- Pedro Valdivia
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Ley Recolocación parados con más de 40 años (votación)
Miér 10 Dic 2008 - 20:41
Esta ley proviene del portavoz de IR en Andalucia
Preámbulo
Luchar contra el despido por motivos de edad en empresas. Se pretende recolocar a parados de más de 40 años que hayan sido despedidos o lleven más de 5 meses sin encontrar puesto de trabajo.
Artículo I
Toda persona tiene derecho a un trabajo digno, independientemente de su edad. Por ello, aquellas personas que no sean contratadas por ser mayores o por inseguridad por parte de la empresa podrán denunciar a ésta por despido improcedente.
Artículo II
Aquella empresa que haya decidido contratar a una persona mayor de 40 años durante los próximos 6 meses le serán rebajados impuestos por parte de la Junta.
Artículo III
La empresa pública contratará a aquellos parados que lleven más de 5 meses sin encontrar trabajo y sean mayores de 40 años, siempre que cumplan los requisitos para dicho puesto.
Artículo IV
Se darán ayudas al desempleo mayores a aquellas personas, mayores de 50 años que se hayan quedado sin trabajo, bonificaciones según el tiempo de trabajo cumplido y su edad:
Edad Tiempo trabajado
50 años: +150 euros - 5 meses: +80 euros
51-53 años: +200 euros 5-11 meses: +100 euros
54-56 años: +250 euros 12-22 meses: +140 euros
+ 57 años: +300 euros + 22 meses: +160 euros
Artículo V
Aquellas personas que no hayan podido acceder a ningún puesto de trabajo podrán asistir a cursos de formación específicos para su labor para aumentar su capacidad de trabajo, todos subvencionados por la Junta.
Resolución final
Para el cumplimiento del Artículo III se crearán 1500 puestos de empleo en 2 meses, y otros 2000 puestos desde esa fecha hasta 4 meses más (6 meses), en sanidad pública, educación y hacienda.
La ley entrará en vigor 15 días después de su publicación en el boletín
Preámbulo
Luchar contra el despido por motivos de edad en empresas. Se pretende recolocar a parados de más de 40 años que hayan sido despedidos o lleven más de 5 meses sin encontrar puesto de trabajo.
Artículo I
Toda persona tiene derecho a un trabajo digno, independientemente de su edad. Por ello, aquellas personas que no sean contratadas por ser mayores o por inseguridad por parte de la empresa podrán denunciar a ésta por despido improcedente.
Artículo II
Aquella empresa que haya decidido contratar a una persona mayor de 40 años durante los próximos 6 meses le serán rebajados impuestos por parte de la Junta.
Artículo III
La empresa pública contratará a aquellos parados que lleven más de 5 meses sin encontrar trabajo y sean mayores de 40 años, siempre que cumplan los requisitos para dicho puesto.
Artículo IV
Se darán ayudas al desempleo mayores a aquellas personas, mayores de 50 años que se hayan quedado sin trabajo, bonificaciones según el tiempo de trabajo cumplido y su edad:
Edad Tiempo trabajado
50 años: +150 euros - 5 meses: +80 euros
51-53 años: +200 euros 5-11 meses: +100 euros
54-56 años: +250 euros 12-22 meses: +140 euros
+ 57 años: +300 euros + 22 meses: +160 euros
Artículo V
Aquellas personas que no hayan podido acceder a ningún puesto de trabajo podrán asistir a cursos de formación específicos para su labor para aumentar su capacidad de trabajo, todos subvencionados por la Junta.
Resolución final
Para el cumplimiento del Artículo III se crearán 1500 puestos de empleo en 2 meses, y otros 2000 puestos desde esa fecha hasta 4 meses más (6 meses), en sanidad pública, educación y hacienda.
La ley entrará en vigor 15 días después de su publicación en el boletín
- Pedro Valdivia
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Re: Ley Recolocación parados con más de 40 años (votación)
Miér 10 Dic 2008 - 20:46
PP 19 diputados a favor
- juanmi llamazares
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Re: Ley Recolocación parados con más de 40 años (votación)
Miér 10 Dic 2008 - 22:33
El PCE vota a favor
- carlos mateo
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Re: Ley Recolocación parados con más de 40 años (votación)
Dom 25 Oct 2009 - 11:36
esta ley fue aprobada pedimos que se incluya en el Boletín oficial
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