Ley de protección ambiental
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AdminComandante
Víctor Expósito
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- Víctor Expósito
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Ley de protección ambiental
Sáb 13 Sep 2008 - 11:45
Propuesta de ley de protección ambiental del PP:
El Grupo Parlamentario Popular presenta la sieguiente Ley:
Ambito de actuacion
El ambito de aplicacion de esta Ley es la totalidad del Estado sin merma de competencias autonomicas.
Disposicion Final
Esta ley entrara en vigor tras su publicacion en el Boletin Oficial del Estado.
El Grupo Parlamentario Popular presenta la sieguiente Ley:
Preámbulo:
Ante el deterioro que sufre la naturaleza en España, y el indudable compromiso de Partido Popular con el Medio Ambiente. Proponemos una serie de actuaciones las cuales creemos urgentes acometer por el Gobierno de la Nación.
Articulo 1. CONAMA
Ante el deterioro que sufre la naturaleza en España, y el indudable compromiso de Partido Popular con el Medio Ambiente. Proponemos una serie de actuaciones las cuales creemos urgentes acometer por el Gobierno de la Nación.
Articulo 1. CONAMA
- 1.1.- El Ministerio de Medio Ambiente junto con las CCAA pondrá en funcionamiento el CONAMA, Consejo Nacional del Medio Ambiente. Con carácter propio y cuerpo directivo.
1.2.- Estará compuesto por 33 especialistas, 2 por cada Comunidad Autónoma y 1 representante por Ceuta y Melilla. Entre ellos elegirán a un Presidente. Este nombrara a un Secretario, recayendo en el Estado el nombramiento de un Vicepresidente.
1.3.- La finalidad del CONAMA será la gestión Medio Ambiental así como la realización de seguimientos de impacto medio ambiental y la creación, junto con otros Ministerios y las CCAA de programas de sensibilización ciudadana.
1.4.- Anualmente el Presidente del CONAMA deberá someterse al dictamen de los Diputados en comisiones Parlamentarias, donde se expondrán los resultados de sus análisis. Igualmente podrán ser requeridos por Parlamentos Autonómicos para el mismo fin.
1.5.- Entregara anualmente dossieres de documentación al Ministerio y a las CCAA exponiendo todos los resultados.
Artículo 2. Entorno natural
- 2.1.- El Gobierno de España a traves del CONAMA y otros entes reforestará zonas verdes con un total de un millón de árboles autóctonos de cada zona a lo largo de la legislatura.
2.2.- Para darle una correcta atención se segregara el SEPRONA de la Guardia Civil. El nuevo SEPRONA se encargara, junto con las Brigadas Forestales de cada Comunidad Autónoma de la limpieza de montes y los bosques. Además de la repoblación mencionada en el punto anterior.
2.3 Para las tareas de limpieza y poda de árboles, se concederán licencias de explotación mediante concesiones privadas. Las empresas que se encarguen de dichos trabajos tendrán la concesión durante 2 años, prorrogables 2 años más. El Ministerio o las CCAA se guardan el derecho de rescindir los contratos si no se cumplen con las obligaciones.
Articulo 3. Financiacion
- 3.1.- Para el correcto funcionamiento del SEPRONA se dotara al organismo de un presupuesto acorde a sus necesidades. Será el Ministerio de Medio Ambiente el encargado de asignar tal presupuesto, además se contempla con efectos inmediatos la contratación de personal cualificado y de material de ultima generación.
3.2.- La finaciacion del CONAMA correra, en su mayor parte a cargo del Ministerio de Medio Ambiente, aportando este un 1% del total de sus presupuestos. Otros ministerios tambien podran aportar fondos para la consecucion de objetivos.
Ambito de actuacion
El ambito de aplicacion de esta Ley es la totalidad del Estado sin merma de competencias autonomicas.
Disposicion Final
Esta ley entrara en vigor tras su publicacion en el Boletin Oficial del Estado.
- AdminComandante
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Re: Ley de protección ambiental
Lun 15 Sep 2008 - 0:46
El Presidente del congreso, dice:
Teneis 48 para debatir, buena suerte
Re: Ley de protección ambiental
Lun 15 Sep 2008 - 0:55
El Partido Comunista de España está completamente de acuerdo con esta propuesta del PP salvo en una pequeñísima matización.
2.3 Para las tareas de limpieza y poda de árboles, se concederán licencias de explotación mediante concesiones privadas. Las empresas que se encarguen de dichos trabajos tendrán la concesión durante 2 años, prorrogables 2 años más. El Ministerio o las CCAA se guardan el derecho de rescindir los contratos si no se cumplen con las obligaciones.
Este punto contradice la ley de montes, por la cual las comunidades de montes formadas por vecinos son las encargadas de encargarse de la poda y limpieza de zonas forestales, por lo tanto haremos una corrección a este punto que es el siguiente.
Finalizado este punto añadiríamos. "Estas empresas se encargarán de estos trabajos del limpieza y mantenimiento del entorno forestal allá donde no existan comunidades de montes, que serán las que tengan preferencia. En caso de constituirse una comunidad de montes y ya exista concesión a una empresa esta no podrá prorrogar el contrato si se encuentra en los dos primeros años de vigencia del mismo.
Eso es todo.
Un saludo.
2.3 Para las tareas de limpieza y poda de árboles, se concederán licencias de explotación mediante concesiones privadas. Las empresas que se encarguen de dichos trabajos tendrán la concesión durante 2 años, prorrogables 2 años más. El Ministerio o las CCAA se guardan el derecho de rescindir los contratos si no se cumplen con las obligaciones.
Este punto contradice la ley de montes, por la cual las comunidades de montes formadas por vecinos son las encargadas de encargarse de la poda y limpieza de zonas forestales, por lo tanto haremos una corrección a este punto que es el siguiente.
Finalizado este punto añadiríamos. "Estas empresas se encargarán de estos trabajos del limpieza y mantenimiento del entorno forestal allá donde no existan comunidades de montes, que serán las que tengan preferencia. En caso de constituirse una comunidad de montes y ya exista concesión a una empresa esta no podrá prorrogar el contrato si se encuentra en los dos primeros años de vigencia del mismo.
Eso es todo.
Un saludo.
- Carlos Aznar Galán
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Fecha de inscripción : 12/09/2008
Re: Ley de protección ambiental
Mar 16 Sep 2008 - 0:26
Perfecta la correccion del PCE, toda correccion o mejroa es bienvenida. Aunque deberiamos poder incluir algun punto de control de las autoridades en la materia, para velar que las acciones sean llevadas a cabo por las Comunidades de montes.
Re: Ley de protección ambiental
Mar 16 Sep 2008 - 1:38
Obviamente. Sr Galán. Las comunidades de montes están bajo ámbito autonómico que será la responsable de velar por el buen cumplimiento de estas comunidades a la hora de la explotación de madera y otros activos forestales.
Damos como aceptada entonces la enmienda por su parte.
Un saludo.
Damos como aceptada entonces la enmienda por su parte.
Un saludo.
- Francisco Iglesias
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Fecha de inscripción : 13/09/2008
Re: Ley de protección ambiental
Mar 16 Sep 2008 - 13:24
Desde el PSOE no tenemos nada que objetar a la ley a parte de lo ya dicho por la portavoz del Partido Comunista.
Re: Ley de protección ambiental
Dom 28 Sep 2008 - 21:49
A la vicepresidenta del congreso de los diputados.
El Partido Comunista de España ha presentado una enmienda a la ley que no ha sido debatida ni votada, por lo que consideramos que el voto de dicha ley sin antes admitir o rechazar nuestra enmienda es un error de forma que debe subsanarse.
Por lo tanto solicitamos a la Srta. Soler que rectifique dicho error.
Muchas gracias.
El Partido Comunista de España ha presentado una enmienda a la ley que no ha sido debatida ni votada, por lo que consideramos que el voto de dicha ley sin antes admitir o rechazar nuestra enmienda es un error de forma que debe subsanarse.
Por lo tanto solicitamos a la Srta. Soler que rectifique dicho error.
Muchas gracias.
Re: Ley de protección ambiental
Dom 28 Sep 2008 - 22:00
Isaura Soler escribió:
Señorias, se procede a la votación de la ley
Correcto Sra. Kosova, tras esperar un tiempo prudente no se ha debatido dicha propuesta con lo que se pasa primero a la votación de la enmienda.
Re: Ley de protección ambiental
Dom 28 Sep 2008 - 22:01
Muchas gracias.
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