- Fabián de la Torre
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Real Decreto 2/1982, de 27 de enero, de por el que se actualiza el Salario Mínimo Interprofesional para el ejercicio fiscal de 1982
Vie 12 Abr 2013 - 20:58
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Número 3 • Viernes, 27 de enero de 1982 • Sec. I
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS
Real Decreto 2/1982, de 27 de enero, de por el que se actualiza el Salario Mínimo Interprofesional para el ejercicio fiscal de 1982.
El artículo 18 de la Ley 16/1976 de 8 de abril, de Relaciones Laborales, determina que el Gobierno de España fijará cada año con efectos de 1º de enero el Salario Mínimo Interprofesional, teniendo en cuenta entre otros factores los índices oficiales del coste de vida, la productividad nacional media alcanzada, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura general de la economía. Por ello dispongo:Artículo único. De determinación del Salario Mínimo Interprofesional
El Salario Mínimo Interprofesional, cualquiera que sea la edad del trabajador, se incrementará un 5,5% en el período que va del 1 de enero al 31 de diciembre de 1982.
Dado en Madrid, el treinta de enero de mil novecientos ochenta y dos.
El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Hacienda y Presupuestos,
Jorge Juan Churchill Ayala
- Real Decreto 34/1980, de 21 de diciembre, por el que se actualiza el Salario Mínimo Interprofesional para el ejercicio fiscal de 1981
- Real Decreto 5/1983, de 28 de febrero, de por el que se actualiza el Salario Mínimo Interprofesional para el ejercicio fiscal de 1983
- Real Decreto-Ley 1b/1982, de 25 de enero, de revitalización del sistema productivo de las cuencas Mineras
- Real Decreto X/2016, de 20 de marzo, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2016
- Real Decreto 1/1979 por el cual se fija el Salario Mínimo Interprofesional
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