- Fabián de la Torre
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Real Decreto-Ley 1/1981, de 12 de febrero, por el que se aprueba el Plan de Desarrollo e Integración Territorial 1981 – 1984
Dom 17 Feb 2013 - 20:14
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Número 1 • Viernes, 12 de febrero de 1981 • Sec. I
I. DISPOSICIONES GENERALES
JEFATURA DEL ESTADO
Real Decreto-Ley 1/1981, de 12 de febrero, por el que se aprueba el Plan de Desarrollo e Integración Territorial 1981 – 1984.EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Tras el sobresfuerzo requerido por la Ley 3/1979, de 3 de febrero, formulada por el anterior Gobierno, y en vistas del nuevo paradigma Administrativo, exigencias socioeconómicas y vinculaciones Europeas, nos vemos en la obligación de actualizar y articular este nuevo Plan de Desarrollo e Integración Territorial que viene a mejorar el anterior y a desarrollar una serie de Infraestructuras indispensables para el fomento de la actividad económica y la cohesión territorial, fundamentales para el impulso y modernización de España, así como para instrumentalizar los Fondos provenientes de la CEE.
Por ello, y habida cuenta de la circunstancia extraordinaria y de urgente necesidad, el Gobierno dispone el presente Real-Decreto-Ley haciendo uso de la potestad legislativa excepcional que le confiere el artículo 86 de la Constitución española.
Artículo 1:
Se deroga la Ley 3/1979, de 3 de febrero, del Plan Director de Infraestructuras Españolas 1979 – 1986 (PDIE) .
Artículo 2:
Se deroga el Real Decreto-Ley 6/1979 del Plan Estatal de Transportes.
Artículo 3:
Se deroga la Ley 40/1979, del Plan Estatal para la adecuación y ordenación de líneas ferroviarias .
Artículo 4:
Se aprueba el Plan de Desarrollo e Integración Territorial 1981-1984, cuyo texto se inserta como Anexo a este Real Decreto.
DISPOSICIÓN ACLARATORIA. Desarrollo y ejecución:
Se faculta al Ministro de Fomento para dictar cuantas disposiciones precise el desarrollo y ejecución del presente Real Decreto y del Plan que mediante el mismo se aprueba.
DISPOSICIÓN FINAL:
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
ANEXO:Plan de Desarrollo e Integración Territorial 1981 – 1984 (PDIT)
Exposición de motivos:
Tras el sobresfuerzo requerido por la Ley 3/1979, de 3 de febrero, formulada por el anterior Gobierno, y en vistas del nuevo paradigma Administrativo, exigencias socioeconómicas y vinculaciones Europeas, nos vemos en la obligación de actualizar y articular este nuevo Plan de Desarrollo e Integración Territorial que viene a mejorar el anterior y a desarrollar una serie de Infraestructuras indispensables para el fomento de la actividad económica y la cohesión territorial, fundamentales para el impulso y modernización de España, así como para instrumentalizar los Fondos provenientes de la CEE.
Contenido del Plan:
El Plan de Desarrollo e Integración Territorial está conformado por un conjunto de medidas y proyectos de Ley que el Gobierno irá remitiendo al Congreso de los Diputados, la duración prevista del Plan será de 3 años dentro del periodo 1981-1984, esté constará de una serie de Planes Operativos menores:
- Plan de Inversión Pública en Municipios, sustentado sobre la base del anterior PDIE, este vendrá a aunar fuerzas en la transición competencial junto a las CC.AA. para dotar a los Municipios de una Infraestructura básica y permitirles concluir los proyectos ya iniciados.
- Plan de Impulso al Ferrocarril, sobre la base del antiguo Plan y en vistas del potencial, vemos necesario concluir los proyectos planeados, reestructurando las líneas viarias actuales, ampliando las líneas de velocidad, la interconexión territorial y la cohesión económica como objetivos principales, con la modernización, conclusión y ampliación de las redes ferroviarias necesarias.
- Plan de Infraestructuras y actuación del Transporte (Carretera, aéreo y marítimo), desarrollo de las infraestructuras necesarias para la cohesión interterritorial así como el fomento y creación de polos de actividad económica indispensables para el fortalecimiento productivo de España.
- Plan Hídrico, Medioambiental y Energético Nacional, un ambicioso Plan sustentado sobre la base del equilibrio entre sostenibilidad ambiental, desarrollo e independencia Energetica, que permita satisfacer las necesidades del desarrollo económico de España así como del control y seguridad prioritarios de los recursos disponibles.
El PDIT y sus diferentes subdivisiones contemplan una serie de actuaciones estatales, compuestas por medidas de investigación, incentivo e inversión, dentro de las competencias que el Estado de Derecho garantiza.
Duración:
El Plan de Desarrollo e Integración Territorial tiene prevista una duración de 3 años, dentro del periodo 1981-1984, de forma ininterrumpida y con la disposición de sufrir variaciones ante situaciones excepcionales dentro del contexto político, económico y social.
Objetivos:
El PDIT tiene como objetivo ser el instrumento integrador del desarrollo y cohesión interterritorial Español, liderando en materia de inversión pública la relación entre la Administración Central y las Autonómicas con un conjunto de actuaciones destinadas a dotar a España de un entramado de Infraestructuras públicas productivas, eficientes e innovadoras, que permitan mejorar y adaptar el actual tejido productivo al contexto supranacional en el que se va a ver inmerso.
En base a unos determinados objetivos:
- Fomentar el desarrollo y estructuración de las regiones menos desarrolladas.
- Apuntalar la cohesión territorial y social.
- Contribuir a mejorar la competitividad económica e independencia energética.
- Buscar la seguridad y calidad del servicio en todos los modos de transporte desde los principios de racionalidad y eficiencia en el uso de los recursos.
Órgano de actuación:
El Ministerio de Fomento, en delegación del Gobierno de España, velará por el cumplimiento del Plan de Desarrollo e Integración Territorial durante todo su período, reservándose el papel de proyección económica, aplicación, licitación y ejecución.
Proyección Económica:
El Plan de Desarrollo e Integración Territorial está financiado anualmente, durante el periodo 1981-1984, por el 80% de la partida Presupuestaria destinada al Ministerio de Fomento y del 5 % de la transferida a las CC.AA., a mayores por los Fondos de la CEE a los que se tengan acceso, sin posibilidad de recorte o disminución de partidas.
Dado en Madrid, el tal de tantos de mil novecientos ochenta.
El Presidente del Gobierno,
Fabián de la Torre Guerrero
FDP. Fecha retrasada a Febrero por autorización de la Admón.
MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
El Congreso de los Diputados CONVALIDÓ el Real Decreto-Ley 1/1981, de 12 de febrero, por el que se aprueba el Plan de Desarrollo e Integración Territorial 1981 – 1984, en su sesión del 12 de julio de 1981.
- Real Decreto-Ley 2/1981, de 12 de febrero, por el que se establece el presupuesto anual del Plan de Desarrollo e Integración Territorial (PDIT) para 1981
- Real Decreto 12/1982, de 29 de marzo, por el que se establece el presupuesto anual del Plan de Desarrollo e Integración Territorial (PDIT) para 1982 y de asignación financiera del Plan de Transportes
- Real Decreto 13/1982, de 29 de marzo, por el que se crea el Fondo de Operaciones y el Fondo de Reserva del Plan de Desarrollo e Integración Territorial (PDIT)
- Real Decreto 6/1981, de 25 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Construcción de Infraestructuras Hidráulicas
- Real Decreto 24/1982, de 20 de agosto, por el que se aprueba el Plan de Infraestructuras y actuación del Transporte
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