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Ley 14/2013 sobre el plan de re-equilibrio para la re-estructuración de los Presupuestos Generales del Estado 2013 en cumplimentación con la Ley Orgánica 2/2012 [GOBIERNO] Empty Ley 14/2013 sobre el plan de re-equilibrio para la re-estructuración de los Presupuestos Generales del Estado 2013 en cumplimentación con la Ley Orgánica 2/2012 [GOBIERNO]

Miér 25 Sep 2013 - 15:18
Ley 14/2013 sobre el plan de re-equilibrio para la re-estructuración de los Presupuestos Generales del Estado 2013 en cumplimentación con la Ley Orgánica 2/2012 [GOBIERNO] Imagen2ok
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Número XX · Día, 28 de Octubre de 2013 · Sec. I

I. DISPOSICIONES GENERALES

JEFATURA DEL ESTADO


Ley 14/2013 sobre el plan de re-equilibrio para la re-estructuración de los Presupuestos Generales del Estado 2013 en cumplimentación con la Ley Orgánica 2/2012

JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 135 de la Constitución Española y en lo establecido en la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria, se desarrolla el Plan de Re-equilibrio Fiscal, a partir del cual se procede a efectuar la re-estructuración de los Presupuestos Generales del Estado 2013 ante la estimación semestral informada por el Banco de España.
La presente Ley tiene por objetivo corregir los mencionados desvíos en un programa intensivo de ahorro de 17.600.377.680 €, implicando la reducción del gasto total en 5,7 por 100, respecto a lo estipulado en los Presupuestos Generales del Estado en vigencia.
En lo correspondiente al Sistema de Financiación Territorial las disminuciones corresponden a los desvíos de déficit pactados en el Consejo de Política Fiscal y Financiera que deben ser neutralizados o bien por los gobiernos locales y autonómicos competentes o bien por la Secretaría de Estado de Hacienda en función del Capítulo IV de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria antes de la presentación del proyecto de Presupuestos Generales de 2014. Las reducciones en las transferencias a las Comunidades Autónomas y los Entes Locales no se aplican al conjunto de las mismas, se reducen proporcionalmente a la normalización de los desvíos del pacto del CPFF de aquellas entidades que actualmente se encuentran inmersas en la mencionada situación.

El Plan de Re-equilibrio Fiscal establece un reparto de la austeridad presupuestaria en 8,5 por 100 para las Comunidades Autónomas,17,04 por 100 para el conjunto de las Entidades Locales y 74,43 por 100 para el Estado.



Artículo 1. Ministerios
Se reestructuran los gastos para los siguientes ministerios:
Presidencia del Gobierno: 626.424.830 €
Ministerio de Finanzas: 31.067.195.360 €
Ministerio de Empleo: 50.018.915.800 €
Ministerio de Justicia: 1.531.439.820 €
Ministerio de Asuntos Exteriores: 1.596.433.940 €
Ministerio de Industria: 6.301.850.040 €
Ministerio de Fomento: 6.301.850.040 €
Ministerio de Agricultura: 9.572.072.690 €
Gastos Ministeriales Diversos: 1.545.023.470 €

Artículo 2. Sistema de Financiación Territorial
Se reestructuran las siguientes partidas presupuestarias:
Transferencia a Comunidades Autónomas: 21.271.673.520 €
Transferencia a Entidades Locales: 16.542.559.940 €

Artículo 3. Relaciones Financieras con Entes
Se reestructuran las siguientes partidas presupuestarias:
Relaciones CCAA: 100.700.000 €
Entidades Locales: 195.373.170 €

Artículo 4. Relaciones Financieras con la UE
Se reestructura el gasto para Cooperación al Desarrollo en 210.000.000 €.

Artículo 5. No Ministeriales
Se reestructura el gasto para las siguientes partidas presupuestarias:
Congreso de los Diputados: 190.413.030 €.
Consejo General del Poder Judicial: 60.778.970 €
Consejo de Estado: 7.888.160 €
Tribunal Constitucional: 23.284.220 €
Casa Real: 7.533.710 €


Disposición aclaratoria primera. Estimaciones PIB
Las estimaciones base para la realización del presente Plan de Re-equilibrio Fiscal se asientan en los datos proporcionados por el Banco de España para el segundo semestre de 2013, el cual estima un PIB de 1.016.551.075.800,00 €.

Disposición aclaratoria segunda. Estimaciones Déficit Fiscal
La estimación de déficit por Administración General del Estado es de 1,82% y el déficit consolidado de 2,99% para el período final de 2013.

Disposición derogatoria. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Ley.

Disposición final quinta. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor a partir su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Dada en Madrid, 28 de octubre de 2013.


JUAN CARLOS R.



El Presidente del Gobierno,
ESTEBAN RODRÍGUEZ OCAMPO
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