12/2013 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
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12/2013 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Vie 13 Nov 2009 - 0:29
Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española
Preámbulo
La experiencia adquirida en los diversos procesos electorales celebrados desde la entrada en vigor de la Constitución Española y de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, aconsejan su reforma, aun puntual. Estas modificaciones de la Constitución Española se centran en el siguiente aspecto:
1. La Circunscripción electoral para las elecciones al Congreso de los Diputados sirve como base para la consecución de injusticias en el reparto de escaños, ademas de crear desigualdades entre la población en los términos de que los votos de varias personas no valen lo mismo.
Artículo 1.
El artículo Sesenta y Ocho punto segundo queda redactado de la siguiente manera:
La circunscripción electoral es el territorio español.
Artículo 2.
El artículo Sesenta y Ocho punto tercero queda SUPRIMIDO
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
Para la adecuación de la legalidad vigente a esta reforma constitucional, se reforman los siguientes artículos de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General:
El artículo Ciento sesenta y uno queda redactado de la siguiente manera:
1. Para la elección de Diputados se establece circunscripción única.
El artículo Ciento sesenta y dos queda redactado de la siguiente manera:
1. El Congreso está formado por 350 Diputados.
El Punto Segundo del Artículo Ciento sesenta y cuatro queda SUPRIMIDO
DISPOSICIÓN FINAL.
Tras su aprobación en las cortes generales, esta enmienda sera llevada a referéndum popular el segundo domingo transcurrido tras su aprobación.
Esta reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar La Constitución de la manera que queda reformada.
Preámbulo
La experiencia adquirida en los diversos procesos electorales celebrados desde la entrada en vigor de la Constitución Española y de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, aconsejan su reforma, aun puntual. Estas modificaciones de la Constitución Española se centran en el siguiente aspecto:
1. La Circunscripción electoral para las elecciones al Congreso de los Diputados sirve como base para la consecución de injusticias en el reparto de escaños, ademas de crear desigualdades entre la población en los términos de que los votos de varias personas no valen lo mismo.
Artículo 1.
El artículo Sesenta y Ocho punto segundo queda redactado de la siguiente manera:
La circunscripción electoral es el territorio español.
Artículo 2.
El artículo Sesenta y Ocho punto tercero queda SUPRIMIDO
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
Para la adecuación de la legalidad vigente a esta reforma constitucional, se reforman los siguientes artículos de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General:
El artículo Ciento sesenta y uno queda redactado de la siguiente manera:
1. Para la elección de Diputados se establece circunscripción única.
El artículo Ciento sesenta y dos queda redactado de la siguiente manera:
1. El Congreso está formado por 350 Diputados.
El Punto Segundo del Artículo Ciento sesenta y cuatro queda SUPRIMIDO
DISPOSICIÓN FINAL.
Tras su aprobación en las cortes generales, esta enmienda sera llevada a referéndum popular el segundo domingo transcurrido tras su aprobación.
Esta reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar La Constitución de la manera que queda reformada.
- Victor Bono
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Re: 12/2013 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Vie 13 Nov 2009 - 0:30
Jesús Zapatero
Antes de pasar a votación la propuesta de reforma, pasamos a votación las enmiendas presentadas por el GPBEN-AA
Enmienda 1: ..............
Enmienda 2: ..............
Enmienda 3: ..............
Antes de pasar a votación la propuesta de reforma, pasamos a votación las enmiendas presentadas por el GPBEN-AA
Enmienda 1: ..............
Enmienda 2: ..............
Enmienda 3: ..............
- Victor Bono
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Re: 12/2013 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Vie 13 Nov 2009 - 0:31
Enmienda #1 (a la totalidad)
Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española
ARTÍCULO 1.
El artículo 68 punto segundo queda redactado de la siguiente manera:
2. La circunscripción electoral es la provincia. Las poblaciones de Ceuta y Melilla estaran representadas cada una por un diputado. La ley distribuirá el número de diputados, asignará una representación mínima inicial a cada circunscripción de un diputado y distribuirá los otros en función de la población.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
Para la adecuación de la legalidad vigente a esta reforma constitucional, se reforman los siguientes artículos de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General:
El artículo Ciento sesenta y dos queda redactado de la siguiente manera:
1. El Congreso está formado por 350 Diputados.
2. A cada provincia le corresponde un mínimo inicial de un Diputado. Las poblaciones de Ceuta y Melilla están representadas cada una de ellas por un Diputado.
3. Los doscientos noventa y ocho Diputados restantes se distribuyen entre las provincias en proporción a su población, conforme al siguiente procedimiento:
A. Se obtiene una cuota de reparto resultante de dividir por doscientos noventa y ocho la cifra total de la población de derecho de las provincias peninsulares e insulares.
DISPOSICIÓN FINAL.
Esta reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Enmienda #2 (adición a la anterior)
ARTICULO 2.
Se añade al artículo 68 un punto tras el segundo:
3. Las Comunidades Autónomas cuyo estatuto prevea una ley electoral, podrán mediante esta modificar o unir sus circunscripciones, respetando en cualquier caso el cómputo total de diputados por sus provincias y el criterio de distribución proporcional.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA
Al artículo Ciento sesenta y un de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General se le añade un tercer punto para adecuarlo al cambio constitucional:
3. Las Comunidades Autónomas cuyo estatuto prevea una ley electoral, podrán mediante esta modificar o unir sus circunscripciones, respetando en cualquier caso el cómputo total de diputados por sus provincias y el criterio de distribución proporcional.
Enmienda #3 (adición a la anterior)
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA
Al artículo Ciento sesenta y nueve de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General se le añade un quinto punto para adecuarlo a los acuerdos contra el transfuguismo:
5. En cualquier momento de la legislatura, una petición justificada de los integrantes de la lista electoral de su circunscripción ante la Junta Electoral causará la retirada del acta de diputado al electo y el cese de su mandato, siempre y cuando se cumplan todas las siguientes condiciones:
a) La petición debe estar firmada por el noventa por ciento de los integrantes de la lista electoral que presentó la candidatura.
b) La petición debe estar motivada en hechos en donde se que hayan alterado los términos en que realizaron su oferta electoral.
c) Cese de relación de afiliado entre el electo y el partido político que presentó la candidatura, por decisión propia del electo.
d) Abandono, sin consentimiento del mismo, del grupo parlamentario que se constituyó en la sesión constitutiva del Congreso de los Diputados con los electos de su candidatura.
e) La candidatura no debe haberse registrado como coalición de partidos.
- Peter Ibárruri
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Re: 12/2013 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Vie 13 Nov 2009 - 1:05
IA con 3 diputados, vota en contra de las 3 enmiendas
- Garaiñe Gorria
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Re: 12/2013 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Vie 13 Nov 2009 - 1:56
EEA (1) EN CONTRA de las enmiendas.
- Administrador OcampoAdministración
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Re: 12/2013 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Vie 13 Nov 2009 - 2:14
El GPP (126) vota
EN CONTRA de la enmienda 1
EN CONTRA de la enmienda 2
EN CONTRA de la enmienda 3
EN CONTRA de la enmienda 1
EN CONTRA de la enmienda 2
EN CONTRA de la enmienda 3
- Victor Bono
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Re: 12/2013 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Vie 13 Nov 2009 - 2:34
El GPS (153) vota
EN CONTRA de la enmienda 1
EN CONTRA de la enmienda 2
EN CONTRA de la enmienda 3
EN CONTRA de la enmienda 1
EN CONTRA de la enmienda 2
EN CONTRA de la enmienda 3
- Elisenda Ferrer
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Re: 12/2013 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Vie 13 Nov 2009 - 14:20
El BEN-AA (22) vota
A FAVOR de la enmienda 1
A FAVOR de la enmienda 2
A FAVOR de la enmienda 3
FDP. Bono, puedes pasar rápido con esto. La ponente acepta 24horas de votacion.
A FAVOR de la enmienda 1
A FAVOR de la enmienda 2
A FAVOR de la enmienda 3
FDP. Bono, puedes pasar rápido con esto. La ponente acepta 24horas de votacion.
- Víctor Saura
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Re: 12/2013 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Vie 13 Nov 2009 - 17:58
Cayo Lara
El Grupo Parlamentario de la Izquierda Unida y Republicana Federal vota (18):
EN CONTRA de la enmienda 1
EN CONTRA de la enmienda 2
EN CONTRA de la enmienda 3
El Grupo Parlamentario de la Izquierda Unida y Republicana Federal vota (18):
EN CONTRA de la enmienda 1
EN CONTRA de la enmienda 2
EN CONTRA de la enmienda 3
- Victor Bono
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Re: 12/2013 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Sáb 14 Nov 2009 - 1:21
Jesús Zapatero
La enmienda no ha sido aprobada.
Pasamos ahora a la votación de la porpuesta inicial.
La enmienda no ha sido aprobada.
Pasamos ahora a la votación de la porpuesta inicial.
- Peter Ibárruri
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Re: 12/2013 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Sáb 14 Nov 2009 - 6:50
IA con 3 dipuyados, vota a favor
- Víctor Saura
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Re: 12/2013 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Sáb 14 Nov 2009 - 15:18
El Grupo Parlamentario de la Izquierda Unida y Republicana Federal vota (18) A FAVOR
- Garaiñe Gorria
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Re: 12/2013 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Sáb 14 Nov 2009 - 15:51
EEA (1) se abstiene.
- juanmi llamazares
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Re: 12/2013 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Dom 15 Nov 2009 - 17:03
PCE vota a favor.
- Victor Bono
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Re: 12/2013 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Dom 15 Nov 2009 - 19:18
El GPS (153) vota A FAVOR
- Elisenda Ferrer
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Re: 12/2013 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Lun 16 Nov 2009 - 0:25
El GP BEN-AA emite los siguientes votos:
20 diputados votan EN CONTRA
y los 2 restantes votan A FAVOR
20 diputados votan EN CONTRA
y los 2 restantes votan A FAVOR
- Administrador OcampoAdministración
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Re: 12/2013 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Lun 16 Nov 2009 - 0:45
El GPP (126) vota EN CONTRA
- Victor Bono
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Re: 12/2013 Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española (GP-Mixto - IA)
Lun 16 Nov 2009 - 2:07
Jesús Zapatero
A FAVOR: 182
EN CONTRA: 146
ABSTENCIÓN: 1
No se presentaron a la votación los diputados de nCe (19) CC (5) y CA (5).
Al no haberse logrado la mayoría cualificada de 3/5 de los diputados del Congreso, como exige la Constitución Española en su artículo 167.1.
Por tanto la propuesta de Reforma de la Constitución no es aprobada.
A FAVOR: 182
EN CONTRA: 146
ABSTENCIÓN: 1
No se presentaron a la votación los diputados de nCe (19) CC (5) y CA (5).
Al no haberse logrado la mayoría cualificada de 3/5 de los diputados del Congreso, como exige la Constitución Española en su artículo 167.1.
Por tanto la propuesta de Reforma de la Constitución no es aprobada.
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