10/13 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
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Iñaki Iniesta
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- Victor Bono
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10/13 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Miér 28 Oct 2009 - 13:33
MOCION PARA LA REFORMA DE LA LEY ELECTORAL
Centro Democrático Español - Partido Liberal
Centro Democrático Español - Partido Liberal
Exposición de motivos
Los partidos políticos Centro Democrático Español y Partido Liberal:
Habiendo constatado el malestar de diversas formaciones políticas en lo que al actual Sistema Electoral se refiere;
Habiendo considerado necesaria una reforma en el Sistema Electoral español;
Proponen la presente moción de propuesta al Gobierno para la reforma de la Ley Electoral.
Articulado
Artículo 1.- El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a que presente una Reforma de la Ley Electoral en un plazo no superior de 4 meses.
Artículo 2.- Esta reforma de la Ley Electoral debe contener los siguientes puntos:
- Supresión de las circunscripciones proviciales y creación de una circunscripción única.
- Supresión de las listas cerradas y creación de las listas abiertas.
- Supresión del límite del 5% de los votos para poder obtener representación y creación de un nuevo límite con el 3% de los votos.
Entrara en vigor el mismo día de su publicación en el BOE.
- Victor Bono
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Re: 10/13 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Miér 28 Oct 2009 - 13:33
Jesús Zapatero
Comienza el debate.
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- Victor Bono
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Re: 10/13 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Miér 28 Oct 2009 - 13:35
Presidente, señorías, desde el GPS pedimos que la Mesa del Congreso pase a debate la propuesta presentada por IA a cerca de la Reforma Electoral, ya que consideramos que esto es sólo una moción para instar al Gobierno, y lo presentado por IA es una reforma estructurada.
Muchas gracias señorías.
Muchas gracias señorías.
- Peter Ibárruri
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Re: 10/13 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Miér 28 Oct 2009 - 22:38
Señorias, apoyamos lo dicho por el GPS, si bien es cierto que es necesaria una reforma de la ley electoral, realmente llamada ley del régimen electoral general, esta no puede ser cambiada sin una reforma previa de la constitución, ya que la reforma que se pide contradice varios puntos de la constitución, puntos que están incluidos en la reforma constitucional propuesta por IA y que de no ser cambiados, convertirian cualquier reforma del régimen electoral general, en anticonstitucional.
- Victor Bono
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Re: 10/13 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Miér 28 Oct 2009 - 23:16
Jesús Zapatero
La Mesa pide que se pronuncie algún portavoz más para habilitar este debate sobre la otra propuesta.
La Mesa pide que se pronuncie algún portavoz más para habilitar este debate sobre la otra propuesta.
- Iñaki Iniesta
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Re: 10/13 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Jue 29 Oct 2009 - 0:24
El Partido Comunista aprueba lo comentado por los grupos Socialista y Anticapitalista.
- Victor Bono
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Re: 10/13 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Sáb 31 Oct 2009 - 0:39
Jesús Zapatero
Aceptada por los portavoces el dar paso a otra iniciativa de mayor desarrollo, la Mesa del Congreso pasa a debate la propuesta presentada por IA.
Aceptada por los portavoces el dar paso a otra iniciativa de mayor desarrollo, la Mesa del Congreso pasa a debate la propuesta presentada por IA.
- Victor Bono
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Re: 10/13 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Sáb 31 Oct 2009 - 0:39
Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española
Preámbulo
La experiencia adquirida en los diversos procesos electorales celebrados desde la entrada en vigor de la Constitución Española y de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, aconsejan su reforma, aun puntual. Estas modificaciones de la Constitución Española se centran en el siguiente aspecto:
1. La Circunscripción electoral para las elecciones al Congreso de los Diputados sirve como base para la consecución de injusticias en el reparto de escaños, ademas de crear desigualdades entre la población en los términos de que los votos de varias personas no valen lo mismo.
Artículo 1.
El artículo Sesenta y Ocho punto segundo queda redactado de la siguiente manera:
La circunscripción electoral es el territorio español.
Artículo 2.
El artículo Sesenta y Ocho punto tercero queda SUPRIMIDO
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
Para la adecuación de la legalidad vigente a esta reforma constitucional, se reforman los siguientes artículos de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General:
El artículo Ciento sesenta y uno queda redactado de la siguiente manera:
1. Para la elección de Diputados se establece circunscripción única.
El artículo Ciento sesenta y dos queda redactado de la siguiente manera:
1. El Congreso está formado por 350 Diputados.
El Punto Segundo del Artículo Ciento sesenta y cuatro queda SUPRIMIDO
DISPOSICIÓN FINAL.
Tras su aprobación en las cortes generales, esta enmienda sera llevada a referéndum popular el segundo domingo transcurrido tras su aprobación.
Esta reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar La Constitución de la manera que queda reformada.
Preámbulo
La experiencia adquirida en los diversos procesos electorales celebrados desde la entrada en vigor de la Constitución Española y de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, aconsejan su reforma, aun puntual. Estas modificaciones de la Constitución Española se centran en el siguiente aspecto:
1. La Circunscripción electoral para las elecciones al Congreso de los Diputados sirve como base para la consecución de injusticias en el reparto de escaños, ademas de crear desigualdades entre la población en los términos de que los votos de varias personas no valen lo mismo.
Artículo 1.
El artículo Sesenta y Ocho punto segundo queda redactado de la siguiente manera:
La circunscripción electoral es el territorio español.
Artículo 2.
El artículo Sesenta y Ocho punto tercero queda SUPRIMIDO
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
Para la adecuación de la legalidad vigente a esta reforma constitucional, se reforman los siguientes artículos de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General:
El artículo Ciento sesenta y uno queda redactado de la siguiente manera:
1. Para la elección de Diputados se establece circunscripción única.
El artículo Ciento sesenta y dos queda redactado de la siguiente manera:
1. El Congreso está formado por 350 Diputados.
El Punto Segundo del Artículo Ciento sesenta y cuatro queda SUPRIMIDO
DISPOSICIÓN FINAL.
Tras su aprobación en las cortes generales, esta enmienda sera llevada a referéndum popular el segundo domingo transcurrido tras su aprobación.
Esta reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar La Constitución de la manera que queda reformada.
- Peter Ibárruri
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Re: 10/13 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Lun 2 Nov 2009 - 0:36
Señor Presidente, señorías...
Por segunda vez traemos a debate desde IA una propuesta de enmienda a la Constitucion española.
Se trata de reformar no solo la constitución, la democracia también, desde las primeras elecciones libres tras la dictadura franquista, los ciudadanos de este estado han sufrido desigualdad, una desigualdad que ha llegado a suponer diferencias en el valor del voto de 10 veces mas valor entre unos votantes y otros, esto es a todas luces un despropósito en un estado que aspira a ser democrático, esta reforma constitucional igualará a todos los votantes, durante años hemos oído que el sufragio universal significaba "una persona, un voto" ahora esto será una realidad en el estado español.
La redación de la ley para aquellos buenos lectores que se encuentran hoy en este hemiciclo, dice que la reforma ha de ser aprobada en referéndum, es por eso señores diputados, que les pido que dejen al pueblo decidir el valor de sus votos, que no coharten la democracia y que permitan que esta se desarroye de la forma mas pura que nuestra constitución contempla, mediante referéndum.
Es cierto que esta propuesta ya fué rechazada una vez, pero no es un secreto para nadie que la situación de la política de esta nación, ha variado de manera tamañosa, tres de los grandes valedores en la derecha de esta reforma, Arenas, Ocampo y Riera juegan ahora papeles importantes en el principal partido que antes impidió esta reforma, así mismo el PSOE ha sufrido cierto cambio hacia sus raizes que espero se ratifique a la hora de votar esta propuesta.
Por eso, hoy confio mas que nunca en los valores democráticos de esta sala.
Un saludo
Por segunda vez traemos a debate desde IA una propuesta de enmienda a la Constitucion española.
Se trata de reformar no solo la constitución, la democracia también, desde las primeras elecciones libres tras la dictadura franquista, los ciudadanos de este estado han sufrido desigualdad, una desigualdad que ha llegado a suponer diferencias en el valor del voto de 10 veces mas valor entre unos votantes y otros, esto es a todas luces un despropósito en un estado que aspira a ser democrático, esta reforma constitucional igualará a todos los votantes, durante años hemos oído que el sufragio universal significaba "una persona, un voto" ahora esto será una realidad en el estado español.
La redación de la ley para aquellos buenos lectores que se encuentran hoy en este hemiciclo, dice que la reforma ha de ser aprobada en referéndum, es por eso señores diputados, que les pido que dejen al pueblo decidir el valor de sus votos, que no coharten la democracia y que permitan que esta se desarroye de la forma mas pura que nuestra constitución contempla, mediante referéndum.
Es cierto que esta propuesta ya fué rechazada una vez, pero no es un secreto para nadie que la situación de la política de esta nación, ha variado de manera tamañosa, tres de los grandes valedores en la derecha de esta reforma, Arenas, Ocampo y Riera juegan ahora papeles importantes en el principal partido que antes impidió esta reforma, así mismo el PSOE ha sufrido cierto cambio hacia sus raizes que espero se ratifique a la hora de votar esta propuesta.
Por eso, hoy confio mas que nunca en los valores democráticos de esta sala.
Un saludo
- Iñaki Iniesta
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Re: 10/13 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Lun 2 Nov 2009 - 15:25
Desde el PCE tenemos, como ha expresado el Grupo Anticapitalista, miedo a que los grupos mayoritarios pongan por encima sus propios intereses y no den luz verde a una reforma completamente necesaria, a un giro hacia la igualdad y la limpieza electoral.
- Victor Bono
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Re: 10/13 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Lun 2 Nov 2009 - 17:13
El PSOE, tras haber votado abstención en la anterior ocasión debido a la no viable posibilidad de acuerdo entre todos los partidos, si consideramos en este momento que existe un clima de acuerdo, se agradece que el PP haya cedido y confirme que no va a votar en contra de la propuesta.
El PSOE votará favor.
Sin embargo, entre nuestras intenciones no está la de aumentar el número de diputados, de momento.
El PSOE votará favor.
Sin embargo, entre nuestras intenciones no está la de aumentar el número de diputados, de momento.
- Administrador OcampoAdministración
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Re: 10/13 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Lun 2 Nov 2009 - 21:03
Rafael Arenas
Señor Presidente,
Señorías,
El Partido Popular apoya esta proposición y desde luego votará a favor.
Señor Presidente,
Señorías,
El Partido Popular apoya esta proposición y desde luego votará a favor.
- Peter Ibárruri
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Re: 10/13 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Lun 2 Nov 2009 - 22:51
Nos congratulamos de que los partidos con mas representación apoyen por fin esta reforma.
- Victor Bono
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Re: 10/13 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Miér 4 Nov 2009 - 15:19
Jesús Zapatero
Si nadie tiene nada más que decir, pasamos la propuesta a votación.
Si nadie tiene nada más que decir, pasamos la propuesta a votación.
- Peter Ibárruri
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Re: 10/13 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Miér 4 Nov 2009 - 16:03
Aunque ciertamente, soy de la opinion de que las propuesras deben ser debatidas, creemos que la propuesra puede ser pasada a votacion
- Elisenda Ferrer
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Re: 10/13 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Miér 4 Nov 2009 - 20:43
Sr Presidente, sras y sres diputados,
El sistema electoral actual causa un gran diferencial en la proporcionalidad del voto popular y su traducción en escaños. Ha quedado claro que no es justo que un diputado cueste más votos en un territorio que otro, esto merece por tanto un ajuste de cálculo para minimizarlo.
A diferencia del sistema de circunscripción única que propone IA para terminar de globalizar la política y alejar al ciudadano de sus representantes, el sistema actual de circunscripciones permite que los diputados electos (y sus partidos) sean responsables de sus actos frente a sus electores de una forma más cercana, directa y transparente. La misma cercanía aporta una capacidad de gestión de los diputados y diputadas territoriles para hacer legar la voz, las propuestas y las opiniones de los ciudadanos. Por el contrario, sin diputados localizables o atribuibles la política quedaría restringida a las grandes capitales metropolitanas y el resto del territorio caería en la marginalidad política, lo cual no es sano ni beneficia a la sociedad.
Atendiendo las dos visiones, vamos a formular las siguientes enmiendas, que se basan en un nuevo cálculo de los diputados por provincias bajando a 1 el mínimo inicial de cada circunscripción. El resultado es minimizar los desajustes y aumentar la proporcionalidad.
La segunda establece que en base al nuevo cálculo, las CCAA podrán variar las circunscripciones o unirlas en una única siempre y cuando su estatuto prevea alguna ley electoral.
La tercera, por último, tiene en cuenta el Acuerdo contra el transfuguismo y plantea un sistema para que los diputados rindan cuenta de sus acciones: los integrantes de su lista electoral podran alegar que se está incumpliendo el objeto del compromiso electoral.
El sistema electoral actual causa un gran diferencial en la proporcionalidad del voto popular y su traducción en escaños. Ha quedado claro que no es justo que un diputado cueste más votos en un territorio que otro, esto merece por tanto un ajuste de cálculo para minimizarlo.
A diferencia del sistema de circunscripción única que propone IA para terminar de globalizar la política y alejar al ciudadano de sus representantes, el sistema actual de circunscripciones permite que los diputados electos (y sus partidos) sean responsables de sus actos frente a sus electores de una forma más cercana, directa y transparente. La misma cercanía aporta una capacidad de gestión de los diputados y diputadas territoriles para hacer legar la voz, las propuestas y las opiniones de los ciudadanos. Por el contrario, sin diputados localizables o atribuibles la política quedaría restringida a las grandes capitales metropolitanas y el resto del territorio caería en la marginalidad política, lo cual no es sano ni beneficia a la sociedad.
Atendiendo las dos visiones, vamos a formular las siguientes enmiendas, que se basan en un nuevo cálculo de los diputados por provincias bajando a 1 el mínimo inicial de cada circunscripción. El resultado es minimizar los desajustes y aumentar la proporcionalidad.
La segunda establece que en base al nuevo cálculo, las CCAA podrán variar las circunscripciones o unirlas en una única siempre y cuando su estatuto prevea alguna ley electoral.
La tercera, por último, tiene en cuenta el Acuerdo contra el transfuguismo y plantea un sistema para que los diputados rindan cuenta de sus acciones: los integrantes de su lista electoral podran alegar que se está incumpliendo el objeto del compromiso electoral.
Enmienda #1 (a la totalidad)
Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española
ARTÍCULO 1.
El artículo 68 punto segundo queda redactado de la siguiente manera:
2. La circunscripción electoral es la provincia. Las poblaciones de Ceuta y Melilla estaran representadas cada una por un diputado. La ley distribuirá el número de diputados, asignará una representación mínima inicial a cada circunscripción de un diputado y distribuirá los otros en función de la población.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
Para la adecuación de la legalidad vigente a esta reforma constitucional, se reforman los siguientes artículos de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General:
El artículo Ciento sesenta y dos queda redactado de la siguiente manera:
1. El Congreso está formado por 350 Diputados.
2. A cada provincia le corresponde un mínimo inicial de un Diputado. Las poblaciones de Ceuta y Melilla están representadas cada una de ellas por un Diputado.
3. Los doscientos noventa y ocho Diputados restantes se distribuyen entre las provincias en proporción a su población, conforme al siguiente procedimiento:
A. Se obtiene una cuota de reparto resultante de dividir por doscientos noventa y ocho la cifra total de la población de derecho de las provincias peninsulares e insulares.
DISPOSICIÓN FINAL.
Esta reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Enmienda #2 (adición a la anterior)
ARTICULO 2.
Se añade al artículo 68 un punto tras el segundo:
3. Las Comunidades Autónomas cuyo estatuto prevea una ley electoral, podrán mediante esta modificar o unir sus circunscripciones, respetando en cualquier caso el cómputo total de diputados por sus provincias y el criterio de distribución proporcional.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA
Al artículo Ciento sesenta y un de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General se le añade un tercer punto para adecuarlo al cambio constitucional:
3. Las Comunidades Autónomas cuyo estatuto prevea una ley electoral, podrán mediante esta modificar o unir sus circunscripciones, respetando en cualquier caso el cómputo total de diputados por sus provincias y el criterio de distribución proporcional.
Enmienda #3 (adición a la anterior)
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA
Al artículo Ciento sesenta y nueve de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General se le añade un quinto punto para adecuarlo a los acuerdos contra el transfuguismo:
5. En cualquier momento de la legislatura, una petición justificada de los integrantes de la lista electoral de su circunscripción ante la Junta Electoral causará la retirada del acta de diputado al electo y el cese de su mandato, siempre y cuando se cumplan todas las siguientes condiciones:
a) La petición debe estar firmada por el noventa por ciento de los integrantes de la lista electoral que presentó la candidatura.
b) La petición debe estar motivada en hechos en donde se que hayan alterado los términos en que realizaron su oferta electoral.
c) Cese de relación de afiliado entre el electo y el partido político que presentó la candidatura, por decisión propia del electo.
d) Abandono, sin consentimiento del mismo, del grupo parlamentario que se constituyó en la sesión constitutiva del Congreso de los Diputados con los electos de su candidatura.
e) La candidatura no debe haberse registrado como coalición de partidos.
- Elisenda Ferrer
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Re: 10/13 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Miér 4 Nov 2009 - 20:46
FDP. En realidad esta reforma que propone IA el PP no la aceptaría jamás, pues perdería toda su ventaja en las provincias menos pobladas. Pero bueno, cada cuál con su rol.
- Peter Ibárruri
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Re: 10/13 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Miér 4 Nov 2009 - 21:01
Señor Presidente, señorias, señora Ferrer.
La teoría es muy bonita, de hecho preciosa, pero sintiendolo mucho la cercania de los ciudadanos a los representantes mediante circunscripción provincial, es NULA, ese argumento es absurdo, desgraciadamente los ciudadanos no cuentan en forma alguna con medios para reunirse, debatir o pedir nada a los politicos, por tanto esa cercanía, se puede aplicar a los pocos vecinos y a los amigos que tengan los políticos en cuestión. Por lo tanto la base teórica de su enmienda es falsa, cualquier sistema circunscripcional que no sea el único crea desigualdades entre los votantes, naturalmente si la circunscripción es la CCAA, las diferencias seran menores que en circunscripción provincial, pero existirán, y no pocas cosa que no ocurre con la circunscripción única, es por esto que cualquier sistema circunscripcional que no sea el territorio del estado es contrario a democracia y a la igualdad.
Para terminar, lo que ustedes proponen de que sean los gobiernos de las CCAA los que decidan en su CCAA que circunscripción electoral, no pude ser foco de mas injusticias, primero por que en unas CCAA autónomas los ciudadanos valdrian mas que en otras, y segundo por que el gobierno de turno en cada CCAA puede verse tentado a cambiarlo según los intereses de su partido, esto por lo tanto es inaceptable desde todos los puntos de vista posibles.
Demuestra usted, señora Ferrer, que su partido se alimenta y quiere seguir alimentándose de las desigualdades.
La teoría es muy bonita, de hecho preciosa, pero sintiendolo mucho la cercania de los ciudadanos a los representantes mediante circunscripción provincial, es NULA, ese argumento es absurdo, desgraciadamente los ciudadanos no cuentan en forma alguna con medios para reunirse, debatir o pedir nada a los politicos, por tanto esa cercanía, se puede aplicar a los pocos vecinos y a los amigos que tengan los políticos en cuestión. Por lo tanto la base teórica de su enmienda es falsa, cualquier sistema circunscripcional que no sea el único crea desigualdades entre los votantes, naturalmente si la circunscripción es la CCAA, las diferencias seran menores que en circunscripción provincial, pero existirán, y no pocas cosa que no ocurre con la circunscripción única, es por esto que cualquier sistema circunscripcional que no sea el territorio del estado es contrario a democracia y a la igualdad.
Para terminar, lo que ustedes proponen de que sean los gobiernos de las CCAA los que decidan en su CCAA que circunscripción electoral, no pude ser foco de mas injusticias, primero por que en unas CCAA autónomas los ciudadanos valdrian mas que en otras, y segundo por que el gobierno de turno en cada CCAA puede verse tentado a cambiarlo según los intereses de su partido, esto por lo tanto es inaceptable desde todos los puntos de vista posibles.
Demuestra usted, señora Ferrer, que su partido se alimenta y quiere seguir alimentándose de las desigualdades.
- Administrador OcampoAdministración
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Re: 10/13 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Jue 5 Nov 2009 - 14:02
Rafael Arenas
Señor Presidente,
Señorías,
¿La señora Ferrer ve peligrar su caudal electoral? Desde luego, no hay otra lectura más que la mezquindad política del BEN, que como bien ha dicho el señor Ibárruri, se alimenta y sigue alimentándose de desigualdades.
El Partido Popular confía y apuesta por la circunscripción única, y repito, votaremos a favor de la misma.
Muchas gracias.
Señor Presidente,
Señorías,
¿La señora Ferrer ve peligrar su caudal electoral? Desde luego, no hay otra lectura más que la mezquindad política del BEN, que como bien ha dicho el señor Ibárruri, se alimenta y sigue alimentándose de desigualdades.
El Partido Popular confía y apuesta por la circunscripción única, y repito, votaremos a favor de la misma.
Muchas gracias.
- Víctor Saura
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Re: 10/13 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Jue 5 Nov 2009 - 17:15
Pues la verdad, es sorprendente ver como el Partido Popular en 2 meses cambia de votar en contra a votar a favor, y eso no es todo, es que además con esta ley que desde Izquierda Unida siempre hemos defendido no sale perjudicado el BEN; éste se mantendría en sus escaños, a los que más perjudica son a los socialistas y a los conservadores. No venga con demagogia barata ahora, señor Arenas.
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- Reforma de la Constitución Española, Artículo 68 y de la Ley 5/1985
- 1/2019: Reforma de la Constitución Española, Artículo 68 y de la Ley 5/1985 (GP UPyD)
- 1/2019: Reforma de la Constitución Española, Artículo 68 y de la Ley 5/1985 (GP UPyD)
- 6/2013 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
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