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Despacho Canalejas, Tremps, Labayen & Izquierdo, asociados.

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Martí Casas
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Vie 7 Jun 2013 - 23:38
Ignacio Izquierdo escribió:Derecho Eclesiástico es un auténtico cajón desastre donde cabe desde derecho matrimonial (religioso, obviamente), aborto, educación hasta asistencia religiosa a las FF.AA..

Qué estropicio. Con lo divertido que era estudiar la excomunión.

Müller esta excomulgado DDP XD
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Sáb 8 Jun 2013 - 1:51
Sí, sí lo está: hay una instrucción, circular o algo así de la Congregación para la Doctrina de la fé, sentando los requisitos exigible para lo que ellos llaman, con marcado mal gusto, "defectio ab Ecclesia Catholica", defección de la Iglesia Católica.

Yo apostaté, y me resultó muy sencillo. Fui a preguntar al arzobispado, y el señor que me atendió me dijo que lo podía hacer allí mismo, me dio un formulario para cubrir, advirtiéndome que era muy importante que pusiese la parroquia en que había sido bautizado. Porque si no, habría que hacer investigaciones para consignarlo en el libro de bautismos. No era mi caso, sé perfectamente dónde me bautizaron. Entonces se envía parte al párroco para que ponga nota marginal en la partida de bautismo, éste manda parte al arzobispado de haberlo hecho, y luego algún jefazo de la curia te envía a casa una carta confirmándote tu pecaminosa nueva situación. Rápido, sencillo y para toda la familia.
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Sáb 8 Jun 2013 - 1:59
Viendo lo que ha puesto Alberti sobre el caso de los ERE, que la jueza ha ordenado a los imputados prestar fianzas por responsabilidades civiles, me surge una pregunta: ¿pueden acumularse acciones, de las que ordinariamente hubieran de ejercerse ante el orden social, a una acción penal? Lo digo porque entiendo que las fianzas que pide la jueza son para garantizar los fondos posiblemente distrahidos a la Seguridad Social. Y, me parece, la devolución de cantidades indebidas a la Seguridad Social es una cuestión ordinariamente juzgable por los tribunales del orden social. De ser acumulable, me surge otra pregunta: ¿qué legislación se aplica a esta acción acumulada: la de responsabilidades civiles nacidas de delito, obrante en el Código penal; o la legislación de Seguridad Social?

¿Honorables colegas?
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Sáb 8 Jun 2013 - 9:03
Independientemente de que puedan ser condenados a la devolución en vía de una pena accesoria (raro de cojones, pero lo he visto hacer), yo creo que en tanto la jurisdicción penal arrastra a las demás, es acumulable, aplicando subsidiariamente la legislación penal sobre responsabilidades civiles nacidas del delito.

Sin embargo habría que revisarse el Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social, porque a lo mejor la reclamación de esas cantidades no es necesario hacerla por la vía judicial, si no que se inicia a raíz de una resolución que reconozca que se ha cometido la infracción.
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Sáb 8 Jun 2013 - 15:24
Imposible eso que dices: no se puede imponer sanción pendiente un procedimiento penal. Y tengo serias dudas de que pueda siquiera abrirse un expediente de sobre prestaciones indebidas. Que por otra parte, a quien van a pedir las cantidades, entiendo, es a los imputados, no a los perceptores... Un lío.
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Sáb 8 Jun 2013 - 16:01
No, lo que yo digo sería a posteriori. Una vez dictada la sentencia que reconoce las percepciones indebidas, y devenida esta firme, la Seguridad social insta procedimiento recaudatorio.

Pero no sé, no he mirado el Reglamento. Aparte de que Seguridad social me parece lo más muermo que existe sobre el Universo.
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Sáb 8 Jun 2013 - 17:04
Moderador Aperitivo escribió:Sí, sí lo está: hay una instrucción, circular o algo así de la Congregación para la Doctrina de la fé, sentando los requisitos exigible para lo que ellos llaman, con marcado mal gusto, "defectio ab Ecclesia Catholica", defección de la Iglesia Católica.

Yo apostaté, y me resultó muy sencillo. Fui a preguntar al arzobispado, y el señor que me atendió me dijo que lo podía hacer allí mismo, me dio un formulario para cubrir, advirtiéndome que era muy importante que pusiese la parroquia en que había sido bautizado. Porque si no, habría que hacer investigaciones para consignarlo en el libro de bautismos. No era mi caso, sé perfectamente dónde me bautizaron. Entonces se envía parte al párroco para que ponga nota marginal en la partida de bautismo, éste manda parte al arzobispado de haberlo hecho, y luego algún jefazo de la curia te envía a casa una carta confirmándote tu pecaminosa nueva situación. Rápido, sencillo y para toda la familia.

Ok, gracias por la información. El día que apostate veremos si es tan fácil como lo cuentas o no.
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Sáb 8 Jun 2013 - 23:07
Me refería a que en el Código no aparece. Las únicas formas que contempla el Código de salida de la Iglesia es el cisma y el anatema.

Y para apostatar depende mucho de la diócesis. En Madrid es una auténtica odisea.
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Dom 9 Jun 2013 - 0:32
Herejes, herejes todos.

Moderador Aperitivo escribió:Viendo lo que ha puesto Alberti sobre el caso de los ERE, que la jueza ha ordenado a los imputados prestar fianzas por responsabilidades civiles, me surge una pregunta: ¿pueden acumularse acciones, de las que ordinariamente hubieran de ejercerse ante el orden social, a una acción penal? Lo digo porque entiendo que las fianzas que pide la jueza son para garantizar los fondos posiblemente distrahidos a la Seguridad Social. Y, me parece, la devolución de cantidades indebidas a la Seguridad Social es una cuestión ordinariamente juzgable por los tribunales del orden social. De ser acumulable, me surge otra pregunta: ¿qué legislación se aplica a esta acción acumulada: la de responsabilidades civiles nacidas de delito, obrante en el Código penal; o la legislación de Seguridad Social?

¿Honorables colegas?

Teniendo en cuenta que no he dado todavía nada de derecho laboral, mi opinión tiene muchas limitaciones. En cualquier caso coincido con Izquierdo, la jurisdicción penal arrastra al resto, es decir, que creo que se acumularía. A la segunda respuesta, ni idea.
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Dom 9 Jun 2013 - 8:54
[Viene de aquí]

Sobre la nobleza no titulada (hidalguía). Queda probada su existencia.

Dictamen jurídico sobre la Nobleza no titulada en España Emitido por el Instituto Español de Estudios Nobiliarios.
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Dom 9 Jun 2013 - 13:16
Una opinión muy cualificada, pero una opinión, en suma. De todos modos, viene precisamente a ratificar que existe el debate al que me refería.
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Dom 9 Jun 2013 - 16:55
Sin embargo el Soberano, que es de quién emana la nobleza de privilegio, en última instancia, reconoce su existencia.
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Dom 9 Jun 2013 - 20:34
¿Os gusta mi enriquecida biografía?
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Dom 9 Jun 2013 - 20:35
eeeh si?
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Dom 9 Jun 2013 - 20:42
Y este rojo qué hace aquí? SEGURIDAD, SEGURIDAD
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Dom 9 Jun 2013 - 20:54
Ignacio Izquierdo escribió:¿Os gusta mi enriquecida biografía?

Mucho, ¿y tú qué opinas de la mía? Aunque la tendré que arreglarla dentro de poco después de que se vea cómo queda el panorama tras las elecciones de la CFN...
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Dom 9 Jun 2013 - 21:10
Me encanta. Más que nada porque profeso auténtica veneración por el Valle del Roncal, al que me escapaba cada vez que podía cuando viví en Pamplona.
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Dom 9 Jun 2013 - 21:27
Y si se me permite decirlo. Excelente campaña, Karlos. Mereces ganar.
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Lun 10 Jun 2013 - 9:33
Campus virtuales y Propiedad Intelectual

Un pleito bastante interesante.
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Lun 10 Jun 2013 - 16:25
Ignacio Izquierdo escribió:Me encanta. Más que nada porque profeso auténtica veneración por el Valle del Roncal, al que me escapaba cada vez que podía cuando viví en Pamplona.

Me alegra oirlo (o, mejor dicho, leerlo), pues ya somos dos enamorados de ese hermoso valle pirenaico. En su momento un tío abuelo mío tenía una casa por allí, porque le gustaba esquiar, pero al morir la vendió su viuda, si bien yo nunca la visité, sí que fue usada para alguna reunión familiar y tal. Una auténtica pena en todo caso. Yo el valle lo conozco de una convivencia que el año pasado organizó mi colegio, supuestamente para preparar la confirmación (que no hice) y para esquiar.

Y gracias también por la valoración de la campaña. He de decir que José y yo nos hemos tenido que pegar un currelo majo, especialmente teniendo en cuenta que yo he estado de examenes estas dos semanas, con lo cual el asunto ha tenido su parte de odisea. Así que me alegra haber podido terminarla en condiciones, por mucho que haya algunos que estén intentando todavía echarla por tierra con impugnaciones y tal.

PD: Ah, y le he echado un vistazo al informe jurídico de la hidalguía. En mi opinión, lo veo un poco demasiado cogido con pinzas en algunos extremos.
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