Caso 0026: Esperanza Díez contra Antxon Otegi
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- Álvaro Martillo
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Re: Caso 0026: Esperanza Díez contra Antxon Otegi
Lun 2 Feb 2009 - 14:51
Pedro Valdivia escribió:Señoria ,Tal como se dijo la prueba de la imagen es FDP por lo tanto nula
La prueba la tenía usted colgada hace unos momentos en su comentario anterior. Si se trata de manipulación de pruebas, me veré en la obligación de denunciarle a usted mismo, mostrando mis [FDP] cookies con las imágenes de ayer si fuera necesario.
- Pedro Valdivia
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Re: Caso 0026: Esperanza Díez contra Antxon Otegi
Lun 2 Feb 2009 - 17:45
LA PRUEBA ES NULAÁlvaro Martillo escribió:Pedro Valdivia escribió:Señoria ,Tal como se dijo la prueba de la imagen es FDP por lo tanto nula
La prueba la tenía usted colgada hace unos momentos en su comentario anterior. Si se trata de manipulación de pruebas, me veré en la obligación de denunciarle a usted mismo, mostrando mis [FDP] cookies con las imágenes de ayer si fuera necesario.
- Álvaro Martillo
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Re: Caso 0026: Esperanza Díez contra Antxon Otegi
Lun 2 Feb 2009 - 22:14
Pedro Valdivia escribió:LA PRUEBA ES NULA
Me alegro de que sea usted juez para decirlo... ¡ah, no! que no lo es...
Por favor, si me hace el favor de "jugar" limpio, respete la prueba presentada hasta que el juez dictamine sentencia, y no viole la integridad de la misma retirándola. Gracias.
- Antxon Otegi
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Re: Caso 0026: Esperanza Díez contra Antxon Otegi
Lun 2 Feb 2009 - 23:41
Sr Juez, espero su sentencia.
- Antonio Corpe
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Re: Caso 0026: Esperanza Díez contra Antxon Otegi
Mar 3 Feb 2009 - 3:27
Álvaro Martillo escribió:Pedro Valdivia escribió:LA PRUEBA ES NULA
Me alegro de que sea usted juez para decirlo... ¡ah, no! que no lo es...
Por favor, si me hace el favor de "jugar" limpio, respete la prueba presentada hasta que el juez dictamine sentencia, y no viole la integridad de la misma retirándola. Gracias.
FDP: A ver, el Administrador ya dijo que no era valida porque no se puede usar el Curriculum DDP. No le des vueltas a algo ya explicado. Además, si no eres abogado de ninguna parte no puedes intervenir en el juicio.
- Roberto del Olivo
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Re: Caso 0026: Esperanza Díez contra Antxon Otegi
Lun 23 Feb 2009 - 15:50
Se reabre el caso. Las partes tienen un plazo de 48 horas para hacer sus disposiciones finales antes del fallo del tribunal.
- Antxon Otegi
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Re: Caso 0026: Esperanza Díez contra Antxon Otegi
Lun 23 Feb 2009 - 15:57
Bamos a tener otra vez que argumentarnos??? si estaba lla listo para sentencia.Roberto del Olivo escribió:Se reabre el caso. Las partes tienen un plazo de 48 horas para hacer sus disposiciones finales antes del fallo del tribunal.
- Roberto del Olivo
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Re: Caso 0026: Esperanza Díez contra Antxon Otegi
Lun 23 Feb 2009 - 16:27
Pero como ahora el caso lo he reabierto yo, dejo 24 horas de cortesía para que las partes argumenten algún dato de relevancia (no argumenten todo de nuevo) en caso de que lo haya, o por si ha habido algun tipo de cambio en este caso que no se haya notificado. Rectifico el comentario anterior y reitero que dejo 24 horas a partir de este momento.
- Roberto del Olivo
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Re: Caso 0026: Esperanza Díez contra Antxon Otegi
Mar 24 Feb 2009 - 2:28
Esperanza Díez escribió:Estas son las palabras del señor Otegi, referidas al señor Valdivia:Antxon Otegi escribió:
Valdivia, me esta artando de ir de victimas. Ya le pedi disculpas, pero como siga llendo de victima y llamandome ETArra, al final me artare y verdaderamente entrare en ETA, y del primero que me encargaria si sucediese eso ,que espero que NO, iria a por usted. Tome esto como lo desee, si lo desea como una amenaza, pero me estas empezando a artar, pero de verdad. De tus acusaciones llamandome ETArra y llendo de victima, solo le aviso eso.
Señoría, me permito citar el artículo 170 del Código Penal
1. Si las amenazas de un mal que constituyere delito fuesen dirigidas a atemorizar a los habitantes de una población, grupo étnico, cultural o religioso, o colectivo social o profesional, o a cualquier otro grupo de personas, y tuvieran la gravedad necesaria para conseguirlo, se impondrán respectivamente las penas superiores en grado a las previstas en el artículo anterior.
2. Serán castigados con la pena de arresto de siete a dieciocho fines de semana, o multa de seis a doce meses, los que, con la misma finalidad y gravedad, reclamen públicamente la comisión de acciones violentas por parte de bandas armadas, organizaciones o grupos terroristas.
Señoría, esta es la segunda vez que el señor Otegi amenaza al señor Valdivia con asesinarle. Creo que es intolerable que estos hechos se produzcan en democracia, y son lo suficientemente graves como para que le señor Otegi abandone sus funciones y sea apartado para que no suponga una amenaza social.
Es evidente que las amenazas del señor Otegi se dirigen no al señor Valdivia como persona individual, sino que se incardinan en sus funciones públicas y representativas como miembro del Partido Popular.
Insto al tribunal a condenar al señor Otegi por un delito de amenazas terroristas ante una conducta reiterada de amenazas, con una pena de prisión de seis meses a tres años. Asimismo, insto a que se le inhabilite para el ejercicio de cualquier cargo público por un período de entre 3 y seis años.
Muchas gracias, señoría
Señorita Díez, en este comentario suyo dice que el acusado ya había amenazado anteriormente al señor Valdivia, ¿Tiene usted pruebasde ese hecho para presentarsela al tribunal?
- Esperanza Díez
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Re: Caso 0026: Esperanza Díez contra Antxon Otegi
Mar 24 Feb 2009 - 11:55
Con la venia
Estas fueron literalmente las palabras del señor Otegi hacia el señor Valdivia:
Esta gravísima amenaza se produjo hace unos meses en el marco de un debate y fue denunciada por mí (2 de enero fecha fdp).
Creo que la gravedad de estas palabras, unidas a las más recientes en las que el señor Otegi amenazaba con entrar en ETA e ir a por el señor Valdivia son lo suficientemente graves como para que este Tribunal estime la petición de la acusación obersvando un delito de amenazas terroristas tipificado en el artículo 170 de nuestro Código Penal. Añado, señoría, que la señora Paula Hernández, compañera de partido el señor Otegi, fue condenada por este mismo Tribunal a la pena de un año de cárcel por un delito de enaltecimiento del terrorismo, lo que refuerza la tesis de esta Parte de que ANV es un instrumento terrorista al servicio de los proyectos criminales de una banda armada y sus miembros actúan al dictado de directrices externas consistentes en amedrentar a toda oposición ideológica o social, lo que atenta contra los principios más básicos del sistema democrático constitucional español.
Muchas gracias, señoría.
Estas fueron literalmente las palabras del señor Otegi hacia el señor Valdivia:
Antxon Otegi escribió: Decirle de mi parte, que te peguen un tiro.
Esta gravísima amenaza se produjo hace unos meses en el marco de un debate y fue denunciada por mí (2 de enero fecha fdp).
Creo que la gravedad de estas palabras, unidas a las más recientes en las que el señor Otegi amenazaba con entrar en ETA e ir a por el señor Valdivia son lo suficientemente graves como para que este Tribunal estime la petición de la acusación obersvando un delito de amenazas terroristas tipificado en el artículo 170 de nuestro Código Penal. Añado, señoría, que la señora Paula Hernández, compañera de partido el señor Otegi, fue condenada por este mismo Tribunal a la pena de un año de cárcel por un delito de enaltecimiento del terrorismo, lo que refuerza la tesis de esta Parte de que ANV es un instrumento terrorista al servicio de los proyectos criminales de una banda armada y sus miembros actúan al dictado de directrices externas consistentes en amedrentar a toda oposición ideológica o social, lo que atenta contra los principios más básicos del sistema democrático constitucional español.
Muchas gracias, señoría.
- Antxon Otegi
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Re: Caso 0026: Esperanza Díez contra Antxon Otegi
Mar 24 Feb 2009 - 14:31
esto fue lo que dije verdaderaente:
Otra cosa, ya fuy juzgado por esta declaracion, me vais a volber a juzgar de nuevo por esto?? Se ve falta de argumentos esperanza o que?? Siempre utilizando lo mismo en contra mia.
Antxon Otegi escribió:Pedro Valdivia escribió:decirles de mi parte que se pudran en la cárcel
Decirle de mi parte, que te peguen un tiro.
Si usted desea la muerte para los demas, yo tamien defendere la muerte para usted.
Otra cosa, ya fuy juzgado por esta declaracion, me vais a volber a juzgar de nuevo por esto?? Se ve falta de argumentos esperanza o que?? Siempre utilizando lo mismo en contra mia.
- gazte ibarrola
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Re: Caso 0026: Esperanza Díez contra Antxon Otegi
Mar 24 Feb 2009 - 14:43
se esta aludiendo a anv como institucion que apoya a eta, para empezar, delinquen las personas no las siglas. y si condenan a otegi por esas dclaraciones la mitad del partido popular debria estar en la carcel por cosas similares.
- Antxon Otegi
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Re: Caso 0026: Esperanza Díez contra Antxon Otegi
Mar 24 Feb 2009 - 15:44
He defendido mi libertad de expresión
La constitución Española el artículo 16.1 dice :
Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la Ley.
La constitución Española el artículo 16.1 dice :
Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la Ley.
- Esperanza Díez
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Re: Caso 0026: Esperanza Díez contra Antxon Otegi
Mar 24 Feb 2009 - 15:48
Con la venía, señoría
El señor Otegi apela a su libertad de expresión, pero es obvio que este derecho no es una patente de corso para insultar y, mucho menos, para amenazar. No estamos ante un delito de injurias o calumnias, sino ante uno mucho más grave de amenazas. Ruego al Tribunal tenga en cuenta lo reiterado de las amenazas, que son además habituales en otros miembros de esta formación anteriormente condenados, para que condene al señor Otegi por el delito previsto en el artículo 170 del Código Penal.
Muchas gracias, señoría.
El señor Otegi apela a su libertad de expresión, pero es obvio que este derecho no es una patente de corso para insultar y, mucho menos, para amenazar. No estamos ante un delito de injurias o calumnias, sino ante uno mucho más grave de amenazas. Ruego al Tribunal tenga en cuenta lo reiterado de las amenazas, que son además habituales en otros miembros de esta formación anteriormente condenados, para que condene al señor Otegi por el delito previsto en el artículo 170 del Código Penal.
Muchas gracias, señoría.
- Roberto del Olivo
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Re: Caso 0026: Esperanza Díez contra Antxon Otegi
Mar 24 Feb 2009 - 16:29
transcurridas las 24 horas concedidas por este tribunal para las alegaciones finales, y tras estudiar minuciosamente las pruebas presentadas por la acusación y la defensa, en unos momentos se dará el fallo del tribunal.
- Roberto del Olivo
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Caso 0026: SENTENCIA DEL TRIBUNAL
Mar 24 Feb 2009 - 16:33
ILMO. SR. PRESIDENTE DEL TRIBUNAL
D. ROBERTO DEL OLIVO ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY
la siguiente SENTENCIA.
La demanda interpuesta por la Señora Esperanza Díez ante las amenazas del Señor Antxon Otegi hacia el Señor Valdivia admitida a trámite el día 16 de enero de 2009.
ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS JURÍDICOS.
1. Aunque el acusado en su amenaza “al final me artare y verdaderamente entrare en ETA, y del primero que me encargaria si sucediese eso ,que espero que NO, iria a por usted Tome esto como lo desee, si lo desea como una amenaza, pero me estas empezando a artar, pero de verdad. De tus acusaciones llamandome ETArra y llendo de victima, solo le aviso eso. “ da su voluntad de no entrar en dicha organización terrorista, expone en tono de amenaza que si lo hace lo primero que hará es “iria a por usted” refiriéndose al Sr. Valdivia.
2. Que el acusado ya había amenazado anteriormente al Sr. Valdivia, con la
concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal agravante de reincidencia.
3. Aunque el acusado comparta las ideologías políticas, nacionalistas e independentistas de la banda terrorista ETA “al final me artare y verdaderamente entrare en ETA”, no queda probado que en el momento de la amenaza perteneciera a dicha organización ni a ninguna otra de carácter ilegal, aunque lo que si constituye delito es que reclame la comisión de acciones violentas por parte de dicha organización.
FALLO DEL TRIBUNAL
En atención a todo lo expuesto, este juzgado, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE DE LA NACION ESPAÑOLA:
1) Que debemos condenar y condenamos al procesado
ANTXÓN OTEGI como autor penalmente
responsable, de un delito de amenazas terroristas, ya definido
y por los que venía siendo acusado por la acusación popular en este procedimiento, con la concurrencia de la circunstancia modificativa de la
responsabilidad criminal agravante de reincidencia, a la pena
de: 6 meses de prisión, e inhabilitación absoluta
por tiempo de un año, en virtud del art. 170 del Código Penal vigente.
El acusado, en concepto de responsabilidad civil
indemnizará en la cantidad de 12.000 euros al Sr. Valdivia por los
daños y perjuicios morales ocasionados.
Dada en Madrid esta sentencia, a veinticuatro de febrero del dos mil nueve.
Firma D. ROBERTO DEL OLIVO
D. ROBERTO DEL OLIVO ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY
la siguiente SENTENCIA.
La demanda interpuesta por la Señora Esperanza Díez ante las amenazas del Señor Antxon Otegi hacia el Señor Valdivia admitida a trámite el día 16 de enero de 2009.
ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS JURÍDICOS.
1. Aunque el acusado en su amenaza “al final me artare y verdaderamente entrare en ETA, y del primero que me encargaria si sucediese eso ,que espero que NO, iria a por usted Tome esto como lo desee, si lo desea como una amenaza, pero me estas empezando a artar, pero de verdad. De tus acusaciones llamandome ETArra y llendo de victima, solo le aviso eso. “ da su voluntad de no entrar en dicha organización terrorista, expone en tono de amenaza que si lo hace lo primero que hará es “iria a por usted” refiriéndose al Sr. Valdivia.
2. Que el acusado ya había amenazado anteriormente al Sr. Valdivia, con la
concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal agravante de reincidencia.
3. Aunque el acusado comparta las ideologías políticas, nacionalistas e independentistas de la banda terrorista ETA “al final me artare y verdaderamente entrare en ETA”, no queda probado que en el momento de la amenaza perteneciera a dicha organización ni a ninguna otra de carácter ilegal, aunque lo que si constituye delito es que reclame la comisión de acciones violentas por parte de dicha organización.
FALLO DEL TRIBUNAL
En atención a todo lo expuesto, este juzgado, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE DE LA NACION ESPAÑOLA:
1) Que debemos condenar y condenamos al procesado
ANTXÓN OTEGI como autor penalmente
responsable, de un delito de amenazas terroristas, ya definido
y por los que venía siendo acusado por la acusación popular en este procedimiento, con la concurrencia de la circunstancia modificativa de la
responsabilidad criminal agravante de reincidencia, a la pena
de: 6 meses de prisión, e inhabilitación absoluta
por tiempo de un año, en virtud del art. 170 del Código Penal vigente.
El acusado, en concepto de responsabilidad civil
indemnizará en la cantidad de 12.000 euros al Sr. Valdivia por los
daños y perjuicios morales ocasionados.
Dada en Madrid esta sentencia, a veinticuatro de febrero del dos mil nueve.
Firma D. ROBERTO DEL OLIVO
- Antxon Otegi
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Fecha de inscripción : 18/10/2008
Re: Caso 0026: Esperanza Díez contra Antxon Otegi
Miér 25 Feb 2009 - 12:32
FDP: Me tienes que juzgar a tiempo de DDP no de FDP. En DDP estamos a 11 de octubre del 2011.
DDP: fuy juzgado hace, 2 años y lla e cumplido mi pena, lla que a pasado el año de suspension de actividades politicas y mis 6 meses de prision.
DDP: fuy juzgado hace, 2 años y lla e cumplido mi pena, lla que a pasado el año de suspension de actividades politicas y mis 6 meses de prision.
- AdminComandante
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Re: Caso 0026: Esperanza Díez contra Antxon Otegi
Miér 25 Feb 2009 - 14:58
Antxon Otegi escribió:FDP: Me tienes que juzgar a tiempo de DDP no de FDP. En DDP estamos a 11 de octubre del 2011.
DDP: fuy juzgado hace, 2 años y lla e cumplido mi pena, lla que a pasado el año de suspension de actividades politicas y mis 6 meses de prision.
FDP pues si, aparte no tiene ninguna logica volve abrir un caso fue cerrado por falta de prueba, asi qeu la condena es nula, al Juez leerte la normas y no la cage ojk???
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