Mesa del Congreso ( XIV)
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Mesa del Congreso ( XIV)
Miér 24 Feb 2010 - 1:24
La Junta de Portavoces la forma la Mesa del Congreso. Ésta fija los ordenes del día en la Cámara.
Cualquier Grupo Parlamentario que quiera presentar una ley, una modificación de una ley, una derogación de una ley, etc. puede hacerlo aquí.
Cualquier modificación en la estructura de los Grupos Parlamentarios también se debe notificar aquí.
Las cuestiones que quedaron sin finalizar en la pasada legislatura (tabaco, farmacia, sáhara, etcétera) no pueden ser retomadas tal y como quedaron en la anterior Legislatura, dado que el Congreso ha sido renovado. En cualquier caso, si algún Grupo Parlamentario quiere volver a presentar dichas cuestiones tiene la posibilidad de volver a presentarlas en esta nueva Legislatura.
Cualquier Grupo Parlamentario que quiera presentar una ley, una modificación de una ley, una derogación de una ley, etc. puede hacerlo aquí.
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Las cuestiones que quedaron sin finalizar en la pasada legislatura (tabaco, farmacia, sáhara, etcétera) no pueden ser retomadas tal y como quedaron en la anterior Legislatura, dado que el Congreso ha sido renovado. En cualquier caso, si algún Grupo Parlamentario quiere volver a presentar dichas cuestiones tiene la posibilidad de volver a presentarlas en esta nueva Legislatura.
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Re: Mesa del Congreso ( XIV)
Sáb 27 Feb 2010 - 3:40
REAL DECRETO SOBRE LA UNIDAD DE MERCADO
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Re: Mesa del Congreso ( XIV)
Sáb 27 Feb 2010 - 3:47
LEY SOBRE LA SUPRESIÓN DEL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES
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Re: Mesa del Congreso ( XIV)
Sáb 27 Feb 2010 - 3:54
REAL DECRETO POR EL CUAL SE DEROGA LA LEY 02/2015
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- Laia BadiaDemòcrates
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Re: Mesa del Congreso ( XIV)
Sáb 27 Feb 2010 - 3:59
Por la presente, comunico de manera libre y voluntaria que, tras haber sido designado Ministro de Educación y Ciencia, presento mi dimisión irrevocable como Vicepresidente del Congreso de los Diputados.
FERNANDO RIERA
Vicepresidente del Congreso de los Diputados
FERNANDO RIERA
Vicepresidente del Congreso de los Diputados
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Re: Mesa del Congreso ( XIV)
Sáb 27 Feb 2010 - 4:06
LEY SOBRE LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL
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Re: Mesa del Congreso ( XIV)
Sáb 27 Feb 2010 - 4:15
LEY SOBRE LA REFORMA DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
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- Santiago Mercader
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Re: Mesa del Congreso ( XIV)
Sáb 27 Feb 2010 - 12:21
Santiago Mercader, Portavoz PSM
Exigimos al Gobierno que aquellos Reales Decretos que hayan de tener modificaciones sustanciales en el régimen económico o social del país, sean debatidas en el seno del poder legislativo, oséase, el Congreso.
Exigimos al Gobierno que aquellos Reales Decretos que hayan de tener modificaciones sustanciales en el régimen económico o social del país, sean debatidas en el seno del poder legislativo, oséase, el Congreso.
- Rufino Colorado.
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Re: Mesa del Congreso ( XIV)
Sáb 27 Feb 2010 - 13:06
Fernando Abril Martorell
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Completamente de acuerdo con el portavoz del GPS sr Mercader,sres del PP no pueden gobernar a base de Decretazos y derogando leyes.
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Completamente de acuerdo con el portavoz del GPS sr Mercader,sres del PP no pueden gobernar a base de Decretazos y derogando leyes.
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Re: Mesa del Congreso ( XIV)
Sáb 27 Feb 2010 - 14:02
Señorías, sabemos que estan acostumbrados al pasotismo de gobiernos, pero les recomiendo que lean lo que es un real decreto. Estos no son Decretos-Ley, son decretos ejecutivos y si el presidente del gobierno los ha publicado en la Mesa del Congreso es para su debate y votación, de lo contrario ya estarían en el BOE y solo se haría una ratificación.
Pablo Casado
Ministro de Presidencia
Ministro de Presidencia
- Roberto Martínez
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Re: Mesa del Congreso ( XIV)
Sáb 27 Feb 2010 - 18:26
DEROGACIÓN DE LOS DERECHOS DE EMISIÓN
Los derechos de emisión que tienen que pagar actualmente las empresas no son más que impuestos que cargan y lastran nuestra actividad económica. Los derechos de emisión son "ticket's", que dan a una determinada empresa el derecho a emitir una determinada cantidad de dióxido de carbono a cambio -de por supuesto- de una cuantía económica.
Estos derechos de emisión no son más que un pretexto para cargar a nuestras empresas industriales con más impuestos para poder recaudar más, y por ello no estamos de acuerdo, ya que las empresas industriales no son las principales responsables del cambio en el clima.Hace falta añadir, que la actividad industrial no representa ni un tercio del total de la cantidad de emisiones, por tanto es injusto que las industrias sean señaladas como las mayores causantes del cambio climático.
Con la presente, derogamos este impuesto tan injusto y conseguimos que nuestras empresas dispongan de mayor liquidez para incrementar su ahorro y con ello poder acometer más inversiones.
TÍTULO ÚNICO. Objetivo de la ley.
Artículo 1. Con la presente ley quedan derogados los derechos de emisión en España.
DISPOSICIÓN DEROGATIVA
Quedan derogada toda aquella legislación de igual o inferior rango que contravenga a la presente ley.
DISPOSICIÓN FINAL
Esta ley entrará en vigor al mes siguiente de su publicación en el BOE
Firma:
Roberto Ruiz-Gallardón
Ministro de Fomento
Roberto Ruiz-Gallardón
Ministro de Fomento
- Gianfranco Molina
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Propuesta de ley
Sáb 27 Feb 2010 - 20:39
Propuesta de ley reforma de copyright
Titulo 1: Preambulo
El arte és un bien de todos los españoles, y como tal tiene que ser apoyada y fomentada por el gobierno de nuestro País.
Titulo 2: Reformas
- Articulo 1: El gobierno debe favorecer la creacion de nuevos artista y apoyarlos si hace falta con subvenciones que decidira el congreso para cada gremio.
- Articulo 2: Todo artista tiene derecho sobre sus obras, por esto nadie puede enriquecerse a costa de ellas sin el consentimiento del artista.
- Articulo 3: Todo español tiene el derecho de usufruir del arte de manera gratuita, por esto no se perseguira a aquellos que la distribuyan gratuitamente.
- Articulo 4: Cada ciudadano tiene derecho a tener una copia digital de cualquier tipo( film, musica, libros..), y tiene el derecho de usufruir de ellas en el ambito privado.
- Articulo 5: Cualquier ciudadano que decida emitir material artistico en locales publicos donde la afluencia és mayor de 200 personas, tendra que pedir permiso anteriormente al artista.
-Articulo5: Se perseguira a todos aquellos que venden material protegido por copyright de manera il-legal, con multas y sanciones que parten de los 500€ y que llegan haste los 21000€.
Disposicion derogatoria:
- Quedan anuladas todas las ley anteriores que regulaban esta materia.
Disposicion final:
- La ley entrara en vigor a partir de los 30 dias desde su aprobacion
Titulo 1: Preambulo
El arte és un bien de todos los españoles, y como tal tiene que ser apoyada y fomentada por el gobierno de nuestro País.
Titulo 2: Reformas
- Articulo 1: El gobierno debe favorecer la creacion de nuevos artista y apoyarlos si hace falta con subvenciones que decidira el congreso para cada gremio.
- Articulo 2: Todo artista tiene derecho sobre sus obras, por esto nadie puede enriquecerse a costa de ellas sin el consentimiento del artista.
- Articulo 3: Todo español tiene el derecho de usufruir del arte de manera gratuita, por esto no se perseguira a aquellos que la distribuyan gratuitamente.
- Articulo 4: Cada ciudadano tiene derecho a tener una copia digital de cualquier tipo( film, musica, libros..), y tiene el derecho de usufruir de ellas en el ambito privado.
- Articulo 5: Cualquier ciudadano que decida emitir material artistico en locales publicos donde la afluencia és mayor de 200 personas, tendra que pedir permiso anteriormente al artista.
-Articulo5: Se perseguira a todos aquellos que venden material protegido por copyright de manera il-legal, con multas y sanciones que parten de los 500€ y que llegan haste los 21000€.
Disposicion derogatoria:
- Quedan anuladas todas las ley anteriores que regulaban esta materia.
Disposicion final:
- La ley entrara en vigor a partir de los 30 dias desde su aprobacion
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Re: Mesa del Congreso ( XIV)
Sáb 27 Feb 2010 - 23:01
REAL DECRETO SOBRE LA PRIVATIZACIÓN DE ADIF
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Re: Mesa del Congreso ( XIV)
Sáb 27 Feb 2010 - 23:01
LEY SOBRE LA SUPRESIÓN DEL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO
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- Roberto Martínez
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Re: Mesa del Congreso ( XIV)
Sáb 27 Feb 2010 - 23:25
PLAN "NEPTUNO"
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
España necesita mejorar sus reservas hídricas, precisa de garantizar la disponibilidad del agua para todos los ciudadanos españoles. Con este plan, dotaremos a las comunidades ,"más secas" en cuanto a reservas hídricas, de mayor cantidad de agua para satisfacer plenamente las necesidades de los ciudadanos.
En el pasado, los gobiernos socialistas propusieron medidas como los distintos transvases. Ahí no se encuentra la solución. La puesta en marcha del transvase del Ebro costó cuatro mil doscientos millones de euros, este plan no llega a los cuatro mil millones de euros. Incluso el consumo de electricidad del transvase fue de 3423 GWh, frente al de este plan, que será de un total de unos 2500 GWh. Por tanto, las emisiones de CO2 a la atmósfera se reducen con las desaladoras.
Además, con la presente propuesta los conflictos de interés entre comunidades cesarán, algo muy importante y que era de especial importancia arreglar. El impacto ambiental de este programa con respecto al transvase es 50 veces menor, porque desde el Partido Popular también consideramos importante nuestro medio ambiente a la hora de fomentar distintos programas que mejoren la calidad de vida de nuestros ciudadanos.
Por todo esto, es un plan muy bueno que ayudará a que todos los ciudadanos puedan disponer de agua para su uso y disfrute, algo que desde la administración debemos garantizar y eso hemos querido realizar con la presente.
TÍTULO I. DE LAS DESALADORAS.
Artículo 1. Con la presente propuesta se construirán 11 desaladoraas de 100 héctometros cúbicos, que serán las más grandes de toda Europa.
Artículo 2:
1- Las desaladoras se emplazarán en lugares donde:
- El impacto medio ambiental sea nulo o despreciable
- Se saque el máximo rendimiento a la central
- Haya suficientes precipitaciones para poder recoger suficiente agua para la refrigeración.
2- Se harán dos estudios teniendo en cuenta las condiciones del apartado uno de este articulo. Un estudio lo realizará una empresa independiente especializada en este tema,el otro estudio lo realizará el ministerio de Medio Ambiente, integrado en la actualidad en el Ministerio de Fomento.
3-De los dos estudios, el Ministerio de Industra -integrado en el Ministerio de Fomento- decidirá los once emplazamientos definitivos y específicos.
TÍTULO II. DE LA LOCALIZACIÓN APROXIMADA
Artículo 3. Se construirán dos plantas desalinizadoras en Cataluña, que producirán un total de doscientos héctometros cúbicos (cien cada una) y los futuros emplazamientos deberán cumplir las condiciones previstas en el artículo dos de la presente ley. Para esta inversión se dispondrá de un presupuesto de 540 M €.
Artículo 4. Se construirán tres plantas desalinizadoras en la Comunidad Autónoma Valenciana, que producirán un total de trescientos héctometros cúbicos (cien cada una) y los futuros emplazamientos deberán cumplir las condiciones previstas en el artículo dos de la presente ley. Para esta inversión se dispondrá de un presupuesto de 810 M €.
Artículo 5. Se construirán tres plantas desalinizadoras en la Región Murcia, que producirán un total de trescientos héctometros cúbicos (cien cada una) y los futuros emplazamientos deberán cumplir las condiciones previstas en el artículo dos de la presente ley. Para esta inversión se dispondrá de un presupuesto de 810 M €.
Artículo 6. Se construirán tres plantas desalinizadoras en la Comunidad de Andalucía, que producirán un total de trescientos héctometros cúbicos (cien cada una) y los futuros emplazamientos deberán cumplir las condiciones previstas en el artículo dos de la presente ley. Para esta inversión se dispondrá de un presupuesto de 810 M €.
TÍTULO III. DE LA FINANCIACIÓN Y DEL TIEMPO DE FINALIZACIÓN
Artículo 7. El coste total de las 11 desoladoras será de 2.970 M € que serán pagados en cuatro años gracias a un crédito del Banco Mundial al 0,9 % de interés (Cada año pagaremos 729,28 M €).
Artículo 8. La finalización y la puesta en marcha de las plantas desalinizadoras será en 2016.
DISPOSICIÓN FINAL
Este plan entrará en vigor en cuanto forme parte del BOE.
Firma:
Roberto Ruiz-Gallardón
Ministro de Fomento
Roberto Ruiz-Gallardón
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Re: Mesa del Congreso ( XIV)
Dom 28 Feb 2010 - 18:15
REAL DECRETO SOBRE EL REFUERZO OPERATIVO EN AFGANISTÁN
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Re: Mesa del Congreso ( XIV)
Dom 28 Feb 2010 - 18:42
LEY SOBRE LA REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES
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Re: Mesa del Congreso ( XIV)
Dom 28 Feb 2010 - 18:43
REAL DECRETO SOBRE EL RESTABLECIMIENTO DE LAS ETT'S
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Ley de ayuda a las familias
Mar 2 Mar 2010 - 11:40
Ley de ayuda a las familias
Titulo 1: Preambulo
Con esta ley se pretende ayudar a las familias con ingresos muy bajos o nulos. Se pretende con esta ayuda, dar un apoyo economico a mas de 30000 familias.
Titulo 2: Generales
- Articulo 1: Se crerà un fondo de 100 milliones de euros que se destinarà a la ayuda de las familias.
- Articulo 2: Cualquier familia con ingresos menores a 1125,72€ tendra derecho a pedir esta ayuda.
- Articulo 3: La ayuda consistira en una prestacion economica de 271,25€/mes
- Articulo 4: Para las familias numerosas(con mas de dos hijos), la ayuda subirà hasta los 384,85€ al mes.
- Articulo 5: La ayuda tendra vigor hasta el final del 2016 o hasta el agotamiento de fondos.
Disposiciones finales:
- Esta ley entrara en vigor a partir de 60 dias de su aprobacion.
Titulo 1: Preambulo
Con esta ley se pretende ayudar a las familias con ingresos muy bajos o nulos. Se pretende con esta ayuda, dar un apoyo economico a mas de 30000 familias.
Titulo 2: Generales
- Articulo 1: Se crerà un fondo de 100 milliones de euros que se destinarà a la ayuda de las familias.
- Articulo 2: Cualquier familia con ingresos menores a 1125,72€ tendra derecho a pedir esta ayuda.
- Articulo 3: La ayuda consistira en una prestacion economica de 271,25€/mes
- Articulo 4: Para las familias numerosas(con mas de dos hijos), la ayuda subirà hasta los 384,85€ al mes.
- Articulo 5: La ayuda tendra vigor hasta el final del 2016 o hasta el agotamiento de fondos.
Disposiciones finales:
- Esta ley entrara en vigor a partir de 60 dias de su aprobacion.
- Gianfranco Molina
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Ley de derogacion del iva para los turistas
Mar 2 Mar 2010 - 11:48
Ley de derogacion del IVA para los turistas
Titulo1: Preambulo
En ests tiempos de crisis, el sector del turismo ha sido uno de los que mas ha sufrido. Con la desaparicion lel IVA para los turistas procedentes de la U.E, pretendemos reavivar el sector turistico y provocar un efecto llamada que traerà beneficios economicos y la creacion de puestos de trabajo.
Titulo 2: Generales
- Articulo 1: Todo turista procedente de los paises miembros de la U.E quedarà excento del IVA en compras superiores a los 15€, si este presenta su pasaporte y billete de avion.
- Articulo 2: Para los turistas proveniente de los demas paises, de aplicara una rebaja del IVA general hasta el 10%, de la reducida hasta el 4% y de la super reducida hasta el 1% en todas las compras superiores a los 15%.
- Articulo 3: Todos los comercios, tendran que presentar en la liquidacion del Iva, la cantidad de turistas que han atendido y sus nuemros de pasaporte.
- Articulo 4: Se perseguira el fraude de los negocios con multas que iran desde los 1500€ hasta los 25000€.
Disposiciones finales:
- Esta ley entrara en vigor a partir de los 30 dias desde su aprobacion.
Titulo1: Preambulo
En ests tiempos de crisis, el sector del turismo ha sido uno de los que mas ha sufrido. Con la desaparicion lel IVA para los turistas procedentes de la U.E, pretendemos reavivar el sector turistico y provocar un efecto llamada que traerà beneficios economicos y la creacion de puestos de trabajo.
Titulo 2: Generales
- Articulo 1: Todo turista procedente de los paises miembros de la U.E quedarà excento del IVA en compras superiores a los 15€, si este presenta su pasaporte y billete de avion.
- Articulo 2: Para los turistas proveniente de los demas paises, de aplicara una rebaja del IVA general hasta el 10%, de la reducida hasta el 4% y de la super reducida hasta el 1% en todas las compras superiores a los 15%.
- Articulo 3: Todos los comercios, tendran que presentar en la liquidacion del Iva, la cantidad de turistas que han atendido y sus nuemros de pasaporte.
- Articulo 4: Se perseguira el fraude de los negocios con multas que iran desde los 1500€ hasta los 25000€.
Disposiciones finales:
- Esta ley entrara en vigor a partir de los 30 dias desde su aprobacion.
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