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Caso "Comunidad de Madrid"

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Vie 6 Jul 2012 - 12:59
FDP. Voy allá. Perdón por el retraso, han sido días de mucho lío y demasiado trabajo.
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Vie 6 Jul 2012 - 13:12
Timoteo Valcárcel escribió:Dámaso Hernández Pablos, fiscal jefe de la Audiencia provincial de Madrid:

Sª, con la venia. Quisiera repreguntar al testigo. Verá. Vd., por lo que ha dicho, estaba en la sesión en que se adoptaron los textos legales de autos. Diga, cuando se tramitaba ese punto del orden del día, ¿quien intervino? ¿Y qué dijo?

Supongo que conoce el contenido de esos textos. ¿No le llamó la atención una ley tan detallada como la de "Gobierno y Administración" para un ente preautonómico? Fíjese [Hernández Pablos echa una ojeada a la ley en cuestión] que el art. 36 se dedica a decretos legislativos, y el Cap. V y VI del Tít. IV se dedican a los bienes y a la contratación. Es muy dudoso que la Comunidad de Madrid tenga siquiera presupuesto para adjudicar contrato alguno, ¿no le parece? Con esto quiero decir, ¿no vio nada sospechoso?

Por otra parte, no me ha quedado muy clara su vinculación con la Comunidad de Madrid. ¿Es Vd. funcionario del Estado destinado en comisión de servicios? ¿O tal vez es funcionario de empleo [FDP=interino; funcionario de empleo es lo contrario a funcionario de carrera] nombrado directamente por su gobierno?

Quisiera recordar al testigo que está obligado a responder y a decir la verdad, a diferencia de los imputados, porque a él no le alcanza el derecho a no declarar contra sí mismo.
Letrado Muñiz

Sí, sí señor, exacto, yo soy funcionario del Estado tras haber opositado a Abogado del Estado. Estoy en comisión de servicios, sí, exacto, exacto.

Verá, yo no recuerdo muy bien lo que se dijo en ese Consejo de Gobierno porque era el primero en el que yo ejercía mis funciones y, si le digo la verdad, estaba más pendiente de otras cosas que de las largas peroratas de los señores Consejeros. Fueron varios los intervinientes, por supuesto la señora Aguirre, también el señor Rato, el Consejero de Interior y Justicia, creo recordar wque también intervino alguna Consejera... Anoté las resoluciones de nombramientos y demás cuestiones burocráticas, pero no recuerdo toda la discusión sobre los proyectos porque se prolongó durante varias horas. A estas alturas parece obvio que me perdí la parte en la que se acordó que fueran borradores y que no eran textos legales para publicar en el BOCM.

Con respecto a las competencias del ente preautonómico, seamos claros, ¿quién las tiene claras en realidad? ¿Quién sabe a ciencia cierta lo que pueden y no pueden hacer? Fíjese, señor fiscal: tenemos un Parlamento electo por sufragio universal. ¿Cuáles son sus competencias y cuáles no? ¿En qué disposición se recoge? Hay Consejos de Gobierno nombrados por estos Parlamentos. ¿Cuándo se ha regulado lo que pueden hacer y lo que no? Es todo demasiado poco claro, demasiado etéreo. Esos proyectos de Ley estaban diseñados para ser aprobados tras el Estatuto, pero ¿quién establece que el Consejo de Gobierno no pueda actuar así? Por no hablar de sueldos y contratación. ¿Sabe usted quién paga los sueldos de Diputados, Consejeros, Presidenta, personal auxiliar como es mi caso? Yo recibo una nómina pero no tengo ni la menor idea de a cuenta de quién. La misma situación viven mis compañeros y colegas de la Asamblea.

Si puedo esclarecer algo más, señor Fiscal, estoy a su disposición. Si la investigación va a continuar, Señoría, solicito que se me declare imputado para acogerme a la asistencia de un letrado y a mi derecho a no declarar contra mí mismo.
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Vie 6 Jul 2012 - 13:26
FDP: ¡Aleluya, aleluya!

DDP: Dámaso Hernández Pablos, fiscal jefe de la Audiencia provincial de Madrid:

Con la venia, Sª. El Ministerio fiscal ha concluido el interrogatorio del sr. Muñiz Fernández. Respecto a su petición de procesamiento, ruego conceda a esta fiscalía término de tres días [FDP: 48 h] para decidir si presenta cargos contra el testigo o no. En cualquier caso, y dejando de lado esa cuestión, el Ministerio fiscal entiende que no ha lugar a nuevas diligencias de investigación. Por lo que, luego de reconsiderada la posición procesal del sr. Muñiz Fernández, solicito se dé por concluido el sumario y se trasladen los autos a la Audiencia provincial para las calificaciones provisionales y el juicio oral.

FDP2: Es decir, que, una vez se confirme si se procesa a Muñiz Fernández o no, la instrucción está completa por parte del Ministerio fiscal; así que, si nadie propone nada nuevo, pasaríamos a formular las acusaciones y defensas.

Cuestión: ¿vamos a celebrar juicio oral? A mí me parece tedioso y repetitivo, así que podríamos fingir que se ha celebrado y pasar directamente a visto para sentencia.
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Vie 6 Jul 2012 - 13:29
Jimena Montes de Oca escribió:Cuestión: ¿vamos a celebrar juicio oral? A mí me parece tedioso y repetitivo, así que podríamos fingir que se ha celebrado y pasar directamente a visto para sentencia.
FDP. +10000000000000
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Vie 6 Jul 2012 - 17:10
Fabián de la Torre escribió:
Jimena Montes de Oca escribió:Cuestión: ¿vamos a celebrar juicio oral? A mí me parece tedioso y repetitivo, así que podríamos fingir que se ha celebrado y pasar directamente a visto para sentencia.
FDP. +10000000000000

FDP: Si no hay inconveniencia FDP, +1 por mi parte. Ahorrar tiempo nunca está de más...
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Lun 9 Jul 2012 - 0:03
JUICIO ORAL

Se procede a la apertura del Juicio Oral que blablablabla

(Varias semanas después)

Queda el caso visto para sentencia, muchas gracias.
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Lun 9 Jul 2012 - 3:19
FDP: ¡¡¡Eh!!! ¡¡¡¿Cómo que visto para sentencia?!!! ¡¡¡Primero hay que presentar las calificaciones definitivas!!! Si no, ¡¡¡¿cómo demonios vas a saber los delitos por los que acuso (que no tienen por qué ser los mismos que los de la querella) y las penas que pido, y los argumentos de las defensas?!!!

Espero que haya sido un olvido.
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Lun 9 Jul 2012 - 3:44
FDP: Estooo... si, lo ha sido...

En realidad no lo ha sido, pero fuiste tu el que pidió que se pasase directamente al visto para sentencia. Pense que queríamos saltarnos todo el proceso.
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Lun 9 Jul 2012 - 3:58
FDP:
Jimena Montes de Oca escribió:FDP2: Es decir, que, una vez se confirme si se procesa a Muñiz Fernández o no, la instrucción está completa por parte del Ministerio fiscal; así que, si nadie propone nada nuevo, pasaríamos a formular las acusaciones y defensas.

Cuestión: ¿vamos a celebrar juicio oral? A mí me parece tedioso y repetitivo, así que podríamos fingir que se ha celebrado y pasar directamente a visto para sentencia.
Como puedes ver, yo propuse saltarme el juicio oral luego de formuladas las calificaciones. Aparte que quedaba pendiente si acusaba a Muñiz Fernández.

DDP: Dámaso Hernández Pablos, fiscal jefe de la Audiencia provincial de Madrid:

Con la venia. El Ministerio fiscal entiende que, a la vista de lo investigado, no ha lugar a presentar cargos contra el sr. Muñiz Fernández. Pido, por lo tanto, la conclusión del sumario. Luego, que se eleven los autos a la audiencia provincial, conforme a lo mandado por la Ley de enjuiciamiento criminal.
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Lun 9 Jul 2012 - 4:12
FDP: Ahora lo he cogido. Digamos que me comí la primera parte de tu intervención y me lancé directamente a por el visto para sentencia.

DDP: Se eleva auto de procesamiento contra los siguientes imputados:

Esperanza Aguirre
Manuel Cobo
Roberto Ruiz-Gallardón
Sergio Rato Fernández
Ramón Hospital Laste
Gustavo Villapalos
Rosa Posada

Queda concluido el sumario, pasando el mismo a la Audiencia Provincial, que abrirá el correspondiente Juicio Oral.

FDP2: No estaba por la labor de hacer un Auto de Procesamiento como Dios manda, disculpen las molestias.
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Lun 9 Jul 2012 - 4:23
FDP: Me faltan procesados. Si es adrede dilo, que presento recurso.
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Lun 9 Jul 2012 - 13:32
FDP. Q-q-q-q-q-queeeeeeeeeeeeeeeeeee???????????????????????? Cómo que no procesáis a Muñiz??? Pero HASTA LUEGO!!
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Mar 10 Jul 2012 - 17:19
FDP: Completamente adrede. Faltan 2, el Presidente y el Vicepresidente de la Asamblea al entender que no tienen nada que ver en la publicación de las leyes.

A Muñiz le vi a cojonado, no me acababa de creer su historia y el fiscal tampoco. No he visto necesario procesarle...
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Miér 11 Jul 2012 - 12:05
FDP: ¿Soy el único que se da cuenta de que en la vida real sería absurdo procesar a todo un gobierno porque a un letrado se le ha ido la mano?

Además, da igual que Muñiz esté acojonado: ha confesado un delito de invasión de competencias, no se le puede dejar libre.
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Miér 11 Jul 2012 - 17:11
Caso "Comunidad de Madrid" - Página 4 Ministeriofiscalvii

Al Juzgado de instrucción nº 9 de Madrid

YO, Dámaso Hernández Pablos, fiscal jefe de esta Audiencia, al amparo de lo dispuesto en los arts. 216 y ss. de la Ley de enjuiciamiento criminal, en razón al sumario que se sigue ante el Juzgado de instrucción nº 9 de los de Madrid contra Esperanza Aguirre et al., como mejor quepa en Derecho, comparezco ante el juzgado y DIGO:

PRIMERO.- Que en fecha de tantos de tantos se dictó auto por dicho juzgado por el que se procesaba a parte de los imputados, se da por concluido el sumario y se elevaban los autos a la audiencia provincial para juicio oral.

SEGUNDO.- Que en dicho auto se sobreseyó la causa con respecto a ciertos imputados:
·D. José Ignacio Echevarría
·Dª Concepción Dancausa
·D. Diego López Santos

TERCERO.- Que por el presente escrito formulo RECURSO DE REFORMA y subsidiariamente RECURSO DE APELACIÓN contra dicho Auto, conforme a lo prevenido en el art. 787.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en base a las siguientes alegaciones,

I.- Que lo que ha sido objeto de discusión en el sumario no han sido los hechos, que son objetivamente constatables y reconocidos por los imputados, sino si los hechos les son imputables a los querellados o no. A juicio del Ministerio fiscal, hay indicios mas que suficientes para estimarlos imputables a todos los querellados, como se explica a continuación.

II.- Que los hechos son sin duda alguna imputables a los integrantes del consejo de gobierno de la Comunidad de Madrid. Por más que en las declaraciones los querellados intentaran negar su implicación, alegando desconocimiento, no cabe duda de que existía convenio entre todos ellos para ordenar la publicación de los textos legales citados. Las contradicciones y datos confusos que arrojan los interrogatorios no hacen sino confirmar esta conclusión. Y esta imputación la entendemos a título de autores maliciosos.

III.- Que es más dudosa la imputación de los hechos a los miembros de la mesa de la Asamblea de Madrid. Sus interrogatorios han sido poco fructíferos y en general se han limitado a afirmar que conocieron los textos legales por su publicación en el "Boletín oficial de la Comunidad de Madrid". No obstante, es evidente que ningún gabinete podría hacer publicar textos legales en un periódico oficial sin al menos contar con la anuencia culpable de los miembros de la mesa. Ello sólo ya es indicio sufienciente de que los hechos le son imputables. Y ello, como cooperadores necesarios a título de culpa.

IV.- Los hechos, así imputados a los querellados, son constitutivos de un delito de invasión de atribuciones legislaticas del art. 377 del Código penal vigente.

V.- Además, no concurren circunstancias modificativas de las responsabilidad penal: ni atenuantes, ni agravantes, ni eximentes.

VI.- Por todo ello, procede procesar a los sres. Echevarría, Dancausa y López Santos, a efectos de que las partes podamos formular calificaciones provisionales, este Ministerio fiscal acusarles de los delitos referidos, celebrar el juicio oral y en su día se dicte sentencia sobre el fondo de la cuestión, garantizando así el derecho a la tutela judicial efectiva del art. 24 de nuestra Constitución.

VII.- Por todo ello, procede revocar el auto de procesamiento en el sentido alegado.


Por todo lo expuesto,

SUPLICO AL JUZGADO que tenga por presentado este escrito , lo admita, tenga por formulado recurso de reforma contra el auto de procesamiento citado, y tras los trámites legales dicte resolución estimatoria del presente recurso declarando auto de procesamiento contra todos los imputados.

Dámaso Hernández Pablos


OTROSÍ DIGO que esta parte interpone recurso de apelación contra el auto referido en caso de desestimarse el recurso de reforma interpuesto.

SUPLICO: que se tenga por interpuesto el recurso subsidirario de apelación contra el auto de procesamiento citado por este Juzgado, ante la audiencia provincial, se admita y se dicte resolución estimatoria del mismo en el momento procesal oportuno.

Dámaso Hernández Pablos
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Miér 11 Jul 2012 - 17:23
FDP: ¿y que hago yo con esto? Porque me pareceo feo que de un recurso contra una decisión mía sea yo el responsable...
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Miér 11 Jul 2012 - 17:26
FDP: El reglamento manda que lo resuelva la Administración, pero al ser interlocutorio, pues no sé.
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Miér 11 Jul 2012 - 22:20
FDP: Espera, el recurso de reforma lo tienes que resolver tú, porque la ley se lo encarga al propio juez instructor. El de apelación no, ése es devolutivo y va a la audiencia provincial.
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Lun 16 Jul 2012 - 0:29
Carlos Prim escribió:FDP: ¿Soy el único que se da cuenta de que en la vida real sería absurdo procesar a todo un gobierno porque a un letrado se le ha ido la mano?

Además, da igual que Muñiz esté acojonado: ha confesado un delito de invasión de competencias, no se le puede dejar libre.
FDP HOOOOOOOLAAAA!!!! HA CONFESAADOO!! CON-FE-SA-DO, hay que procesarle coño y condenarle a éeeeeel!!!!
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Lun 16 Jul 2012 - 13:03
FDP: Spain is different, Fabián!
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