Junta de Portavoces
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- Mariano Pons
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Re: Junta de Portavoces
Dom 1 Mar 2009 - 12:50
PLAN CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN CANTABRIA
Partido Popular
Preámbulo:
Un problema que a todos los ciudadanos nos preocupa es la violencia de género. Es por eso que se presenta este plan contra la violencia de género para Cantabria ; El objetivo es evitar estos ataques, facilitar la recuperación de las mujeres que han sufrido esta situación y concienciar a la gente con este tema.
Capítulo I:
- Artículo 1: Se crearán 3 centros de atención especializada de servicio las 24 horas del día con conexión directa al centro hospitalario más cercano, psicológico y vehículo UVI para que puedan ser atendidas todas aquellas mujeres que acudan voluntariamente.
- Artículo 2: Éstos 3 centros serán construidos en las principales ciudades de Cantabria, es decir, Laredo, Santander y Torrelavega.
Capítulo II:
- Artículo 3: Se creará una campaña para sensibilizar a la población cántabra; para ello se utilizarán los medios de comunicación cántabros, se realizarán charlas en la mayoría de los colegios y lugares de máxima afluencia de personas como el aeropuerto de Santander y las estaciones de tren y autobus y en las localidades más pobladas.
Capítulo III:
- Artículo 4: Se agilizarán en materia judicial dentro de la Consejería de interior de Cantabria de expedientes y temas judiciales relacionados con la violencia de género, considerando estos temas de mayor importancia y prioridad.
Capítulo IV:
- Artículo 5: Adquisición de las pulseras de alejamiento por parte de la comunidad de Cantabria, sin existir un límite presupuestario para su compra en número de unidades.
Presupuesto:
En el presupuesto se incluye la creación de los 3 centros, la publicidad en toda la comunidad y las pulseras para el alejamiento.
3 centros de atención: 3.700.000 €
Publicidad: 800.000 €
Pulseras de alejamiento: Que dependerán del número.
Presupuesto total: 4.500.000€ al que luego se le añadirán las pulseras que llevará el agresor.
Disposición final:
El objetivo como ya hemos escrito, es concienciar a la sociedad cántabra y proteger a la mujer. Esta ley se someterá a votación y posteriormente , y si procede, se pasará a votación.
Un saludo.
- Eusebio Tolomeo
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Re: Junta de Portavoces
Sáb 7 Mar 2009 - 19:30
PLAN DE ESTIMULO DE LA ECONOMÍA CÁNTABRA
PLAN EEC.
Unión, Progreso y Democracia
PLAN EEC.
Unión, Progreso y Democracia
Preámbulo:
El presente plan nace con la intención de estimular la economía cántabra, en un intento de reducir el paro, aumentar el producto interior bruto y favorecer los productos cántabros tanto en España como en Francia y Portugal.
Título I: “Despidos”.
Art. 1: Actualmente los empresarios deben de pagar en concepto de despido 45 días por año trabajado. Con esta ley, el empresario pagará 38 días por año trabajado y la comunidad se encargará de pagar los 7 días restantes.
Art. 2: En todo caso, la comunidad se hará cargo de un máximo de 45 días.
Art. 3: Para acogerse a esta normativa, la empresa no podrá despedir a más del 10% de la plantilla en un plazo de 3 meses.
Título II: “Incentivos a la contratación”
Art.4: Toda empresa que contrate a un desempleado de larga duración (más de 1 año en paro) recibirá una renta de 100 euros en el momento de la contratación, 50 euros al mes en el periodo de prueba y 1000 euros cuando el contrato pase a indefinido.
Art. 5: Si el contratado, al pasar a su contrato a indefinido, es despedido por la empresa antes de cumplirse un año, la empresa no tendrá el derecho a subvención. Si se estipula además que el es improcedente, la empresa pagará una sanción de 2000 euros.
Título III: “Formación de trabajadores”
Art.6: Toda empresa que imparta un curso a sus trabajadores relacionado con la actividad laboral y que supere las 100 horas lectivas, recibirá 50 euros por alumnos. Estos trabajadores, a partir de la subvención, deberán permanecer en la empresa un mínimo de 3 meses.
Art. 7: Todo desempleado, podrá solicitar recibir cursos de formación específica una vez apuntado en el INEM.
Art. 8: Aquellos desempleados de más de 6 meses, tendrás más opciones para los cursos formativos.
Título IV: “Fomento del I+D+i”
Art. 9: Se dotará a las universidades de Cantabria (Universidad de Cantabria y Universidad Menéndez Pelayo) de una partida destinada a la investigación de 15 millones de euros, dedicas en un 80% de área de tecnología.
Art. 10: Dotación al Parque Tecnológico Científico de un área destinada a la investigación y desarrollo del coche eléctrico, para posteriormente conseguir vender la patente a las casas automovilísticas. Se destina una partida de 20 millones de euros.
Art. 11: Dotación al Parque Tecnológico Científico de un área para la investigación de nuevos medicamentos en la lucha contra el cáncer. Se destina una partida de 20 millones de euros.
Art. 12: Dotación al Parque Tecnológico Científico de un área para la investigación de nuevos aparatos médicos. Se destina una partida de 15 millones de euros.
Título V: “Promoción de los productos cántabros”
Art. 13: Se llevará a cabo una campaña de publicidad masiva en toda España para la promoción de los productos cántabros.
Art.14: Asimismo, se hará una campaña de publicidad selectiva en Portugal y sur de Francia.
Art. 15: Esta campaña contará con la firma de “Empresarios Cántabros”. Si alguna empresa quiere que figure su logo en la campaña, deberá pagar 1 millón de euros al mes.
Art. 16: El gobierno autonómico presentará un presupuesto de 10 millones de euros para esta campaña de promoción.
Título VI: “Fomento del consumo en PYMES Cántabras”
Art. 17: Todo cántabro que realice una compra en una PYME con sede en Cantabria, recibirá una financiación al 0%.
Art. 18: Esta financiación será de entre 500 y 5000 euros de su compra.
Art.19: El gobierno de Cantabria pagará esta cantidad directamente a las PYMES y el comprador asumirá una deuda con la comunidad, a la que pagará las cuotas que se acuerden de forma mensual.
Art. 20: Con este título, se intenta conseguir que tanto comprador como vendedor se vean beneficiados. El comprar por disponer de dinero sin intereses y el vendedor por entrarle dinero en el acto.
Título VII: “Seguimiento del Plan”
Art. 21: Se pedirán los objetivos del Plan una vez cada 6 meses y se procederá a votación en el parlamento cántabro para seguir o no con él.
Título VIII: “Presupuesto”
Art. 22: Las cantidades presupuestadas son:
•Despidos: 10 millones de euros.
•Contrataciones: 10 millones de euros.
•Cursos formativos: 7 millones de euros.
•Fomento de I+D+i: 70 millones de euros.
•Promoción de productos cántabros: 10 millones de euros.
•Fomento del consumo: 15 millones de euros recuperables.
Por tanto, se destina un presupuesto final de 107 millones + 15 recuperables.
Art. 23: El presupuesto se repartirá entre las siguientes conserjerías:
1-Sanidad e Innovación: 50%
2-Industria y Empleo: 30%
3-Presidencia, Interior y Justicia: 20%
Disposición Final Derogatoria
En la vigencia de la presente quedaran derogados automáticamente cuanto decreto, leyes estatutos o reglamentos de rango inferior contradigan en el todo en una porción de la misma.
Disposición Final
La presente ley entra en vigor 10 días naturales a su publicación en el BOC.
- Mariano Pons
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Re: Junta de Portavoces
Mar 10 Mar 2009 - 15:22
LEY DE RECOLOCACIÓN DE PARADOS CON MÁS DE 40 AÑOS
Partido Popular
Partido Popular
Preámbulo
El objetivo es luchar contra el despido por motivos de edad en empresas. Creemos que la solución pasa por recolocar a parados de más de 40 años que hayan sido despedidos o lleven más de 5 meses sin encontrar puesto de trabajo.
Artículo I
Toda persona tiene derecho a un trabajo digno, independientemente de su edad. Por ello, aquellas personas que no sean contratadas por ser mayores o por inseguridad por parte de la empresa podrán denunciar a ésta por despido improcedente.
Artículo II
Aquella empresa que decida contratar a una persona mayor de 40 años durante los próximos 6 meses le serán rebajados impuestos por parte de la Junta.
Artículo III
La empresa pública contratará a aquellos parados que lleven más de 5 meses sin encontrar trabajo y sean mayores de 40 años, siempre que cumplan los requisitos para dicho puesto.
Artículo IV
Se darán ayudas al desempleo mayores a aquellas personas, mayores de 50 años que se hayan quedado sin trabajo, bonificaciones según el tiempo de trabajo cumplido y su edad:
Edad Tiempo trabajado
50 años: 150 euros - 5 meses: 80 euros
51-53 años: 200 euros 5-11 meses: 100 euros
54-56 años: 250 euros 12-22 meses: 140 euros
57 años: 300 euros 22 meses: 160 euros
Artículo V
Aquellas personas que no hayan podido acceder a ningún puesto de trabajo podrán asistir a cursos de formación específicos para su labor para aumentar su capacidad de trabajo, todos subvencionados por la Junta.
Presupuesto
El presupuesto dependerá del número de empresar que contraten gente mayor de 40 años, de cuanta gente solicite las ayudas al desempleo. Pero se estima que el presupuesto no será superior a 9,5 millones.
Resolución final
Para el cumplimiento del Artículo III se crearán 1000 puestos de empleo en 2 meses, y otros 1500 puestos desde esa fecha hasta 4 meses más (6 meses), en sanidad pública, educación y hacienda.
La ley entrará en vigor 15 días después de su publicación en el boletín
- Miguel Urdiales
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Re: Junta de Portavoces
Miér 11 Mar 2009 - 21:10
Nueva estructura de portavoces del PSOE en la Comunidad:
Primer portavoz Miguel Urdiales.
Segundo portavoz Pedro Meabe.
Primer portavoz Miguel Urdiales.
Segundo portavoz Pedro Meabe.
- Laia BadiaDemòcrates
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Re: Junta de Portavoces
Vie 13 Mar 2009 - 19:35
LEY DE IGUALDAD EN LA EDUCACIÓN, DEPORTES Y TRABAJO
Partido Popular
TÍTULO I: Igualdad en el ámbito educativo
Artículo 1: El sistema educativo incluirá entre sus fines la educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales
y en la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.
Artículo 2: El sistema educativo incluirá, dentro de sus principios de calidad, la eliminación de los obstáculos que dificultan la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y el fomento de la igualdad plena entre unas y otros.
Artículo 3: Las Administraciones educativas garantizarán un igual derecho a la educación de mujeres y hombres a través
de la integración activa, en los objetivos y en las actuaciones educativas, del principio de igualdad de trato, evitando que, por comportamientos sexistas o por los estereotipos sociales asociados, se produzcan desigualdades entre mujeres y hombres.
Artículo 4: Las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, desarrollarán, con tal finalidad,
las siguientes actuaciones:
a) La atención especial en los currículos y en todas las etapas educativas al principio de igualdad entre mujeres
y hombres.
b) La eliminación y el rechazo de los comportamientos y contenidos sexistas y estereotipos que supongan discriminación entre mujeres y hombres, con especial consideración a ello en los libros de texto y materiales educativos.
c) La integración del estudio y aplicación del principio de igualdad en los cursos y programas para la formación
inicial y permanente del profesorado.
d) La promoción de la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de control y de
gobierno de los centros docentes.
e) La cooperación con el resto de las Administraciones educativas para el desarrollo de proyectos y programas
dirigidos a fomentar el conocimiento y la difusión, entre las personas de la comunidad educativa, de los principios de coeducación y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
f) El establecimiento de medidas educativas destinadas al reconocimiento y enseñanza del papel de las mujeres en la Historia.
Artículo 5: En el ámbito de la educación superior, las Administraciones públicas en el ejercicio de sus respectivas competencias fomentarán la enseñanza y la investigación sobre el significado y alcance de la igualdad entre mujeres y hombres.
Artículo 6: En particular, las Administraciones públicas promoverán:
a) La inclusión, en los planes de estudio en que proceda, de enseñanzas en materia de igualdad entre mujeres y hombres.
b) La creación de postgrados específicos.
c) La realización de estudios e investigaciones especializadas
en la materia.
TÍTULO II: Igualdad en el ámbito deportivo
Artículo 7: Todos los programas públicos de desarrollo del deporte incorporarán la efectiva consideración del principio
de igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres en su diseño y ejecución.
Artículo 8: El Gobierno cántabro promoverá el deporte femenino y favorecerá la efectiva apertura de las disciplinas deportivas
a las mujeres, mediante el desarrollo de programas específicos en todas las etapas de la vida y en todos los
niveles, incluidos los de responsabilidad y decisión.
TÍTULO III: Derecho al trabajo en igualdad de oportunidades
Artículo 9: Las políticas de empleo tendrán como uno de sus objetivos prioritarios aumentar la participación de las mujeres en el mercado de trabajo y avanzar en la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Artículo 10: Se mejorará la empleabilidad y la permanencia en el empleo de las mujeres, potenciando su nivel formativo y su adaptabilidad a los requerimientos del mercado de trabajo.
Artículo 11: Los Programas de inserción laboral activa comprenderán todos los niveles educativos y edad de las mujeres, incluyendo los de Formación Profesional, Escuelas Taller y Casas de Oficios, dirigidos a personas en desempleo, se podrán destinar prioritariamente a colectivos específicos de mujeres o contemplar una determinada proporción de mujeres.
Artículo 12: De acuerdo con lo establecido legalmente, mediante la negociación colectiva se podrán establecer medidas de
acción positiva para favorecer el acceso de las mujeres al empleo y la aplicación efectiva del principio de igualdad
de trato y no discriminación en las condiciones de trabajo entre mujeres y hombres.
TÍTULO IV: Disposición Final
Esta LEY entrará en vigor 10 días naturales después de su publicación en el BOC.
- Iñaki Iniesta
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Re: Junta de Portavoces
Miér 18 Mar 2009 - 16:50
Ley de Becas Generales de Cantabria
de Movilidad para Universitarios (PCE)
de Movilidad para Universitarios (PCE)
Preámbulo
La crisis afecta en muchos sentidos a la sociedad. Uno de los sectores más perjudicados es el de los estudiantes que estudian fuera de su residencia habitual. El alto coste de la vivienda, los alimentos y las matrículas universitarias, unido a la desfavorable situación económica del país, hace que estudiar fuera sea un verdadero calvario para muchos.
Se ha observado últimamente la aprobación de becas, pero la ley presentada se centraba en becas al extranjero, y las "generales" sólo cubren el gasto de matrícula a los alumnos con buen expediente en Bachillerato y PAU.
Visto todo esto, creemos lógico el aumento de ayudas de movilidad a universitarios que vengan a Cantabria a realizar sus estudios. Así, conseguimos dos cosas: proporcionarles una importante ayuda, y conseguir que la Universidad de Cantabria sea un lugar de destino universitario también gracias a ayudas económicas, fortaleciendo nuestra educación.
Capítulo 1 - Tipo de ayudas
Artículo 1: Las ayudas serán de dos tipos, pudiendo ser acumulativos según el perfil del universitario: Pago de matrícula y ayuda económica. Se sigue el modelo de las Becas de Movilidad del Estado.
Capítulo 2 - Estudiantes susceptibles de ser ayudados
Artículo 2: Los estudiantes tendrán que cursar estudios universitarios o de postgrado y es necesario que provengan de otras comunidades autónomas que no sea la Comunidad de Cantabria.
Artículo 3: Se beneficiarán de las Becas los alumnos que no disfruten de la beca general del Ministerio.
Artículo 4: Los estudiantes deben contar con requisitos de renta: no superar los 1200 € de ingresos mensuales.
Artículo 5: Los estudiantes deben contar con requisitos académicos: haber superado un 70% de asignaturas matriculadas en Ingenierías y Grados sustitutivos de las mismas, y un 50% en Licenciaturas, Diplomaturas y Grados sustitutivos. No tienen que cumplir este punto los alumnos que entren por primera vez en la Universidad.
Artículo 6: Recibirán ayuda por orden de ingresos mensuales familiares, de forma que cumplidos los requisitos, los 600 alumnos (como mínimo) con menos ingresos tendrán derecho a la Beca, de la forma que se especifica en el siguiente capítulo .
Capítulo 3 - Cuantía de las ayudas
Artículo 6: Las ayudas se repartirán en función de las solicitudes recibidas. Se darán un total de:
- 100 becas de 3.000€ + pago de matrícula, para los alumnos que superen los requisitos y tengan los 100 menores ingresos familiares.
- 200 becas de 3.000€ para los alumnos que superen los requisitos y tengan los siguientes 200 menores ingresos familiares.
- Un mínimo de 300 becas de pago de matrícula para los siguientes alumnos que superen los requisitos y tengan los siguientes menores ingresos familiares. Es un número ampliable, pues se aumentarán estos 300 con el dinero sobrante que resulte de la diferencia entre los pagos reales de matrículas y los pagos máximos permitidos (especificados en el siguiente apartado).
- Los pagos de matrícula tendrán como máximo una cuantía de 1200€. Las matrículas que sobrepasen ese dinero sólo recibirán el máximo, teniendo que ser completadas por el propio alumno.
Artículo 7: En total se destinarán 1.380.000€ para estas ayudas, que se invertirán del presupuesto de la Consejería de Educación.
Disposición final
La ley se comenzará a hacer efectiva a partir del curso siguiente a la aprobación de esta ley.
- Miguel Urdiales
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Re: Junta de Portavoces
Jue 19 Mar 2009 - 1:09
Ley de Regulación y Control de la Vivienda Protegida. (PSOE)
Preámbulo
Es responsabilidad de la administración de nuestra Comunidad, velar porque el fin por el que se destinan ayudas públicas a la vivienda, no se vea desvirtuado por las malas practicas de aquellos que no necesitandolas, las utilizan para hacer lucrativos negocios con estas. La vivienda social, debe responder a las necesidades de la población que queda excluida por diferentes motivos del mercado libre, por ello y sobre todo por el esfuerzo que destinar estas ayudas conlleva a toda nuestra sociedad, es por lo que debemos establecer de forma reglamentaria, unas medidas que impidan el hecho fraudulento de dichas viviendas. Por dicho motivo se reglamenta la ley en los articulos siguientes:
Título 1.-Transmisión de la vivienda pública protegida.
1-Queda terminantemente prohibido vender en el mercado libre las viviendas con algún tipo de protección pública. Unicamente podrán ser vendidas a la Comunidad de Cantabria, con una revalorización igual a la inflación real desde el momento de la compra de la vivienda.
Título 2.- Control de la vivienda pública protegida.
1.- Las viviendas protegidas deberán ser ocupadas en el plazo de 50 dias desde de la entrega de llaves. De no producirse dicha ocupación sin causa justificada quedará anulará la concesión de la vivienda, pasando la misma a la bolsa de viviendas de la Comunidad Autónoma.
2.- Las viviendas otorgadas con ayudas públicas, deberán ser utilizadas por los adjudicatarios reales de la vivienda, de lo contrario, será revocada la concesión de la vivienda y se aplicará una multa de 12.000€. El control sobre la ocupación de las viviendas se efectuará por el registro de la propiedad del bien inmueble, el domicilio fiscal del contribuyente y la factura energética en los domicilios correspondientes, sin obstaculo de los controles de inspección presencial en el domicilio, que se efectuarán anualmente por técnicos de la Comunidad.
Título 3.-Adjudicación de viviendas públicas protegidas.
1.- El sorteo de las viviendas públicas protegidas, se realizará por el mismo sistema que el regulado para las loterias y apuestas del Estado (sistema de bombos). Quedan por tanto anuladas las disposiciones que permitan los sorteos por medio de sistemas informáticos, debido a la fácil manipulación de los mismos. La actuación notarial en los sorteos de adjudicación de las viviendas será obligatoria en todos los casos.
Disposicion final.-
Esta ley entrará en vigor el dia siguiente al de su publicación en el Boletín de la Comunidad.
Preámbulo
Es responsabilidad de la administración de nuestra Comunidad, velar porque el fin por el que se destinan ayudas públicas a la vivienda, no se vea desvirtuado por las malas practicas de aquellos que no necesitandolas, las utilizan para hacer lucrativos negocios con estas. La vivienda social, debe responder a las necesidades de la población que queda excluida por diferentes motivos del mercado libre, por ello y sobre todo por el esfuerzo que destinar estas ayudas conlleva a toda nuestra sociedad, es por lo que debemos establecer de forma reglamentaria, unas medidas que impidan el hecho fraudulento de dichas viviendas. Por dicho motivo se reglamenta la ley en los articulos siguientes:
Título 1.-Transmisión de la vivienda pública protegida.
1-Queda terminantemente prohibido vender en el mercado libre las viviendas con algún tipo de protección pública. Unicamente podrán ser vendidas a la Comunidad de Cantabria, con una revalorización igual a la inflación real desde el momento de la compra de la vivienda.
Título 2.- Control de la vivienda pública protegida.
1.- Las viviendas protegidas deberán ser ocupadas en el plazo de 50 dias desde de la entrega de llaves. De no producirse dicha ocupación sin causa justificada quedará anulará la concesión de la vivienda, pasando la misma a la bolsa de viviendas de la Comunidad Autónoma.
2.- Las viviendas otorgadas con ayudas públicas, deberán ser utilizadas por los adjudicatarios reales de la vivienda, de lo contrario, será revocada la concesión de la vivienda y se aplicará una multa de 12.000€. El control sobre la ocupación de las viviendas se efectuará por el registro de la propiedad del bien inmueble, el domicilio fiscal del contribuyente y la factura energética en los domicilios correspondientes, sin obstaculo de los controles de inspección presencial en el domicilio, que se efectuarán anualmente por técnicos de la Comunidad.
Título 3.-Adjudicación de viviendas públicas protegidas.
1.- El sorteo de las viviendas públicas protegidas, se realizará por el mismo sistema que el regulado para las loterias y apuestas del Estado (sistema de bombos). Quedan por tanto anuladas las disposiciones que permitan los sorteos por medio de sistemas informáticos, debido a la fácil manipulación de los mismos. La actuación notarial en los sorteos de adjudicación de las viviendas será obligatoria en todos los casos.
Disposicion final.-
Esta ley entrará en vigor el dia siguiente al de su publicación en el Boletín de la Comunidad.
- Mariano Pons
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Re: Junta de Portavoces
Jue 2 Abr 2009 - 13:48
2º portavoz del PP en Cantabria: Francisco Peco Torres
- Mariano Pons
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Re: Junta de Portavoces
Miér 8 Abr 2009 - 12:17
Segundo Portavoz del Partido Popular en Cantabria es Mariano Pons
- Laia BadiaDemòcrates
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Re: Junta de Portavoces
Miér 8 Abr 2009 - 17:34
CREACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE 175 VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL
Partido Popular
I. Preámbulo
Considerando el derecho a la vivienda como esencial, teniendo en cuenta que todos los españoles tenemos derecho a una vivienda digna y alarmado por la actual situación en lo que a vivienda se refiere; el Partido Popular presenta esta MOCIÓN para su Debate, Votación y (si procede) Aprobación.
II. Articulado
Artículo 1.- Se crearán 175 Viviendas de Protección Oficial (VPO) en el Término Municipal de Santander.
Artículo 2.- Las VPOs que se crearán tendrán una superficie de 73 metros cuadrados.
Artículo 3.- La adjudicación responderá a la legislación vigente.
III. Gasto económico
El gasto se divide del siguiente modo:
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio: 40% - 83.139.154,90 €
Consejería de Transportes e Infraestructuras: 35% - 72.746.760,53 €
Consejería de Asuntos Sociales e Inmigración: 25% - 51.961.971,81 €
Gasto Total = 207.847.887,24 €
IV. Disposición Final
Esta MOCIÓN entrará en vigor 30 días naturales después de su publicación en el BOC.
- Mariano Pons
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Re: Junta de Portavoces
Sáb 11 Abr 2009 - 20:26
PLAN DE MEJORA DE CARRETERAS Y CAMINOS RURALES EN CANTABRIA
Partido Popular
Partido Popular
Los ultimos estudios de tráfico muestran que la mayoria de los accidentes de tráfico se producen en las carreteras secundarias. Por eso la Consejería de Interior, va a presentar un PLAN DE MEJORAS EN CARRETERAS Y CAMINOS RURALES EN CANTABIRA, que consta de 2 partes, que se irán ejecutando poco a poco. El objetivo del plan es el de disminuir los accidentes de trafico y además atender a las fuertes demandas de los motoristas:
Capítulo I:
Artículo 1. Renovacion de firmes de las carreteras, así como mejora de los caminos rurales. Ensanchamientos de las carreteras que no superen los 5 metros de anchura y construccion de arcenes.
Artículo 2. Se midificaran los trazados con fuertes curvas y se empezarán a estudiar las remodelaciones para acabar con los puntos negros de la red vial.
Artículo 3. Se instalarán más de 2.000 km de guardarraíles no agresivos para los motoristas, a tendido la demanda de estos. Modificaremos y cambiaremos los ya ínstalados. Así mismo fomentaremos promoveremos la utilizacion de pinturas antideslizantes
Artículo 4. Se repintarán las carreteras comarcales y vias secundarias en mal estado, para ello, pediremos un balance a cada ayuntamientos de las localidades.
Artículo 5. Se mejorarán las señalizaciones existentes e incluso se aumentarán la dicha en puntos conflictivos o que causan algun tipo de confusión.
Artículo 6. Se señalizarán todos los puntos negros de la red de carreteras.
Capítulo II:
Artículo 7. Financiación:
Presupuesto total: 25.500.000 € (Carreteras y Caminos rurales). Se distribuirá de la siguiente forma:
-Consejería de Interior: 20.000.000 (Carreteras)
-Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio: : 5.500.000 (Caminos rurales)
Artículo 8. Se pedirán informes previos a los ayuntamientos con mayor población de Cantabria , para evaluar el estado de los caminos rurales y aquellos que están destinados a la ganaderia y la agricultura.
- Laia BadiaDemòcrates
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Re: Junta de Portavoces
Dom 19 Abr 2009 - 20:57
Portavoz GPP: Roberto Ruiz-Gallardón
- Laia BadiaDemòcrates
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Fecha de inscripción : 19/11/2008
Re: Junta de Portavoces
Miér 27 Mayo 2009 - 17:45
Javier González sustituye a Roberto Ruiz-Gallardón.
- Jose Mendoza
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Fecha de inscripción : 28/05/2009
Re: Junta de Portavoces
Lun 8 Jun 2009 - 18:49
A partir de este momento el portavoz del Partido Socialista de Cantabria es el SR.Mendoza a su vez Secretario Gral. del PSdeCa
- Jose Mendoza
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Fecha de inscripción : 28/05/2009
Re: Junta de Portavoces
Vie 12 Jun 2009 - 23:44
SECRETARIA GENERAL DEL PARTIDO SOCIALISTA DE CANTABRIA
Ley del aprovechamiento del agua
Preámbulo
A pesar que los mayores problemas de sequias tienen lugar en el sur de España no podemos darle la espalda a un problema que cada vez esta mas presente.El agua es un bien muy escaso, y por ello, su uso y consumo debe ser de una manera eficiente. El aprovechamiento máximo de este líquido y su reciclaje debe ser una prioridad para cualquier administración pública.
Artículo 1. Agua y zonas verdes
1.1 Se prohibe el riego de zonas verdes públicas con agua potable.Para ello y en un plazo de dos años todos los ayuntamientos tendran que modificar sus sistemas de riego municipales.
1.2 Se construirán nuevos colectores para recuperar al máximo el agua recogida de las lluvias, para su posterior uso en riegos de jardines y zonas verdes de la región.
Artículo 2. Agua y vivienda
2.1 En toda nueva construcción y remodelación de edificios se exigirá construir un depósito de recogida de agua de lluvia que irá conectado a las cisternas de los inodoros, para no desperdiciar agua potable, a la vez que el deposito acumulara agua para los dias que no llueva garantizando asi el suministro.
2.2 Se concederán subvenciones a aquellos edificios que deseen instalar esta tecnología, que oscilarán entre el 25% y el 40% del coste total.
Artículo 3. Agua y edificios públicos
3.1 Se sustituirán en todos los edificios públicos, en un plazo de dos años, los grifos de agua monomando o bimando, pasando a ser grifos de pulsador temporal.
3.2. En todos los edificios públicos, en un plazo de 2 años, tendrán adaptada la tecnología de recogida de agua de lluvia para inodoros.
Entrada en vigor
Al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.
Ley del aprovechamiento del agua
Preámbulo
A pesar que los mayores problemas de sequias tienen lugar en el sur de España no podemos darle la espalda a un problema que cada vez esta mas presente.El agua es un bien muy escaso, y por ello, su uso y consumo debe ser de una manera eficiente. El aprovechamiento máximo de este líquido y su reciclaje debe ser una prioridad para cualquier administración pública.
Artículo 1. Agua y zonas verdes
1.1 Se prohibe el riego de zonas verdes públicas con agua potable.Para ello y en un plazo de dos años todos los ayuntamientos tendran que modificar sus sistemas de riego municipales.
1.2 Se construirán nuevos colectores para recuperar al máximo el agua recogida de las lluvias, para su posterior uso en riegos de jardines y zonas verdes de la región.
Artículo 2. Agua y vivienda
2.1 En toda nueva construcción y remodelación de edificios se exigirá construir un depósito de recogida de agua de lluvia que irá conectado a las cisternas de los inodoros, para no desperdiciar agua potable, a la vez que el deposito acumulara agua para los dias que no llueva garantizando asi el suministro.
2.2 Se concederán subvenciones a aquellos edificios que deseen instalar esta tecnología, que oscilarán entre el 25% y el 40% del coste total.
Artículo 3. Agua y edificios públicos
3.1 Se sustituirán en todos los edificios públicos, en un plazo de dos años, los grifos de agua monomando o bimando, pasando a ser grifos de pulsador temporal.
3.2. En todos los edificios públicos, en un plazo de 2 años, tendrán adaptada la tecnología de recogida de agua de lluvia para inodoros.
Entrada en vigor
Al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.
- Roberto Uoho
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Fecha de inscripción : 02/01/2009
Re: Junta de Portavoces
Jue 2 Jul 2009 - 16:01
Segundo Portavoz de IR en Cantabria: Roberto Uoho.
- Jose Mendoza
- Cantidad de envíos : 543
Fecha de inscripción : 28/05/2009
LEY DESCUENTO TARJETA DE TRANSPORTE. (PSdeCa)
Vie 17 Jul 2009 - 23:41
PARTIDO SOCIALISTA DE CANTABRIA (PSdeCa)
Propuesta de Ley Descuento de la tarjeta de abono del transporte.
Exposición de motivos:
El transporte público es un elemento muy importante en la sociedad actual. Permite a las personas que no tienen medios o están discapacitadas para desplazarse puedan hacerlo, es una alternativa a la contaminación, reduce los atascos y es un bien de consumo público.
Pero uno de los principales inconvenientes es el precio, sobre todo para personas comprendidas entre los 0 y 26 años y mayores de 65 que son las clases que tienen menos recursos, y en Cantabria lo hemos ido observando a lo largo de estos años.
Es así que el PSdG propone esta ley.
Artículos.
Artículo 1:
Reducción del 30% del importe actual del abono transporte joven durante los días lectivos y un 25% los no lectivos y festivos y de un 65% para los de la tercera edad. Las personas inválidas también lo tendrán gratis
Articulo 2:
Los bonos para los universitarios se reducirán en un 50% del importe actual durante los días lectivos y en un 25% los días no lectivos y festivos
Artículo3:
Esta propuesta se aplicará a las personas con edades comprendidas entre 0 y 26 años y mayores de 65 años que residan, estudien o trabajen en Cantabria y que tengan en posesión o compren el abono joven o tercera edad.
Artículo3.
Los gastos correrán un 85% a cargo del Gobierno de Cantabria un 15% a cargo de los Ayuntamientos. El Gobierno de Cantabria se encargará de comprobar que estos abonos no se usan de forma indebida
Disposicion:
La ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOCA
Propuesta de Ley Descuento de la tarjeta de abono del transporte.
Exposición de motivos:
El transporte público es un elemento muy importante en la sociedad actual. Permite a las personas que no tienen medios o están discapacitadas para desplazarse puedan hacerlo, es una alternativa a la contaminación, reduce los atascos y es un bien de consumo público.
Pero uno de los principales inconvenientes es el precio, sobre todo para personas comprendidas entre los 0 y 26 años y mayores de 65 que son las clases que tienen menos recursos, y en Cantabria lo hemos ido observando a lo largo de estos años.
Es así que el PSdG propone esta ley.
Artículos.
Artículo 1:
Reducción del 30% del importe actual del abono transporte joven durante los días lectivos y un 25% los no lectivos y festivos y de un 65% para los de la tercera edad. Las personas inválidas también lo tendrán gratis
Articulo 2:
Los bonos para los universitarios se reducirán en un 50% del importe actual durante los días lectivos y en un 25% los días no lectivos y festivos
Artículo3:
Esta propuesta se aplicará a las personas con edades comprendidas entre 0 y 26 años y mayores de 65 años que residan, estudien o trabajen en Cantabria y que tengan en posesión o compren el abono joven o tercera edad.
Artículo3.
Los gastos correrán un 85% a cargo del Gobierno de Cantabria un 15% a cargo de los Ayuntamientos. El Gobierno de Cantabria se encargará de comprobar que estos abonos no se usan de forma indebida
Disposicion:
La ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOCA
- Laia BadiaDemòcrates
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Fecha de inscripción : 19/11/2008
Re: Junta de Portavoces
Dom 26 Jul 2009 - 2:26
El Centro Democrático Español (CDE), con 8 diputados, presenta a Javier González como Portavoz.
- Laia BadiaDemòcrates
- Cantidad de envíos : 12057
Fecha de inscripción : 19/11/2008
Re: Junta de Portavoces
Lun 27 Jul 2009 - 21:30
Los 8 diputados del Centro Democrático Español (CDE) se integran en el Grupo Mixto.
- Jaime Lopez
- Cantidad de envíos : 454
Edad : 32
Localización : Galicia
Fecha de inscripción : 07/05/2009
Re: Junta de Portavoces
Mar 28 Jul 2009 - 12:31
El Grupo Parlamentario Popular presenta a Jaime Lopez como Portavoz con sus 11 diputados.
Un saludo.
Un saludo.
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