- Ferran RivellesAdministración
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Real Decreto 1/1979 por el cual se fija el Salario Mínimo Interprofesional
Vie 30 Dic 2011 - 20:12
REAL DECRETO 1/1979, DE 5 DE FEBRERO, POR EL QUE SE FIJA EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL
Preámbulo
El artículo 18 de la ley 16/1976 de 8 de abril, de Relaciones Laborales, determina que el Gobierno de España fijará cada año con efectos de 1° de abril, el Salario Mínimo Interprofesional, teniendo en cuenta entre otros factores los índices oficiales del coste de vida, la productividad nacional media alcanzada, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura general de la economía. Por ello dispongo:
TÍTULO ÚNICO
Artículo 1
El Salario Mínimo Interprofesional aumenta respecto al período anterior en 6'5%.
Artículo 2
El Salario Mínimo Interprofesional para las personas de 18 años de edad o más es de 17.508,6 ptas siendo 1068,6 ptas superior al período anterior.
Artículo 3
El Salario Mínimo Interprofesional para las personas entre 16 y 17 años de edad es de 10.703,25 ptas siendo 653,25 ptas superior al período anterior.
Artículo 4
El Salario Mínimo Interprofesional para las personas entre 14 y 15 años de edad es de 6.773,4 ptas siendo 413,4 ptas superior al período anterior.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogadas las leyes y decretos que se opongan o contradigan la presente Ley.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ley entrará en vigor a partir de su publicación oficial.
Dada en Madrid, a 5 de febrero de 1979.
-Juan Carlos R-
Antonio Blanco Ramírez
Vicepresidente Segundo del Gobierno
Ministro de Economía y Hacienda
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