- Laia BadiaDemòcrates
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Debate - PLAN DE ESTÍMULO DE LA ECONOMÍA CÁNTABRA (GPUPyD)
Miér 11 Mar 2009 - 10:19
PLAN DE ESTIMULO DE LA ECONOMÍA CÁNTABRA
PLAN EEC.
Unión, Progreso y Democracia
Preámbulo:
El presente plan nace con la intención de estimular la economía cántabra, en un intento de reducir el paro, aumentar el producto interior bruto y favorecer los productos cántabros tanto en España como en Francia y Portugal.
Título I: “Despidos”.
Art. 1: Actualmente los empresarios deben de pagar en concepto de despido 45 días por año trabajado. Con esta ley, el empresario pagará 38 días por año trabajado y la comunidad se encargará de pagar los 7 días restantes.
Art. 2: En todo caso, la comunidad se hará cargo de un máximo de 45 días.
Art. 3: Para acogerse a esta normativa, la empresa no podrá despedir a más del 10% de la plantilla en un plazo de 3 meses.
Título II: “Incentivos a la contratación”
Art.4: Toda empresa que contrate a un desempleado de larga duración (más de 1 año en paro) recibirá una renta de 100 euros en el momento de la contratación, 50 euros al mes en el periodo de prueba y 1000 euros cuando el contrato pase a indefinido.
Art. 5: Si el contratado, al pasar a su contrato a indefinido, es despedido por la empresa antes de cumplirse un año, la empresa no tendrá el derecho a subvención. Si se estipula además que el es improcedente, la empresa pagará una sanción de 2000 euros.
Título III: “Formación de trabajadores”
Art.6: Toda empresa que imparta un curso a sus trabajadores relacionado con la actividad laboral y que supere las 100 horas lectivas, recibirá 50 euros por alumnos. Estos trabajadores, a partir de la subvención, deberán permanecer en la empresa un mínimo de 3 meses.
Art. 7: Todo desempleado, podrá solicitar recibir cursos de formación específica una vez apuntado en el INEM.
Art. 8: Aquellos desempleados de más de 6 meses, tendrás más opciones para los cursos formativos.
Título IV: “Fomento del I+D+i”
Art. 9: Se dotará a las universidades de Cantabria (Universidad de Cantabria y Universidad Menéndez Pelayo) de una partida destinada a la investigación de 15 millones de euros, dedicas en un 80% de área de tecnología.
Art. 10: Dotación al Parque Tecnológico Científico de un área destinada a la investigación y desarrollo del coche eléctrico, para posteriormente conseguir vender la patente a las casas automovilísticas. Se destina una partida de 20 millones de euros.
Art. 11: Dotación al Parque Tecnológico Científico de un área para la investigación de nuevos medicamentos en la lucha contra el cáncer. Se destina una partida de 20 millones de euros.
Art. 12: Dotación al Parque Tecnológico Científico de un área para la investigación de nuevos aparatos médicos. Se destina una partida de 15 millones de euros.
Título V: “Promoción de los productos cántabros”
Art. 13: Se llevará a cabo una campaña de publicidad masiva en toda España para la promoción de los productos cántabros.
Art.14: Asimismo, se hará una campaña de publicidad selectiva en Portugal y sur de Francia.
Art. 15: Esta campaña contará con la firma de “Empresarios Cántabros”. Si alguna empresa quiere que figure su logo en la campaña, deberá pagar 1 millón de euros al mes.
Art. 16: El gobierno autonómico presentará un presupuesto de 10 millones de euros para esta campaña de promoción.
Título VI: “Fomento del consumo en PYMES Cántabras”
Art. 17: Todo cántabro que realice una compra en una PYME con sede en Cantabria, recibirá una financiación al 0%.
Art. 18: Esta financiación será de entre 500 y 5000 euros de su compra.
Art.19: El gobierno de Cantabria pagará esta cantidad directamente a las PYMES y el comprador asumirá una deuda con la comunidad, a la que pagará las cuotas que se acuerden de forma mensual.
Art. 20: Con este título, se intenta conseguir que tanto comprador como vendedor se vean beneficiados. El comprar por disponer de dinero sin intereses y el vendedor por entrarle dinero en el acto.
Título VII: “Seguimiento del Plan”
Art. 21: Se pedirán los objetivos del Plan una vez cada 6 meses y se procederá a votación en el parlamento cántabro para seguir o no con él.
Título VIII: “Presupuesto”
Art. 22: Las cantidades presupuestadas son:
•Despidos: 10 millones de euros.
•Contrataciones: 10 millones de euros.
•Cursos formativos: 7 millones de euros.
•Fomento de I+D+i: 70 millones de euros.
•Promoción de productos cántabros: 10 millones de euros.
•Fomento del consumo: 15 millones de euros recuperables.
Por tanto, se destina un presupuesto final de 107 millones + 15 recuperables.
Art. 23: El presupuesto se repartirá entre las siguientes conserjerías:
1-Sanidad e Innovación: 50%
2-Industria y Empleo: 30%
3-Presidencia, Interior y Justicia: 20%
Disposición Final Derogatoria
En la vigencia de la presente quedaran derogados automáticamente cuanto decreto, leyes estatutos o reglamentos de rango inferior contradigan en el todo en una porción de la misma.
Disposición Final
La presente ley entra en vigor 10 días naturales a su publicación en el BOC.
- Eusebio Tolomeo
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Re: Debate - PLAN DE ESTÍMULO DE LA ECONOMÍA CÁNTABRA (GPUPyD)
Jue 12 Mar 2009 - 17:09
¿Algo que debatir? queda poco para que se cierre el debate y ningun grupo se ha pronunciado. Gracias.
- Mariano Pons
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Re: Debate - PLAN DE ESTÍMULO DE LA ECONOMÍA CÁNTABRA (GPUPyD)
Jue 12 Mar 2009 - 19:28
A mi grupo no le parece mal la ley. Aunque la estamos valorando internamente.
Todavía no tenemos claro el sentido de nuestro voto.
Un saludo.
Todavía no tenemos claro el sentido de nuestro voto.
Un saludo.
- Miguel Urdiales
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Re: Debate - PLAN DE ESTÍMULO DE LA ECONOMÍA CÁNTABRA (GPUPyD)
Jue 12 Mar 2009 - 20:28
Senorías,
Nuestro grupo esta valorando igualmente la ley, pero a priori a este portavoz le han surgido diversas dudas que seguramente serán facilmente subsanables.
Aqui las planteo sin obice de que posteriormente demos una valoración mas adecuada.
En cuanto al Art. 1.2 La comunidad pagará un máximo de 45 días. esto sería por una permanencia del trabajador de 6,5 años en la empresa. En el caso de que el trabajador hubiera pertenecido a la plantilla por más tiempo ¿Seria la empresa la que abonaria los restantes 7 dias por año?. Si es así solo con añadir al párrafo "los días restantes serán por cuenta de la empresa", estaria solucionado.
Sobre el articulo 4. Pienso que 150 euros en total de subvención para un contrato "aunque sea temporal", no es prácticamente nada.
En cuanto al título V. No hemos visto que se especifique la duración de la campaña, por lo que los empresarios no pueden evaluar cual sera el costo por la utilización de su logotipo.
Para la realización del título VI Sería necesario hacer un convenio con las Cajas de Ahorros para poder llevar a cabo el plan. No se como se puede articular de otro modo.
Buenas tardes señorías.
Nuestro grupo esta valorando igualmente la ley, pero a priori a este portavoz le han surgido diversas dudas que seguramente serán facilmente subsanables.
Aqui las planteo sin obice de que posteriormente demos una valoración mas adecuada.
En cuanto al Art. 1.2 La comunidad pagará un máximo de 45 días. esto sería por una permanencia del trabajador de 6,5 años en la empresa. En el caso de que el trabajador hubiera pertenecido a la plantilla por más tiempo ¿Seria la empresa la que abonaria los restantes 7 dias por año?. Si es así solo con añadir al párrafo "los días restantes serán por cuenta de la empresa", estaria solucionado.
Sobre el articulo 4. Pienso que 150 euros en total de subvención para un contrato "aunque sea temporal", no es prácticamente nada.
En cuanto al título V. No hemos visto que se especifique la duración de la campaña, por lo que los empresarios no pueden evaluar cual sera el costo por la utilización de su logotipo.
Para la realización del título VI Sería necesario hacer un convenio con las Cajas de Ahorros para poder llevar a cabo el plan. No se como se puede articular de otro modo.
Buenas tardes señorías.
- Eusebio Tolomeo
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Re: Debate - PLAN DE ESTÍMULO DE LA ECONOMÍA CÁNTABRA (GPUPyD)
Vie 13 Mar 2009 - 1:07
miguel urdiales escribió:Senorías,
Nuestro grupo esta valorando igualmente la ley, pero a priori a este portavoz le han surgido diversas dudas que seguramente serán facilmente subsanables.
Aqui las planteo sin obice de que posteriormente demos una valoración mas adecuada.
En cuanto al Art. 1.2 La comunidad pagará un máximo de 45 días. esto sería por una permanencia del trabajador de 6,5 años en la empresa. En el caso de que el trabajador hubiera pertenecido a la plantilla por más tiempo ¿Seria la empresa la que abonaria los restantes 7 dias por año?. Si es así solo con añadir al párrafo "los días restantes serán por cuenta de la empresa", estaria solucionado.
Sobre el articulo 4. Pienso que 150 euros en total de subvención para un contrato "aunque sea temporal", no es prácticamente nada.
En cuanto al título V. No hemos visto que se especifique la duración de la campaña, por lo que los empresarios no pueden evaluar cual sera el costo por la utilización de su logotipo.
Para la realización del título VI Sería necesario hacer un convenio con las Cajas de Ahorros para poder llevar a cabo el plan. No se como se puede articular de otro modo.
Buenas tardes señorías.
Parece que lo que pide es fácilmente subsanable.
El articulo 1.2 quiere decir exactamente eso, que la comunidad paga hasta los 45 días, y si se excede, se hará cargo la empresa. Será incluido en el texto final antes de pasar a votacion (FDP:lo editaria ahora mismo, pero como el que cuelga la ley es el presidente, no voy a estar poniendo un nuevo post con cada enmienda).
En el articulo 4, no son 150 en total. El periodo de prueba es normalmente de 3 meses, por lo que con solo cumplir este periodo la empresa se embolsa 250 euros. Es poco, pero si lo pasa a indefinido, son 1000 euros, con lo que se intenta fomentar los contratos definidos, y más, al reducir el pago en caso de despido (título I). Con una estabilidad en el trabajo, con un idefinido, también se fomentará mas el consumo en la comunidad.
En el título V, se paga por mes, si un mes el empresario no quiere figurar, se eliminaría su logo. De todos modos, con 2 millones de euros hay para anunciarse en más de 700 transportes públicos de España (buses, metros, taxis, paradas de bus...), y para un par de anuncios al dia en TV. Lo que pueden hablar los empresarios con la publicitaria es si el dinero pagado (1 millon al mes) prefieren que sea para una publicidad más masiva (5 meses, a 2 millones + lo que aporten al mes) o para alargar el periodo de publicidad.
El título VI, el dinero que se presta se sacaría de la "libreta" de la consejeria correspondiente o se crearía una para dicho fin, pero no es necesario un convenio con cajas o bancos. Las cántabros devolvería el prestamos a esta libreta. Si hacemos un acuerdo con alguna entidad financiera, nos cobrarán un tipo de interes.
Espero haber solucionado sus dudas.
- Miguel Urdiales
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Re: Debate - PLAN DE ESTÍMULO DE LA ECONOMÍA CÁNTABRA (GPUPyD)
Vie 13 Mar 2009 - 1:32
Muchas gracias por sus explicaciones. Nuestro grupo ve viable el proyecto y votará a favor de el.
Un saludo.
Un saludo.
- Laia BadiaDemòcrates
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Re: Debate - PLAN DE ESTÍMULO DE LA ECONOMÍA CÁNTABRA (GPUPyD)
Vie 13 Mar 2009 - 14:06
Finaliza el debate. Pasamos a votación.
- Votación - PLAN DE ESTIMULO DE LA ECONOMÍA CÁNTABRA (GPUPyD)
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