BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Número XX · Día, 13 de junio de 2017 · Sec. I
I. DISPOSICIONES GENERALES
JEFATURA DEL ESTADO
Real-Decreto 11/2017, de 13 de junio, de reforma del Real Decreto 146/1999, de 29 de enero, por el que se modifica la estructura orgánica básica y funciones y se transforma el organismo autónomo Parque Móvil Ministerial en Parque Móvil del Estado
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar el siguiente Real-Decreto.
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar el siguiente Real-Decreto.
PREÁMBULO
La reducción de gastos del Estado y la búsqueda de una mayor eficiencia del parque móvil exigen una reducción del personal que puede acceder a este servicio. La reducción de éste llevará a la inevitable reducción de los coches oficiales, gasto superfluo que debe ser controlado y más en tiempos de elevado desempleo y carestía. De este modo, se eliminará el coche oficial a toda la AGE con rango inferior a Secretario de Estado, al Defensor del Pueblo, al Fiscal General del Estado, a los Secretarios de las Mesas de las Cortes Generales, al Adjunto Primero y Segundo del Defensor del Pueblo y a los miembros del Tribunal Supremo, entre otros.
DISPONGO
TÍTULO ÚNICO. DE LA REDUCCIÓN DEL PARQUE MÓVIL
Artículo Único. Se modifica el artículo 5 del Real Decreto 146/1999, de 29 de enero, de la forma que sigue:
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Se derogan cuantas disposiciones se opongan a la presente de igual o inferior rango.
DISPOSICIÓN FINAL
Entrará en vigor el primer día del mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
La reducción de gastos del Estado y la búsqueda de una mayor eficiencia del parque móvil exigen una reducción del personal que puede acceder a este servicio. La reducción de éste llevará a la inevitable reducción de los coches oficiales, gasto superfluo que debe ser controlado y más en tiempos de elevado desempleo y carestía. De este modo, se eliminará el coche oficial a toda la AGE con rango inferior a Secretario de Estado, al Defensor del Pueblo, al Fiscal General del Estado, a los Secretarios de las Mesas de las Cortes Generales, al Adjunto Primero y Segundo del Defensor del Pueblo y a los miembros del Tribunal Supremo, entre otros.
DISPONGO
TÍTULO ÚNICO. DE LA REDUCCIÓN DEL PARQUE MÓVIL
Artículo Único. Se modifica el artículo 5 del Real Decreto 146/1999, de 29 de enero, de la forma que sigue:
El Parque Móvil del Estado presta los siguientes servicios:
1. De representación a los altos cargos, definidos en la normativa aplicable, de la Administración General del Estado, y de los organismos públicos y demás entidades de Derecho Público, vinculados o dependientes de aquélla, que tengan un nivel orgánico mínimo de Secretario de Estado.
2. De representación en los Órganos Constitucionales y en los órganos con relevancia constitucional del Estado, a sus presidentes y vicepresidentes.
3. De representación a la Jefatura del Estado.
4. De representación a los ex Presidentes del Gobierno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.3 del Real Decreto 405/1992, de 24 de abril, por el que se regula su Estatuto.
5. Los servicios generales y ordinarios que, con carácter de subvencionados y con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, sean necesarios para el normal funcionamiento de los Organismos e Instituciones del Estado.
6. Los que, con carácter extraordinario y de manera específica y ocasional, le demanden los destinatarios de los anteriores servicios, mediante la oportuna contraprestación económica. En todo caso, se considerarán servicios extraordinarios todos aquellos que no se encuentren expresamente contemplados en los apartados anteriores, así como los que impliquen una duración de la jornada de trabajo que exceda de la legal o convencionalmente establecida.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Se derogan cuantas disposiciones se opongan a la presente de igual o inferior rango.
DISPOSICIÓN FINAL
Entrará en vigor el primer día del mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
El Presidente del Gobierno,
HÉCTOR FERNÁNDEZ
HÉCTOR FERNÁNDEZ
- Real-Decreto 12/2017, de 10 de julio, de derogación del Real-Decreto 2020/1997, de 26 de diciembre, por el cual se establece un régimen de ayudas para la minería del carbón y el desarrollo alternativo de la zonas mineras [Gobierno de España]
- Real Decreto 3/2017, de 11 de enero, por el que se nombran Ministros del Gobierno.
- Real Decreto-Ley 1/2017, de 5 de junio, de Adaptación de las Clases Pasivas a la nueva reforma de la Seguridad Social [Gobierno de España]
- Real Decreto 1/2017, de 11 de enero, por el que se nombra Presidente del Gobierno a don Jorge Rocamora Ros.
- Ley 24/2017, de 15 de diciembre, por la cual se modifica el Real Decreto-Ley 1/2016 [GPL]
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