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Javier Ibarra
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FINALIZADA- Ley de Turismo de Extremadura(LETEX)(GOBIERNO) Empty FINALIZADA- Ley de Turismo de Extremadura(LETEX)(GOBIERNO)

Miér 5 Mayo 2010 - 1:09
LEY DE TURISMO DE EXTREMADURA (LETEX)
EXPOSICION DE MOTIVOS
La actividad turística es un elemento con creciente importancia en la vida económica y social, fuente de ingresos y de especial relevancia en la cohesión de regiones periféricas como Extremadura. Asimismo, el turismo es un ejemplo claro de la relación existente entre el medio ambiente y el desarrollo económico, con todos los posibles beneficios y conflictos, por lo que es preciso planificar y controlar adecuadamente.
Esta Ley, por tanto, tiene carácter polivalente en base al papel multidisciplinario y horizontal del turismo.

TITULO I. “DISPOSICIONES GENERALES”
Artículo 1. Objeto.
1 - La presente Ley tiene por objeto regular, en el ejercicio de la competencia exclusiva que sobre la materia tiene la Comunidad Autónoma de Extremadura, la ordenación, fomento y promoción de los recursos turísticos de Extremadura, así como el desarrollo de las actividades turísticas de la Comunidad.

Artículo 2.-Ámbito de aplicación
1.-La presente Ley será de aplicación en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2.-A efectos de la presente Ley, se entiende por:
a) Recursos turísticos.
b) Sujetos de la relación turística.
c) Establecimientos turísticos.
d) Actividades turísticas.

Artículo 3.-Fines
El objeto expresado en el artículo 1 de esta Ley se concretará en la consecución de los siguientes fines:
1.-Regulación de la oferta turística
2.-Mejora de la competitividad de las empresas turísticas,
3.-Planificación y acomodación de la oferta turística a las exigencias de la demanda actual y potencial,
4.-Preservación de los recursos turísticos,
5.-lmpulso de la modernización y mejora del equipamiento turístico de Extremadura y del desarrollo de las ofertas complementarias de servicios,
6.-Potenciación de los movimientos turísticos
7.-Protección al usuario turístico.

Artículo 4.-Competencias
A la Consejería competente en materia de turismo le corresponderá:
a) Definir y ordenar en todos sus aspectos las directrices de la política turística de la Comunidad Autónoma
b) Autorizar la apertura de los establecimientos de las empresas turísticas y fijar su clase, grupo y categoría.
c) Inspeccionar y vigilar los establecimientos turísticos y las condiciones en las que se presten los servicios.
e) Adoptar las medidas adecuadas para el fomento y promoción de la oferta turística.
f) Sustanciar las reclamaciones que puedan formularse.
g) Aprobar los planes que, para el desarrollo del turismo y la ordenación y fomento de los recursos turísticos, prevé la presente Ley..
h) Imponer las sanciones que procedan por infracciones que se cometan contra lo prevenido en la presente Ley y demás normativa específica.

Artículo 5.- Órgano Asesor.
1.- Consejo de Turismo de Extremadura es el órgano de asesoramiento y consulta de la Junta de Extremadura en materia turística.

TITULO II. “DE LAS EMPRESAS TURÍSTICAS”
Artículo 6. Empresas turísticas
Son empresas turísticas, a los efectos de la presente Ley, las que tienen por objeto de su actividad la prestación, mediante precio, de servicios de alojamiento, restauración, mediación entre los usuarios y los ofertantes de servicios turísticos o cualesquiera otras directamente relacionadas con el turismo que sean calificadas como tales.

Artículo 7. Acceso a los establecimientos.
Los establecimientos turísticos tendrán la consideración de públicos.
Sin embargo, los titulares de las empresas turísticas podrán negar la admisión en sus establecimientos o expulsarán de éstos, con ayuda de los agentes de la autoridad competente, si fuese necesario, a las personas que incumplan el reglamento de régimen

Artículo 8. Clases de empresas turísticas.
Las empresas turísticas pueden ser:
a) De alojamiento turístico.
b) De mediador entre usuario y ofertante del producto.
c) De restauración. .
d) Cualesquiera otras que presten servicios directamente relacionados con el turismo.

Artículo 9. Infraestructura empresarial.
Los establecimientos turísticos, en función del objeto y especialidades de actuación, quedan sujetos al cumplimiento de los requisitos mínimos de infraestructura y de calidad de los servicios prestados, que la normativa reglamentaria determine.

Artículo 10.Autorización de la actividad.
Las empresas turísticas, con anterioridad al inicio de sus actividades, deberán solicitar de la Administración Turística Autonómica la correspondiente autorización para el ejercido de las mismas y la apertura y clasificación del establecimiento.

Artículo 11.Registro de empresas y establecimientos turísticos
Las empresas turísticas de la Comunidad de Extremadura deberán solicitar obligatoriamente su inscripción y la de sus establecimientos en los Registros Generales de carácter público creados al efecto..

Artículo 12.Concepto de alojamiento turístico.
Son empresas de alojamiento turístico aquéllas que se dedican, de manera profesional y habitual a proporcionar habitación o residencia mediante precio, a las personas que lo demandan, con o sin prestación de otros servicios.

Artículo 13.Tipos.Alojamientos turísticos hoteleros.
1.Los establecimientos turísticos hoteleros se clasifican en los siguientes grupos:
a) Hoteles.
b) Hostales.
c) Pensiones.
2.En el grupo de Hoteles se distinguen dos modalidades:
a) Hoteles.
b) Hoteles-apartamentos.

Artículo 14.Alojamientos turísticos extrahoteleros.
1.Los establecimientos turísticos extrahoteleros se clasifican en los siguientes grupos:
a) Apartamentos Turísticos.
b) Campamentos Públicos de Turismo o Campings.
c) Zonas de Acampada Municipales. .
d) Villas Vacacionales.
e) Casas Rurales.
1) Agroturismo.
g) Campamentos privados, albergues, centros, colonias escolares y similares.

Artículo 15 .Especialización y prohibiciones
1. Los establecimientos hoteleros y extrahoteleros podrán obtener de la Administración Turístico el reconocimiento, de su especialización, mediante la denominación adecuada.
2. Queda prohibida la acampada libre.

Artículo 16. Concepto y requisitos de las agencias de viajes.
Tienen la consideración de Agencias de Viajes las empresas que, en posesión del título-licencia correspondiente, y al corriente con 1as garantías establecidas en cada momento, se dedican profesional y comercialmente al ejercicio de actividades de mediación y/o de organización de servicios turísticos, pudiendo utilizar medios propios en la prestación de los mismos.

Artículo 17. Clases.
1.Las Agencias de Viajes se clasifican en tres grupos:
a) Mayoristas
b) minoristas
c) Mayoristas-Minoristas.

Artículo 18 .Concepto de empresas de restauración.
Las empresas de restauración, cualesquiera que sea su denominación, son aquéllas que se dedican de forma habitual y profesional a suministrar desde establecimientos, fijos o móviles, abiertos al público, mediante precio, comidas y/o bebidas para consumir en el propio establecimiento o fuera de él.

Artículo 19 .Grupos.
Restaurantes.
Cafeterías.
Catering.
Cafés, bares y similares.

Artículo 20 .Otras empresas turísticas.
Las empresas o entidades a que se refiere el artículo 10 d.) de la presente Ley son aquéllas que incluyen entre sus actividades, servicios turísticos, o que prestan, de algún modo, servicios al turismo, tales como las de información, consultoría, espectáculos, festivales, deportivas, medioambientales, culturales, recreativas o de salud, y que reglamentariamente se clasifiquen como tales.

Artículo 21. Concepto de las profesiones turísticas.
Son profesiones turísticas las referidas de forma habitual y retribuida, con la habilitación requerida en su caso, en las distintas empresas turísticas y en la realización de actividades encaminadas a la prestación de servicios de orientación, información y asistencia al turista.

TÍTULO III. “PLANES TURÍSTICOS SINGULARES”
Artículo 22. Plan Turístico Regional.
1.-El Plan Turístico regional definirá el modelo y estrategia de desarrollo turístico, así como la ordenación y fomento de los recursos turísticos de Extremadura.
Artículo 23. Plan Turístico Comarcal.
El Plan Turístico Comarcal integrará las políticas y acciones turísticas sobre ámbitos comarcales de índole turística, en función de los recursos existentes.
Artículo 24. Acción Turística Integrada.
1.-Podrán establecerse Planes de Acción Turística Integrada que señalarán áreas o comarcas turísticas para ser consideradas preferentes desde la perspectiva de la actuación y financiación pública.

TÍTULO IV. “INSPECCIÓN DE TURISMO”.
Artículo 25. Funciones y actuaciones de la inspección de turismo.
La inspección turística, dependiente de la Consejería competente en materia de turismo, realizará , las siguientes funciones:
a) Vigilancia y comprobación del cumplimiento de las disposiciones legales
b) Constatación de las condiciones técnicas de las empresas y actividades turísticas,
c) Comprobación de los hechos objeto tanto de las reclamaciones y denuncias de los usuarios, d) Asesoramiento e informe sobre requisito de infraestructura
e) Control de calidad de las instalaciones y de los servicios turísticos
f) Cualquier otra función inspectora que legal o reglamentariamente se atribuya.

DISPOSICION DEROGATORIA
Quedan derogadas leyes anteriores reguladoras de la oferta turística, así como leyes de menor rango.
DISPOSICIONES FINALES
Disposición primera.
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos que sea de aplicación esta Ley que cooperen a su cumplimiento, y a los Tribunales y Autoridades que corresponda la hagan cumplir.

Comienza el debate, tienen los portavoces de los grupos políticos 48 horas, el Presidente Ibarra, no tomará la palabra solo replicará.






[b]


Última edición por Javier Ibarra el Vie 7 Mayo 2010 - 13:00, editado 6 veces
Alejandro Estrada
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Miér 5 Mayo 2010 - 13:47
Isabel Segador.

Me parece una ley que para el turismo mejorara mucho, Extremadura, una de las comunidades con mayor turismo necesita adaptarse a todo, por eso desde el Partido Popular apoyaremos esta ley.
Javier Ibarra
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FINALIZADA- Ley de Turismo de Extremadura(LETEX)(GOBIERNO) Empty debate de LEY DE TURISMO DE EXTREMADURA

Miér 5 Mayo 2010 - 17:22
SEGUIMOS EN EL DEBATE DE LA LEY


Última edición por Javier Ibarra el Miér 5 Mayo 2010 - 18:06, editado 1 vez
Javier Ibarra
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Miér 5 Mayo 2010 - 17:30
DEBATE DE LA LEY


Última edición por Javier Ibarra el Miér 5 Mayo 2010 - 18:07, editado 1 vez
Santiago Mercader
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Miér 5 Mayo 2010 - 17:38
FDP: ¿Pero qué haces? Si no han trasncurrido 48 horas :O
Javier Ibarra
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Jue 6 Mayo 2010 - 16:07
Portavoz (Javier Ibarra) PSOE/Comunidad Autónoma de Extremadura

Transcurridas 48 del debate, de la ley (LETEX) en esta Comunidad, al no haberse presentado enmienda ninguna, doy paso a su votación en esta asamblea, para lo cual tienen sus señorías 48 horas desde este momento.


Última edición por Javier Ibarra el Jue 6 Mayo 2010 - 19:32, editado 1 vez
Javier Ibarra
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Jue 6 Mayo 2010 - 17:06
El grupo socialista vota A FAVOR con 24 diputados.
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David González
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Jue 6 Mayo 2010 - 17:21
Víctor Pinares

FE JONS, con 5 escaños, vota A FAVOR.
Pepe Pito
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FINALIZADA- Ley de Turismo de Extremadura(LETEX)(GOBIERNO) Empty Re: FINALIZADA- Ley de Turismo de Extremadura(LETEX)(GOBIERNO)

Jue 6 Mayo 2010 - 18:56
Javier Ibarra escribió:Portavoz (Javier Ibarra) PSOE/Comunidad Autónoma de Extremadura

Transcurridas 48 de debate de los presupuestos autonómicos de esta Comunidad, al no haberse presentado enmienda ninguna, doy paso a su votación en esta asamblea, para lo cual tienen sus señorías 48 horas desde este momento

Adolfo Moreno
-----------------

¿Presupuestos aùtonomicos sr Ibarra?,creo que se ha equivocado de PL.
Alejandro Estrada
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Jue 6 Mayo 2010 - 18:58
FINALIZADA- Ley de Turismo de Extremadura(LETEX)(GOBIERNO) Cristina%20Tav%C3%ADo,%20presidenta%20del%20PP%20tinerfe%C3%B1o
Isabel Segero

El GPP (14) vota A FAVOR
Pepe Pito
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FINALIZADA- Ley de Turismo de Extremadura(LETEX)(GOBIERNO) Empty Re: FINALIZADA- Ley de Turismo de Extremadura(LETEX)(GOBIERNO)

Jue 6 Mayo 2010 - 19:04
Adolfo Moreno
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UPyD(11escaños) vota a FAVOR de este PL(LETEX).
Javier Ibarra
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FINALIZADA- Ley de Turismo de Extremadura(LETEX)(GOBIERNO) Empty Re: FINALIZADA- Ley de Turismo de Extremadura(LETEX)(GOBIERNO)

Vie 7 Mayo 2010 - 12:50
El presidete del parlamento

Cierra la votación, con los siguientes resultados:
A FAVOR: 54
EN CONTRA: 0
ABSTENCIONES: 0

La ley de Turismo(LETEX) para la Comunidad Autónoma de extremadura queda aprobada.
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