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- Maximiliano Salas
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PL 17/11 Sobre las familias. (GPN)
Lun 6 Jul 2009 - 1:27
Preámbulo
La familia es la célula de la sociedad, y por ello necesita un atención especial del Gobierno, a fin de garantizar un pleno desarrollo en sus distintos ámbitos sociales, entendiéndose por esto, los educativos, económicos, culturales, de calidad de vida, etc.
según la Constitución Nacional, el Gobierno debe asegurar a las familias la protección social, económica y jurídica
Las familias adoptivas tienen, por derecho, los mismos derechos que la familias con hijos comunes, y se requiere una ayuda extra para que fomentar esto en las parejas.
En Europa, en nivel de hijos por familia descienden, y en España particularmente, se esta convirtiendo en una sociedad envejecida, donde los activos y la fuerza de trabajo, en unos años, no superara a los activos, desequilibrando la macroeconomía en general.
Esto ocurre mayormente por la inestabilidad entre la vida familiar y laboral en la sociedad.
Titulo I: Principios Generales
Art. 1: Serán considerados los siguientes términos dentro de esta ley
Familia: sociedad formada por uno o dos ascendientes y descendientes, sean comunes o no.
Familia numerosa: Familia con 5 hijos o mas, y 6 o 7 miembros.
Art. 2: El objeto de la presente es mejorar la calidad de vida de las familias en sus distintos ámbitos sociales.
Titulo II: Sobre el ámbito laboral
Art3.-Fomento de jornada flexible para padres y madres trabajadoras, ya sea trabajadores públicos, como privados.
Art3.1.-Los horarios serán preferentemente para los trabajadores estatales dependientes de las administraciones locales y/o regionales, de 7 am a 12pm y 3pm a 6 pm; de 7am a 3pm o de 2pm a 9pm de modo que cumplan las 8 horas. También podrán arreglar el horario entre la patronal, un representante del Gobierno, y el beneficiario.
Art3.2.-Será requisito fundamental para este beneficio tener un hijo menor de 8 años.
Art3.3.- El gobierno deberá negociar con las empresas publicas y privados, a fin de que este beneficio alcance la mayor cobertura posible.
Art4.- Reducción de impuestos y tazas escolares para familias, de hasta un 50% por chico según la cantidad de hijos.
De 1 a 2: 39% por hijo
De 3 a 5: 45% por ciento por hijo
De 6 o mas: 50% por hijo
Art4.1.- El articulo anterior se aplica tanto a la primaria como a la secundaria
Art4.2.-Para las familias que tengan hijos que estudien en la universidad, y tengan allí a dos o mas se les hará una reducción:
De 1 a 4: 50% por hijo.
De 5 o mas: 100% por hijo.
Art4.3.-Para las familias de 3 hijos o mas se le dará becas para así adquirir útiles escolares, transporte, etc. será de 800 euros mensuales.
Art4.4.- Será requisito fundamental para los anteriores beneficios entregar documento del hijo y libreta o boletín de calificaciones.
Art5.-A cada familias con hijos de 4 años o menos, se les dará un carnet. El mismo tendrá vigencia hasta los 9 años.
Art5.1.- El gobierno deberá acordar con empresas para que con el carnet, las familia puedan acceder a descuentos en:
pañales
Leche materna
juguetes
medicamentos
Art5.2.-La anterior lista se puede adicionar con lo que necesiten las familias.
Art5.3.- Las familias pueden retirar su carnet 24 horas después del nacimiento, junto con, por única vez, una canasta con alimentos, pañales y leche. Y una tarjeta de felicitaciones en nombre de la asamblea de Melilla, firmado por sus diputados.
Art6.- Se crearan guarderías publicas gratuitas establecidas cerca de donde trabajen los padres.
Art6.1.-Tendrán una plaza asegurada los hijos de trabajadores públicos.
Art6.2.- Saldrán a oposición tantas plazas para trabajar en estas guarderías como lo estime el gobierno.
Art6.3.- Se reservara el 15% de las plazas para gente que este estudiando una carrera relacionada con la infancia, para realizar sus practicas. Para el resto será por concurso a oposición.
Titulo III: Sobre el ámbito económico
Art7.- Se podrá percibir una suma de 1000 euros por hijo, por única vez, y mensualmente una ayuda de hasta 400 euros según la cantidad de hijos:
De 1: 120 euros
De 2:240 euros
De 3: 310 euros
De 4: 400 euros
De 5 o mas: se aumentan 50 euros por hijo.
Art7.1.-Podrán percibir estas ayudas 24 horas después del nacimiento del niño y hasta los 4 años de edad.
Art7.2.- Será requisito fundamental para acceder a las ayudas económicas:
La familia es la célula de la sociedad, y por ello necesita un atención especial del Gobierno, a fin de garantizar un pleno desarrollo en sus distintos ámbitos sociales, entendiéndose por esto, los educativos, económicos, culturales, de calidad de vida, etc.
según la Constitución Nacional, el Gobierno debe asegurar a las familias la protección social, económica y jurídica
Las familias adoptivas tienen, por derecho, los mismos derechos que la familias con hijos comunes, y se requiere una ayuda extra para que fomentar esto en las parejas.
En Europa, en nivel de hijos por familia descienden, y en España particularmente, se esta convirtiendo en una sociedad envejecida, donde los activos y la fuerza de trabajo, en unos años, no superara a los activos, desequilibrando la macroeconomía en general.
Esto ocurre mayormente por la inestabilidad entre la vida familiar y laboral en la sociedad.
Titulo I: Principios Generales
Art. 1: Serán considerados los siguientes términos dentro de esta ley
Familia: sociedad formada por uno o dos ascendientes y descendientes, sean comunes o no.
Familia numerosa: Familia con 5 hijos o mas, y 6 o 7 miembros.
Art. 2: El objeto de la presente es mejorar la calidad de vida de las familias en sus distintos ámbitos sociales.
Titulo II: Sobre el ámbito laboral
Art3.-Fomento de jornada flexible para padres y madres trabajadoras, ya sea trabajadores públicos, como privados.
Art3.1.-Los horarios serán preferentemente para los trabajadores estatales dependientes de las administraciones locales y/o regionales, de 7 am a 12pm y 3pm a 6 pm; de 7am a 3pm o de 2pm a 9pm de modo que cumplan las 8 horas. También podrán arreglar el horario entre la patronal, un representante del Gobierno, y el beneficiario.
Art3.2.-Será requisito fundamental para este beneficio tener un hijo menor de 8 años.
Art3.3.- El gobierno deberá negociar con las empresas publicas y privados, a fin de que este beneficio alcance la mayor cobertura posible.
Art4.- Reducción de impuestos y tazas escolares para familias, de hasta un 50% por chico según la cantidad de hijos.
De 1 a 2: 39% por hijo
De 3 a 5: 45% por ciento por hijo
De 6 o mas: 50% por hijo
Art4.1.- El articulo anterior se aplica tanto a la primaria como a la secundaria
Art4.2.-Para las familias que tengan hijos que estudien en la universidad, y tengan allí a dos o mas se les hará una reducción:
De 1 a 4: 50% por hijo.
De 5 o mas: 100% por hijo.
Art4.3.-Para las familias de 3 hijos o mas se le dará becas para así adquirir útiles escolares, transporte, etc. será de 800 euros mensuales.
Art4.4.- Será requisito fundamental para los anteriores beneficios entregar documento del hijo y libreta o boletín de calificaciones.
Art5.-A cada familias con hijos de 4 años o menos, se les dará un carnet. El mismo tendrá vigencia hasta los 9 años.
Art5.1.- El gobierno deberá acordar con empresas para que con el carnet, las familia puedan acceder a descuentos en:
pañales
Leche materna
juguetes
medicamentos
Art5.2.-La anterior lista se puede adicionar con lo que necesiten las familias.
Art5.3.- Las familias pueden retirar su carnet 24 horas después del nacimiento, junto con, por única vez, una canasta con alimentos, pañales y leche. Y una tarjeta de felicitaciones en nombre de la asamblea de Melilla, firmado por sus diputados.
Art6.- Se crearan guarderías publicas gratuitas establecidas cerca de donde trabajen los padres.
Art6.1.-Tendrán una plaza asegurada los hijos de trabajadores públicos.
Art6.2.- Saldrán a oposición tantas plazas para trabajar en estas guarderías como lo estime el gobierno.
Art6.3.- Se reservara el 15% de las plazas para gente que este estudiando una carrera relacionada con la infancia, para realizar sus practicas. Para el resto será por concurso a oposición.
Titulo III: Sobre el ámbito económico
Art7.- Se podrá percibir una suma de 1000 euros por hijo, por única vez, y mensualmente una ayuda de hasta 400 euros según la cantidad de hijos:
De 1: 120 euros
De 2:240 euros
De 3: 310 euros
De 4: 400 euros
De 5 o mas: se aumentan 50 euros por hijo.
Art7.1.-Podrán percibir estas ayudas 24 horas después del nacimiento del niño y hasta los 4 años de edad.
Art7.2.- Será requisito fundamental para acceder a las ayudas económicas:
- jose engels
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Re: PL 17/11 Sobre las familias. (GPN)
Jue 9 Jul 2009 - 12:00
El PCE no esta de auerdo con las rebajas fiscales a todas las familias, hay familias con 6 hijos que tienen ingresos más que suficientes suficientes para mantenerlos mientras que otras no, desde el PCE proponemos que las rebajas fiscales no sean aplicadas a las familias cuyos ingresos sean superiores a 22000 euros anuales entre todos los integrantes de la familia.
- Maximiliano Salas
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Re: PL 17/11 Sobre las familias. (GPN)
Jue 9 Jul 2009 - 19:00
Concejero de Economia, Haciendo e Industrias Dr. Miguel Rodriguez Soria
señor Presidente, Señorias,
Este proyecto que viene aqui, se refiere a ayudar y a fomentar. Si bien es cierto que hay familias que pueden que no necesiten, por salario, o por buena posicion economica, tambien es cierto, qu estas personas eligen otra forma de educacion, en otras escuelas o colegios concertados o totalmente privados.
Su señoria comunista, toma a 22000 euros como renta anual para 6 hijos, lo que seria un poco mas de 1600 por mes, y que con un seldo promedio en Melilla de 1800 nos parece algo bajo. Considerando ademas, que el salario minimo se establecio en 1100 euros. Si queremos fomentar la natalidad y la adopcion, no creo que sea la mejor forma.
- jose engels
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Re: PL 17/11 Sobre las familias. (GPN)
Jue 9 Jul 2009 - 20:11
Sr consejero de economia hacienda e industria Dr Miguel Rodriguez Soria, es cierto que muchas familias con ingresos elevados eligen para sus hijos una enseñanza concertada o totalmente privada, pero no todas. Y el PCE considera injusto que esas familias tambien se beneficien de las revajas fiscales que se proponen.
Aunque sean un pequeño grupo.
Unos ingresos anuales de 22000 euros suponen unos ingresos mensuales de 1833.3 euros (lo que esta por encima de la media de la ciudad de melilla). De todadas formas si lo consideran bajo se puede establecer el limite para obtar a estas ayudas en 24000 euros anuales o lo que es lo mismo 2000 euros mensuales. Lo cual ya deja un amplio margen entre el salario minimo que es de 1100 euros mensuales y el limite para poder acceder a las ayudas.
Aunque sean un pequeño grupo.
Unos ingresos anuales de 22000 euros suponen unos ingresos mensuales de 1833.3 euros (lo que esta por encima de la media de la ciudad de melilla). De todadas formas si lo consideran bajo se puede establecer el limite para obtar a estas ayudas en 24000 euros anuales o lo que es lo mismo 2000 euros mensuales. Lo cual ya deja un amplio margen entre el salario minimo que es de 1100 euros mensuales y el limite para poder acceder a las ayudas.
- Jose Mendoza
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Re: PL 17/11 Sobre las familias. (GPN)
Jue 9 Jul 2009 - 21:01
El PSdeMe esta de acuerdo con ayudar a las familias pero no apoyara bajo ningun concepto que se beneficien por igual las clases altas que las clases mas necesitadas.Por eso defendemos que las ayudas sean para las familias que realmente las necesitan.
- jose engels
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Re: PL 17/11 Sobre las familias. (GPN)
Jue 9 Jul 2009 - 22:21
El PCE propone la siguiente enmienda a la propuesta de ley 2/11 Sobre las familias:
Titulo IV:
Art 8- Podrán acceder a las ayudas y rebajas fiscales citadas anteriormente todas las familias con ingresos anuales inferiores a 24000 euros o lo que es lo mismo ingresos inferiores a 2000 euros mensuales.
Titulo IV:
Art 8- Podrán acceder a las ayudas y rebajas fiscales citadas anteriormente todas las familias con ingresos anuales inferiores a 24000 euros o lo que es lo mismo ingresos inferiores a 2000 euros mensuales.
- Maximiliano Salas
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Re: PL 17/11 Sobre las familias. (GPN)
Vie 10 Jul 2009 - 8:48
Concejero de Economia, Haciendo e Industrias Dr. Miguel Rodriguez Soria
Señorias,
Voy a responder las dudas aacerca de este proyecto, pero antes, vamos a agregar una parte del proyecto como enmienda, ya que no salio en el proyecto final, por un error humano.
Enmienda a la parcialidad.
Título IV: Ayudas a las viviendas familiares
Art8.- Se otorgaran créditos blandos a las familias con madres embarazadas, para el acondicionamiento de su vivienda, para los hijos.
Art8.1.- Sera requisito fundamental, entregar planos certificados para la remodelación de la vivienda y gastos certificados detalladamente por el solicitante. Este presupuesto solo debe incluir los gastos para el acondicionamiento de la vivienda, al nuevo hijo.
Art8.2.- El interés será de 0%. El presupuesto estará en 155.000
Art8.3.-Las subidas en los tipos de interés serán soportados por el gobierno, nunca podrán pasarse al receptor.
Titulo V: Sobre las madres embarazadas y madres solteras.
Art9.- Las madres embarazadas con más de tres meses, podrán adquirir un carnet, con el cual podrán acceder a beneficios médicos totalmente gratuitos.
Art9.1.- Los beneficios serán limitados y garantizados por el gobierno.
Art10.- Se crea el instituto de madres solteras, dependiente del gobierno de Melilla y recibirá de ella la dotación presupuestaria. La inicial será 1500000
Art11.-Su objetivo será el de proporcionar cobertura psicológica y económica a aquellas madres solteras que lo solicitasen durante el embarazo y/o los 10 primeros años de vida del hijo.
Art12.- El Instituto contara con centros donde podrán residir las madres solteras.
Art13.- estos centros tendrán mínimo de 50 habitaciones, 1 salón guardería, 1 salón de ocio con TV, DVD, Computadoras, 1 salón de estudios para los hijos, 1 sala de primeros auxilios con médicos y 1 salón de psicología.
Art13.1.- Las habitaciones tendrán camas, baño y comodidades.
Art14.-Estos centros contaran con ciclos formativos para brindar a las residentes una preparación para la vida laboral.
Art15.- Estos centros serán abiertos donde las residentes podrán entrar y salir a su libre voluntad, exceptuando las menores de edad que deberán seguir un horario personal consensuado por sus padres o tutores.
Art16.- Los requisitos para la aceptación de residentes serán propuestas por el gobierno, y anualmente se darán a conocer el Boletín Oficial, teniendo como requisitos la falta de recursos, estudios o ser menores de edad, a quien se les dará preferencia.
Art17.- El Instituto tendrá una red de psicólogos y profesionales que ayudaran de forma gratuita a las madres que soliciten la ayuda.
Art18.- El instituto hará campañas de publicidad para dar a conocer sus servicios a la ciudadanía. Así mismo tendrá una página de internet y un teléfono gratuito. Deberá desarrollar campañas en institutos y localidades para informar sus servicios y recursos.
Art19.-El instituto dará atención y consejo legal a las madres que deseen dar a adopción a sus hijos, así mismo la dará a los que deseen adoptar a un niño.
Art20.- Aquellas madres solteras que puedan valerse por sus propios medios, pero no puedan dejar en a sus hijos en guarderías publicas, el instituto otorgara ayudas directas. Estas ayudas serán presupuestadas por el gobierno, y solo serán para los gastos de guardería.
Titulo VI: Sobre la planificación familiar
Art32.- Se crearan centros de planificación familiar en cada barrio.
Art32.1.-Se impartirán en estos centros cursos para sobrellevar el embarazo de la mejor manera posible, así como recursos para aconsejar a los padres, como actuar en los primeros años sus hijos.
Art32.2.- Estos cursos se impartirán previa solicitud y serán gratuitos y voluntarios.
Art33.- Este centro hará campañas mensuales, en escuelas públicas secundarias y plazas destinados a adolescentes, fomentando el uso de medidas anticonceptivas, y sexo seguro, evitando los embarazos no deseados.
Art33.1.- Anualmente se hará una campaña, con charlas y coloquios en todas las escuelas secundarias públicas, y privadas con autorización del rector de la misma.
Art34.- Se dispensaran en los centros medidas anticonceptivas que no necesiten de prescripción facultativa.
Art34.1.-En caso de venir proveído de la prescripción facultativa se les dispensaran gratuitamente también los medios anticonceptivos que en ella se especifiquen.
Titulo VII-Disposición General
Art32-Todos los beneficios acogidos en esta ley serán también para familias adoptivas, que recibirán un 110% del beneficio.
Disposición Final Derogatoria
En la vigencia de la presente quedaran derogados automáticamente cuanto decreto, leyes estatutos o reglamentos de rango inferior contradigan en el todo en una porción de la misma.
Disposición Final
La presente ley entra en vigor 30 días naturales a su publicación en el Boletín Oficial.
Asi mismo cambiamos el titulo por
Enmienda a la Parcialidad.
PL 17/11 Programa de Fomento de la natalidad y la adopcion.
- Maximiliano Salas
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Re: PL 17/11 Sobre las familias. (GPN)
Vie 10 Jul 2009 - 9:05
Concejero de Economia, Haciendo e Industrias Dr. Miguel Rodriguez Soria
Señor Presidente, Señorias,
El proyecto en el articulo citado, no tiene limites, porque, tal como lo dice el titulo es un Programa de Fomento de la Natalidad y la Adopcion, el objetivo de esto es mejorar las condiciones de las personas, para un aumento proporcional de la natalidad.
Su señoria Comunista, habla sobre que es lo mismo 22000 euros, renta anual, que 2000 euros, sueldo mensual, pero no siempre se da el caso, hay que recordar, que el aguinaldo que se paga la mitad en Junio y la mitad en diciembre,exepto para el SMI, y es un sueldo mas, que entra en la renta, por lo que renta anual para alguien que percibe un salario de 2000 euros, seria de 24000 a 26000 segun el caso, y/o lo que se establesca en la Ley o contrato.
La educacion, como bien publico, debe ser gratuita, es este y no otro, nuestro objetivo en la educaciona, Publica, gratuita y de calidad. En este proyecto, se empezara con los alumnos de familias numerosas, pero en un futuro, sera para la mayoria.
- Jose Mendoza
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Re: PL 17/11 Sobre las familias. (GPN)
Vie 10 Jul 2009 - 11:09
El Partido Socialista apoya la propuesta del pce.Respecto a lo dicho por el SR.Salas, por supuesto que debemos trabajar por una educacion publica de calidad pero digame quien necesita mas ayuda una familia de 4 hijos con los dos padres trabajando o una familia de un hijo con uno o los dos padres en paro.
- jose engels
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Re: PL 17/11 Sobre las familias. (GPN)
Vie 10 Jul 2009 - 11:42
El PCE propone la siguiente enmienda a la propuesta de ley 17/11 Programa de Fomento de la natalidad y la adopcion:
Titulo VIII:
Art 33- Podrán acceder a las ayudas y rebajas fiscales citadas anteriormente todas las familias con ingresos anuales inferiores a 24000 euros o lo que es lo mismo ingresos inferiores a 2000 euros mensuales.
Debido a lo añadido por el Sr consejero de economia hacienda e industria se cambia el titulo y el articulo de la enmienda.
Titulo VIII:
Art 33- Podrán acceder a las ayudas y rebajas fiscales citadas anteriormente todas las familias con ingresos anuales inferiores a 24000 euros o lo que es lo mismo ingresos inferiores a 2000 euros mensuales.
Debido a lo añadido por el Sr consejero de economia hacienda e industria se cambia el titulo y el articulo de la enmienda.
- Maximiliano Salas
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Re: PL 17/11 Sobre las familias. (GPN)
Vie 10 Jul 2009 - 12:18
Melina Etchevez San Juan, Concejera de Educacion
Señor Presidente, Señorias,
Tal como lo dijo el señor Soria, nosotros no aprobamos la enmienda comunista, ademas de la sencilla razon, de que las cifras no se cumplen, como lo dijo el señor Soria, 2000 mensuales mas el aguinaldo, no es 24000, sino de 2600 a 28000, segun el caso. No aprobamos, porque esta bien, reconocemos que 6 niños con padres en paro, no estan en la misma situacion que 6 niños con padres trabajando, pero, los 4 padres necesitan una educacion de calidad en sus hijos. Los dos necesitan, y si podemos darles a los dos, haciendo un gran esfuerzo, es mucho mejor que darle a uno solo.
Entonces, el caso, es no aprobamos, porque es un programa para fomento de la natalidad, y no solo en ciertos sectores sociales, y porque, tanto el niño con padres trabajando, como el niño con padres en paro, tienen el mismo derecho a recibir una educacion publica.
- jose engels
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Re: PL 17/11 Sobre las familias. (GPN)
Vie 10 Jul 2009 - 12:38
No nos oponemos a que reciban una educación publica. Si no a las rebajas fiscales a familias con unos ingresos superiores a 24000 euros anuales.
- Maximiliano Salas
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Re: PL 17/11 Sobre las familias. (GPN)
Vie 10 Jul 2009 - 19:32
Melina Etchevez San Juan, Concejera de Educacion
Señoria Comunista,
Si podemos darle a todos, con un gran esfuerzo, una educacion gratuita y de calidad, no veo porque no debamos darles.
- jose engels
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Re: PL 17/11 Sobre las familias. (GPN)
Vie 10 Jul 2009 - 20:11
No nos oponemos ha dar una educación publica y de calidad si no a las revajas fiscales a familias con ingresos superiores a 24000 euros ya que no necesitan dichas revajas debido a los ingresos que obtienen. Por cierto espero que en el Art4 donde pone "chico" se refiera a ambos sexos, si es así especifiquenlo para no dar lugar a equivocaciones.
- Maximiliano Salas
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Re: PL 17/11 Sobre las familias. (GPN)
Sáb 11 Jul 2009 - 10:42
Vicepresidenta Melina Saucedo
Señorias,
En primer lugar llegar las disculpas en nombre del Presidente de la ciudad, que no puedo asistir a este debate, por razones de fuerza mayor.
Ahora, si sobre el programa, veran, Señorias, que el programa fue redactado con el fin, de, como lo dijeron los concejeros, fomentar la natalidad y la adopcion en la ciudad. Fomentar, no solo en una clase social sino en todas, la idea primodial de esto no es dar rebajas en las escuelas, sino tratar de dar facilidad en la educacion publica, a todas las familias de 8 o mas miembros. La educacion publica, podra llegar tranquilamente muy pronto, pero por ahora no es el objetivo del programa.
Dar seguridad, y fomentar la educacion de calidad, para familias numerosas, son puntos clave en esto, Si se aprueba esto, daremos mayores beneficios a familias que no lo tienen. Mas alla del debate, si alcanza o no 2000 euros mensuales para una familia de 8 o mas miembros, debemos centrarnos en lo siguiente, fomentar la natalidad y la adopcion en todos los sectores, debe ser sin tener en cuenta la capacidad monetaria, y antes que hablen sobre esto, que con esta Ley no se buscara el objetivo de manipular la economia, sino de fomentar, con el principio de dar el derecho para todos, sin importar la renta.
Espero, que haya quedado claro, y que podamos revisar el resto de la Ley.
- Maximiliano Salas
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Re: PL 17/11 Sobre las familias. (GPN)
Dom 12 Jul 2009 - 0:34
Pasamos a la Votacion. Se votara primero la Ley en General y luego las enmiendas.
- Maximiliano Salas
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Re: PL 17/11 Sobre las familias. (GPN)
Dom 12 Jul 2009 - 0:34
UPyD vota A FAVOR.
- jose engels
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Re: PL 17/11 Sobre las familias. (GPN)
Dom 12 Jul 2009 - 15:55
Desde el PCE solicitamos que primero se vote la enmienda y después la ley con o sin enmienda dependiendo de los resultados de la votación anterior.
- Maximiliano Salas
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Re: PL 17/11 Sobre las familias. (GPN)
Dom 12 Jul 2009 - 18:29
Fernando Bezerra
No es posible, porque los regalmentos lo indican de esta manera.
FDP: intento realizarlo como en la realidad, lo que pasa es que se vota la Ley primero y luego los art. uno a uno, y se presentan enmiendas. pero puedes abstenerte.
No es posible, porque los regalmentos lo indican de esta manera.
FDP: intento realizarlo como en la realidad, lo que pasa es que se vota la Ley primero y luego los art. uno a uno, y se presentan enmiendas. pero puedes abstenerte.
- jose engels
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Fecha de inscripción : 15/05/2009
Re: PL 17/11 Sobre las familias. (GPN)
Dom 12 Jul 2009 - 21:09
El PCE vota ABSTENCIÓN
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