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Caso "Comunidad de Madrid"

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Manuel Carballal Reyes
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Sáb 2 Jun 2012 - 23:26
Queda abierto el proceso.

Se impone una fianza de 10.000 pesetas a cada uno de los imputados para garantizar el posible pago de multas.

Se llama en primer lugar a declarar a la Presidenta de la Comunidad De Madrid, Doña Esperanza Aguirre, y en segundo lugar al Presidente de la Asamblea, Don José Ignacio Echevarría . Posteriormente esta Audiencia decidirá lo que estime más oportuno.
Fabián de la Torre
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Dom 3 Jun 2012 - 17:25
Se presentan la señora Aguirre y el señor Echevarría. Pagan la fianza.
Timoteo Valcárcel
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Dom 3 Jun 2012 - 21:39
Dámaso Hernández Pablos, fiscal jefe de la Audiencia provincial de Madrid:

El Ministerio fiscal propone las siguientes preguntas para el interrogatorio de la imputada, sra. Aguirre:

1.- Es Vd. "presidenta de la Comunidad de Madrid", ¿no es cierto?

2.- Reconoce Vd. que el mandato de la Asamblea de Madrid, y por tanto de su gabinete, es preautonómico y se reduce a la redacción de un estatuto de autonomía, ¿cierto?

3.- ¿Mandó publicar la "Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid", la "Ley de la Bandera, Escudo e Himno de la Comunidad de Madrid" y la "Ley Electoral de la Comunidad de Madrid"?

Para el interrogatorio del imputado, sr. Echevarría, proponemos las que siguen:

1.- Es Vd. presidente de la Asamblea de Madrid, ¿no es cierto?

2.- Reconoce Vd. que el mandato de la Asamblea de Madrid es preautonómico y se reduce a la redacción de un estatuto de autonomía, ¿cierto?

3.- ¿Mandó publicar la "Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid", la "Ley de la Bandera, Escudo e Himno de la Comunidad de Madrid" y la "Ley Electoral de la Comunidad de Madrid"?

El Ministerio fiscal se reserva el derecho a repreguntar, en función de la respuesta que cada interrogado dé a la tercera pregunta.
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Mar 5 Jun 2012 - 1:33
Esperanza Aguirre

Señoría, señor Hernández Pablos, paso a responder gustosamente sus preguntas.

En primer lugar, sí, soy Presidenta de la Comunidad de Madrid porque así lo estipula el Real Decreto que Su Majestad el rey ha sancionado tras conocer mi elección por parte de la Asamblea de Madrid [FDP. No publicado porque al Gobierno se la suda la legalidad; pero ése no es mi problema, yo lo avisé] en los términos previstos en la Constitución.

En segundo lugar, soy perfectamente consciente del carácter preautonómico no sólo de mi gabinete sino de todas y cada una de las Instituciones de la Comunidad de Madrid mientras el Estatuto de Autonomía no cobre vigencia.

Para terminar, decirle que en ningún caso yo ordené, sugerí, propuse o interferí en la publicación de esas normas.

No obstante, y aunque usted no lo ha preguntado (aunque doy por seguro que se tratará de la interpelación inmediatamente siguiente), para aclaración del señor fiscal y de Su Señoría, les informo de que tales textos, que en ningún caso tienen carácter normativo, eran proyectos de Ley Autonómica elaborados por mi gabinete de forma que pudieran ser aprobados con la mayor celeridad posible en cuanto estuviéramos legalmente constituidos en Comunidad Autónoma. No obstante, uno de los Letrados que asiste a las reuniones del Consejo de Gobierno asumió que estos proyectos, que fueron tratados como tales por los Consejeros y una servidora, habían sido convalidados por el órgano de Gobierno (que no es tal) y procedió, tras la reunión, a enviarlos al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Como ustedes podrán comprobar, las publicaciones no han sido sancionadas por mí en calidad de presidenta de la Comunidad, como es prescriptivo, para cobrar fuerza normativa en el ordenamiento jurídico.

Por tanto, señoría y señor fiscal, he de decir que lamentablemente todo este embrollo no es más que el fruto de un desgraciado error de un Letrado que, así y todo, ha sido cesado inmediatamente en sus responsabilidades; y cuyas señas aportaré a este Tribunal, si las solicita, para su oportuno procesamiento en caso de que proceda. No obstante y con la venia de su Señoría, me atrevería a mencionar, en calidad de jurista que soy, que no cabe delito de invasión de potestad legislativa en tanto en cuanto, como se ha expuesto, los textos publicados carecen en todo caso de fuerza normativa.

Muchas gracias.

José Ignacio Echevarría

Con la venia, señoría. Paso a responder a las preguntas del señor fiscal, a las que respondo de igual manera que la señora Aguirre acaba de hacerlo. Si su señoría o el señor fiscal precisan de alguna aclaración por mi parte, estoy a su disposición. Muchas gracias.
Manuel Carballal Reyes
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Mar 5 Jun 2012 - 2:27
Antes de su declaración, señor Echevarría.

Señora Aguirre,

Este Tribunal le solicita las señas de dicho abogado.

Además quiero que responda usted a estas preguntas.

¿Quién es el encargado de llevar el BOCM? Si la respuesta es que el letrado que ha mencionado, ¿Cómo puede permitirse que un letrado que asiste a un Consejo pueda acceder a tanta responsabilidad?

¿Por qué esos supuestos Proyectos de Ley no han sido retirados del BOCM inmediatamente al descubrimiento del error, en lugar de mantenerlos bajo la denominación de Ley, dando una imagen de validez a dichos proyectos?

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Mar 5 Jun 2012 - 14:13
Esperanza Aguirre

Señoría, el BOCM es responsabilidad del equipo jurídico que asiste al Consejo de Gobierno. Como sin duda conocerá, el BOE no es elaborado cada día por el Ministro de la Presidencia sino que las publicaciones se realizan a través de una serie de personas que las reciben del órgano correspondiente, las estandarizan, les dan formato y proceden a su publicación formal.

El Letrado del que paso a dar sus señas al Tribunal (se entrega carpeta de documentos) es el responsable de hacer llegar al BOCM las decisiones del Consejo de Gobierno para que éste proceda a su ordinaria publicación. No es una cuestión de poder sino de responsabilidades y funciones logísticas.

Con respecto a la retirada de los documentos del BOCM, debería usted entender que yo no puedo retirar del Boletín ningún texto publicado [FDP. No puedo eliminar los mensajes de Roberto], y asimismo para publicar un Decreto de Rectificación o en su caso anulación, tengo que estar facultada por el Estatuto de Autonomía para hacerlo. Como no lo estoy, esos textos quedaron publicados. No obstante y como ya se ha puesto de relieve, carecen de fuerza normativa tanto por la falta de sanción por mi parte como por la propia naturaleza de los documentos, dictados (en realidad, no dictados) por un órgano sin capacidad para hacerlo. Es por ese motivo, señoría, que no dimos prioridad a su anulación y esperábamos a tener capacidad para ejecutarla de forma completamente acorde con la legalidad.

Spoiler:
Manuel Carballal Reyes
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Mar 5 Jun 2012 - 16:37
Puede pasar el señor Echevarría.

Muchas gracias, señora Aguirre.
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Mar 5 Jun 2012 - 16:51
José Ignacio Echevarría

Con la venia, señoría. Paso a responder a las preguntas formuladas por el señor fiscal, a las que respondo de idéntica manera que la señora Aguirre acaba de hacerlo para evitar reiteraciones innecesarias; saben ustedes que soy Presidente de la Asamblea de Madrid y que conozco el marco legal preautonómico. Si su señoría o el señor fiscal precisan de alguna aclaración por mi parte, estoy a su disposición. Muchas gracias.
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Mar 5 Jun 2012 - 18:36
Dámaso Hernández Pablos, fiscal jefe de la Audiencia provincial de Madrid:

Con la venia, Sª, quisiera repreguntar a la imputada, sra. Aguirre, ya que sus explicaciones no me han parecido satisfactorias. Al efecto, propongo las siguientes preguntas adicionales:

1.- Para continuar con su hipótesis, voy a dar por bueno que los textos de autos carecen de fuerza normativa. No podrá negar Vd., con todo, que crearon una apariencia de legalidad. ¿Por qué no la desvirtuó su gabinete, siquiera con unas palabras al público o un escrito a la Asamblea?

2.- Vd. dice que no es competente para anular las leyes, consideración con la que concuerda el Ministerio fiscal. Sin embargo, existe el mecanismo de la "corrección de errores" que sirve precisamente para rectificar aquellas disposiciones que se hayan visto alteradas por los órganos de publicación, como es el caso. ¿Por qué no acudió a este mecanismo?

Así mismo, Sª., querríamos que se recibiese a declarar al letrado sr. Muñiz, más adelante. Consideramos que es de justicia oír antes a otros imputados como el sr. Rato o el sr. López Santos, que por pertenecer a una fuerza política distinta podrán aportar otra visión de los hechos.

Sin embargo, y dado que el imputado, sr. Echevarría, está ahora con nosotros, aprovecho para profundizar en sus declaraciones, que tampoco me parecen satisfactorias. Verá sr. Echevarría: Vd. ha ratificado la explicación de la sra. Aguirre sobre la publicación de los textos.

1.- ¿Cuándo se enteró Vd., y el resto de la mesa de la Asamblea, sobre este supuesto equívoco?

2.- ¿Qué control ejerce la mesa de la Asamblea sobre las publicaciones del "Boletín oficial de la Comunidad de Madrid"?

3.- A título de ejemplo, ¿quién ejecutó la orden de publicar el decreto de nombramiento del gabinete, publicado en el "Boletín oficial de la Comunidad de Madrid" e incorporado a autos?

4.- Por otra parte: supongo que el gobierno de la Comunidad o alguno de sus agentes le informaría del equívoco. Vd. no hizo ninguna declaración pública, ni siquiera después de interpuesta una querella por esta fiscalía. ¿Por qué?

FDP: Doy por bueno tu nombramiento, pero no puedo dar por bueno la falta de sanción de las leyes. El que Ruiz-Gallardón las haya redirigido a "Noticias jurídicas" no es argumento, a mi modo de verlo. Cuando se redirige una publicación de un boletín oficial a una base de datos de legislación, se da por supuesta la sanción debida. Es más, la sanción debida se da por supuesta siempre, porque a menudo está mal puesta (firma quien no debe, o no firma quien debe hacerlo, o no hay firma en absoluto; sin hablar de las fórmulas de inicio y cierre, que jamás aparecen). Así que, a salvo de prueba, no doy por válida tu pretensión de que las leyes no estaban sancionadas. Si es necesario, que lo aclare la Administración.
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Miér 6 Jun 2012 - 21:26
Esperanza Aguirre

Bien, señor Fiscal, yo he de reconocer que no fuimos conscientes de que el BOCM Había publicado estos textos hasta que la opinión pública hizo emerger la cuestión. Analizando las alternativas pareció lo más conveniente preparar un escrito de rectificación que se presentara, al menos, de forma pública. No obstante la interposición de esta querella supuso que yo ordenara de inmediato cualquier trámite; ya que la Justicia había intervenido, consideré lo más prudente dejar las cosas como estaban y venir aquí a dar las explicaciones que estoy dando.

Echevarría

Señor Fiscal, la Asamblea de Madrid supo del equívoco cuando llegaron a su Colección Legislativa los textos del BOCM. Dado que el Departamento correspondiente conoce las circunstancias y la imposibilidad de incluir esos textos en la Colección, se dio cuenta a la Mesa. No obstante, en el ínterin de estos sucesos, cuando fui informado de la llegada de esos textos y me comuniqué con la Presidenta de la Comunidad para aclarar el equívoco, ella me transmitió lo que acaba de declarar: que la Justicia había tomado cartas en el asunto y que todo quedaba paralizado. Creo que esto responde también a la cuarta cuestión.

Con respecto a su segunda y tercera pregunta, la Mesa que presido ordena publicar los textos aprobados por la Asamblea; hasta la fecha, ninguno. El Decreto al que usted hace referencia fue promulgado por el Gobierno preautonómico ya que es una materia que se le atribuye competencialmente, y siguiendo el modelo de otras preautonomías...
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Miér 6 Jun 2012 - 23:00
Dámaso Hernández Pablos, fiscal jefe de la Audiencia provincial de Madrid:

Con la venia, Sª: el Ministerio fiscal ha terminado de interrogar a ambos imputados, por lo de ahora. Si las defensas no tienen ninguna pregunta, quisiera pasar al interrogatorio de los sres. Rato y López Santos.

FDP: Las defensas incluye, obviamente, al PDP.
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Jue 7 Jun 2012 - 17:13
FDP. Notifícaselo.
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Jue 7 Jun 2012 - 17:37
FDP: Lo hice inmediatamente. No obstante, ellos debieran de andar pendientes de los tiempos procesales.
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Jue 7 Jun 2012 - 18:34
Se llama a declarar a los señores Rato y López Santos.
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Vie 8 Jun 2012 - 12:28
(Se presonan ante el Tribunal los Sres. Rato y López Santos y pagan sendas fianzas)


Última edición por Jorge J. Churchill el Dom 10 Jun 2012 - 12:10, editado 1 vez
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Sáb 9 Jun 2012 - 22:01
Úrsula Ponte Dávila, teniente fiscal de la Audiencia provincial de Madrid:

Con la venia, Sª. Tendrá que disculpar la ausencia de don Dámaso, pero desgraciadamente se encuentra enfermo. Vengo en su substitución.

Bien, el Ministerio fiscal propone las siguientes preguntas para el interrogatorio del imputado, sr. Rato:

1.- Vd. es consejero de Transportes e infraestructuras de la Comunidad de Madrid, ¿no es cierto?

2.- Sin duda sabe Vd. que el mandato de la Asamblea de Madrid, y por tanto del gabinete del que forma parte, se dirige sólo a la redacción de un estatuto de autonomía, ¿no es así?

3.- Supongo que está Vd. al tanto de que se le imputa un delito de invasión de atribuciones legislativas por la aprobación y publicación de ciertas leyes, la "Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid", la "Ley de la Bandera, Escudo e Himno de la Comunidad de Madrid" y la "Ley Electoral de la Comunidad de Madrid". ¿Cuál fue su participación en los hechos?

El Ministerio fiscal volverá a formular más preguntas tras oir la respuesta a la tercera pregunta.
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Dom 10 Jun 2012 - 12:30
Sergio Rato

Con la venia de Su Señoría y de este Tribunal paso a responder a las cuestiones.

En primer lugar, confirmar que, sí, soy Consejero de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid.

En segundo lugar, soy consciente del carácter preautonómico del órgano al que pertenezco y, como tal, desarrollamos las funciones inherentes al mismo.

Por último, y en tercer lugar, apreciar ab initio la atipicidad penal de las conductas que presuntamente se me imputan ya que el D 3096/1973 (Texto Refundido del Código Penal) nada dice al respecto (FDP: ¿Invasión de competencias? ¿qué delito es ese, XD?). Respondiendo a su pregunta, mi participación en tales hechos fue la propia de un miembro de un Gobierno, esto es, dar el visto bueno al anteproyecto de las Leyes que se citan para su posterior tramitación en la Asamblea.
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Dom 10 Jun 2012 - 14:48
Úrsula Ponte Dávila, teniente fiscal de la Audiencia provincial de Madrid:

Con la venia de V. Sª, voy a repreguntar al imputado. Sr. Rato: creo que no ha respondido a mi pregunta. Trataré de ser más concreta, a ver si así es Vd. más preciso.

1.- Las leyes que he mencionado, ¿pasarón por el consejo de gobierno? ¿Qué explicación dio, en su caso, la sra. Aguirre?

2.- ¿Estaba Vd. al tanto de su contenido?

3.- ¿Qué tramitación se les dio? ¿Sabía Vd. que serían publicadas en el "Boletín oficial de la Comunidad de Madrid"?

4.- ¿Cómo se enteró de la publicación de estas leyes? ¿Cuál fue su reacción al saberlo?

FDP: Por supuesto que existió el delito de invasión de atribuciones legislativas: art. 377 CP'73. Está todo en la querella.
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Dom 10 Jun 2012 - 17:46
Sergio Rato

Con la venia de Su Señoría y la de este Tribunal responderé a las preguntas que se me indican:

En primer lugar, las Leyes mencionadas siguieron los cauces formales ordinarios para su tramitación y posterior aprobación y tramitación. En cuanto a explicaciones de la Sra. Aguirre, no dio ninguna en particular pero nadie, yo tampoco, las pidió pues, desde mi punto de vista, entendí que, a pesar de nuestra labor preautonómica ello no es obstáculo para aprobar normas extraestatutarias pues la Constitución no lo impide. Además, durante la Leggislatura Constituyente en el Estado se aprobaron leyes como la de libertad sindical o la del divorcio antes de la Constitución con lo cual, por analogía, entendí el proceder legal del Consejo con lo cual ni la Sra. Aguirre dio explicaciones ni me pareció oportuna pedirlas.

A la segunda cuestión he de decir que sí y que, además, no vi impedimento alguno por las razones que he expuesto anteriormente.

La tramitación que se les dio es, como ya he dicho, la ordinaria (con ello se da por hecho que se han de publicar en el BOCM).

Me enteré al leer el propio Diario Oficial. No me sorprendió, es lo normal en estos casos.

FDP: Ok, ya lo he visto (un poco ya por demás, pero bueno, XD).
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Dom 10 Jun 2012 - 19:07
Úrsula Ponte Dávila, teniente fiscal de la Audiencia provincial de Madrid:

Con la venia. Sr. Rato, no sé si está al tanto de lo que la coimputada, sra. Aguirre, viene de declarar en esta causa; supongo que sí. En cualquier caso, aquí tiene una copia de la declaración [1], [2] y [3]. Verá, la coimputada ha explicado la publicación de estas leyes de un modo incompatible con lo que Vd. ha dicho. Para ella todo se trata de un lamentable error, de unos proyectos traspapelados. ¿Puede Vd. subsanar esta discrepancia? ¿Acaso miente la sra. Aguirre?

La coimputada ha mencionado a cierto letrado de la Comunidad... [revisa sus papeles]. Un tal... José Ángel Muñiz Fernández. ¿Lo conoce Vd.? ¿Cuál es su función en gabinete?

FDP:Bueno, estaba revisando los delitos de funcionarios, y me lo encontré. Como anillo al dedo, la verdad. Esperaba tener pleito con Ruiz-Gallardón, hubiera sido interesante.
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