- Josu Mendizábal
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El Congreso Constituyente de Euskadi aprueba por unanimidad la Declaración Unilateral de Independencia de Euskadi
Lun 19 Ene 2015 - 0:28
[Noticia colgada en Webs de Bildu y PNV, desde alojamiento en País Vasco Francés. Así como difusión por radios alojadas en Euskadi y País Vasco Francés, con cobertura según los repetidores que no hayan sido intervenidos por el ejército español. En principio, se calcula que se abarcan por medio de las ondas los territorios de Euskadi, Nafarroa, Cantabria, Burgos, La Rioja, Francia, y partes de Palencia, Asturias, Soria, Huesca y Zaragoza. También reparto de panfletos con la información a la población en Euskadi.]
En sesión vespertina celebrada por la Asamblea Constituyente del Estado Vasco, se acaba de aprobar, por unanimidad de los Diputados Constituyentes presentes y registrados como tal, la Declaración Unilateral de Independencia de Euskadi.
Entre otras cosas, se formaliza la creación de un nuevo estado, el Estado Vasco, o Estado de Euskadi, y se coloca la primera piedra para iniciar un proceso de elaboración de propuesta de Constitución Vasca, además de la recuperación del patrimonio que, ubicándose en territorio vasco, hasta ahora pertenecía a la Comunidad Autónoma Vasca y al Estado Español.
Como incidencias, se puede comentar que los diputados potenciales de Partido Popular no han aparecido ni se han pronunciado, los de Ciudadanos no han aparecido, aunque informaron de que no iban a participar en la sesión, y la portavoz del potencial Grupo Socialista, apareció en la sala, exclamó un discurso en contra de la sesión, y se marchó, indicando que su grupo no iba a registrarse ni participar.
La Declaración Unilateral de Independencia aprobada es la siguiente.
También se dispone a emitir/mostrar un resumen de las intervenciones de la sesión.
Sesión DUI
[Se emite un audio con las intervenciones de la sesión. En radio se narra también lo que dispone la DIU, en internet se muestra]
En sesión vespertina celebrada por la Asamblea Constituyente del Estado Vasco, se acaba de aprobar, por unanimidad de los Diputados Constituyentes presentes y registrados como tal, la Declaración Unilateral de Independencia de Euskadi.
Entre otras cosas, se formaliza la creación de un nuevo estado, el Estado Vasco, o Estado de Euskadi, y se coloca la primera piedra para iniciar un proceso de elaboración de propuesta de Constitución Vasca, además de la recuperación del patrimonio que, ubicándose en territorio vasco, hasta ahora pertenecía a la Comunidad Autónoma Vasca y al Estado Español.
Como incidencias, se puede comentar que los diputados potenciales de Partido Popular no han aparecido ni se han pronunciado, los de Ciudadanos no han aparecido, aunque informaron de que no iban a participar en la sesión, y la portavoz del potencial Grupo Socialista, apareció en la sala, exclamó un discurso en contra de la sesión, y se marchó, indicando que su grupo no iba a registrarse ni participar.
La Declaración Unilateral de Independencia aprobada es la siguiente.
BOLETÍN DE EUSKADI
Edición proceso constituyente • Viernes 22 de diciembre de 2016 • Sec. II
I. DISPOSICIONES GENERALES
ASAMBLEA CONSTITUYENTE DEL ESTADO VASCO
DECLARACIÓN UNILATERAL DE INDEPENDENCIA
El organismo autónomo Asamblea Constituyente del Estado Vasco, representante legítimo de la soberanía del pueblo vasco, declara la independencia del territorio y gentes de Euskadi respecto a la anterior dependencia del Estado Español.
La presente Declaración Unilateral de Independencia significa la creación de un nuevo Estado independiente y la intención de que Euskadi sea reconocido por la ONU como Estado independiente.
Asimismo, la presente Declaración Unilateral de Independencia supone las siguientes acciones inminentes y automáticas:
1. Iniciación del proceso constituyente a cargo de la Asamblea Constituyente del Estado Vasco, según se dispone en sus Estatutos, y cesión del poder ejecutivo transitorio al Gobierno Constituyente.
2. Puesta al mando del Estado Vasco de las Fuerzas de Seguridad de la Comunidad Autónoma de Euskadi, capitaneadas por el Alto Mando vigente, para conformar el Ejército Vasco, que se encargará de la defensa de la soberanía del pueblo vasco ante ataques externos.
3. Puesta a disposición del Estado Vasco de todas las dependencias y patrimonio anteriormente atribuidas la Comunidad Autónoma de Euskadi.
4. Puesta a disposición del Estado Vasco de todas las dependencias y patrimonio anteriormente atribuidas al Estado Español que se encuentren en territorio vasco. En el caso de bienes muebles, se valorará la opción de aceptar reclamaciones del Estado Español para su devolución, en caso de su adecuada justificación y acuerdo. En el caso de bienes inmuebles, se valorará aceptar reclamaciones sobre deudas relativas a la financiación inicial de dichos bienes para el abono del importe demandado, en caso de su adecuada justificación y acuerdo. Si la reclamación del Estado Español se realiza en términos de paz y concordia se podrá realizar esta valoración. Cualquier intento de boicot o impedimento por la fuerza de la consecución del proceso constituyente, eliminará la opción de conversación posterior por estas cuestiones.
5. Neutralización de los efectivos de las Fuerzas Armadas Españolas ubicadas en territorio vasco, y puesta a disposición del Estado Vasco de sus instalaciones.
6. Puesta en conocimiento de la situación a los dirigentes del Estado Español y otros Estados, y conversaciones para salvaguardar la paz durante el proceso constituyente. Pese a que esta Declaración se ajusta a los preceptos que marca el Derecho Internacional, se podrá valorar la opción de acordar, entre los Estados de España y Euskadi, la celebración de un referendum vinculante en territorio vasco para conformar la transición de forma acorde a la Constitución Española. También se podrá valorar la celebración de referendum en territorio español sobre la cuestión, sin que este tenga carácter vinculante.
7. Nombramiento de Pello Urizar como Lehendakari Constituyente, y a su equipo de gobierno como Gobierno Constituyente, en los términos que dispone el Estatuto de la Asamblea Constituyente del Estado Vasco.
8. En el caso de que los poderes políticos actuales de las cuatro Herrialdes vascas decidieran unirse al nuevo Estado formado o, simplemente, iniciar un proceso de consulta vinculante con ese fin, el Gobierno Constituyente realizará las acciones necesarias para defender su derecho a decidir y su soberanía.
9. Todas las anteriores disposiciones, leyes y decretos que figuren serán bloqueados hasta que finalice la situación de emergencia ocasionada por el Estado Español. Desde el momento de la firma de este documento, las órdenes o medidas que se realicen desde el Gobierno Español, o equivalente, no serán de aplicación en territorio vasco. Tampoco lo serán las órdenes o medidas que se realicen desde delegaciones, o equivalentes, de ese Gobierno Español, aun estando localizadas en territorio vasco. Sólo serán de aplicación las que emanen de Gobierno o sistema administrativo que proceda de la Asamblea Constituyente del Estado Vasco.
Esta Declaración Unilateral de Independencia se publicará en el mismo día de su aprobación.
Esta Declaración Unilateral de Independencia entrará en vigor en el mismo día de su publicación.
Dado en el Palacio de Ajuria-Enea, en Vitoria-Gazteiz, el veintidos de diciembre de dos mil dieciséis.El Lehendakari Constituyente,
Pello Urizar Karetxe
También se dispone a emitir/mostrar un resumen de las intervenciones de la sesión.
Sesión DUI
[Se emite un audio con las intervenciones de la sesión. En radio se narra también lo que dispone la DIU, en internet se muestra]
- Clara MaciàIniciativa per la Franja
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Re: El Congreso Constituyente de Euskadi aprueba por unanimidad la Declaración Unilateral de Independencia de Euskadi
Lun 19 Ene 2015 - 0:45
La Generalitat estaría contenta si tuviese medios para conocer la noticia, pero es imposible... mientras es invadida Barcelona por los golpistas...
- Marco Janer
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Localización : Palacio de la Moncloa
Fecha de inscripción : 19/12/2012
Re: El Congreso Constituyente de Euskadi aprueba por unanimidad la Declaración Unilateral de Independencia de Euskadi
Lun 19 Ene 2015 - 0:49
La Unión Europea haciendo uso de las facultades previstas en los tratados y de acuerdo a lo dispuesto por la República Francesa cierra las comunicaciones por onda y suspende el acceso a internet desde el País Vasco.
Anuncia la movilización de efectivos hacia San Sebastián, insta a la poblacion civil a mantenerse en sus hogares y no responder a anuncios de fuerzas paramilitares.
- Josu Mendizábal
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Re: El Congreso Constituyente de Euskadi aprueba por unanimidad la Declaración Unilateral de Independencia de Euskadi
Vie 23 Ene 2015 - 12:21
Josu Mendizábal. Alto Mando del Ejército Vasco.
El ataque de las fuerzas europeas ha sido sofocado por nuestro ejército. Quedan retenidos cautelarmente por el Estado Vasco los efectivos del cuerpo europeo que atentaron ante la vida de civiles desarmados.
Asimismo, los altos mandos y oficiales de alto rango del ejército español, quedan retenidos también cautelarmente por el Estado Vasco hasta que se aclaren las cuestiones pendientes de relación futura entre Estado Vasco y Estado Español, por medio de conversación entre el Gobierno legítimo de España o el Rey Felipe VI con el Gobierno Consituyente del Estado Vasco. Siempre que la relación sea pacífica y no suponga enfrentamiento violento, en cuyo caso el Estado Vasco no considerará tender ciertos puentes de entendimiento internacional que propone la propia Declaración de Independencia.
Se informa también de que los artículos de la DUI y de los estatutos de la Asamblea Consituyente del Estado Vasco quedan vigentes en Euskadi.
El ataque de las fuerzas europeas ha sido sofocado por nuestro ejército. Quedan retenidos cautelarmente por el Estado Vasco los efectivos del cuerpo europeo que atentaron ante la vida de civiles desarmados.
Asimismo, los altos mandos y oficiales de alto rango del ejército español, quedan retenidos también cautelarmente por el Estado Vasco hasta que se aclaren las cuestiones pendientes de relación futura entre Estado Vasco y Estado Español, por medio de conversación entre el Gobierno legítimo de España o el Rey Felipe VI con el Gobierno Consituyente del Estado Vasco. Siempre que la relación sea pacífica y no suponga enfrentamiento violento, en cuyo caso el Estado Vasco no considerará tender ciertos puentes de entendimiento internacional que propone la propia Declaración de Independencia.
Se informa también de que los artículos de la DUI y de los estatutos de la Asamblea Consituyente del Estado Vasco quedan vigentes en Euskadi.
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