dinamización Lingüística


JUNTA DE PORTAVOCES - Página 11 Conver

Preámbulo

El idioma gallego ha sido una realidad cultural en las regiones asturianas occidentales. Así pues, vemos necesario idear un Plan de Regulación y Dinamización de la lengua gallega en las zonas gallegoparlantes.

Los concejos en los que el idioma gallego o gallego-asturiano esté presente tendrán la obligación de legislar en defensa del idioma gallego, garantizando un servicio en gallego en cualquiera de los ámbitos oficiales dependientes de los concejos. Esta PL es aplicable a la comarca Eo-Navia.

Artículo 1

Se establecerá, por norma, que los establecimientos privados comerciales de nueva creación deberán pagar un Impuesto de Dinamización Lingüística de un 1% de sus ingresos brutos.

Artículo 2

Para los establecimientos privados creados antes de la aplicación de esta Ley, se establecerá un período de 2 años para que éstos se adapten a la nueva ley. En el caso de empresas con más de 10 empleados, este período se verá reducido a 1 año.

Artículo 3

A los establecimientos privados que rotulen sus respectivos locales comerciales o empresas en bilingüe (gallego y castellano) se les reducirá el impuesto anteriormente citado a un 0,1% de sus ingresos brutos.

Artículo 4

Los establecimientos privados que garanticen la atención en gallego tanto por oral como por escrito, y que cumplan el artículo 3, quedarán exentos de tal impuesto.

Artículo 5

Toda recaudación del Impuesto de Dinamización Lingüística será integramente destinada a la promoción y dinamización del bilingüismo en las comarcas de la Asturias Occidental.

Disposiciones finales

Esta ley entrará en vigor en el momento de su publicación en el BOPA.
César Alarcón
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Sáb 28 Mayo 2011 - 14:07
El Grupo Parlamentario Socialista anuncia que se designa como nuevo Portavoz a D. Anselmo Costa, y como Portavoz Adjunta a Dña. Carmen Benito.

Además, se anuncia que el Grupo Parlamentario Socialista avala y presenta conjuntamente con el Grupo Parlamentario Comunista los siguientes proyectos:

Proyecto de regeneración y recuperación de la actividad minera en Asturias.

Proyecto de Ley sobre Participación Ciudadana en materia Presupuestaria.


César Alarcón
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Mar 31 Mayo 2011 - 20:31
Tras el traspaso de acta, 4 diputados del PCE pasan a formar parte del PSOE. A partir de este momento el Grupo Parlamentario Comunista queda compuesto por 8 diputados y el Grupo Parlamentario Socialista por 14 diputados.
Héctor Fernández.
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Mar 31 Mayo 2011 - 22:08
FDP: ¿Aprobado por el admin?
Santiago Mercader
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Miér 1 Jun 2011 - 0:10
FDP: ¿Cómo que hay diputados que se van? Eso me lo explicas a la de ya.
César Alarcón
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Miér 1 Jun 2011 - 15:34
FDP: Sí aprobado por el Admin. Podeis ir a "Comunicados de la Administración"
Héctor Fernández.
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Miér 1 Jun 2011 - 23:12
FDP: Acláralo con Mercader. Porque eso sería antes de que hubiera alguien en el PCE.
César Alarcón
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Jue 2 Jun 2011 - 15:37
Héctor Fernández. escribió:FDP: Acláralo con Mercader. Porque eso sería antes de que hubiera alguien en el PCE.

FDP: No aclaro nada. La Admin ya lo documentó y podeis ir al hilo. La siguientes votaciones contarán con la modificación ya efectuada.

https://politicaxxi.forosactivos.net/t24312-resolucion-sobre-diputados-autonomicos-del-pce
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Jue 2 Jun 2011 - 21:59
FDP: Ok, no hay problema pues.
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Jue 9 Jun 2011 - 11:01
A la Mesa de la Cámara,

D. Anselmo Costa, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, presenta, al amparo del artículo 153.1, a) del Reglamento de la Junta General, la siguiente Proposición de Ley del Principado de Asturias por la que se establece el Voluntariado Ambiental contra Incendios Forestales, a espera de su admisión y tramitación en Junta General.


PROPOSICIÓN DE LEY SOBRE VOLUNTARIADO AMBIENTAL CONTRA INCENDIOS FORESTALES.

Preámbulo:

Asturias tiene un paraje único. Sus grandes montañas, sus verdes, sus ríos, sus árboles, todo forma Asturias. Para mantener Asturias y su verde a salvo, se propone:

Art. 1.- Creación de la Unidad Voluntaria contra Incendios Forestales (UVIF).

Art. 2.- Será deber de las UVIF el control, prevención y total atención contra los incendios forestales en el Principado de Asturias.

Art. 3.- Las UVIF se establecerán de la siguiente manera:

1.- Localidad de 5.000 habitantes o más: 1 unidad
2.- Localidad de 10.000 habitantes o más: 2 unidades
3.- Localidad de 30.000 habitantes o más: 3 unidades
4.- Localidad de 50.000 habitante: 4 unidades.
5.- Localidad de más de 50.000 habitantes: 5 unidades.

Art. 4.- Cada unidad estará compuesta por 12 ciudadanos voluntarios, que para participar deberán inscribirse en el Ayuntamiento de su localidad y cursar durante tres días un curso sobre prevención y atención de incendios forestales, dirigido por miembros de Protección Civil.

Art. 5.- La Junta del Principado de Asturias concederá una partida de 450.000 €, dividido en 150.000 € por cada 26 concejos, para el mantenimiento, uniforme, vehículos, radios, logística.

Art. 6.- El período de servicio será entre los meses de Junio, Julio, Agosto y Septiembre.

Art. 7.- Al final de cada período, el ciudadano voluntario en las UVIF recibirá un diploma por parte del Consejero de Medio Ambiente con su agradecimiento y firma.

Disposiciones Finales.

La Ley entrará en vigor al día siguiente tras su publicación en el BOPA.


Palacio de la Junta General, a Mayo de 2020. D. Anselmo Costa, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.
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