- Fabián de la Torre
- Cantidad de envíos : 16695
Edad : 31
Localización : Ferraz, 70
Fecha de inscripción : 02/03/2010
Real Decreto 5/1983, de 28 de febrero, de por el que se actualiza el Salario Mínimo Interprofesional para el ejercicio fiscal de 1983
Vie 19 Jul 2013 - 0:19
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Número 5 • Lunes, 28 de febrero de 1983 • Sec. I
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Real Decreto 5/1983, de 28 de febrero, de por el que se actualiza el Salario Mínimo Interprofesional para el ejercicio fiscal de 1983.
El artículo 18 de la Ley 16/1976 de 8 de abril, de Relaciones Laborales, determina que el Gobierno de España fijará cada año con efectos de 1º de enero el Salario Mínimo Interprofesional, teniendo en cuenta entre otros factores los índices oficiales del coste de vida, la productividad nacional media alcanzada, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura general de la economía. Por ello dispongo:Artículo único. De determinación del Salario Mínimo Interprofesional
El Salario Mínimo Interprofesional, cualquiera que sea la edad del trabajador, se incrementará un 5,75% en el período que va del 1 de enero al 31 de diciembre de 1983.
Dado en Madrid, el veintiocho de febrero de mil novecientos ochenta y tres.El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas,
José Castrillo Díaz
- Real Decreto 34/1980, de 21 de diciembre, por el que se actualiza el Salario Mínimo Interprofesional para el ejercicio fiscal de 1981
- Real Decreto 2/1982, de 27 de enero, de por el que se actualiza el Salario Mínimo Interprofesional para el ejercicio fiscal de 1982
- Real Decreto 2/1983, de 18 de febrero, de reestructuración del Ministerio de Sanidad y Consumo
- Real Decreto 1/1983, de 14 de febrero, de reestructuración del Ministerio de Agricultura, pesca y alimentación
- Real Decreto 23/1979 por el cual se fija el Salario Mínimo Interprofesional
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.