- Ferran RivellesAdministración
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Real Decreto 19/1979 por el cual se declara el Estado de Excepción en Ceuta y Melilla
Vie 29 Jun 2012 - 16:04
REAL DECRETO 19/1979, DE 25 DE NOVIEMBRE, POR EL CUAL SE DECLARA EL ESTADO DE EXCEPCIÓN EN LAS CEUTA Y MELILLA
En función de la Ley de Orden Público, de 30 de julio de 1959, y de acuerdo a las necesidades requeridas en los asentamientos urbanos de Ceuta y Melilla, se dispone:
Artículo Único
1. Se declara el Estado de Excepción en la ciudad de Ceuta por el período de 15 (quince) días desde la entrada en vigor del presente Real Decreto.
2. Se declara el Estado de Excepción en la ciudad de Melilla por el período de 15 (quince) días desde la entrada en vigor del presente Real Decreto.
Disposición Aclaratoria
Se regulará el Estado de Excepción de acuerdo a la legislación vigente y explicitada en el preámbulo del presente Real Decreto, sin perjuicio a los derechos civiles de orden superior establecidos con rango constitucional.
Disposición Final
El presente Real Decreto entrará en vigor a partir de su publicación oficial.
Dada en Madrid, 25 de Noviembre de 1979.
-Juan Carlos R-
La Presidenta del Gobierno,
Sofía Torres Blair
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