Proyecto de Ley por la que se Establece la Prestación Económica por Nacimiento o Adopción (GOBIERNO)
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Carlos Alcázar
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Proyecto de Ley por la que se Establece la Prestación Económica por Nacimiento o Adopción (GOBIERNO)
Jue 5 Abr 2012 - 20:39
Presidente del Congreso de los Diputados
PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE ESTABLECE LA PRESTACIÓN ECONÓMICA POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN
Preámbulo
El Gobierno de España presenta la siguiente Ley con dos objetivos paralelos: ayudar a las familias de menores recursos y potenciar el crecimiento población del territorio español. Implementando las prestaciones por hijo nacido o adoptado, complementando las ayudas ya existentes a las familias e incrementando el apoyo social a las madres y padres se logrará no solo mejorar la posibilidad de ofrecerles un nacimiento o adopción primaria de calidad y sin limitaciones económicas, sino que además se estimulará la procreación con el fin de contrarrestrar las importantes y manifiestas previsiones de envejecimiento poblacional. Por ello el Gobierno dispone:TÍTULO ÚNICO. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1
El objetivo de la presente Ley es otorgar una prestación no contributiva de la Seguridad Social en concepto de hijo nacido o adoptado.
Artículo 2
La prestación por nacimiento o adopción es de 250.000 ptas (doscientos cincuenta mil pesetas), que será actualizada automáticamente de acuerdo al IPC semestral.
Artículo 3
Los requisitos para percibir la prestación son los siguientes:
1. En caso de nacimiento, que el mismo se haya producido en territorio español y que la persona beneficiaria hubiera residido de forma legal, efectiva y continuada en territorio español durante al menos los cinco años inmediatamente anteriores al hecho del nacimiento.
2. En caso de adopción, que el mismo se haya constituido en territorio español o haya sido reconodio por autoridad española competente y que la persona beneficiaria hubiera residido de forma legal, efectiva y continuada en territorio español durante al menos los cinco años inmediatamente anteriores al hecho de la adopción.
3. Que los padres progenitores o adoptantes no sean beneficiarios de un salario o ingreso anual superior a 6.000.000 ptas (seis millones de pesetas).
Artículo 4
La prestación será percibida por la madre, y si la misma hubiera fallecido sin haber solicitado la prestación será beneficiario el padre.
Artículo 5
1. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales dispondrá las regulaciones efectivas sobre las normas administrativas para solicitar la prestación.
2. Es competencia exclusiva del Gobierno de España la gestión y administración de la prestación no contributiva de la Seguridad Social.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Queda derogada las leyes y decretos que se opongan o contradigan la presente Ley.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ley entrará en vigor a partir de su publicación oficial.
Sofía Torres
Presidenta del Gobierno
Aaron Arroyo
Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales
- Carlos Lerner
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Re: Proyecto de Ley por la que se Establece la Prestación Económica por Nacimiento o Adopción (GOBIERNO)
Jue 5 Abr 2012 - 20:41
En primer lugar, procedemos a votar las enmiendas presentadas.
Enmienda I.
Enmienda II.
Enmienda I.
Artículo 3
Los requisitos para percibir la prestación son los siguientes:
1. Que, en caso de que alguno de los dos padres sea español, éste tenga su residencia y lugar de trabajo en España y que el niño nacido adquiera nacionalidad española. Sin necesidad de que el nacimiento o adopción haya tenido lugar en territorio español, dándose en este último caso de la adopción realizada fuera de las fronteras, que la misma haya sido reconocida por la autoridad española competente.
2. Que, en caso de que los dos padres sean extranjeros, respecto al nacimiento, que el mismo se haya producido en territorio español y que la persona beneficiaria hubiera residido de forma legal, efectiva y continuada y con lugar de trabajo en territorio español durante al menos los cinco años inmediatamente anteriores al hecho del nacimiento. Así mismo, se deberá demostrar la intención de permanencia dentro de España en las mismas condiciones citadas durante por lo menos 2 años.
3. Que, en caso de que los dos padres sean extranjeros, respecto a la adopción, que la misma se haya constituido en territorio español o haya sido reconocida por autoridad española competente y que la persona beneficiaria hubiera residido de forma legal, efectiva y continuada y con lugar de trabajo en territorio español durante al menos los cinco años inmediatamente anteriores al hecho de la adopción. Así mismo, se deberá demostrar la intención de permanencia dentro de España en las mismas condiciones citadas durante por lo menos 2 años.
4. Que los padres progenitores o adoptantes no sean beneficiarios de un salario o ingreso anual superior a 50 veces el salario mínimo interprofesional (SMI) más 5 veces el SMI por hijo que tengan, incluyendo este último nacimiento o adopción.
Enmienda II.
Artículo 2
La prestación por nacimiento o adopción es de 80.000 ptas (ochenta mil pesetas), que será actualizada automáticamente de acuerdo al IPC semestral.
- Carlos Lerner
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Re: Proyecto de Ley por la que se Establece la Prestación Económica por Nacimiento o Adopción (GOBIERNO)
Jue 5 Abr 2012 - 20:41
Disponen de 48 horas para votar.
- Carlos Alcázar
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Re: Proyecto de Ley por la que se Establece la Prestación Económica por Nacimiento o Adopción (GOBIERNO)
Vie 6 Abr 2012 - 15:06
José Castrillo Díaz, portavoz del Grupo Parlamentario Demócrata.
El Grupo Parlamentario Demócrata, con 17 diputados, vota A FAVOR de todas las enmiendas.
El Grupo Parlamentario Demócrata, con 17 diputados, vota A FAVOR de todas las enmiendas.
- Ferran RivellesAdministración
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Re: Proyecto de Ley por la que se Establece la Prestación Económica por Nacimiento o Adopción (GOBIERNO)
Vie 6 Abr 2012 - 15:11
El Grupo Parlamentario Socialista, con 138 Diputados, vota EN CONTRA de las enmiendas.
- F.Alberti.
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Re: Proyecto de Ley por la que se Establece la Prestación Económica por Nacimiento o Adopción (GOBIERNO)
Vie 6 Abr 2012 - 15:36
Blas Marti.
El GPC (26 Diputados) vota en Contra de las Enmiendas.
El GPC (26 Diputados) vota en Contra de las Enmiendas.
- Carlos Lerner
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Re: Proyecto de Ley por la que se Establece la Prestación Económica por Nacimiento o Adopción (GOBIERNO)
Sáb 7 Abr 2012 - 16:11
José Valladares, Presidente del Grupo Parlamentario Laborista
El Grupo Parlamentario Laborista, con 22 Diputados, vota EN CONTRA de todas las enmiendas.
El Grupo Parlamentario Laborista, con 22 Diputados, vota EN CONTRA de todas las enmiendas.
Re: Proyecto de Ley por la que se Establece la Prestación Económica por Nacimiento o Adopción (GOBIERNO)
Dom 8 Abr 2012 - 21:30
Elena Robles Soriano, Portavoz del GPLD
El GPLD (126) vota A FAVOR de las enmiendas.
- Carlos Lerner
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Re: Proyecto de Ley por la que se Establece la Prestación Económica por Nacimiento o Adopción (GOBIERNO)
Lun 9 Abr 2012 - 23:46
Finalizado el tiempo para votar, procedemos al recuento.
A FAVOR: 143
EN CONTRA: 186
ABSTENCIÓN: 0
RECHAZADO
A FAVOR: 143
EN CONTRA: 186
ABSTENCIÓN: 0
RECHAZADO
- Carlos Lerner
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Re: Proyecto de Ley por la que se Establece la Prestación Económica por Nacimiento o Adopción (GOBIERNO)
Lun 9 Abr 2012 - 23:47
Disponen de 48 horas para votar el texto final.
- Carlos Alcázar
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Re: Proyecto de Ley por la que se Establece la Prestación Económica por Nacimiento o Adopción (GOBIERNO)
Lun 9 Abr 2012 - 23:55
José Castrillo Díaz, portavoz del Grupo Parlamentario Demócrata.
El Grupo Parlamentario Demócrata, con 17 diputados, vota A FAVOR.
El Grupo Parlamentario Demócrata, con 17 diputados, vota A FAVOR.
- Ferran RivellesAdministración
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Re: Proyecto de Ley por la que se Establece la Prestación Económica por Nacimiento o Adopción (GOBIERNO)
Mar 10 Abr 2012 - 0:04
El Grupo Parlamentario Socialista, con 138 Diputados, vota [b]A FAVOR[b]
- Carlos Lerner
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Re: Proyecto de Ley por la que se Establece la Prestación Económica por Nacimiento o Adopción (GOBIERNO)
Mar 10 Abr 2012 - 0:06
José Valladares, Presidente del Grupo Parlamentario Laborista
El Grupo Parlamentario Laborista, con 22 Diputados, vota A FAVOR.
El Grupo Parlamentario Laborista, con 22 Diputados, vota A FAVOR.
Re: Proyecto de Ley por la que se Establece la Prestación Económica por Nacimiento o Adopción (GOBIERNO)
Miér 11 Abr 2012 - 22:30
Elena Robles Soriano, Portavoz del GPLD
El GPLD (126) vota A FAVOR
- Jose Luis Sánchez
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Re: Proyecto de Ley por la que se Establece la Prestación Económica por Nacimiento o Adopción (GOBIERNO)
Miér 11 Abr 2012 - 23:52
[center]
El Grupo Parlamentario Comunista, con 26 escaños, vota A FAVOR.
El Grupo Parlamentario Comunista, con 26 escaños, vota A FAVOR.
- Carlos Lerner
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Re: Proyecto de Ley por la que se Establece la Prestación Económica por Nacimiento o Adopción (GOBIERNO)
Jue 12 Abr 2012 - 13:28
Presidente del Congreso de los Diputados
A FAVOR: 329
EN CONTRA: 0
ABSTENCIÓN: 0
NO EMITIDOS: 21
TOTAL: 350
APROBADO
Se levanta la sesión.
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