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Paulino Rivero
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Ley sobre las familias ( Grupo Parlamentario UPyD) Empty Ley sobre las familias ( Grupo Parlamentario UPyD)

Lun 10 Nov 2008 - 17:14
El Grupo Parlamentario de UpyD presenta esta proposición de Ley:


PL 02/11 Sobre las familias. (GPN)


Preambulo
La familia es la celula de la sociedad, y por ello necesita un atencion especial del Gobierno, a fin de garantizar un pleno desarrollo en sus distintos ambitos sociales, entendiendose por esto, los educativos, economicos, culturales, de calidad de vida, etc.
Segun la Constitucion Nacional, el Gobierno debe asegurar a las familias la proteccion social, economica y juridica
Las familias adoptivas tienen, por derecho, los mismos derechos que la familias con hijos comunes, y se requiere una ayuda extra para que fomentar esto en las parejas.
En Europa, en nivel de hijos por familia descienden, y en España particularmente, se esta convirtiendo en una sociedad envejecida, donde los activos y la fuerza de trabajo, en unos años, no superara a los activos, desequilibrando la macroeconomia en general.
Esto ocurre mayormente por la desetabilidad entre la vida familiar y laboral en la sociedad.


Titulo I: Principios Generales

Art. 1: Seran considerados los siguientes terminos dentro de esta ley
Familia: sociedad formada por uno o dos ascendientes y descendientes, sean comunes o no.
Familia numerosa: Familia con 5 hojos o mas, y 6 o 7 miembros.
Terrorismo Familiar: dicese del terrorismo, fomentado por los progenitores hacia los hijos, o que uno de ellos es atacado en forma vielenta por el otro.

Art. 2: El objeto de la presente es mejorar la calidad de vida de las familias en sus distintos ambitos sociales.

Titulo II: Sobre el ambito laboral
Art3.-Fomento de jornada flexible para padres y madres trabajadoras, ya sea trabajadores publicos, como privados.
Art3.1.-Los horarios seran preferentemente para los trabajadores estatales dependientes de las admnistraciones locales y/o regionales, de 7 am a 12pm y 3pm a 6 pm; de 7am a 3pm o de 2pm a 9pm de modo que cumplan las 8 horas. Tambien podran arreglar el horario entre la patronal, un representante del Gobierno, y el beneficiario.
Art3.2.-Sera requisito fundamental para este beneficio tener un hijo menor de 8 años.
Art3.3.- El gobierno debera negociar con las empresas publicas y privados, a fin de que este beneficio alcanze la mayor cobertura posible.

Art4.- Reduccion de impuestos y tazas escolares para familias, de hasta un 50% por chico segun la cantidad de hijos.
De 1 a 2: 39% por hijo
De 3 a 5: 45% por ciento por hijo
De 6 o mas: 50% por hijo
Art4.1.- El articulo anterior se aplica tanto a la primaria como a la secundaria
Art4.2.-Para las familias que tengan hijos que estudien en la universidad, y tengan alli a dos o mas se les hara una reduccion:
De 1 a 4: 50% por hijo.
De 5 o mas: 80% por hijo.
Art4.3.-Para las familias de 3 hijos o mas se le dara becas para asi adquirir utiles escolares, transporte, etc. sera de 400 euros mensules.
Art4.4.- Sera requisito fundamental para los anteriores beneficios entregar documento del hijo y libreta o boletin de calificaciones.

Art5.-A cada familias con hijos de 4 años o menos, se les dara un carnet.
Art5.1.- El gobierno debera acordar con empresas para que con el carnet, las familia puedan acceder a descuentos en:
pañales
Leche materna
jugetes
medicamentos
Art5.2.-La anterior lista se puede adicionar con lo que necesiten las familias.
Art5.3.- Las familias pueden retirar su carnet 24 horas depues del nacimiento, junto con, por unica vez, una canasta con alimentos, pañales y leche. Y una tarjeta de felicitaciones en nonbre del Parlamento Canario, firmado por sus diputados.

Art6.- Se crearan guarderias publicas gratuitas establecidas cerca de donde trabajen los padres.
Art6.1.-Tendran una plaza asegurada los hijos de trabajadores publicos.
Art6.2.- Saldran a opocision tantas plazas para trabajar en estas guarderias como lo estime el gobierno.
Art6.3.- Se reservara el 15% de las plazas para gente que este estudiando una carrera relacionada con la infancia, para realizar sus practicas. Para el resto sera por concurso a oposicion.

Titulo III: Sobre el ambito economico

Art7.- Se podra percibir una suma de 1000 euros por hijo, por unica vez, y mensulamente una ayuda de hasta 400 euros segun la cantidad de hijos:
De 1: 120 euros
De 2:240 euros
De 3: 310 euros
De 4: 400 euros
De 5 o mas: se aumentan 50 euros por hijo.
Art7.1.-Podran percibir estas ayudas 24 horas despues del nacimiento del niño y hasta los 4 años de edad.
Art7.2.- Sera requisito fundamental para acceder a las ayudas economicas:
Ser canario, residir al menos de 3 años en algun ayuntamiento canario.
En caso de tratarse de extranjeros, esta residencia sera de 12 años.
Las parejas con hijos adoptivos recibiran un 105% de las ayudas.
En caso de tratarse de menores de 18 años, tendra que estar acompañado de la firma de un tutor.

Titulo IV: Ayudas a las viviendas familiares

Art8.- Se otorgaran creditos blandos a las familias con madres embarazadas, para el acondicionamiento de su vivienda, para los hijos.
Art8.1.- Sera requisito fundamental, entregar planos certificados para la remodelacion de la vivienda y gastos certificados detalladamente por el solicitante. Este presupuesto solo debe incluir los gastos para el acondicionamiento de la vivienda, al nuevo hijo.
Art8.2.- El interez sera de 0%. El presupuesto estara en 155.000
Art8.3.-Las subidas en los tipos de interez seran soportados por el gobierno, nunca podran pasarse al receptor.

Titulo V: Sobre las madres embarazadas y madres solteras.

Art9.- Las madres embarazadas con mas de tres meses, podran adquirir un carnet, con el cual podran acceder a beneficios medicos totalmente gratuitos,
Art9.1.- Los beneficios seran limitados y garantizados por el gobierno.

Art10.- Se crea el instituto de madres solteras, dependiente del gobierno de Islas Canarias y recibira de ella la dotacion presupuestaria. La inicial sera 15000000

Art11.-Su objetivo sera el de porporcionar coberetura psicologica y economica a aquellas madres solteras que lo solicitasen durante el embarazo y/o los 10 primeros años de vida del hijo.

Art12.- El Instituto contara con centros donde podra residir las madres solteras.

Art13.- estos centros estaran en todos los ayuntamientos de mas de 120000 hab y tendran minimo de 50 habitaciones, 1 salon guarderia, 1 salon de ocio con TV, DVD, Computadoras, 1 salon de estudios para los hijos, 1 sala de primeros auxilios con medicos y 1 salon de psicologia.

Art13.1.- Las habitaciones tendran camas, baño y comodidades.

Art14.-Estos centros contaran con ciclos formativos para brindar a las residentes una preparacion para la vida laboral.

Art15.- Estos centros seran abiertos donde las residentes podran entrar y salir a su libre voluntad, exeptuando las menores de edad que deberan seguir un horario personal consensuado por sus padres o tutores.

Art16.- Los requisitos para la acepotacion de residentes seran propuestas por el gobierno, y anualmente se daran a conocer el BOC, teniendo como requisitos la falta de recursos, estudios o ser menores de edad, a quien se les dara preferencia.

Art17.- El Instituto tendra una red de psicologos y profesionales que ayudaran de forma gratuita a las madres que soliciten la ayuda.

Art18.- El instituto hara campañas de publicidad para dar a conocer sus servicios a la ciudadania. Asi mismo tendra una pagina de internet y un telefono gratuito. Debera desarrollar camapañas en insititutos y localidades para informar sus servicios y recursos.

Art19.-El instituto dara atencion y consejo legal a las madres que deseen dar a adopcion a sus hijos, asi mismo la dara a los que deseen adoptar a un niño.

Art20.- Aquellas madres solteras que puedan valerse por sus propios medios, pero no puedan dejar en a sus hijos en guarderias publicas, el instituto otorgara ayudas directas. Estas ayudas seran presupuestadas por el gobierno, y solo seran para los gastos de guarderia.

Titulo VI: Sobre las victimas de terrorismo familiar.

Art21.-Se crea el instituto de las victimas de terrorismo familiar, en ciudades de mas de 150000 hab un consejo dependiente del Gobierno la mantendra en secreto para velar por la seguridad de las residentes. Su presupuesto inicial sera de 17000000

Art22.- En el insituto habra 200 habitaciones, que contaran con camas, un carto de baño, y vistas al exterior.
Art22.1.-Las 200 habitaciones seran para las residentes y sus hijos, dependiendo el numero de camas siempre del numero de hijos.
Art22.2.-Se crearan 25 habitaciones para el personal permanente del instituto, uno por persona.

Art23.- El instituto contara con una cocina, con capacidad para 500 personas, con 3 comidas diarias, y una accesoria.

Art24.- El instituto contara con un salon de enfermeria y atencion primaria. Asi mismo habra pisoclogos con los accersorios basicos y complementarios.

Art25.- El instituto contara con 2 salones con pupitres y ordenadores, para que los hijos de las madres maltratadas reciban edcucacion.

Art26.- El instituto contara con una sala de ocio con quipo de musica, computadoras, TV, DVD, una videoconsola con juegos educativos, asi como juegos de mesa, y un amplio jardin con juegos.

Art27.- El personal de los institutos estara compuesto de esta manera.
Habra 2 cocineros/as
Minimo de 2 medicos, entre ellos ginecologo y pediatras y dos enfermeras por medico, y 1 psicologos.
Habra 2 profesores que enseñen a los niños, diviediendolos en grupos de edades y conociemiento. Asi mismo habra 1 psicopedagogo, para ayudar en la tarea docente.
Habra al menos 3 asistentes que limpien las habitaciones y todas las salas.
Habra un director nombrado por las residentes y personal. El director debe ser del personal

Art28.- Habra un centro por cada ciudad de mas de 150000.

Art29.- Los gastos seran pagados por el gobierno de Islas Canarias.

Art30.- Durante su estancia se buscara una salida laboral, en caso de que caresiecen de ella, para posteriormente una independencia economica.

Art31.- Los requisitos para entrar en el instituto seran:
Ser victima de terrorismo familiar y denunciarlo
Tener un niño menor de edad o estar en estado de embaraso

Titulo VII: Sobre la planificacion familiar

Art32.- Se crearan centros de planificacion familiar en cada isla.
Art32.1.-Se impartiran en estos centros cursos para sobrellevar el embarazo de la mejor manera posible, asi como recursos para aconsejar a los padres, como actuar en los primeros años sus hijos.
Art32.2.- Estos cursos se impartiran previa solicitud al ayuntamiento correspondiente y seran gratuitos y voluntarios.

Art33.- Este centro hara campañas mensuales, en escuelas publicas secundarias y plazas destinados a adolescentes, fomentando el uso de medidas anticonceptivas, y sexo seguro, evitando los embarazos no deseados.
Art33.1.- Anualmente se hara una campaña autonomica, con charlas y coloquios en todas las escuelas secundarias publicas, y privadas con autorizacion del rector de la misma.

Art34.- Se dispensaran en los centros medidas anticonceptivas que no necesiten de prescripcion facultativa.
Art34.1.-En caso de venir proveido de la prescripcion facultativa se les dispensaran gratuitamente tambien los medios anticonceptivos que en ella se especifiquen.

Art32,-Todos lo beneficios acogidos en esta ley seran tambien para familias adoptivas.

Dispocision Final Derogratoria
En la vigencia de la presente qudaran deroigados automaticamente cuanto decreto, leyes estatutos o reglamentos de rango inferior contradigan en el todo en una porcion de la misma.

Disposicion Final
La presente ley entra en vigor 30 dias naturales a su publicacion en el BOC.
Beatriz Kosova
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Mar 11 Nov 2008 - 15:30
Me parece, a primera vista una idea más que aceptable, a la espera de estudiarla con detenimiento damos nuestro apoyo a la misma.

Un saludo.
César Estevanez
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Jue 13 Nov 2008 - 1:43
Señores diputados, señor Presidente de esta Cámara:

No voy a negar que la intencion y la finalidad de esta proposicion de ley no es otra que beneficiar al pueblo. Pero por otro lado, desde nuestro punto de vista esta ley presenta defectos de forma , por lo que proponemos modificaciones en el articulado de la ley con el fin de un texto legal lo mas perfecto posible. Estos son por ejemplo en la excesiva regulacion de la ley, que viene a centrarse en temas que no resultan relevantes como la tarjeta de felicitacion que han de firmar los diputados ( Art5.3.- Las familias pueden retirar su carnet 24 horas depues del nacimiento, junto con, por unica vez, una canasta con alimentos, pañales y leche. Y una tarjeta de felicitaciones en nonbre del Parlamento Canario, firmado por sus diputados ) También, el vocabulario de la misma, que no resulta técnico para una forma legal, como cuando se hace alusion a los descendientes como '' chicos''. FDP: Y las faltas ortográficas

Todo esto seria lo que tendriamos que alegar en lo referente a los cuatros primeros titulos pero existen errores muchos mas graves. Estos son los referentes a los titulos V y VI.

Se dice lo siguiente en el art13.- estos centros estaran en todos los ayuntamientos de mas de 120000 hab y tendran minimo de 50 habitaciones, 1 salon guarderia, 1 salon de ocio con TV, DVD, Computadoras, 1 salon de estudios para los hijos, 1 sala de primeros auxilios con medicos y 1 salon de psicologia.

El problema esta en que solo existen tres municipios que supere dicha población. Dos en Tenerife y uno en Gran Canaria. Eso obligaria a gente de otras islas a desplazarse, con los incovenientes que eso conllevo. Y ademas que toda la regulación de los centros para madres solteras no sirven de igual manera para todas las islas, porque la poblacion no es la misma ( Tenerife + de 1 millon de habitantes \ El hierro - de 15000 habitantes). Las leyes no pueden regular cosas tan especificas, porque hechos como el equipamiento de los centros requieren conocer las especifidades de cada lugar. Por ello propongo eliminar todo lo referido al equipamiento de los centros y dar las competencias y la obligacion a los cabildos de establecer en cada isla uno o varios centros para tal fin, cuyo equipamiento sea el necesario para el desarrollo ludico, educativo y social de las madres e hijos.

Mas de lo mismo vemos en el titulo del terrorismo familiar. solo hay dos municipios con mas de 150000 habitantes. Y luego por ejemplo, si regulas el numero de habitaciones y equipamiento, para las islas pequeñas sera centros demasiados grandes y para las grandes pequeños y con poco personal. Por eso insto en quitar todo lo referido al personal y al equipamiento y en dar las competencias a los cabildos, que seran los que llevaran a cabo la ejecucion de la ley, pues son los que conocen realmente la isla.

Por ultimo y para finalizar, hallamos un error o incongruencia cuando se dice que

Art4.- Reduccion de impuestos y tazas escolares para familias, de hasta un 50% por chico segun la cantidad de hijos.
De 1 a 2: 39% por hijo

Art4.2.-Para las familias que tengan hijos que estudien en la universidad, y tengan alli a dos o mas se les hara una reduccion:
De 1 a 4: 50% por hijo.

Siempre seria a partir de dos y no de uno, porque de lo contrario lo que estariamos haciendo es bajar las matriculas y eso puede acarrear problemas, ya que si queremos bajar las matriculas, es mejor que lo hagamos en una ley especifica que tenga en cuenta todos los gastos e ingresos de la Consejeria de Educacion y todos los factores externos.

De resto, estamos de acuerdo en la ley.Buenas Tardes
Paulino Rivero
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Sáb 15 Nov 2008 - 14:45
Tras 5 dias de debate, y vista la pasividad mostrada por la gran mayoria de grupos parlamentarios, se somete a votación la proposición de Ley en las próximas 48 horas.
César Estevanez
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Dom 16 Nov 2008 - 16:57
Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, con 14 escaños, vota en contra
Daniel Krylov
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Dom 16 Nov 2008 - 19:38
El Partido Comunista Español con 5 escaños,vota a favor
Maximiliano Salas
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Lun 17 Nov 2008 - 20:29
FDP: mil disculpas tuve problemas graves con mi conexion a internet.....el otro dia deje un mensaje aqui...pero veo que no lo publique Sad....en fin discupas

DDP: El GPN vota A Favor.
César Estevanez
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Mar 18 Nov 2008 - 1:27
Con 14 votos en contra, y 11 a favor, queda rechazada la proposición de Ley sobre las Familias
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