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Gregorio De La Vega
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Sobre las Familias (Gobierno - UPyD) Empty Sobre las Familias (Gobierno - UPyD)

Mar 20 Oct 2009 - 20:21
Unión Progreso y Democracia presenta ante el Parlamento de las Islas Canarias:

Proyecto de Ley Sobre las Familias



Preámbulo

La familia es la célula de la sociedad, y por ello necesita un atención especial del Gobierno, a fin de garantizar un pleno desarrollo en sus distintos ámbitos sociales, entendiéndose por esto, los educativos, económicos, culturales, de calidad de vida, etc.

Según la Constitución Nacional, el Gobierno debe asegurar a las familias la proteccion social, económica y jurídica

Las familias adoptivas tienen, por derecho, los mismos derechos que la familias con hijos comunes, y se requiere una ayuda extra para que fomentar esto en las parejas.

En Europa, en nivel de hijos por familia descienden, y en España particularmente, se está convirtiendo en una sociedad envejecida, donde los activos y la fuerza de trabajo, en unos años, no superara a los activos, desequilibrando la macroeconomía en general.

Esto ocurre mayormente por la desestabilidad entre la vida familiar y laboral en la sociedad.



Disposiciones generales


Titulo I: Principios Generales

Art. 1: Seran considerados los siguientes terminos dentro de esta ley
Familia: sociedad formada por uno o dos ascendientes y descendientes, sean comunes o no.
Familia numerosa: Familia con 5 hijos o más, y 6 o 7 miembros.
Terrorismo Familiar: dícese de la violencia, fomentado por los progenitores hacia los hijos, o que uno de ellos es atacado en forma violenta por el otro.

Art. 2: El objeto de la presente es mejorar la calidad de vida de las familias en sus distintos ámbitos sociales.


Titulo II: Sobre el ámbito laboral

Art3.-Fomento de jornada flexible para padres y madres trabajadoras, ya sea trabajadores públicos, como privados.

Art3.1.-Los horarios serán preferentemente para los trabajadores estatales dependientes de las administraciones locales y/o regionales, de 7 am a 12pm y 3pm a 6 pm; de 7am a 3pm o de 2pm a 9pm de modo que cumplan las 8 horas. También podrán arreglar el horario entre la patronal, un representante del Gobierno, y el beneficiario.

Art3.2.-Sera requisito fundamental para este beneficio tener un hijo menor de 8 años.

Art3.3.- El gobierno deberá negociar con las empresas publicas y privados, a fin de que este beneficio alcance la mayor cobertura posible.

Art4.- Reducción de impuestos y tasas escolares para familias, de hasta un 50% por chico según la cantidad de hijos.

De 2: 39% por hijo

De 3 a 5: 45% por ciento por hijo

De 6 o mas: 50% por hijo

Art4.1.- El artículo anterior se aplica tanto a la primaria como a la secundaria

Art4.2.-Para las familias que tengan hijos que estudien en la universidad, y tengan allí a dos o mas se les hará una reducción:

De 2 a 4: 50% por hijo.

De 5 o mas: 80% por hijo.

Art4.3.-Para las familias de 3 hijos o más se le otorgara becas para así adquirir útiles escolares, transporte, etc. será de 100 euros mensuales.

Art4.4.- Sera requisito fundamental para los anteriores beneficios entregar documento del hijo y libreta o boletín de calificaciones.

Art5.-A cada familias con hijos de 3 años o menos, se les dará un carnet.

Art5.1.- El gobierno deberá acordar con empresas para que con el carnet, las familia
puedan acceder a descuentos en:

Pañales

Leche materna

Juguetes y material didáctico

Medicamentos

Art5.2.-La anterior lista se puede adicionar con lo que necesiten las familias.

Art5.3.- Las familias pueden retirar su carnet 24 horas después del nacimiento, junto con, por única vez, una canasta con alimentos, pañales y leche. Y una tarjeta de felicitaciones en nombre del Parlamento Canario, firmado por sus diputados.

Art6.- Se crearan guarderías públicas gratuitas establecida cerca de donde trabajen los padres. Las empresas, podrán acordar con el Gobierno ayudas para implementación de estas. Serán gestionadas entre los cabildos y la autonomía.

Art6.1.-Tendran una plaza asegurada los hijos de trabajadores públicos. En caso de ser empresa privada, tendrán acceso los hijos de esta.

Art6.2.- Saldrán a oposición tantas plazas para trabajar en estas guarderías como lo estime el gobierno y la empresa.

Art6.3.- Se reservara el 15% de las plazas para gente que esté estudiando una carrera relacionada con la infancia, para realizar sus prácticas. Para el resto será por concurso a oposición.


Titulo III: Sobre el ámbito económico

Art7.- Se podra percibir una suma de 1000 euros por hijo, por unica vez, y mensulamente una ayuda de hasta 400 euros segun la cantidad de hijos:
De 2: 60 euros
De 3:120 euros
De 4: 200 euros
De 5: 350 euros
De 6 o más: se aumentan 50 euros por hijo.

Art7.1.-Podran percibir estas ayudas 24 horas después del nacimiento del niño y hasta los 4 años de edad.

Art7.2.- Sera requisito fundamental para acceder a las ayudas económicas:

Ser canario, residir al menos de 3 años en algún ayuntamiento canario.

En caso de tratarse de extranjeros, esta residencia será de 12 años.

Las parejas con hijos adoptivos recibirán un 105% de las ayudas.

En caso de tratarse de menores de 18 años, tendrá que estar acompañado de la firma de un tutor.


Titulo IV: Ayudas a las viviendas familiares

Art8.- Se otorgaran créditos blandos a las familias con madres embarazadas, para el acondicionamiento de su vivienda, para los hijos.

Art8.1.- Sera requisito fundamental, entregar planos certificados para la remodelación de la vivienda y gastos certificados detalladamente por el solicitante. Este presupuesto solo debe incluir los gastos para el acondicionamiento de la vivienda, al nuevo hijo.

Art8.2.- El interés será de 0%. El presupuesto estará en 25000000

Art8.3.-Las subidas en los tipos de interés serán soportados por el gobierno, nunca podrán pasarse al receptor.


Titulo V: Sobre las madres embarazadas y madres solteras.

Art9.- Las madres embarazadas con rentas menores al salario mínimo con más de tres meses, podrán adquirir un carnet, con el cual podrán acceder a beneficios médicos totalmente gratuitos.

Art9.1.- Los beneficios serán limitados y garantizados por el gobierno.

Art10.- Se crea el instituto de madres solteras, dependiente del gobierno de Islas Canarias y recibirá de ella la dotación presupuestaria. La inicial será 25000000

Art11.-Su objetivo será el de proporcionar cobertura psicológica y económica a aquellas madres solteras que lo solicitasen durante el embarazo y/o los 10 primeros años de vida del hijo.

Art12.- El Instituto contara con centros donde podrán residir las madres solteras, que no cuenten con una residencia.

Art13.- Estos centros estarán en todos los ayuntamientos que lo soliciten y contaran con comodidades básicas para la seguridad y cobertura de los usuarios.

Art14.-Estos centros contaran con ciclos formativos para brindar a las residentes una preparación para la vida laboral.

Art15.- Estos centros serán abiertos donde las residentes podrán entrar y salir a su libre voluntad, exceptuando las menores de edad que deberán seguir un horario personal consensuado por sus padres o tutores y/o autorización judicial

Art16.- Los requisitos para la aceptación de residentes serán propuestas por el gobierno, y anualmente se darán a conocer el BOC, teniendo como requisitos la falta de recursos, estudios o ser menores de edad, a quien se les dará preferencia.

Art17.- El Instituto tendrá una red de psicólogos y profesionales que ayudaran de forma gratuita a las madres que soliciten la ayuda.

Art18.- El instituto hará campañas de publicidad para dar a conocer sus servicios a la ciudadanía. Así mismo tendrá una página de internet y un teléfono gratuito. Deberá desarrollar campañas en institutos y localidades para informar sus servicios y recursos.

Art19.-El instituto dará atención y consejo legal a las madres que deseen dar a adopción a sus hijos, así mismo la dará a los que deseen adoptar a un niño.

Art20.- Aquellas madres solteras que puedan valerse por sus propios medios, pero no puedan dejar en a sus hijos en guarderías publicas, el instituto otorgara ayudas directas. Estas ayudas serán presupuestadas por el gobierno, y solo serán para los gastos de guardería.


Titulo VI: Sobre las victimas de terrorismo familiar.

Art21.-Se crea el instituto de las victimas de terrorismo familiar, en tres ciudades por isla, uno en la ciudad más grande, y dos en ciudades según demanda. Un consejo dependiente del Gobierno la mantendrá en secreto para velar por la seguridad de las residentes. Su presupuesto inicial será de 25000000

Art22.- Los cabildos decidirán en número de habitaciones y según la demanda.

Art22.1.-Deberan repartirse en numero de la función de hijos.

Art22.2.-El personal permanente podrá residir en estos centros.

Art23.- Los cabildos serán responsables del mantenimiento de edificios.

Art24.- El instituto contara con un salón de enfermería y atención primaria.

Art25.- El instituto contara con salones de clase.

Art26.- El instituto contara con una sala de ocio y deportes para la comodidad de sus usuarios

Art27.- El personal de los institutos estará compuesto de esta manera.

Cocineros
Médicos, Enfermeros y psicólogos
Profesores y Psicopedagogo

Un director designado por la comisión y autorizado por el cabildo.

La anterior lista no es taxativa y podrá aumentarse según demanda.

Art28.- Los ayuntamientos, podrán colaborar con estos centros siempre que se mantenga su confidencialidad.

Art29.- Los gastos de personal y mantenimiento que no sea de inmuebles serán pagados por el gobierno de Islas Canarias.

Art30.- Durante su estancia se buscara una salida laboral, en caso de que careciesen de ella, para posteriormente una independencia económica.

Art31.- Los requisitos para entrar en el instituto serán:

Ser víctima de Violencia Familiar y denunciarlo

Tener un niño menor de edad o estar en estado de embarazo


Titulo VII: Sobre la planificación familiar

Art32.- Se crearan centros de planificación familiar en cada isla.

Art32.1.-Se impartirán en estos centros cursos para sobrellevar el embarazo de la mejor manera posible, así como recursos para aconsejar a los padres, como actuar en los primeros años sus hijos.

Art32.2.- Estos cursos se impartirán previa solicitud al ayuntamiento correspondiente y serán gratuitos y voluntarios.

Art33.- Este centro hará campañas mensuales, en escuelas públicas secundarias y plazas destinados a adolescentes, fomentando el uso de medidas anticonceptivas, y sexo seguro, evitando los embarazos no deseados.

Art33.1.- Anualmente se hará una campaña autonómica, con charlas y coloquios en todas las escuelas secundarias públicas, y privadas con pedido y/o autorización del rector de la misma.

Art34.- Se dispensaran en los centros medidas anticonceptivas que no necesiten de prescripción facultativa.

Art34.1.-En caso de venir proveído de la prescripción facultativa se les dispensaran gratuitamente también los medios anticonceptivos que en ella se especifiquen.

Art32-Todos lo beneficios acogidos en esta ley serán también para familias adoptivas.



Disposición Final Derogatoria

En la vigencia de la presente quedaran derogados automáticamente cuanto decreto, leyes estatutos o reglamentos de rango inferior contradigan en el todo en una porción de la misma.



Disposición Final

La presente Ley entra en vigor 30 días naturales a su publicación en el BOC.

Disponen de 72 horas para debatir el Proyecto de Ley.
Maximiliano Salas
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Sobre las Familias (Gobierno - UPyD) Empty Re: Sobre las Familias (Gobierno - UPyD)

Miér 21 Oct 2009 - 21:56
Señor Presidente, Señorias, Ciudadanos Presentes,

Como veran esta Ley es compleja, intentamos abrodar muchos temas como la jornada flexible, las guarderias, las violencia familiar, la madres solteras, la adopcion, y muchas mas.

Este progama fue hace tiempo, muy discutido, y aprendimos de lo errores. Estamos seguros que esta version dara mucho mas consenso que la anterior. Porque hacemos esto? bueno entendemos que dar mejor calidad vida familiar para todos los canarios.

Estoy a disposición de cualquier preguntar quiéran realizarme


Sabemos que hay cosas que se necesitan como los centros de planificación familiar o la rebaja de impuestos, son puntos especificos de la ley. Esto no es una sustitución del aborto o de cualquier otra medida, así que no puede ser confundida tal.
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Miér 21 Oct 2009 - 21:58
FDP: Y tan compleja tio... a ver, una ley no puede ser tan compleja, yo personalmente no tengo tanto tiempo como xa leerla y discutirla...

Es un muy buen trabajo, xo demasiado xa un sim.

Si en algún momento encuentro un tiempo le exaré un vistazo... xo no prometo nada...
Maximiliano Salas
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Jue 22 Oct 2009 - 3:26
Bueno, viendo que existen algunas diferencias, y que debemos desglosar este programa, lo explicaremos brevemente.

La primera parte trata sobre la jornada laboral para madres y padres, de niños hasta los 8 años. Acordar esta jornada es obligatoria para las empresas. Si bien la Ley da ejemplos, tambien los mismo empleados puebden acordarlo con la patronal, siempre que exista mediacion del Gobierno.

Despues existe una reduccion de tasas escoalres hasta la secundaria, depende de la cantidad de hijos desde los dos. Para la universidad es un plan diferentes, ya que solo tomara matricula, y gastos adicionales, no cubiertos por becas, ademas solo sera para personas que tengan dos o mas hijos en la universidad, y va desde 50% a 80%.

Luego tenemos la tajeta que recibiran para niños de hasta tres años con descuentos en varios productos, y una pequeña canasta. Ademas una suma monetaria segun la cantidad de hijos que se acreditara en la tarjeta, y sera mensual hasta los 4 años de edad.

Tambien esta regulado el problema de las guarderias, tan necesarias para los niños, y seran gestionados por el Estado, o por la empresa, ayudado por el Gobierno. Por supuesto estaremos reservando puestos para estudiantes de psicologia o cualquier otra carrera relacionado con la infancia.

Luego sigue los creditos a las viviendas familiares, que seran a credito blando, y tendran una serie de requisitos. Estos seran proveidos por bancos, con una fuente del Estado.

En el titulo V, regulamos a los beneficiarios de servicios medicos. Con el carnet las madres de bajos recursos podran acceder y tendran prioridad en hospitales publicos o privados sino existiese servicio en su ciudad. A las madres solteras esta Ley les garantiza una vivienda temporal, que sera dirigido por una comision que buscara reinsertarlas en la sociedad sin discriminacion y con trabajo seguro. A las madres que puedan mantener a sus hijos les daremos una ayuda monetaria para guarderia.

En el titulo VI, es quizas uno de los problemas mas grandes y que esta Ley intentara cumplir hasta cierto punto. Se trata de viviendas para victimas de la violencia familiar. Les dejaremos la direccion a un comision secreta, que mantendra en el mas absoluto confidencialidad la ubicacion de los centros, y esperamos contar con una comision secreta en este Parlamento para tratar su mantenimiento. Es importante recalcar que las mujeres solo deberan denunciar que son victimas de violencia, para ingresar gratuitamente a estos centros.

En el titulo VII, se crean centros de planificacion familiar, que podra dar medios anticonceptivos, y ademas, implementara medidas para dar cursos para evitar el embarazo o para sobrellevarlo de la mejor manera posible.

FDP joder tampoco es tan largo.
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Dom 25 Oct 2009 - 22:20
Se pasa a la votacion. Tienen 48 horas.
Iñaki Iniesta
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Lun 26 Oct 2009 - 17:22
FDP: lo siento, no estuve el finde y no pude debatir...!
Maximiliano Salas
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Mar 27 Oct 2009 - 4:35
FDP, si quieres abro el debate por 24 hs pa ver bien que quieres modificar.
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Miér 28 Oct 2009 - 0:12
FDP: tampoco tengo mucho que decir, pero si algún grupo más quiere, pues por mí va
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Miér 28 Oct 2009 - 1:04
FDP Sigamos con la votacion, dilo ahi, yo te respondere.
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Miér 28 Oct 2009 - 19:48
Seguimos con la votacion.

UPyD vota A FAVOR.
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Miér 28 Oct 2009 - 21:32
El PCE vota abstención (FDP: hay mil cosas, muchas que ya se llevan a cabo, otras que están muy bien, pero igual serían de un enorme coste para la comunidad)
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Jue 29 Oct 2009 - 22:54
Se cierra la votacion. Queda aprobado la propuesta.
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