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Cuestión vasca

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Mireia Català
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Lun 1 Ago 2016 - 0:52
Desde que he sacado a la luz el tema de la inconstitucionalidad de la Ley electoral en el País Vasco, me he puesto a hacer cálculos que han salido de la siguiente forma:

De acuerdo con lo que dijo la Administración, el resultado DDP si seguimos con la legislación vigente, es decir, en 25-25-25, es el siguiente: 

Cuestión vasca 2i04qy8 

Es decir, el PP sería primera fuerza con 20 escaños, el PNV les sigue con 19, PSOE se queda en 12, Orain Euskadi perdería un diputado, quedándose en 14, y AL 10. 

Para calcular el porcentaje por provincias me he basado en lo que dispuso la admin, que fue lo siguiente: 

Cuestión vasca 16i7c6w

Basándome en esos porcentajes, y después de realizar varias operaciones, obtuve el reparto de votos por Territorios históricos (provincias), que es el siguiente: 
Cuestión vasca 10pmvtk

Este es el resultado si no se hubiese aplicado la ley DDP (que es inconstitucional). Pero mi compañero Rodolfo no estaba seguro, así que me ha dicho que repartiese los escaños según la ley, es decir, en 40-24-11. El resultado es un tanto confuso, dado que el resultado que otorga no es exactamente el que está vigente DDP.
El resultado en cuestión es el siguiente: 
Cuestión vasca 2db5dlv
El único cambio es que el PNV y el PP quedan igualados en escaños, pero no entiendo porque no es EXACTAMENTE el reparto oficial DDP. Es decir, he aplicado las normas que dio la admin para el reparto de escaños, por provincias, partiendo de la base porcentual del voto que otorgó la Admin y de los votos finales. ¿Cual es el error? 
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Lun 1 Ago 2016 - 1:39
El error está en que tú calculas unos datos por provincias a partir del porcentaje por provincias que dio la administración antes de las elecciones y que no era relevante a la hora de dar resultados, sino orientativo o menos.

Asimismo, el error está en que presumes un resultado por provincias que la administración no ha dado ddp, por lo que no puedes inventártelo.

Y por último, el error está en hacer intervenciones ddp sin que la administración se pronuncie. Cuya consecuencia más segura es que te caiga bronca, primero por la cuestión en general y luego por ir por libre al margen de la administración.
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Lun 1 Ago 2016 - 2:12
En realidad la administración dió unos porcentajes antes de las elecciones. Y los ha aplicado
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Lun 1 Ago 2016 - 2:41
Héctor Fernández. escribió:El error está en que tú calculas unos datos por provincias a partir del porcentaje por provincias que dio la administración antes de las elecciones y que no era relevante a la hora de dar resultados, sino orientativo o menos.

Asimismo, el error está en que presumes un resultado por provincias que la administración no ha dado ddp, por lo que no puedes inventártelo.

Y por último, el error está en hacer intervenciones ddp sin que la administración se pronuncie. Cuya consecuencia más segura es que te caiga bronca, primero por la cuestión en general y luego por ir por libre al margen de la administración.

Yo solo me he pronunciado en cuanto a una disposición que es claramente inconstitucional. No he exigido, en ningún momento, ninguna recomposición del Parlamento. Simplemente he dicho que esa ley, y por lo tanto, las elecciones, son inconstitucionales.

Yo no me he inventado nada, he aplicado los datos que aplicó la administración, que según Fer dijo quería dejar claro que sería así.


Recordemos lo que dijo la admin: 


RESULTADOS POR PROVINCIAS EN EUSKADI

Bien, como sabéis, los resultados electorales se calculan valorando diversos aspectos y se dan en forma de resultado electoral porcentual (% de votos recibidos). En el caso de Madrid esto no tiene relevancia, pues la circunscripción es única; pero en Euskadi sí que tiene cierta relevancia, más todavía si tenemos en cuenta la diferencia notable entre las preferencias electorales dependiendo de la provincia en la que hablemos.

Pues bien, para resolver esta cuestión, desde el CAPXXI queremos dejar claro qué porcentaje del voto representa cada provincia para cada partido (Ejemplo: El 50% de los votos del PSE, serán en Vizcaya, el 40% en Guipúzcoa y el 10% en Álava) y lo hemos hecho teniendo como base el último sondeo proporcionado.

% DE LOS PARTIDOS POR PROVINCIAS:

Esto no define las posiciones de los partidos en las provincias, sino que establece de qué provincias procederá el voto. Por poner un ejemplo, si el PNV obtiene 100.000 votos, 13.960 serán en Álava, 28.260 en Guipúzcoa y 57.780 en Vizcaya; pero si Orain Euskadi obtiene 150.000 votos, 12.315 serán en Álava, 70.560 en Guipúzcoa y 67.125 en Vizcaya.

En ningún momento me he inventado nada ni he ido al margen de la administración: tú mismo puedes leerlo, yo solo he criticado lo que DDP está mal, y aquí he expuesto, a mi parecer, los problemas que pueden ir surgiendo a raíz del resultado. Además, el resultado por provincias no me lo he inventado, lo he calculado a raíz de los mismos porcentajes que se aplicaron.

Además, no he partido de la base en que el voto de los menores de 16 años es ilegal, que ya veremos como se soluciona eso. 

¿Porqué no dejas de estar tan a la defensiva conmigo?
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Lun 1 Ago 2016 - 9:09
Si lees un bien la ley electoral de Euskadi, dice que quedaba modificado el Estatuto de Autonomía por la cuestión de los territorios forales. Está en la disposición derogativa.

Que sea constitucional o no, es cuestionable pero creo que no hace falta meterse por este asunto tan irrisorio.
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Lun 1 Ago 2016 - 9:12
Josep Montoliu escribió:Si lees un bien la ley electoral de Euskadi, dice que quedaba modificado el Estatuto de Autonomía por la cuestión de los territorios forales. Está en la disposición derogativa.
 Eso es lo que me sorprende. Esa ley no se sometió a las Cortes. Ni esa ni la de la Hacienda Vasca, que son tres artículos que modifican el estatuto de autonomía. El mismo exige la aprobación de las Cortes por mayoría absoluta, además de un referéndum. Lo fuerte es que la ley es de Ocampo.
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Lun 1 Ago 2016 - 9:36
Este es un caso similar a la ley electoral de Madrid que al final no se aplicó porque cuando se aprobó no había quórum en la Asamblea por la ausencia de los verdes
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Lun 1 Ago 2016 - 9:40
¿Entonces que hacemos? ¿Repetirlas? Porque en las anteriores no se valoró mucho el trabajo en la anterior legislatura, que sin duda no le habría dado al PP y al PNV mmayoría absolutaa en ningún caso.
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Lun 1 Ago 2016 - 9:45
No pensamos en repetirlas si no hace falta, sino simplemente obtener rédito político DDP
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Lun 1 Ago 2016 - 10:19
Zeus Requena escribió:
Josep Montoliu escribió:Si lees un bien la ley electoral de Euskadi, dice que quedaba modificado el Estatuto de Autonomía por la cuestión de los territorios forales. Está en la disposición derogativa.
 Eso es lo que me sorprende. Esa ley no se sometió a las Cortes. Ni esa ni la de la Hacienda Vasca, que son tres artículos que modifican el estatuto de autonomía. El mismo exige la aprobación de las Cortes por mayoría absoluta, además de un referéndum. Lo fuerte es que la ley es de Ocampo.
que es eso de las Cortes?
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Lun 1 Ago 2016 - 11:04
Josep Montoliu escribió:
Zeus Requena escribió:
Josep Montoliu escribió:Si lees un bien la ley electoral de Euskadi, dice que quedaba modificado el Estatuto de Autonomía por la cuestión de los territorios forales. Está en la disposición derogativa.
 Eso es lo que me sorprende. Esa ley no se sometió a las Cortes. Ni esa ni la de la Hacienda Vasca, que son tres artículos que modifican el estatuto de autonomía. El mismo exige la aprobación de las Cortes por mayoría absoluta, además de un referéndum. Lo fuerte es que la ley es de Ocampo.
que es eso de las Cortes?
Las Cortes Generales.
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Lun 1 Ago 2016 - 11:56
Yo estoy ya calentandome con tanta tonteria. Me da igual como sean las leyes, si son constitucionales o no, pero como se repitan otra vez elecciones es la ultima vez que me veis en este sim.
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Lun 1 Ago 2016 - 12:05
Alejandro Santurtzi escribió:Yo estoy ya calentandome con tanta tonteria. Me da igual como sean las leyes, si son constitucionales o no, pero como se repitan otra vez elecciones es la ultima vez que me veis en este sim.
Aquí nadie pide elecciones. Queremos un reparto según disponibilidad de la anterior legislación.
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Lun 1 Ago 2016 - 13:04
Zeus Requena escribió:
Josep Montoliu escribió:Si lees un bien la ley electoral de Euskadi, dice que quedaba modificado el Estatuto de Autonomía por la cuestión de los territorios forales. Está en la disposición derogativa.
 Eso es lo que me sorprende. Esa ley no se sometió a las Cortes. Ni esa ni la de la Hacienda Vasca, que son tres artículos que modifican el estatuto de autonomía. El mismo exige la aprobación de las Cortes por mayoría absoluta, además de un referéndum. Lo fuerte es que la ley es de Ocampo.
Esas leyes fueron realizadas sin el apoyo del Congreso a conciencia, gobernaba Prim y el Estado se estaba desintegrando. Cosas que hacen los independentistas :risas:

Pero si no está sometida a la aprobación del Congreso, no es constitucional. El asunto es que el gobierno vasco de ese entonces no tenía intención de someter nada al Congreso, lo que eventualmente suponía una presión sobre el Estado.
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Lun 1 Ago 2016 - 13:08
Zeus Requena escribió:
Alejandro Santurtzi escribió:Yo estoy ya calentandome con tanta tonteria. Me da igual como sean las leyes, si son constitucionales o no, pero como se repitan otra vez elecciones es la ultima vez que me veis en este sim.
Aquí nadie pide elecciones. Queremos un reparto según disponibilidad de la anterior legislación.
Eso no se puede hacer. En primer lugar porque el cambio que produciría sería insignificante. En segundo lugar porque los resultados están fundamentados en criterios FDP por la administración, dada la situación vasca. Y en tercer lugar someterías al simulador a un proceso de confusión insoportable. Si la ley DDP no te agrada, por decirlo de alguna forma, a jugar DDP que para eso está.
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Lun 1 Ago 2016 - 13:10
Rodolfo González escribió:Este es un caso similar a la ley electoral de Madrid que al final no se aplicó porque cuando se aprobó no había quórum en la Asamblea por la ausencia de los verdes
Pero hay una diferencia fundamental, ante esa ley impuse un recurso de inconstitucionalidad. En el País Vasco nadie impuso un recurso de inconstitucionalidad, se supone que todos los partidos se sometieron a unas elecciones bajo una ley electoral que todos aceptaban, entendían y participaban.
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Lun 1 Ago 2016 - 13:10
Cristina Meyer escribió:
Zeus Requena escribió:
Josep Montoliu escribió:Si lees un bien la ley electoral de Euskadi, dice que quedaba modificado el Estatuto de Autonomía por la cuestión de los territorios forales. Está en la disposición derogativa.
 Eso es lo que me sorprende. Esa ley no se sometió a las Cortes. Ni esa ni la de la Hacienda Vasca, que son tres artículos que modifican el estatuto de autonomía. El mismo exige la aprobación de las Cortes por mayoría absoluta, además de un referéndum. Lo fuerte es que la ley es de Ocampo.
Esas leyes fueron realizadas sin el apoyo del Congreso a conciencia, gobernaba Prim y el Estado se estaba desintegrando. Cosas que hacen los independentistas :risas:

Pero si no está sometida a la aprobación del Congreso, no es constitucional. El asunto es que el gobierno vasco de ese entonces no tenía intención de someter nada al Congreso, lo que eventualmente suponía una presión sobre el Estado.

De ese modo, la ley es inconstitucional plenamente, así que legalmente el gobierno español debía haber presentado un recurso de inconstitucionalidad (hablo del de entonces) que no se hizo. Ahora compete a Héctor presentarlo, al GPP o a 50 diputados, así como a los órganos ejecutivos del Gobierno vasco, que dudo que lo presenten por incoherencia lógica (dado que lo presentaron ellos).
Héctor Fernández.
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Lun 1 Ago 2016 - 13:11
Hasta que la administración no se pronuncie lo que hacemos es dar palos de ciego. Y ya os digo yo que lo que van a decir es que los resultados son los que son, son correctos y punto.
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Lun 1 Ago 2016 - 13:12
Yo creo que cometéis varios errores, en primer lugar no entiendo porqué decís que la ley es inconstitucional ¿exactamente en qué punto es inconstitucional? Contradice al Estatuto de autonomía, supuestamente, al estatuto de autonomía, pero en ningún momento se contradice a la Constitución Española, quizás algunos penséis que la mayoría de edad que propugna el artículo 12 de la CE, es cierto que se dice que "Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años.", pero por extraño que parezca esto no significa que si así se declara en la LOREG por ejemplo que el censo electoral puede estar conformado por los menores de 18 años (incluso siendo menores de edad) el voto es perfectamente legal sin contradecir la constitución por lo que tachar de inconstitucional la ley es jurídicamente incorrecto.

En segundo lugar hay que entrar en el propio planteamiento del simulador y creo que es evidente que la administración asignó globalmente los escaños para luego "de arriba a abajo" construir los datos por circunscripción.
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Lun 1 Ago 2016 - 13:13
Zeus Requena escribió:
Alejandro Santurtzi escribió:Yo estoy ya calentandome con tanta tonteria. Me da igual como sean las leyes, si son constitucionales o no, pero como se repitan otra vez elecciones es la ultima vez que me veis en este sim.
Aquí nadie pide elecciones. Queremos un reparto según disponibilidad de la anterior legislación.

Por eso he dicho "queremos", únicamente DDP, sin embargo, haciendo los cálculos, me resulto muy extraño que según los porcentajes de la administración, el resultado no fuera 19-19, como me ha salido a mi, de acuerdo a la disposición del voto repartido por las provincias que aprobó la administración. Este foro lo he abierto únicamente para ello, no para discutir sobre la constitucionalidad de la Ley que, obviamente, se deberá discutir DDP, que como bien dices, para eso está.

Así que, volvamos a la conversación del principio, ¿cual es el error en el cálculo de los porcentajes que he sacado a raíz del voto provincial repartido por las provincias? Según este, el PP y el PNV quedarían ambos igualados, y me he basado en los criterios otorgados por la administración en su debido momento.
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