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- Juan Guevara
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LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP) (APROBADA tras una enmienda a la totalidad del PP, con la ausencia total de los DIputados de UCE)
Lun 12 Jul 2010 - 18:52
LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP)
PreambuloEn Aragon se estan viviendo noticias desagradables como el destrozo de pisos de alquiler por parte de los alquilados, actualmente los arrendadores no tienen casi ningun derecho, desde el partido popular de Aragon les vamos ha ayudar en diferentes aspectos.
Titulo Unico
Articulo 1.1_ Cualquier tipo de destrozo ocasionado en la vivienda alquilada, la deberan pagar los inquilinos del piso
Articulo 1.2_ Si se incumple el articulo 1.1 los inquilinos seran dejados a la justicia.
Articulo 2.1_ Los dueños del inmueble podrán entrar al hogar siempre y cuando hayan recibido quejas de vecinos, portero etc..., y con el permiso de la policia.
Articulo 3.1_ En caso de haber abandonado el hogar, o haber habido destrozos los inquilinos deberan pagar todos y cada uno de los daños y indemnizar al propietario con 1.560 Euros de multa.
Articulo 4_ Antes de alquilar dicho inmueble, los propietarios deberan exigir a todos los inquilinos que habiten en el hogar alquilado todos los datos, DNI, pasaporte...
Disposicion final
La ley entrara en vigor 2 meses despues de su publicacion en el BOA.
Firma:
Luisa Garcés
Portavoza del GPP ARAGON
- Juan Guevara
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Re: LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP) (APROBADA tras una enmienda a la totalidad del PP, con la ausencia total de los DIputados de UCE)
Lun 12 Jul 2010 - 18:53
A. Morunhio:
Tiene la palabra la portavoz del Grupo Parlamentario Popular, doña Luisa Garcés para presentar la propuesta si así lo desea. (FDP: 24 horas)
Tiene la palabra la portavoz del Grupo Parlamentario Popular, doña Luisa Garcés para presentar la propuesta si así lo desea. (FDP: 24 horas)
- Alejandro Estrada
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Re: LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP) (APROBADA tras una enmienda a la totalidad del PP, con la ausencia total de los DIputados de UCE)
Lun 12 Jul 2010 - 19:03
Luisa Garcés
Gracias, Señorias, en los tiempos que corren no podemos dejar que los arrendamientos esten tan desamparados, cuando alquilamos una casa, la mayoria de las personas no sabe como es al que se la alquilamos, ni sabe lo que pasa dentro de la casa, no sabe nada, por eso queremos acabar de una vez con ello, Aragon, es una comunidad muy importante, donde hay muchos alquileres. Con esta ley solo se pretende ayudar al arrendador.
Muchas Gracias
- Juan Guevara
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Re: LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP) (APROBADA tras una enmienda a la totalidad del PP, con la ausencia total de los DIputados de UCE)
Lun 12 Jul 2010 - 19:33
A. Mourinho:
Muchas gracias señora Portavoz. Se pasa al debate de Beneficio al Arrendador presentada por el Partido Popular. Tienen la palabra los portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios. (FDP: 48 horas)
Muchas gracias señora Portavoz. Se pasa al debate de Beneficio al Arrendador presentada por el Partido Popular. Tienen la palabra los portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios. (FDP: 48 horas)
- Marcos Valiente
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Re: LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP) (APROBADA tras una enmienda a la totalidad del PP, con la ausencia total de los DIputados de UCE)
Mar 13 Jul 2010 - 11:24
Portavoz PCE
El PCE se situa en contra de este proyecto, el cual slo quiere favorecer a los arrendatarios, personas con dinero, a descapito de los pobres trabajadores que necesitan una humilde viviendo donde vivir.
Gracias
El PCE se situa en contra de este proyecto, el cual slo quiere favorecer a los arrendatarios, personas con dinero, a descapito de los pobres trabajadores que necesitan una humilde viviendo donde vivir.
Gracias
- Alejandro Estrada
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Re: LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP) (APROBADA tras una enmienda a la totalidad del PP, con la ausencia total de los DIputados de UCE)
Mar 13 Jul 2010 - 11:40
Luisa Garcés
Señor portavoz del PCE, no tiene razon, es una ley beneficiaria a ambas partes, si el alquilado es una persona que no destroza nada, voluntariamente, no tiene porque pagar, tanto si es pobre como si es rico, si una persona rica, alquilada, destroza algo, lo tendra que pagar, ¿No? .
Es un progreso para la inmobiliaria de esta comunidad, con esta ley nos ahorraremos los destrozos, nos ahorraremos mas denuncias.
Sres del PCE espero que razonen, y sino diganos lo que se puede cambiar.Muchas Gracias.
- Marcos Valiente
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Re: LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP) (APROBADA tras una enmienda a la totalidad del PP, con la ausencia total de los DIputados de UCE)
Mar 13 Jul 2010 - 11:52
Alejandro Estrada escribió:
Luisa Garcés
Señor portavoz del PCE, no tiene razon, es una ley beneficiaria a ambas partes, si el alquilado es una persona que no destroza nada, voluntariamente, no tiene porque pagar, tanto si es pobre como si es rico, si una persona rica, alquilada, destroza algo, lo tendra que pagar, ¿No? .
Es un progreso para la inmobiliaria de esta comunidad, con esta ley nos ahorraremos los destrozos, nos ahorraremos mas denuncias.
Sres del PCE espero que razonen, y sino diganos lo que se puede cambiar.Muchas Gracias.
Portavoz PCE
EL porblema es que esta ley va encaminada directamente diciendo que el inquilino es un borrego, un inculto, un maleducado, y eso no lo toleraremos, ya me imagino los casos de fraude que podrá llevar esto, y también debemos recoradr que los inquilinos pagan una cuota de fianza de unos tres-4 meses del alquiler, que la mayoria de veces ni siquiera es devuelta, asi que basta de explotaciones y facilitemos el alquiler de las viviendas, bajemos los precios prohibitivos y fomentemos que los jovenes puedan emanciparse.
gracias
- Alejandro Estrada
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Re: LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP) (APROBADA tras una enmienda a la totalidad del PP, con la ausencia total de los DIputados de UCE)
Mar 13 Jul 2010 - 11:59
Luisa Garcés
Usted se está equivocando, no les estamos llamando borregos, sino todo lo contrario. Tambien les protege a ellos, ¿Que fraude va ha haber? Si los unicos que pueden entrar a casa son los inquilinos, ademas, esto esta en manos de justicia, nose que problema tiene,
Espero que piense o que ponga una enmienda.
- Andrés Arriaga Couto
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Re: LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP) (APROBADA tras una enmienda a la totalidad del PP, con la ausencia total de los DIputados de UCE)
Mar 13 Jul 2010 - 16:17
Lucía Algara
Conformes.
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- Juan Guevara
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Re: LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP) (APROBADA tras una enmienda a la totalidad del PP, con la ausencia total de los DIputados de UCE)
Mar 13 Jul 2010 - 18:44
Sergio Madell: (FDP: Dado que creo que carecía de nombre, el portavoz del GPS se llama y se ha llamado así, a no ser que alguno de los aquí presentes me diga que ya tenía nombre
Señorías, a pesar de la buena intención de esta Ley, hay puntos que ensombrecen la propuesta y que esperamos que hayan sido pasados a modo de descuido.
El primero de estos puntos lo encontramos en el mismo Preámbulo, que aunque carece de carácter jurídico, parece que venga a decir que todos los aragoneses que viven de alquiler, son máquinas de destrucción de viviendas, lo cual es falso. Pero como digo, esto es una minucia, aunque, atención, debería ser corregida.
Ya cuando empezamos a leer el contenido en sí de la Ley, observamos en el primer punto algo muy curioso, y es que permite, y de hecho obliga, a que si hay alguna catástrofe natural, por poner un ejemplo, los destrozos debe pagarlos el inquilino, y lo mismo si el propietario de la vivienda abandona su mantenimiento por completo hasta que algo falla. Y esto son solo ejemplos de lo que esta Ley obliga de manera descabellada.
El artículo 2, lo vemos bien, pero tenemos la duda de si esto no está ya reglamentado y permitido, duda que nos gustaría que desde el Grupo Parlamentario Popular, como ponente de la propuesta, resolviera ante esta cámara.
En el siguiente artículo, observamos un despropósito casi idéntico al del primer artículo, ya que la indemnización, iguala una vivienda de 30 m2 a un chalet de dos plantas con 200 m2 de jardín más piscina, garaje, sótano y guardilla. Y no tan solo eso, si no que si se rompe el cristal de una ventana, por ejemplo, el inquilino ya debería pagar la indemnización de 1.560 €, cifra desproporcionada y ateniendo, sobretodo, a que es la misma cantidad que se debería pagar si al inquilino le da por derrumbar la vivienda.
En el artículo cuatro, nos asaltan también las dudas acerca de si este punto no está ya reglamentado, ya que un alquiler requiere de un contrato entre inquilino y propietario en el que ambos deben aportar sus datos personales.
En cuanto a la idea del PCE de que la propuesta es un ataque a los pobres, no lo vemos así. En primer lugar porque el alquiler no es algo exclusivo de las rentas más bajas, recordemoslo,si no que también personas de rentas altas optan al alquiler por comodidad u otras razones. Además, una vez corregidos los puntos de esta Ley, creo que es positiva, ya que tener la renta baja no da derecho a destruir, como tampoco da ese derecho tener la renta alta.
Así pues, y concluyo ya señorías, damos una oportunidad al Grupo Parlamentario Popular, como ponente de la Ley, para que corrija los puntos débiles de su propuesta. Recordemos, el primer artículo, que debería restringir el pago del inquilino a sus propias responsabilidades, y el artículo tres, que debería establecer una indeterminación más flexible y abierta según el daño causado y/o el tipo o tamaño de la vivienda.
Muchas gracias señorías.
Señorías, a pesar de la buena intención de esta Ley, hay puntos que ensombrecen la propuesta y que esperamos que hayan sido pasados a modo de descuido.
El primero de estos puntos lo encontramos en el mismo Preámbulo, que aunque carece de carácter jurídico, parece que venga a decir que todos los aragoneses que viven de alquiler, son máquinas de destrucción de viviendas, lo cual es falso. Pero como digo, esto es una minucia, aunque, atención, debería ser corregida.
Ya cuando empezamos a leer el contenido en sí de la Ley, observamos en el primer punto algo muy curioso, y es que permite, y de hecho obliga, a que si hay alguna catástrofe natural, por poner un ejemplo, los destrozos debe pagarlos el inquilino, y lo mismo si el propietario de la vivienda abandona su mantenimiento por completo hasta que algo falla. Y esto son solo ejemplos de lo que esta Ley obliga de manera descabellada.
El artículo 2, lo vemos bien, pero tenemos la duda de si esto no está ya reglamentado y permitido, duda que nos gustaría que desde el Grupo Parlamentario Popular, como ponente de la propuesta, resolviera ante esta cámara.
En el siguiente artículo, observamos un despropósito casi idéntico al del primer artículo, ya que la indemnización, iguala una vivienda de 30 m2 a un chalet de dos plantas con 200 m2 de jardín más piscina, garaje, sótano y guardilla. Y no tan solo eso, si no que si se rompe el cristal de una ventana, por ejemplo, el inquilino ya debería pagar la indemnización de 1.560 €, cifra desproporcionada y ateniendo, sobretodo, a que es la misma cantidad que se debería pagar si al inquilino le da por derrumbar la vivienda.
En el artículo cuatro, nos asaltan también las dudas acerca de si este punto no está ya reglamentado, ya que un alquiler requiere de un contrato entre inquilino y propietario en el que ambos deben aportar sus datos personales.
En cuanto a la idea del PCE de que la propuesta es un ataque a los pobres, no lo vemos así. En primer lugar porque el alquiler no es algo exclusivo de las rentas más bajas, recordemoslo,si no que también personas de rentas altas optan al alquiler por comodidad u otras razones. Además, una vez corregidos los puntos de esta Ley, creo que es positiva, ya que tener la renta baja no da derecho a destruir, como tampoco da ese derecho tener la renta alta.
Así pues, y concluyo ya señorías, damos una oportunidad al Grupo Parlamentario Popular, como ponente de la Ley, para que corrija los puntos débiles de su propuesta. Recordemos, el primer artículo, que debería restringir el pago del inquilino a sus propias responsabilidades, y el artículo tres, que debería establecer una indeterminación más flexible y abierta según el daño causado y/o el tipo o tamaño de la vivienda.
Muchas gracias señorías.
- Pepe Pito
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Re: LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP) (APROBADA tras una enmienda a la totalidad del PP, con la ausencia total de los DIputados de UCE)
Mar 13 Jul 2010 - 19:17
Pio Poyatos
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Nuestro grupo parlamentario no està de acuerdo con este PL presentado por el GPP.Aparte de los articulos expuestos por el portavoz socialista el sr Madell.,nosotros supririamos o cambiariamos el articulo 2.1,por estos motivos;el domicilio familiar es inviolable,la policia no puede entrar si no es con una orden judicial.Esperamos que el PL sea reformado e explicado en su mayoria,es un buen PL para la defensa del arrendatario,pero mal redactado y falto de articulos .
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Nuestro grupo parlamentario no està de acuerdo con este PL presentado por el GPP.Aparte de los articulos expuestos por el portavoz socialista el sr Madell.,nosotros supririamos o cambiariamos el articulo 2.1,por estos motivos;el domicilio familiar es inviolable,la policia no puede entrar si no es con una orden judicial.Esperamos que el PL sea reformado e explicado en su mayoria,es un buen PL para la defensa del arrendatario,pero mal redactado y falto de articulos .
- Alejandro Estrada
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Re: LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP) (APROBADA tras una enmienda a la totalidad del PP, con la ausencia total de los DIputados de UCE)
Mar 13 Jul 2010 - 19:54
Luisa Garces
Bien, tras haber escuchado a diferentes versiones de grupos parlamentarios, el PP va ha presentar una enmienda, muchas Gracias, se adaptaran cambios.
- Alejandro Estrada
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Re: LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP) (APROBADA tras una enmienda a la totalidad del PP, con la ausencia total de los DIputados de UCE)
Mar 13 Jul 2010 - 20:16
LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP)
Preámbulo
Para garantizar proteccion al arrendador, el partido popular propone que el arrendador tenga mas derechos a la hora de alquilar su inmueble, beneficiando tambien al inquilino, estos derechos son mas seguridad y mas confianza.
Título Único
Articulo 1.1_ El arrendador debera dejar su piso adecuado, aclimatado para vivir.
Articulo 1.2_ Si carece de alguna falta, el inquilino debera de explicitarlo, si el arrendador no presenta pruebas de que estaba en perfecto estado, el arrendador debera arreglarselo debidamente.
Articulo 1.3_En el contrato debe aparecer los muebles que habitan en el hogar.
Articulo 2.1_ Siempre que haya algun problema de conducta familiar, vecinal, o de rango igual, los vecinos, el portero o los propios inquilos deben avisar al propietario de la finca lo antes posible, y que este se ponga en contacto con la policia.
Articulo 2.2_ La policia dará parte al juez, y este decidira si da permiso o no para entrar en el inmueble.
Articulo 3.1_ En caso de abandonamiento de hogar, impagos injustificados y otras causas similares, como daños de materiales o desperfectos se les estimaran una multa.
Articulo 3.2_Multa por impagos: Aparte de que el inquilino pague los meses que debe, debera pagar una cantidad de: Inmuebles de menos de 70 m2> 100 Euros por mes sin pagar; en caso de inmuebles de 70 a 120 m2> 160 Euros por mes sin pagar; y en caso de inmuebles de mas de 120 m2> 200 E por mes sin pagar.
Articulo 3.3_ Multa por daños: Depende de los daños ocasionados, el perito debera acudir y estimar el valor de los objetos dañados.
Articulo 4_ En el contrato, el inquilino debera especificar sus datos personales, los de el y las de las personas que habiten en el inmueble.
Disposicion final
Dicha ley entrara en vigor dos meses tras su publicacion en el BOA
Firma:
Luisa Garcés
Portavoza del GPP Aragon
Preámbulo
Para garantizar proteccion al arrendador, el partido popular propone que el arrendador tenga mas derechos a la hora de alquilar su inmueble, beneficiando tambien al inquilino, estos derechos son mas seguridad y mas confianza.
Título Único
Articulo 1.1_ El arrendador debera dejar su piso adecuado, aclimatado para vivir.
Articulo 1.2_ Si carece de alguna falta, el inquilino debera de explicitarlo, si el arrendador no presenta pruebas de que estaba en perfecto estado, el arrendador debera arreglarselo debidamente.
Articulo 1.3_En el contrato debe aparecer los muebles que habitan en el hogar.
Articulo 2.1_ Siempre que haya algun problema de conducta familiar, vecinal, o de rango igual, los vecinos, el portero o los propios inquilos deben avisar al propietario de la finca lo antes posible, y que este se ponga en contacto con la policia.
Articulo 2.2_ La policia dará parte al juez, y este decidira si da permiso o no para entrar en el inmueble.
Articulo 3.1_ En caso de abandonamiento de hogar, impagos injustificados y otras causas similares, como daños de materiales o desperfectos se les estimaran una multa.
Articulo 3.2_Multa por impagos: Aparte de que el inquilino pague los meses que debe, debera pagar una cantidad de: Inmuebles de menos de 70 m2> 100 Euros por mes sin pagar; en caso de inmuebles de 70 a 120 m2> 160 Euros por mes sin pagar; y en caso de inmuebles de mas de 120 m2> 200 E por mes sin pagar.
Articulo 3.3_ Multa por daños: Depende de los daños ocasionados, el perito debera acudir y estimar el valor de los objetos dañados.
Articulo 4_ En el contrato, el inquilino debera especificar sus datos personales, los de el y las de las personas que habiten en el inmueble.
Disposicion final
Dicha ley entrara en vigor dos meses tras su publicacion en el BOA
Firma:
Luisa Garcés
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- Alejandro Estrada
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Re: LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP) (APROBADA tras una enmienda a la totalidad del PP, con la ausencia total de los DIputados de UCE)
Mar 13 Jul 2010 - 20:46
Luisa Garcés
Sr.Presidente, le he dejado la ley actualizada encima de su mesa, muchas Gracias.
- Juan Guevara
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Re: LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP) (APROBADA tras una enmienda a la totalidad del PP, con la ausencia total de los DIputados de UCE)
Miér 14 Jul 2010 - 19:56
A. Mourinho:
Bien, una vez finalizado el debate, pasamos a la votación (FDP: 48 horas) de la enmienda a la totalidad presentada por el Grupo Parlamentario Popular:
Bien, una vez finalizado el debate, pasamos a la votación (FDP: 48 horas) de la enmienda a la totalidad presentada por el Grupo Parlamentario Popular:
LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP)
Preámbulo:
Para garantizar protección al arrendador, el Partido Popular propone que el arrendador tenga más derechos a la hora de alquilar su inmueble, beneficiando también al inquilino. Estos derechos son más seguridad y más confianza.
Título Único:
Artículo 1:
Artículo 1.1: El arrendador deberá dejar su piso adecuado y aclimatado para vivir.
Artículo 1.2: Si carece de alguna necesidad, el inquilino deberá de explicitarlo. Si el arrendador no presenta pruebas de que estaba en perfecto estado, deberá arreglarlo debidamente.
Artículo 1.3: En el contrato debe aparecer los muebles que hubiera en el hogar.
Artículo 2:
Artículo 2.1: Siempre que haya algún problema de conducta familiar, vecinal o de rango igual, los vecinos, el portero o los propios inquilinos deben avisar al propietario de la finca lo antes posible, y que éste se ponga en contacto con la policía.
Artículo 2.2: La policía dará parte al juez, y éste decidirá si da permiso o no para entrar en el inmueble.
Artículo 3:
Artículo 3.1:En caso de abandonamiento de hogar, impagos injustificados u otras causas similares como daños de materiales o desperfectos, se estimará una multa que deberán abonar los inquilinos.
Artículo 3.2: Multa por impagos: Aparte de que el inquilino pague los meses que debe, deberá pagar una cantidad de: En inmuebles de menos de 70 m2, deberá abonar 100 Euros por mes sin pagar; en caso de inmuebles de 70 a 120 m2, 160 Euros por mes sin pagar; y en caso de inmuebles de más de 120 m2, 200 Euros por mes sin pagar.
Artículo 3.3: Multa por daños: Depende de los daños ocasionados. El perito deberá acudir y estimar el valor de los objetos dañados, que será la cantidad a abonar.
Artículo 4:
En el contrato, el inquilino deberá especificar sus datos personales, los de él y los de las personas que habiten en el inmueble.
Disposición final:
Dicha ley entrara en vigor dos meses tras su publicacion en el BOA
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Luisa Garcés
Portavoz del GPP Aragon
- Alejandro Estrada
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Re: LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP) (APROBADA tras una enmienda a la totalidad del PP, con la ausencia total de los DIputados de UCE)
Miér 14 Jul 2010 - 19:57
Luisa Garcés
Bien, tras haberla presentado, ¿Que les parece la ley actualizada?
- Juan Guevara
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Re: LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP) (APROBADA tras una enmienda a la totalidad del PP, con la ausencia total de los DIputados de UCE)
Miér 14 Jul 2010 - 20:01
Señora Garcés, estamos en periodo de votación: el debate ha concluido. Le ruego que se ciña a la votación. Muchas gracias.
FDP: Otra vez pon tildes, al menos, por favor...
FDP: Otra vez pon tildes, al menos, por favor...
- Alejandro Estrada
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Re: LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP) (APROBADA tras una enmienda a la totalidad del PP, con la ausencia total de los DIputados de UCE)
Miér 14 Jul 2010 - 20:07
Luisa Garcés
El GPP (19) Vota A FAVOR
- Pepe Pito
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Re: LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP) (APROBADA tras una enmienda a la totalidad del PP, con la ausencia total de los DIputados de UCE)
Miér 14 Jul 2010 - 20:23
Pio Poyatos
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UPyD (9 escaños) vota a FAVOR.
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UPyD (9 escaños) vota a FAVOR.
- Juan Guevara
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Re: LEY DE BENEFICIO AL ARRENDADOR (PP) (APROBADA tras una enmienda a la totalidad del PP, con la ausencia total de los DIputados de UCE)
Miér 14 Jul 2010 - 21:56
Sergio Madell:
El Grupo Parlamentario Socialista, con 20 Diputados, vota A FAVOR
El Grupo Parlamentario Socialista, con 20 Diputados, vota A FAVOR
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- Manifiesto de condena total al terrorismo (PP) (Aprobado tras una enmienda a la totalidad del GPS, con la ausencia total de UCE y de UPyD y PCE en la votación final)
- APROBADA// Ley de beneficio al arrendador (Gobierno de Navarra)
- FINALIZADO - Ley de beneficio al arrendador (PP)
- Reglamento Cortes C&L (PCE)
- Boletín Oficial de Melilla
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