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Carlos Lerner
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Proposición de Ley de Urbanismo Responsable en las Zonas Costeras (GPDP) Empty Proposición de Ley de Urbanismo Responsable en las Zonas Costeras (GPDP)

Vie 13 Ene 2012 - 14:02
Proposición de Ley de Urbanismo Responsable en las Zonas Costeras (GPDP) 95px-Escudo_de_Espa%C3%B1a.svg
Presidente del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Demócrata Popular presenta la siguiente Proposición de Ley ante el Congreso de los Diputados. Se abre la sesión.

Proposición de Ley de Urbanismo Responsable en las Zonas Costeras (GPDP) Logopdp

PROPOSICIÓN DE LEY DE URBANISMO RESPONSABLE EN LAS ZONAS COSTERAS


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Desde los años sesenta del presente siglo, El turismo ha supuesto un pilar fundamental en nuestra economía. Gracias a él, se han creado importantes polos de desarrollo en las zonas periféricas de nuestro país atrayendo a numerosos turistas, cada vez en mayor número y abierto a cada vez más numerosas nacionalidades. Tal y como demuestran los satos del Instituto Nacional de Estadística (INE), España es una potencia mundial en lo que a turismo se refiere.

La buena acogida que supone nuestro turismo ha incrementado los niveles empresariales en sectores como la hostelería y la construcción de alojamientos diversos. Pero este desarrollo no siempre ha supuesto un beneficio para el entorno natural que lo rodea contribuyendo en no pocas ocasiones a la desertificación de la zona en cuestión. El objetivo de la presente Ley no es otro que seguir avanzando en el desarrollo del turismo de sol y playa deteriorando lo menos posible el entorno que lo rodea.


TÍTULO ÚNICO: DE LOS FUNDAMENTOS Y MEDIDAS A DESARROLLAR

Artículo 1

No se podrá edificar a menos de 100 m de la línea de playa, la cual será determinada por las disposiciones existentes en esta materia.

En caso de no respetar este precepto se impondrá al infractor una multa de entre setecientas mil y un millón de pesetas.


Artículo 2

Entre los 100 y 200 m de la línea de playa y en las zonas susceptibles de ser catalogadas como reserva ecológica (Parque Nacional, Reserva de la Biosfera…) según la normativa vigente se podrá edificar siempre y cuando una delegación del Gabinete Técnico del presente Ministerio lo aconseje. Si la resolución del Gabinete es desfavorable, el Gabinete procederá a ofrecer una solución que será preceptiva para el Gabinete pero no vinculante para el afectado no pudiendo en ningún caso realizar la edificación prevista.

En caso de incumplir este precepto, se impondrá al infractor una multa de entre quinientas mil y setecientas mil pesetas.


Artículo 3

Las prohibiciones y sanciones establecidas en los dos primeros artículos se impondrá en su mitad inferior al que promoviere empresa o negocio de alojamiento temporal o campamento en las zonas vetadas a tal efecto.

Si la medida es llevada a cabo por particular sin ánimo de lucro será castigado con multa de cincuenta a cien mil pesetas, que se reducirán en un veinte por ciento si es abonada es los primeros diez días hábiles a su imposición.


Artículo 4

Más allá de los 200 m, se podrá edificar sin más limitaciones que las que a continuación se detallan:

1. La anchura mínima de la vía deberá ser deberá ser tal que permita la circulación de vehículos en ambos sentidos.

2. En caso de la plantación de árboles al borde del espacio dispuesto para el tránsito de peatones, deberá estarse a lo dispuesto en el Código Civil.

3. A los efectos de un mejor aprovechamiento del entorno y los recursos que ofrece, sobre todo de la luz natural, deberá respetarse la siguiente regla a la hora de edificar:

a. Las tres primeras líneas de edificación deberán observar una relación escalonada de altura, teniendo que superar en seis metros de altura los edificios situados en la línea inmediatamente posterior.

b. El resto de líneas de edificación podrán acoger construcción de la altura que se desee respetando en la medida de lo posible la armonía del entorno.

La falta de respeto a las medidas citadas en el presente artículo conllevará una multa de veinte mil a cuarenta mil pesetas así como la obligación de demoler la parte de la construcción que infrinja la norma.


Artículo 5

Las catástrofes naturales que alteren las dimensiones del entorno natural de que se trate y siempre que no hayan sido provocadas directa, indirecta, dolos o culposamente por la acción humana, eliminará la posibilidad de aplicar las sanciones que esta Ley dispone dando derecho a indemnización cuando proceda.


DISPOSICIÓN TRANSITORIA

La presente Ley no será de aplicación a las construcciones iniciadas antes de la entrada en vigor de la presente Ley.


DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ley entrará en vigor a los 3 meses de su publicación en el BOE.
Carlos Lerner
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Vie 13 Ene 2012 - 14:03
Tiene la palabra el Portavoz del Grupo Parlamentario Demócrata Popular.
Carlos Alcázar
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Sáb 14 Ene 2012 - 11:43
Proposición de Ley de Urbanismo Responsable en las Zonas Costeras (GPDP) Fotonoticia_20120111154303_500
José Castrillo Díaz, portavoz del Grupo Parlamentario Demócrata Popular

Gracias señor presidente.

Señorías, el GPDP les trae ante ustedes una ley de urbanismo responsable en las zonas costeras. Desde los años 60, España ha experimentado un crecimiento espectacular del turismo en las zonas de playa. Tal aumento no sólo fomentó nuestra economía por aquellos años, sino que además propició la construcción de diversas urbanicaciones, hoteles, domicilios y centros comerciales en dichas zonas con el fin de aprovechar al máximo este estímulo. A día de hoy, España sigue gozando de la misma salud en turismo de playa: todos los años, personas de todo el mundo visitan nuestras costas y se van queriendo repetir. Por consiguiente, la construcción de todos estos tipos de edificios que he citado anteriormente, siguen sucediéndose... y así debe seguir.

No obstante, la avaricia ha llegado a corromper a muchos de los empresarios que llevan a cabo la urbanización de estas zonas, haciendo que predomine la obtención de beneficios personales sobre el respeto al paisaje natural de nuestras zonas de costa. Es por eso por lo que traemos hoy ante la cámara, esta proposición de ley, que tiene como objetivo regular las futuras construcciones de este tipo para buscar así una solución que garantice por una parte crecimiento económico y turístico; y por la otra siga respetando ese paisaje natural español. La ley aquí presente, normaliza pues de forma específica la construcción de estas edificaciones, imponiendo penas económicas a quien no las cumpla, con el objetivo de hacer cumplir tales criterios de construcción. Conseguiremos así una construcción responable y que seguirá dando múltiples beneficios.

Pedimos el apoyo total de la cámara, puesto que es misión nuestra garantizar el crecimiento económico y turístico al mismo tiempo que respetamos la belleza natural del país. Esta ley nos viene entonces, como anillo al dedo. No nos creará nuevos problemas, puesto que no afecta a nada que ya haya empezado y nos evitará problemas futuros, ya que protege el entorno natural costero a la par que no frena el desarrollo de nuestro turismo.

Muchas gracias.

[Aplausos de la bancada demócrata]
Carlos Lerner
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Sáb 14 Ene 2012 - 13:02
El resto de grupos parlamentarios tienen la palabra. Disponen de 48 horas.
Carlos Lerner
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Lun 16 Ene 2012 - 21:26
Concederé 24 horas más de tiempo para que algún grupo parlamentario se pronuncie. Me parece una falta de respeto muy grave lo que está pasando en esta sesión.
César Alarcón
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Lun 16 Ene 2012 - 21:52
Vicente González
Portavoz del GP Socialista

Señor Presidente,
Señores diputados,

Comprendan que la limitación de esta Ley puede alterar otro planteamientos urbanísticos aprobados por anteriores medidas legislativas y demás Reales Decretos emitidos por los Gobiernos de turno. Pero, tras un estudio serio, podemos llegar a la conclusión de lo factible de la ley que desde el PDP se propone y el voto faborable del grupo socialista.

Gracias
Carlos Alcázar
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Mar 17 Ene 2012 - 0:19
José Castrillo Díaz, portavoz del Grupo Parlamentario Demócrata Popular

Nada más lejos de la realidad, señor González. Ya he dicho que esta ley no tiene carácter retroactivo, con lo que no se paraliza así ningún proyecto que ya esté en trámite. Además, la ley no entraría en vigor hasta tres meses después de su publicación en el BOE: tiempo más que suficiente para atar cabos sueltos.

Todo esto se hace con el fin de evitar problemas con los proyectos que ya estén en marcha a la par que conseguimos nuestro objetivo: regular la construcción en zonas de costa para tener un futuro urbanístico agradable, respetuoso con la naturaleza y generador de empleo y riqueza.
Carlos Lerner
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Mar 17 Ene 2012 - 10:43
José Valladares, Presidente del Grupo Parlamentario Laborista

Sr. Presidente. Señorías,

Nos gusta la forma en la que el Grupo Parlamentario Demócrata Popular nos ha presentado aquí este texto. La intención es francamente positiva y claro está que tendrá nuestro voto favorable para que salga adelante.

Gracias.
Alejandro Estrada
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Mar 17 Ene 2012 - 15:07
Proposición de Ley de Urbanismo Responsable en las Zonas Costeras (GPDP) Scaled.php?server=545&filename=86544959
Alejandro Estrada
Portavoz adjunto del PLD


Señor presidente, señorias.
Estamos debatiendo una ley que será muy necesaria para los tiempos que vienen, unos tiempos en los que debemos tener prudencia con nuestro medio ambiente y nuestras costas. No nos podemos precipitar consintiendo dañar al medio ambiente, y esta ley impide hacerle daño, por lo que pueden contar con todo nuestro apoyo, que beneficia a todos, pero principalmente al medio ambiente. El futuro nos lo agradecerá, y las costas estarán protegidas. No tengo nada mas que decir.

Muchas gracias.

Ignasi Llopis
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Mar 17 Ene 2012 - 15:18
Señor presidente, señorias.
A mi grupo parlamentario le surge una duda. ¿Que pasa con las edificaciones ya construidas que infringen esta normativa? Según proponen no serán considerados estos casos.

Creemos que puede haber un aprovechamiento intencionado de esta situación, por lo que quienes dispongan de propiedades a menos de 100 metros de la costa por ejemplo pueden reformar su casa indefinidamente incluso venderla, y eso no lo vemos correcto.

Consideramos pues que debe añadirse alguna clausula para solucionar esto. Por ejemplo darles un plazo de 50 años a adaptarse a esta nueva ley, o bien impidiendo que puedan hacer reformas mayores etc...

Para que vean de lo que hablo, les voy a mostrar una fotografía que ejemplifica claramente lo que pasa en algunos casos en mi provincia Alicante:
Proposición de Ley de Urbanismo Responsable en las Zonas Costeras (GPDP) 3lamarina21
Muchas gracias.
Carlos Alcázar
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Mar 17 Ene 2012 - 17:23
José Castrillo Díaz, portavoz del Grupo Parlamentario Demócrata Popular

Señorita Soler. Efectivamente, como ya hemos dicho, esta ley no afecta a las construcciones ya finalizadas o que se hayan empezado a edificar, aunque dichas construcciones inflingan la normativa. Lo hemos dispuesto así, con el objetivo de no buscar problemas que puedan resultar tediosos y que no dejarían de ser inútiles; y no entorpecer así el desarrollo económico de las zonas costeras.

Comprendemos, no obstante, su contrariedad. Según hemos interpretado, ustedes no ven correcto que las viviendas o negocios a los que no les afecte la ley por estar ya construidos o en proceso de construcción pueden perpetuarse indefinidamente a lo largo del tiempo. Lo comprendemos perfectamente. Sin embargo, en el PDP no vemos tampoco correcto que se le prohiba al propietario de dicho negocio o vivienda usar y disfrutar libremente de su posesión ni ponerle un tope de tiempo en ese uso y disfrute. Sería un ataque contra la propiedad privada.

¿Existe pues, alguna solución eficaz? Pues nosotros creemos que lo mejor es tolerar las actuales construcciones, vigilando que no realicen ampliaciones de las mismas (ya que tales ampliaciones inflingirían esta ley). Al fin y al cabo todas las construcciones tienen una determinada vida útil; con el tiempo, todas esas construcciones o se quedarán abandonadas o terminarán por volverse viejas, inexpotables e inhabitables. El gobierno tendría entonces, vía libre para demoler dichos edificios.

Resumiendo, que en respuesta a su cuestión, le respondemos que consideramos mejor esperar, que el tiempo ya se encargará de hacer ese trabajo. No obstante, si así lo consideran, pueden presentar una enmienda a la presente ley, que estudiaremos, y en caso de que nos convenza, sería sometida a votación.

Muchas gracias.
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Mar 17 Ene 2012 - 18:18
Buenas señorías, me gustaría preguntar ¿que son catástrofes naturales? ¿Edificar en terreno inundable de un río o una rambla sería catástrofe natural en una avenida? a veces somos muy temerosos en ese punto y lo pagamos caro.

Respecto al informe para edificar en las zonas susceptibles de ser catalogadas como reserva ecológica, pensamos que es mejor dejarlo claro, no sea que al gobierno de turno le de por ser un poco liberal.
Carlos Alcázar
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Mar 17 Ene 2012 - 18:33
José Castrillo Díaz, portavoz del Grupo Parlamentario Demócrata Popular

Muy buenas señor Lara. Con catástrofes naturales, nos referimos a cualquier hecho imprevisible y no provocado por el hombre que modifique el entorno natural y paisajístico. Si dicha modificación del entorno, hace que, de forma imprevista e inintencionada, un edificio que cumplía con la presente ley deje de cumplir con ella, no se impondrá pena alguna.

En el ejemplo que usted pone, si la zona en la que se construye el edificio es previsible de sufrir inundaciones porque los cambios de estación y clima así lo hacen posible, obviamente dicha inundación no sería ninguna catástrofe natural, sino un cambio del clima propiciado por el cambio de estación, y el promotor de la construcción deberá ser penalizado.

Y respecto a las zonas susceptibles de ser catalogadas como reserva ecológica, ¿a qué se refiere con "dejarlo claro"? ¿Se refiere a que si el terreno es susceptible de ser reserva ecológica directamente no se pueda edificar?
Ignasi Llopis
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Mar 17 Ene 2012 - 20:55
Muchas gracias por su contestación Sr. Prim. Atendiendo a su demanda presentamos la siguiente enmienda:

Enmienda al artículo 1:

Artículo 1

No se podrá edificar, ni tampoco ampliar o reformar estructuralmente construcciones existentes a menos de 100 m de la línea de playa, la cual será determinada por las disposiciones existentes en esta materia.

En caso de no respetar este precepto se impondrá al infractor una multa de entre setecientas mil y un millón de pesetas además de paralizar la obra.


FDP: Al hablar de reforma estructural se es bastante concreto, permitiendo renovaciones y reformas menores.
Dieguez Alba de Tena
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Mar 17 Ene 2012 - 21:04
Rafael Dieguez Alba de Tena, portavoz del grupo mixto.

Hemos leido el texto y desde Fuerza Nueva, queremos decirle al grupo democrata que estamos de acuerdo con su propusta, y que cuente con el voto a favor del diputado del partido nacional de Fuerza Nueva.
Carlos Lerner
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Mar 17 Ene 2012 - 22:11
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Presidente del Congreso de los Diputados
Finaliza el tiempo de debate. Les emplazo a acudir a la votación de la Proposición de Ley. Se levanta la sesión.
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