- Carlos Lerner
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Ley 16/1978 por la que se Deroga la Ley de Peligrosidad Social (GPDP)
Lun 19 Dic 2011 - 19:25
LEY 16/1978 POR LA QUE SE DEROGA LA LEY DE PELIGROSIDAD SOCIAL
En virtud del Artículo 86.3 de la Constitución Española, que establece sobre los Decretos-Ley que "Durante el plazo establecido en el apartado anterior, las Cortes podrán tramitarlos como proyectos de ley por el procedimiento de urgencia." el Grupo Parlamentario Demócrata Popular solicita la tramitación del Real Decreto-Ley por la que se deroga la Ley de Peligrosidad Social, que debería llevar la numeración 16/1978 como proyecto de ley.
- Spoiler:
REAL DECRETO-LEY POR LA QUE SE DEROGA LA LEY DE PELIGROSIDAD SOCIAL
En aplicación de lo dispuesto en la disposición derogatoria de la Constitución en el que se dispone lo siguiente:
3. Asimismo quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en esta Constitución
Artículo Único.
Se deroga íntegramente todos los artículos que contiene dicha ley, así como todos los artículos que aparezcan en los Códigos Civiles y Penales que aludan directamente esta ley.
Firmado:
Juan Carlos I, Rey de España.
Sofía Torres, Presidenta del Gobierno.
Carlos Vara, Ministro de Justicia.
DISPOSICIÓN DE AMNISTÍA
Todos los casos juzgados por la Ley de Peligrosidad Social quedan sin efecto.
- Ley 02/1978 para el Impulso y la Protección de las Lenguas del Estado (GP Social Demócrata)
- Ley 06/1978 para el Control Proposición de Ley de regulación del servicio militar y la prestación social sustitutoria (GP Demócrata Popular)
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