11/2012 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
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11/2012 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
Sáb 12 Sep 2009 - 2:48
Reforma del articulo 68 del Titulo III de la Constitución Española
Preámbulo
La experiencia adquirida en los diversos procesos electorales celebrados desde la entrada en vigor de la Constitución Española y de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, aconsejan su reforma, aun puntual. Estas modificaciones de la Constitución Española se centran en el siguiente aspecto:
1. La Circunscripción electoral para las elecciones al Congreso de los Diputados sirve como base para la consecución de injusticias en el reparto de escaños, ademas de crear desigualdades entre la población en los términos de que los votos de varias personas no valen lo mismo.
Artículo 1.
El artículo Sesenta y Ocho punto segundo queda redactado de la siguiente manera:
La circunscripción electoral es el territorio español.
Artículo 2.
El artículo Sesenta y Ocho punto tercero queda SUPRIMIDO
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
Para la adecuación de la legalidad vigente a esta reforma constitucional, se reforman los siguientes artículos de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General:
El artículo Ciento sesenta y uno queda redactado de la siguiente manera:
1. Para la elección de Diputados se establece circunscripción única.
El artículo Ciento sesenta y dos queda redactado de la siguiente manera:
1. El Congreso está formado por 350 Diputados.
El Punto Segundo del Artículo Ciento sesenta y cuatro queda SUPRIMIDO
DISPOSICIÓN FINAL.
Esta reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar La Constitución de la manera que queda reformada.
Preámbulo
La experiencia adquirida en los diversos procesos electorales celebrados desde la entrada en vigor de la Constitución Española y de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, aconsejan su reforma, aun puntual. Estas modificaciones de la Constitución Española se centran en el siguiente aspecto:
1. La Circunscripción electoral para las elecciones al Congreso de los Diputados sirve como base para la consecución de injusticias en el reparto de escaños, ademas de crear desigualdades entre la población en los términos de que los votos de varias personas no valen lo mismo.
Artículo 1.
El artículo Sesenta y Ocho punto segundo queda redactado de la siguiente manera:
La circunscripción electoral es el territorio español.
Artículo 2.
El artículo Sesenta y Ocho punto tercero queda SUPRIMIDO
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
Para la adecuación de la legalidad vigente a esta reforma constitucional, se reforman los siguientes artículos de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General:
El artículo Ciento sesenta y uno queda redactado de la siguiente manera:
1. Para la elección de Diputados se establece circunscripción única.
El artículo Ciento sesenta y dos queda redactado de la siguiente manera:
1. El Congreso está formado por 350 Diputados.
El Punto Segundo del Artículo Ciento sesenta y cuatro queda SUPRIMIDO
DISPOSICIÓN FINAL.
Esta reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar La Constitución de la manera que queda reformada.
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Re: 11/2012 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
Sáb 12 Sep 2009 - 2:49
Jesús Zapatero
Comienza el debate señorías.
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Re: 11/2012 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
Lun 14 Sep 2009 - 12:59
Señorias.
Desde IA hemos presentado esta propuesta que quiere de una vez por todas acabar con la desproporcionalidad del voto e instaurar un sistema electoral más justo donde el voto de cada persona valga lo mismo y no como ocurre ahora.
Se podría hacer un poco de historia sobre el porqué una ley electoral a todas luces injusta sigue instaurada en España. Podríamos hablar de como alguno de los ponentes de la constitución declararon hace algunos años que ésta había sido hecha así deliveradamente para frenar a la izquierda, en concreto al PCE y primar a partidos más moderados. Se intentaba evitar el caso de Italia, tal como manifestó Miquel Roca y evitar un Partido Comunista que fuese una posibilidad de gobierno.
En fin que el tiempo ha pasado desde los años 70 y lo que era una versión ligera de la paranoia comunista, ha ido cimentándose a lo largo de los tiempos en la ley electoral que aún persiste hoy día.
Es terrible constatar que por ejemplo el PSOE teniendo diez veces más votos (más o menos) de lo que fue la coalición PCE-IA no tenga diez veces más votos si no un porcentaje mucho mayor. Es terrible constatar que un escaño a IA le cueste en algunos casos más de diez veces lo que le cuesta al PSOE al PP. Y eso debe cambiar.
Seamos claro, a día de hoy sólo hay unas elecciones que más o menos, con todos sus defectos, contengan la máxima de una persona un voto, y esas son las elecciones europeas. Al haber una única circunscripción todos los votos valen lo mismo y todos suman lo mismo, de ahí el cambio que proponemos, y que las circunspricpicones provinciales pasen a ser una sóla.
IA espera el apoyo de los diputados para hacer esta reforma constitucional, y para dotar al estado de un sistema electoral más justo.
Muchas gracias.
Desde IA hemos presentado esta propuesta que quiere de una vez por todas acabar con la desproporcionalidad del voto e instaurar un sistema electoral más justo donde el voto de cada persona valga lo mismo y no como ocurre ahora.
Se podría hacer un poco de historia sobre el porqué una ley electoral a todas luces injusta sigue instaurada en España. Podríamos hablar de como alguno de los ponentes de la constitución declararon hace algunos años que ésta había sido hecha así deliveradamente para frenar a la izquierda, en concreto al PCE y primar a partidos más moderados. Se intentaba evitar el caso de Italia, tal como manifestó Miquel Roca y evitar un Partido Comunista que fuese una posibilidad de gobierno.
En fin que el tiempo ha pasado desde los años 70 y lo que era una versión ligera de la paranoia comunista, ha ido cimentándose a lo largo de los tiempos en la ley electoral que aún persiste hoy día.
Es terrible constatar que por ejemplo el PSOE teniendo diez veces más votos (más o menos) de lo que fue la coalición PCE-IA no tenga diez veces más votos si no un porcentaje mucho mayor. Es terrible constatar que un escaño a IA le cueste en algunos casos más de diez veces lo que le cuesta al PSOE al PP. Y eso debe cambiar.
Seamos claro, a día de hoy sólo hay unas elecciones que más o menos, con todos sus defectos, contengan la máxima de una persona un voto, y esas son las elecciones europeas. Al haber una única circunscripción todos los votos valen lo mismo y todos suman lo mismo, de ahí el cambio que proponemos, y que las circunspricpicones provinciales pasen a ser una sóla.
IA espera el apoyo de los diputados para hacer esta reforma constitucional, y para dotar al estado de un sistema electoral más justo.
Muchas gracias.
- Victor Bono
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Re: 11/2012 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
Lun 14 Sep 2009 - 14:17
Señorías, a mi sigue sin quedarme claro, no por la reforma de la Ley electoral, que considero que claramente necesita un cambio, pero el artículo 167 de la Constitución dice que todo art. de la Constitución que sea reformado deberá de ir acompañado de un referendum y de la disolución de las Cortes.
El señor Ibarruri en su día me dijo que sólo eran determinados títulos, pero eso es una verdad a medias, ya que eso lo dice en el art. 168, pero en este no se dice que exclusivamente se deba hacer el referendum para esos títulos, el 167 dice que se debe hacer disolución y referendum en cualquier reforma de la Constitución.
Si alguien pudiera solventar esta duda personal, gracias señorías.
El señor Ibarruri en su día me dijo que sólo eran determinados títulos, pero eso es una verdad a medias, ya que eso lo dice en el art. 168, pero en este no se dice que exclusivamente se deba hacer el referendum para esos títulos, el 167 dice que se debe hacer disolución y referendum en cualquier reforma de la Constitución.
Si alguien pudiera solventar esta duda personal, gracias señorías.
- Miguel Rodríguez
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Re: 11/2012 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
Lun 14 Sep 2009 - 15:33
Laia Mora
Habría que consultar a un abogado antes de continuar con el debate de esta ley.
Habría que consultar a un abogado antes de continuar con el debate de esta ley.
- Peter Ibárruri
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Re: 11/2012 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
Mar 15 Sep 2009 - 4:30
Artículo 167.
1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.
2. De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso por mayoría de dos tercios podrá aprobar la reforma.
3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
Señor Bono, convocar un referéndum no es necesario pero se puede hacer si se desea, cosa que desde IA, no vemos con malos ojos, ya que se trata de una reforma que afecta a la igualdad de los ciudadanos.
Por otro lado, la reforma Constitucional que pretende realizar el Gobierno al final de la legislatura, debe hacerse de forma que una vez realizadas las nuevas elecciones, los partidos que la ratifiquen, deben ser los elegidos por el pueblo en su medida exacta.
Esta reforma que presentamos, supone el fin a mas de 30 años de desigualdades en la representación ciudadana, no se puede denominar democracia a un estado en los que los votos a distintos partidos valgan hasta ocho veces mas.
Y si el PSOE, decide frenar la reforma por la necesidad de convocar referéndum(necesidad que no es tal) seria un acto de los mas antidemocráticos que han ocurrido desde el 78.
Espero sinceramente que se trate de una incorrecta interpretación por mi parte de las palabras del señor Bono.
1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.
2. De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso por mayoría de dos tercios podrá aprobar la reforma.
3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
Señor Bono, convocar un referéndum no es necesario pero se puede hacer si se desea, cosa que desde IA, no vemos con malos ojos, ya que se trata de una reforma que afecta a la igualdad de los ciudadanos.
Por otro lado, la reforma Constitucional que pretende realizar el Gobierno al final de la legislatura, debe hacerse de forma que una vez realizadas las nuevas elecciones, los partidos que la ratifiquen, deben ser los elegidos por el pueblo en su medida exacta.
Esta reforma que presentamos, supone el fin a mas de 30 años de desigualdades en la representación ciudadana, no se puede denominar democracia a un estado en los que los votos a distintos partidos valgan hasta ocho veces mas.
Y si el PSOE, decide frenar la reforma por la necesidad de convocar referéndum(necesidad que no es tal) seria un acto de los mas antidemocráticos que han ocurrido desde el 78.
Espero sinceramente que se trate de una incorrecta interpretación por mi parte de las palabras del señor Bono.
- juanmi llamazares
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Re: 11/2012 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
Mar 15 Sep 2009 - 14:48
De todos modos aunque no sea necesario un referendum nunca esta de mas. Podriamos hacerlo aunque no sea obligatorio.
- Miguel Rodríguez
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Re: 11/2012 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
Mar 15 Sep 2009 - 15:41
El referendo es prácticamente obligado, pues estamos cambiando la ley fundamental del Estado.
- Peter Ibárruri
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Re: 11/2012 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
Mar 15 Sep 2009 - 21:27
Obligado no es, pero estamos de acuerdo en que los ciudadanos deben votar algo tan relevante.
- Administrador OcampoAdministración
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Re: 11/2012 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
Mar 15 Sep 2009 - 22:03
Rafael Arenas
Señor Presidente, Señorías,
Como todos saben el Partido Liberal apoya la reforma. Es ineludible que el actual sistema de elección está agotado, y que no puede reflejar las necesidades actuales de la democracia española. Queremos pluralidad e igualdad de oportunidades para todos los partidos políticos. Y es por ello que debemos avanzar no solo hacia la circunscripción única, sino también reformar la Ley Electoral, a democratizar las listas electorales y flexibilizar el mínimo porcentual.
Aún siendo opcional, es necesaria la disolución de Las Cortes y la celebración de un referéndum, pues debemos permitir que la ciudadanía se exprese definitivamente sobre un asunto de suma importancia para nuestro presente y futuro.
Muchas gracias.
Señor Presidente, Señorías,
Como todos saben el Partido Liberal apoya la reforma. Es ineludible que el actual sistema de elección está agotado, y que no puede reflejar las necesidades actuales de la democracia española. Queremos pluralidad e igualdad de oportunidades para todos los partidos políticos. Y es por ello que debemos avanzar no solo hacia la circunscripción única, sino también reformar la Ley Electoral, a democratizar las listas electorales y flexibilizar el mínimo porcentual.
Aún siendo opcional, es necesaria la disolución de Las Cortes y la celebración de un referéndum, pues debemos permitir que la ciudadanía se exprese definitivamente sobre un asunto de suma importancia para nuestro presente y futuro.
Muchas gracias.
- Victor Bono
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Re: 11/2012 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
Mar 15 Sep 2009 - 23:25
Peter Ibárruri escribió:Artículo 167.
1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.
2. De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso por mayoría de dos tercios podrá aprobar la reforma.
3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
Señor Bono, convocar un referéndum no es necesario pero se puede hacer si se desea, cosa que desde IA, no vemos con malos ojos, ya que se trata de una reforma que afecta a la igualdad de los ciudadanos.
Por otro lado, la reforma Constitucional que pretende realizar el Gobierno al final de la legislatura, debe hacerse de forma que una vez realizadas las nuevas elecciones, los partidos que la ratifiquen, deben ser los elegidos por el pueblo en su medida exacta.
Esta reforma que presentamos, supone el fin a mas de 30 años de desigualdades en la representación ciudadana, no se puede denominar democracia a un estado en los que los votos a distintos partidos valgan hasta ocho veces mas.
Y si el PSOE, decide frenar la reforma por la necesidad de convocar referéndum(necesidad que no es tal) seria un acto de los mas antidemocráticos que han ocurrido desde el 78.
Espero sinceramente que se trate de una incorrecta interpretación por mi parte de las palabras del señor Bono.
Perdone señor Ibarruri, no entendí con claridad ese apartado del artículo. Ahora si me queda claro que se puede reformar este apartado de la Constitución.
Señor Ibarruri, si, ha entendido mal, pero que muy mal. El PSOE no quiere frenar esta reforma, ni mucho menos, siempre nos hemos mostrado a favor de la reforma de la ley electoral ya que la consideramos "injusta" y no representa completamente el sentir de la población, simplemente se trataba de una pequeña duda personal, que ya me fue solucionada por compañeros después de interpelar mi pregunta.
Sin embargo desde el PSOE queremos proponer una cosa nueva, tras consultar con otros partidos de carácter nacionalista, nos han mostrado su desacuerdo con que se pase de una circunscripción provincial a una única, que les haría disminuir considerablemente, así pues, los compañeros de CC y NA, que son con quienes hemos tratado, nos han reconocido que también les parece injusta la ley pero que pasar directamente a la circunscripción única sería el fin de sus formaciones. Si en el año 1978 se estipuló la circunscripción provincial fue con el fin de dotar de más reconocimineto y fuerza a los partidos regionalistas y nacionalistas y que nadie se quedara sin voz en el Parlamento, en pos de conseguir un Parlamento y una España más plural; está claro que ha acabado en un sistema bipartidista del que el PSOE también se averguenza, pero ante el cual no podemos hacer más que apoyar esta reforma electoral, nosotros no podemos ir diciendo a la gente, oye mira, no nos votes porque el bipartidismo está muy mal... El caso es que desde el PSOE proponemos que para conseguir que esta reforma reúna el máximo apoyo posible, proponemos que se cambie a circunscripción autonómica, así pues saldrán beneficiados tanto partidos nacionalistas, como regionalistas, como nacionales y todos recibirán perjuicio por igual, nos parece la medida más correcta y más imparcial, es así como decirlo, la medida más óptima...
Muchas gracias señorías.
- Administrador OcampoAdministración
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Re: 11/2012 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
Mar 15 Sep 2009 - 23:33
Rafael Arenas
Señor Bono,
Cambiar de circunscripción provincial hacia la autonómica es prácticamente lo mismo. Este es el Congreso de España, que representa a los españoles. Las provincias tienen representación en el Senado. Por tanto no tiene ningún sentido invalidar la circunscripción única por un mero capricho.
Señor Bono,
Cambiar de circunscripción provincial hacia la autonómica es prácticamente lo mismo. Este es el Congreso de España, que representa a los españoles. Las provincias tienen representación en el Senado. Por tanto no tiene ningún sentido invalidar la circunscripción única por un mero capricho.
- Miguel Rodríguez
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Re: 11/2012 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
Mar 15 Sep 2009 - 23:40
Victor Bono escribió:FDP: El senado en el sim no existe, por tanto debemos omitir cualquier comentario hacia él.
FDP: Es que entonces esta reforma no tiene sentido alguno para el sim. Porque se le va a quitar voz y voto a los partidos de las pequeñas regiones. Si se crea el Senado y se le dan las funciones adecuadas, bien. Si no, me parece completamente injusto para los propios jugadores.
- Miguel Rodríguez
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Re: 11/2012 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
Mar 15 Sep 2009 - 23:48
Esteban Rodríguez Ocampo escribió:FDP: a ver, el senado no existe en el sim de manera funcional, pero sí existe en el juego en sí mismo. El congreso representa a la ciudadanía, y el senado a las provincias. La circunscripción única es lo más justo para todos.Miguel Rodríguez escribió:Victor Bono escribió:FDP: El senado en el sim no existe, por tanto debemos omitir cualquier comentario hacia él.
FDP: Es que entonces esta reforma no tiene sentido alguno para el sim. Porque se le va a quitar voz y voto a los partidos de las pequeñas regiones. Si se crea el Senado y se le dan las funciones adecuadas, bien. Si no, me parece completamente injusto para los propios jugadores.
FDP: No estoy de acuerdo por dos razones: la primera, que el Senado no existe en el juego y, por tanto, no se puede utilizar como argumento, pues también hay muchas cosas que nos saltamos a la torera en cuanto a las leyes, cuando el Senado podría denegarlas (como, de hecho, pasa); la segunda, la que ya comenté en la sede.
- Administrador OcampoAdministración
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Re: 11/2012 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
Mar 15 Sep 2009 - 23:55
FDP: el senado sí existe, pero no es funcional. Además no cambiará en nada a los partidos regionalistas, seguirán presentándose e incluso podrían hasta obtener más representación. Si, supongamos el ejemplo de que el PNV es elegido por el 50% de los vascos en el actual sistema electoral. Con la circunscripción única no debería cambiar en nada dicha representación, si el 50% de los vascos quiere seguir votando al PNV lo hará sin problemas.Miguel Rodríguez escribió:Esteban Rodríguez Ocampo escribió:FDP: a ver, el senado no existe en el sim de manera funcional, pero sí existe en el juego en sí mismo. El congreso representa a la ciudadanía, y el senado a las provincias. La circunscripción única es lo más justo para todos.Miguel Rodríguez escribió:Victor Bono escribió:FDP: El senado en el sim no existe, por tanto debemos omitir cualquier comentario hacia él.
FDP: Es que entonces esta reforma no tiene sentido alguno para el sim. Porque se le va a quitar voz y voto a los partidos de las pequeñas regiones. Si se crea el Senado y se le dan las funciones adecuadas, bien. Si no, me parece completamente injusto para los propios jugadores.
FDP: No estoy de acuerdo por dos razones: la primera, que el Senado no existe en el juego y, por tanto, no se puede utilizar como argumento, pues también hay muchas cosas que nos saltamos a la torera en cuanto a las leyes, cuando el Senado podría denegarlas (como, de hecho, pasa); la segunda, la que ya comenté en la sede.
- Miguel Rodríguez
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Re: 11/2012 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
Miér 16 Sep 2009 - 0:08
Esteban Rodríguez Ocampo escribió:FDP: el senado sí existe, pero no es funcional. Además no cambiará en nada a los partidos regionalistas, seguirán presentándose e incluso podrían hasta obtener más representación. Si, supongamos el ejemplo de que el PNV es elegido por el 50% de los vascos en el actual sistema electoral. Con la circunscripción única no debería cambiar en nada dicha representación, si el 50% de los vascos quiere seguir votando al PNV lo hará sin problemas.
FDP: Si se hicieran bien las cosas...
- Peter Ibárruri
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Re: 11/2012 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
Miér 16 Sep 2009 - 7:59
Victor Bono escribió:Peter Ibárruri escribió:Artículo 167.
1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.
2. De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso por mayoría de dos tercios podrá aprobar la reforma.
3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
Señor Bono, convocar un referéndum no es necesario pero se puede hacer si se desea, cosa que desde IA, no vemos con malos ojos, ya que se trata de una reforma que afecta a la igualdad de los ciudadanos.
Por otro lado, la reforma Constitucional que pretende realizar el Gobierno al final de la legislatura, debe hacerse de forma que una vez realizadas las nuevas elecciones, los partidos que la ratifiquen, deben ser los elegidos por el pueblo en su medida exacta.
Esta reforma que presentamos, supone el fin a mas de 30 años de desigualdades en la representación ciudadana, no se puede denominar democracia a un estado en los que los votos a distintos partidos valgan hasta ocho veces mas.
Y si el PSOE, decide frenar la reforma por la necesidad de convocar referéndum(necesidad que no es tal) seria un acto de los mas antidemocráticos que han ocurrido desde el 78.
Espero sinceramente que se trate de una incorrecta interpretación por mi parte de las palabras del señor Bono.
Perdone señor Ibarruri, no entendí con claridad ese apartado del artículo. Ahora si me queda claro que se puede reformar este apartado de la Constitución.
Señor Ibarruri, si, ha entendido mal, pero que muy mal. El PSOE no quiere frenar esta reforma, ni mucho menos, siempre nos hemos mostrado a favor de la reforma de la ley electoral ya que la consideramos "injusta" y no representa completamente el sentir de la población, simplemente se trataba de una pequeña duda personal, que ya me fue solucionada por compañeros después de interpelar mi pregunta.
Sin embargo desde el PSOE queremos proponer una cosa nueva, tras consultar con otros partidos de carácter nacionalista, nos han mostrado su desacuerdo con que se pase de una circunscripción provincial a una única, que les haría disminuir considerablemente, así pues, los compañeros de CC y NA, que son con quienes hemos tratado, nos han reconocido que también les parece injusta la ley pero que pasar directamente a la circunscripción única sería el fin de sus formaciones. Si en el año 1978 se estipuló la circunscripción provincial fue con el fin de dotar de más reconocimineto y fuerza a los partidos regionalistas y nacionalistas y que nadie se quedara sin voz en el Parlamento, en pos de conseguir un Parlamento y una España más plural; está claro que ha acabado en un sistema bipartidista del que el PSOE también se averguenza, pero ante el cual no podemos hacer más que apoyar esta reforma electoral, nosotros no podemos ir diciendo a la gente, oye mira, no nos votes porque el bipartidismo está muy mal... El caso es que desde el PSOE proponemos que para conseguir que esta reforma reúna el máximo apoyo posible, proponemos que se cambie a circunscripción autonómica, así pues saldrán beneficiados tanto partidos nacionalistas, como regionalistas, como nacionales y todos recibirán perjuicio por igual, nos parece la medida más correcta y más imparcial, es así como decirlo, la medida más óptima...
Muchas gracias señorías.
Señor Bono, no esperamos ni yo ni mi partido que los partidos que saldrán perjudicados por esta reforma voten a favor de ella, aunque sea lo mas justo e igualitario para los ciudadanos.
Pero sinceramente no creo que sea "ético" por parte del PSOE votar en contra por agradar a sus socios nacionalistas, aunque naturalmente, no voy a inmiscuirme en los asuntos internos del PSOE.
En cuanto a lo dicho por el señor Ocampo, estoy de acuerdo aunque debo corregirle un asunto, convocar referéndum no supone disolver las cortes.
De hecho el referéndum sobre la OTAN, no supuso disolución de cortes.
FDP: Miguel, justo para los jugadores? Tampoco es justo que el PP saque mas votos únicamente por ser el PP, también es aplicable a el PSOE.
El BEN no va a quedarse sin escaños, probrablemente disminuirían pero seria mas justo para el resto de partidos.
- Miguel Rodríguez
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Re: 11/2012 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
Miér 16 Sep 2009 - 13:00
FDP: No voy a hablar más de eso, que ya sabemos qué pasa luego ;-) Pero creo que si vuelves a leer mis palabras con detenimiento, sabrás a qué me refiero.
- Daniel Blanco
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Re: 11/2012 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
Jue 17 Sep 2009 - 16:27
Iñaki Iniesta
Señor Presidente, Señores Diputados:
Nosotros apoyamos una reforma electoral que consiga el objetivo de formar un parlamento que represente a la ciudadanía. Para lograr esto la circunscripción única es absolutamente necesaria, como lo es eliminar el porcentaje mínimo para obtener representación. Haciendo esto los partidos regionales que cuentan con representación en esta cámara seguirían teniéndola, aunque no creo que sea bueno que se determine si una ley electoral es conveniente o no dependiendo de a quién beneficie.
Éstos son los resultados de las elecciones generales de 2004:
Partido Diputados Votos Porcentaje
PSOE: 164 10909687 42.64 %
PP: 148 9630512 37.64 %
CiU: 10 829046 3.24 %
ERC: 8 649999 2.54 %
EAJ-PNV: 7 417154 1.63 %
IU: 5 1269532 4.96 %
CC: 3 221034 0.86 %
BNG: 2 205613 0.8 %
CHA: 1 93865 0.37 %
EA: 1 80613 0.32 %
Na-Bai: 1 60645 0.24 %
P Andalucista: 0 181261 0.71 %
Si hubieran sido con una circunscripción única, habrían arrojado estos otros resultados.
PSOE: 173
PP: 150
CiU: 12
ERC: 0
EAJ-PNV: 0
IU: 15
CC: 0
BNG: 0
CHA: 0
EA: 0
Na-Bai: 0
P Andalucista: 0
Por último, con circunscripción única y sin porcentaje de corte, ven que los partidos regionales siguen consiguiendo representación.
PSOE: 165
PP: 143
CiU: 11
ERC: 4
EAJ-PNV: 4
IU: 14
CC: 2
BNG: 3
CHA: 1
EA: 1
Na-Bai: 0
P Andalucista: 2
Aunque, si por nosotros fuera, eliminaríamos el método D'Hont y aplicaríamos este otro:
Dividimos el número de votos emitidos entre el número de escaños y nos sale que cada escaño cuesta casi 70.250 votos. De acuerdo con esto, a los partidos les corresponden los siguientes escaños:
PSOE: 155,29
PP: 137
CiU: 11,8
ERC: 9,2
EAJ-PNV: 5,93
IU: 18
CC: 3,1
BNG: 2,92
CHA: 1,336
EA: 1,14
Na-Bai: 0,86
P Andalucista: 2,5
Si sumamos los enteros nos da 344 escaños. Los seis que quedan se asignan por orden según los decimales. El primero, para el PNV. El segundo, para el BNG. El tercero, para Na-Bai. El cuarto, para CiU. El quinto, para el Partido Andalucista. Y el sexto, para ChA.
PSOE: 155
PP: 137
CiU: 12
ERC: 9
EAJ-PNV: 6
IU: 18
CC: 3
BNG: 3
CHA: 2
EA: 1
Na-Bai: 1
P Andalucista: 3
Como ven, con este método sólo se desajusta un poco la manera de otorgar los últimos escaños -que también ocurre actualmente y que creemos que no tiene solución- pero no cambia el "precio" -por decirlo de un modo fácil de entender- según el partido del que se trate.
Además, es importante recordar que todas las autonomías españolas pueden acudir a este congreso en forma de delegación desde sus propios parlamentos, con lo que nadie puede alegar que con la circunscripción única podrían quedar desamparadas determinadas zonas de nuestro territorio. Si, como se ha dicho ya, es el Senado quien alberga a representantes de todas las provincias, que por lo menos el Congreso sí represente, a pequeña escala, la configuración ideológica de nuestra sociedad.
Muchas gracias.
Señor Presidente, Señores Diputados:
Nosotros apoyamos una reforma electoral que consiga el objetivo de formar un parlamento que represente a la ciudadanía. Para lograr esto la circunscripción única es absolutamente necesaria, como lo es eliminar el porcentaje mínimo para obtener representación. Haciendo esto los partidos regionales que cuentan con representación en esta cámara seguirían teniéndola, aunque no creo que sea bueno que se determine si una ley electoral es conveniente o no dependiendo de a quién beneficie.
Éstos son los resultados de las elecciones generales de 2004:
Partido Diputados Votos Porcentaje
PSOE: 164 10909687 42.64 %
PP: 148 9630512 37.64 %
CiU: 10 829046 3.24 %
ERC: 8 649999 2.54 %
EAJ-PNV: 7 417154 1.63 %
IU: 5 1269532 4.96 %
CC: 3 221034 0.86 %
BNG: 2 205613 0.8 %
CHA: 1 93865 0.37 %
EA: 1 80613 0.32 %
Na-Bai: 1 60645 0.24 %
P Andalucista: 0 181261 0.71 %
Si hubieran sido con una circunscripción única, habrían arrojado estos otros resultados.
PSOE: 173
PP: 150
CiU: 12
ERC: 0
EAJ-PNV: 0
IU: 15
CC: 0
BNG: 0
CHA: 0
EA: 0
Na-Bai: 0
P Andalucista: 0
Por último, con circunscripción única y sin porcentaje de corte, ven que los partidos regionales siguen consiguiendo representación.
PSOE: 165
PP: 143
CiU: 11
ERC: 4
EAJ-PNV: 4
IU: 14
CC: 2
BNG: 3
CHA: 1
EA: 1
Na-Bai: 0
P Andalucista: 2
Aunque, si por nosotros fuera, eliminaríamos el método D'Hont y aplicaríamos este otro:
Dividimos el número de votos emitidos entre el número de escaños y nos sale que cada escaño cuesta casi 70.250 votos. De acuerdo con esto, a los partidos les corresponden los siguientes escaños:
PSOE: 155,29
PP: 137
CiU: 11,8
ERC: 9,2
EAJ-PNV: 5,93
IU: 18
CC: 3,1
BNG: 2,92
CHA: 1,336
EA: 1,14
Na-Bai: 0,86
P Andalucista: 2,5
Si sumamos los enteros nos da 344 escaños. Los seis que quedan se asignan por orden según los decimales. El primero, para el PNV. El segundo, para el BNG. El tercero, para Na-Bai. El cuarto, para CiU. El quinto, para el Partido Andalucista. Y el sexto, para ChA.
PSOE: 155
PP: 137
CiU: 12
ERC: 9
EAJ-PNV: 6
IU: 18
CC: 3
BNG: 3
CHA: 2
EA: 1
Na-Bai: 1
P Andalucista: 3
Como ven, con este método sólo se desajusta un poco la manera de otorgar los últimos escaños -que también ocurre actualmente y que creemos que no tiene solución- pero no cambia el "precio" -por decirlo de un modo fácil de entender- según el partido del que se trate.
Además, es importante recordar que todas las autonomías españolas pueden acudir a este congreso en forma de delegación desde sus propios parlamentos, con lo que nadie puede alegar que con la circunscripción única podrían quedar desamparadas determinadas zonas de nuestro territorio. Si, como se ha dicho ya, es el Senado quien alberga a representantes de todas las provincias, que por lo menos el Congreso sí represente, a pequeña escala, la configuración ideológica de nuestra sociedad.
Muchas gracias.
- juanmi llamazares
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Re: 11/2012 Reforma del art. 68 del Titulo III de la CE (GP Mixto- IA)
Jue 17 Sep 2009 - 18:04
FDP: Juanmi Llamazares esta en el hospital Blanco asi que no puedes hablar en su nombre... jajajajaja
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