- César Alarcón
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Real Decreto 4/1980, de fijación del calendario para lo previsto en la Ley 31/1979 por la que se Establece la Prestación Económica por Nacimiento o Adopción
Jue 30 Ago 2012 - 12:27
REAL DECRETO 4/1980 DE FIJACIÓN DEL CALENDARIO PREVISTO EN LA LEY 31/1979 POR LA QUE SE ESTABLECE LA PRESTACIÓN ECONÓMICA POR NACIMIENTO O ADPOCIÓN
Preámbulo
La ley 31/1979 establece la prestación económica por nacimiento o adopción. A falta de un calendario de entrega del mismo, el presente Real Decreto pretende regularlo.
Artículo Único.- La Prestación Económica por Nacimiento o Adopción a las familias previstas en la Ley 31/1979 se aplicará a partir del 1 de Febrero de 1980.
Disposición Final.
Esta Ley entrará en vigor tras su publicación en el BOE.
Sofía Torres
Presidenta del Gobierno
Ángel Fernández Bermejo
Ministro de Justicia, Trabajo, Seguridad Social, AAPP y Política Territorial
- Ley 31/1979 por la que se Establece la Prestación Económica por Nacimiento o Adopción (GOBIERNO)
- Real Decreto-Ley 4/1980, de 4 de mayo, de derogación de la Ley 8/1979
- Proyecto de Ley por la que se Establece la Prestación Económica por Nacimiento o Adopción (GOBIERNO)
- Real Decreto 22/1979 de actualización de importes y determinación de pensiones de clases pasivas para el año 1980
- Real Decreto 20/1979 por el cual se deroga el Real Decreto 19/1979
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