- Maximiliano Salas
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PL 04/20 MODIFICACIÓN DE LA LEY SOBRE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL. AUMENTO DEL LÍMITE GENÉRICO DE VELOCIDAD PARA TURISMOS Y MOTOCICLETAS EN AUTOVÍAS Y AUTOPISTAS. (Gobierno)
Lun 13 Jun 2011 - 17:04
MODIFICACIÓN DE LA LEY SOBRE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL. AUMENTO DEL LÍMITE GENÉRICO DE VELOCIDAD PARA TURISMOS Y MOTOCICLETAS EN AUTOVÍAS Y AUTOPISTAS.
PREÁMBULO
Tras la decisión del Gobierno de España, se precisa de la modificación del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad con la finalidad de adecuar el reglamento al Real Decreto publicado y que entrará en vigor el próximo 1 de abril.
DISPOSICIÓN GENERAL
Artículo Único. Modificación del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto.
· Se añade un segundo inciso al párrafo segundo del anexo II del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, con la siguiente redacción:
... En los supuestos de aumento del límite genérico de velocidad en autopistas y autovías de 120 km/h a 130 km/h, resultará de aplicación la normativa de infracciones y sanciones para el límite de velocidad de 120 km/h.
DISPOSICIÓN FINAL
La modificación de la Ley entra en vigor el próximo 1 de abril de 2020 una vez presentado de forma oficial en el Boletín Oficial del Estado.
María San Gil,
Ministra de Interior.
Esperanza Aguirre,
Presidente del Gobierno de España.
PREÁMBULO
Tras la decisión del Gobierno de España, se precisa de la modificación del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad con la finalidad de adecuar el reglamento al Real Decreto publicado y que entrará en vigor el próximo 1 de abril.
DISPOSICIÓN GENERAL
Artículo Único. Modificación del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto.
· Se añade un segundo inciso al párrafo segundo del anexo II del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, con la siguiente redacción:
... En los supuestos de aumento del límite genérico de velocidad en autopistas y autovías de 120 km/h a 130 km/h, resultará de aplicación la normativa de infracciones y sanciones para el límite de velocidad de 120 km/h.
DISPOSICIÓN FINAL
La modificación de la Ley entra en vigor el próximo 1 de abril de 2020 una vez presentado de forma oficial en el Boletín Oficial del Estado.
María San Gil,
Ministra de Interior.
Esperanza Aguirre,
Presidente del Gobierno de España.
- Maximiliano Salas
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Se pasa a votar la enmienda.
Tiene 28 horas finales.
Articulo unico.- Se devuelve el proyecto al gobierno para su revision.
Diposicion anulatoria
Se Anula el Real Decreto sobre la Modificación del Reglamento General de Circulación
Disposicion Final
La presente entra en vigor el dia de su publicacion el Boletin Oficial.
Tiene 28 horas finales.
- Javier Ibarra
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Portavoz de los socialistas
Javier Ibarra;
El PSOE vota a FAVOR de la retirada del proyecto con todos sus diputados
Javier Ibarra;
El PSOE vota a FAVOR de la retirada del proyecto con todos sus diputados
Montserrat Nebrera, Portavoz del GPP
El GPP (121) vota EN CONTRA de la enmienda.
El GPP (121) vota EN CONTRA de la enmienda.
- Javier Ibarra
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Javier Ibarra escribió:Portavoz de los socialistas
Javier Ibarra;
El PSOE vota a FAVOR de la retirada del proyecto con todos sus diputados( A FAVOR DE LA ENMIENDA)
- Maximiliano Salas
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El Grupo Palrmanetario UPyD vota A FAVOR de la enmienda que se porpuso.
- PL 04/20 MODIFICACIÓN DE LA LEY SOBRE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL. AUMENTO DEL LÍMITE GENÉRICO DE VELOCIDAD PARA TURISMOS Y MOTOCICLETAS EN AUTOVÍAS Y AUTOPISTAS. (Gobierno)
- Real Decreto sobre la Modificación del Reglamento General de Circulación. Aumento del límite genérico de velocidad para turismos y motocicletas en autovías y autopistas
- PL para la modificación de los límites máximos de velocidad de automóviles por carrertera [Gobierno de España]
- PL para la modificación de los límites máximos de velocidad de automóviles por carrertera [Gobierno de España]
- Proposición de Ley para la Seguridad Vial (GOBIERNO) // APROBADA
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