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Héctor Fernández.
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Dom 6 Sep 2015 - 17:38
PLO de protección para los trabajadores que no secunden una huelga [Gobierno de España] Posadas

Jesús Posada, Presidente del Congreso de los Diputados
Se abre la sesión. El Gobierno de España ha presentado en la Mesa del Congreso un proyecto para ser debatido en esta Cámara para pasar después a su votación. Vamos a proceder al debate del Proyecto de Ley Orgánica de protección para los trabajadores que no secunden una huelga, que se encuentra en sus mesas:

PLO de protección para los trabajadores que no secunden una huelga [Gobierno de España] DUlkEpm

PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN PARA LOS TRABAJADORES QUE NO SECUNDEN UNA HUELGA

PREÁMBULO
Con este título un poco largo y poco atractivo se presenta esta ley que de lo que trata de evitar es situaciones que se han vivido en el pasado. Durante el transcurso de las huelgas los piquetes informativos tienen derecho a desarrollar su actividad informadora. Sin embargo dicha actividad no debe entrar en colisión con aquellos trabajadores que no deciden secundarla. En la actual regulación los trabajadores que no van a huelga no poseen la suficiente protección por el Estado de Derecho y se encuentran, en muchas ocasiones, indefensos ante la actitud de piquetes que más que informativos son violentos.

La regulación del presente proyecto de ley da la calificación de delito contra los derechos de los trabajadores, en su núcleo más duro, a aquellos que coaccionen, en los antecedentes o en el transcurso de la huelga, a ciudadanos que decidan no hacer uso de su derecho a huelga, queriendo así, trabajar. Los bienes jurídicos a proteger y que están en juego son por un lado el derecho a la huelga y, por otro, no sólo el derecho al trabajo sino el derecho a la integridad física y moral. Ambos derechos constitucionales fundamentales y el gobierno debe ponderar ambos a fin de que se alcance la máxima protección.

TÍTULO ÚNICO
Artículo 1. Se deroga el apartado tercero del artículo 315 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Artículo 2. Se incorpora el texto del apartado tercero del artículo 315 al artículo 311 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, modificándolo de la forma que sigue:

Serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses:

1.º Los que, mediante engaño o abuso de situación de necesidad impongan a los trabajadores a su servicio condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual.

2.º Los que en el supuesto de transmisión de empresas, con conocimiento de los procedimientos descritos en el apartado anterior, mantengan las referidas condiciones impuestas por otro.

3º Los que actuando en grupo o individualmente coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga.

4.º Si las conductas reseñadas en los apartados anteriores se llevaren a cabo con violencia o intimidación se impondrán las penas superiores en grado.

Artículo 3. De acuerdo con las Leyes procesales, en aquellos procedimientos relativos a los delitos regulados por la presente ley corresponderá a la parte demandada probar la ausencia delictiva.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Se derogan cuantas disposiciones se opongan a la presente.

DISPOSICIÓN FINAL
Entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.

Tiene la palabra la diputada y Ministra de Trabajo y Seguridad Social, la Excelentísima señora doña Esperanza Oña.
Roberto Martínez
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Lun 7 Sep 2015 - 15:40
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Esperanza Oña, Ministra de Trabajo y Seguridad Social

Señor presidente del Congreso, señores diputados,

En primer lugar esta reforma la saca adelante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social con el departamento del gobierno encargado de la Justicia. Y hay una errata tipográfica que debe ser enmendada, por lo cual se propone la enmienda de:

ENMIENDA:

Artículo 2. Se incorpora el texto del apartado tercero del artículo 315 al artículo 311 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, modificándolo de la forma que sigue:

Serán castigados con las penas de prisión de un año a cinco años y multa de seis meses a dos años:

1.º Los que, mediante engaño o abuso de situación de necesidad impongan a los trabajadores a su servicio condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual.

2.º Los que en el supuesto de transmisión de empresas, con conocimiento de los procedimientos descritos en el apartado anterior, mantengan las referidas condiciones impuestas por otro.

Los que actuando en grupo o individualmente coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga.

4.º Si las conductas reseñadas en los apartados anteriores se llevaren a cabo con violencia o intimidación se impondrán las penas superiores en grado.



Cada vez que ha habido una huelga general en nuestro país, los sindicatos han podido ejercer su derecho recogido en la Constitución como fundamental, sin ningún tipo de limitación más que la propia ley. No obstante, muchos trabajadores han sufrido el efecto de algunos piquetes informativos que les han impedido desarrollar no sólo su derecho al trabajo sino que también han comprometido su derecho a la integridad física y moral. En un Estado de Derecho que se precie ambos derechos deben conciliarse y por tanto, este gobierno quiere seguir garantizando ambos con la máxima protección.

Esta reforma incrementa la sanción penal para aquellos que quieran atentar contra los trabajadores, situándola al mismo nivel de quiénes violenten el derecho a huelga. Hasta ahora la regulación penal daba mayor protección a aquellos que coaccionan a los trabajadores que quieren trabajar frente a los que lo hacen frente a los huelguistas. Esta desigualdad es inaceptable y es por ello por lo que proponemos esta reforma que requiere de la mayoría absoluta de la cámara para ser aprobada.
Héctor Fernández.
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Lun 7 Sep 2015 - 17:50
PLO de protección para los trabajadores que no secunden una huelga [Gobierno de España] Posadas

Jesús Posada, Presidente del Congreso de los Diputados
Gracias señora Ministra.

Tienen la palabra los grupos parlamentarios para mostrar su posición y sus enmiendas si lo estiman oportuno. (FDP: 800 palabras sin contar las enmiendas. Para la dúplica el límite es de 450 palabras)

(FDP: 48 horas)
Manuel Calvo
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Mar 8 Sep 2015 - 14:01
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Eduardo Padilla
Líder de la Oposición

Gracias señor Presidente.

Señorías, señora ministra. ¿No les da vergüenza? Ante la destrucción de derechos sociales y laborales que el PP anunció para esta legislatura en connivencia con sus socios de Alianza Liberal era de esperar que los sindicatos reaccionaran y anunciaran una huelga general, huelga que por otro lado el Partido Socialista apoyará y secundará. No solo no han mostrado la más mínima intención de replantearse sus medidas o de dialogar, si descontamos el hecho de que están posponiendo las más graves hasta que no puedan perjudicar al PP en ninguna cita electoral, sino que además proponen este grave atentado contra el derecho a huelga, que muy probablemente sea inconstitucional.

Argumenta usted, señora Oña, que el derecho a huelga está protegido de manera desigual mientras que no ocurre lo mismo con el derecho al trabajo y a la integridad física. Francamente señorías, las medidas en materia laboral que han propuesto sí que son un ataque al derecho al trabajo.

(Aplausos del GP Socialista)

Luego, se refiere a lo piquetes como si fueran las hordas bárbaras de Atila el Huno que agredirán a todo aquel que ose trabajar o intentarlo, tanto en su discurso como en el preámbulo de la reforma. Eso por no decir que una redacción tan vaga como la propuesta elimina de facto la figura del piquete. Que yo le diga a usted “eh, debes hacer huelga” puede considerarse coacción; un cartel informativo que use el imperativo, también puede considerarse coacción. Incluso si hilamos fino una manifestación con consignas claras en favor de la huelga puede considerarse coacción si hay presente alguien que no secunda la huelga.

Con esta reforma no se garantiza el derecho al trabajo sino que se ataca sin tapujos al derecho de los trabajadores y trabajadoras de hacer huelga, pero aun así se atreven a decir que defienden los intereses de las clases medias y trabajadoras. El PSOE, que a diferencia de ustedes sí que está comprometido con los trabajadores y trabajadoras de este país, no apoyará esta atrocidad.

Muchas gracias.

(Aplausos del GP Socialista)
Roberto Martínez
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Mar 8 Sep 2015 - 17:33
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Esperanza Oña, Ministra de Trabajo y Seguridad Social

Señor presidente del Congreso, señores diputados, señor Padilla

Albergo con suma preocupación la posición que mantienen desde su bancada. En primer lugar porque amenazan con una huelga hipotética basada en futuras acciones gubernativas igualmente imaginarias. Me pregunto, con gran tristeza, donde estaban los sindicatos y el Partido Socialista mientras el desempleo se elevó a niveles tan dramáticos como los que vivimos actualmente. Millones de trabajadores a la calle, millones de familias de clase trabajadora sufriendo para subsistir y ustedes, por aquel entonces, no auparon ninguna huelga. Entiendo que podamos discrepar en determinados asuntos, usted al fin y al cabo representa al PSOE y yo al PP. Lo que no entenderé es el ánimo de crispar la situación política en la situación económica que nos encontramos. Si no hay estabilidad política no habrá nunca recuperación económica y eso nos afecta a todos, tanto a usted como a mí.

Creo que debemos dejar diferencias pasadas, rencores pasados y avanzar en un diálogo eficaz para resolver los problemas de la ciudadanía. Ya lo hicieron en la ley de Reforma de Seguridad Social. Lo sé y lo agradezco. Por ello me entristece que sigan con la misma vieja política de izquierda de siempre, la cual reza que los políticos del PP son ogros y los del PSOE buenos. Ni los políticos del PP son ogros ni en el PSOE todos son buenos. Somos sólo políticos que con nuestros esfuerzos debemos contribuir a mejorar las cosas. Cosas simples pero que a la vez son muy importantes como que las clases menos pudientes puedan llenar su nevera. Que nuestros niños, sin importar su condición social, puedan acceder a cualquier estatus que se propongan a través de una buena educación. Que nuestros mayores tengan una pensión digna. Que nuestros enfermos puedan acceder a una sanidad de calidad. En eso consiste nuestro trabajo.

Esta reforma es una manera de colocar los derechos de todos en la máxima protección tanto los trabajadores que quieren hacer huelga como de los que no. Puede ridiculizarlo y decir que un simple  "eh, debes hacer huelga" se convertirá en coacción, si tal es la calificación jurídica dada por el Juez, y supondrá una pena mayor. Pero lo que usted defiende es que el simple "eh, debes trabajar" como coacción por parte de otro trabajador sea penado con mayor intensidad que justo al revés. Al final de todo este debate lo que trasluce es que unos queremos perseguir la igualdad y la protección de todos los derechos fundamentales y otros, desgraciadamente y lo digo con pesar, como ustedes quieren la desigualdad jurídica. Hagan el favor de reflexionar, si lo desean, y discutamos como políticos con mayúsculas.

Muchas gracias, cedo la palabra.
Pedro Taibo
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Mar 8 Sep 2015 - 17:45
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Rodolfo González, Portavoz del Grupo Parlamentario Frente del Cambio

Desde el GPFdC, suscribimos las declaraciones y preocupaciones del Grupo Parlamentario Socialista. Creemos, como ellos, que este aumento de las penas por "coaccionar" a los trabajadores a hacer huelga, viene en respuesta al aumento de las jornadas de luha, de huelga y manifestación, por parte de los movimientos sociales, y en especial los sindicales.

Pretenden reprimir y amenazar a los trabajadores que hacen huelga, porque aunque en realidad vaya a aplicarse a aquellos que coaccionen, sabemos como va a aplicarse: contra todo aquel que ose levantar la voz ante situaciones laborales precarias, ya hemos visto casos de imputación de cargos falsos, y como han terminado.

En resumen, que quieren acallar las voces críticas, y eso es algo que nuestro grupo no v a permitir. Por eso nuestro voto será en contra
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Miér 9 Sep 2015 - 18:04
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Borja Sémper, Portavoz del GPP

Gracias señor Presidente. Señorías, el GPP respaldará la propuesta del gobierno. Creemos que es necesario acabar con los abusos que se hacen durante las jornadas de huelga por parte de aquellos que no respetan la decisión de algunos trabajadores de no secundar una huelga. El derecho a la huelga no sólo es positivo, en tanto que hay derecho a ejercerla, sino también negativo, a no ejercerla. A parte de este derecho en su sentido negativo, está el derecho a trabajar que tienen todos los trabajadores.
Por lo tanto, en el planteamiento jurídico y de protección de derechos fundamentales, la medida planteada es la correcta para defender a los trabajadores.

Asimismo, creemos que debe acabarse con aquellos que se exceden coaccionando violentamente a los trabajadores, montando piquetes que dañan los bienes públicos y también los de las empresas. La presión mediante violencia verbal o física hacia trabajadores se da en todas las huelgas, y creemos que no podemos permitir que el día de huelga sea una batalla campal o una anarquía en la cual la ley no se aplica y los sindicalistas pueden hacer lo que les de la gana, incluso utilizando medios ilícitos.

Por todo ello, nuestro grupo parlamentario apoyará el proyecto. Muchas gracias.
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Miér 9 Sep 2015 - 18:05
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Jesús Posada, Presidente del Congreso de los Diputados
Finalizado el tiempo de debate, pasamos a la votación (FDP: En el foro de Votaciones del Congreso)
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