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Laia Badia
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FINALIZADO: Plan de desarrollo de Galicia (PCE) Empty FINALIZADO: Plan de desarrollo de Galicia (PCE)

Vie 31 Jul 2009 - 18:16
PL PARA UN PLAN DE DESARROLLO DE GALICIA (PCE)

Preámbulo:
El siguiente Plan de Desarrollo de Galicia, nace con la intención de mejorar la situación económica, industrial, laboral y demográfica de nuestra comunidad. La crisis de la industria así como la caída de la natalidad o el éxodo hacia otras zonas y el consiguiente descenso demográfico no dibujan un buen panorama para Galicia.

Esta propuesta tiene por cometido dotar a la Comunidad Autónoma Gallega de un proyecto definido, serio y estable de desarrollo industrial que se apoyará en dos pilares, el público y el privado, siendo siempre el primero de mayor importancia y peso que el segundo, pero no pudiendo negarse la existencia de ambos en la sociedad capitalista en que vivimos.

CAPÍTULO I: DERECHOS LABORALES.
Artículo 1
1- Galicia se compromete por la presente ley destinar una partida no inferior al 10% de los presupuestos autonómicos anuales para destinarla al desarrollo Industrial Gallego.
2- Dicha partida tendrá por cometido el incremento de los puestos de trabajo, una mejora de los niveles de producción, de exportación y una progresiva reducción de la importación, así como adoptar aquellas medidas oportunas para mejorar la calidad de vida de los empleados y obreros.

Artículo 2
1- La jornada laboral de todo trabajador, empleado u obrero gallego de empresas públicas será de un máximo de ocho horas por día, un máximo de cinco días por semana y dichas horas nunca serán superiores a las 35 horas semanales.
2- Dicha reducción de horas, redundará en una mejora de las condiciones de vida de los obreros y una mayor disponibilidad de los puestos de trabajo.

Artículo 3
1- La media jornada pasa a ser no inferior a veinte horas ni superior a veinticinco horas semanales, a la que seguirán aplicándosele los máximos de cinco días por semana y seis horas por día.
2- Se instituye la Jornada Mínima, de tres horas diarias que nace de la interrupción del ciclo horario de tres grupos de ocho horas diario, para adaptarse a la de siete horas diarias. De modo que donde antes trabajaban tres personas con Jornada Completa, ahora trabaje además una con la Jornada Mínima.
3- La Xunta de Galicia queda facultada para regular los empleos a los que sea aplicable la modalidad de Jornada Mínima, Media Jornada y Jornada Completa, así como las incompatibilidades y problemas que de ellos se deriven.
4- Se favorecerá el ingreso de estudiantes y gentes con pocos recursos así como parados de larga duración en empleos de Jornada Mínima, para que así puedan seguir formándose o reconvirtiéndose para la vida laboral al mismo tiempo que se asegura su subsistencia.

El gobierno gallego presentará una propuesta concreta para facilitar la acogida a la Jornada Mínima o a la Media Jornada para parejas con hijos, con el ánimo de conciliar vida familiar y vida laboral.

Artículo 4

1- Se crea la Sección de Inspección Laboral, que tendrá por cometido velar por el cumplimiento de este plan así como de las diversas normativas laborales vigentes en Galicia y en el Estado Español.
2- Esta Sección velará especialmente por la protección de los derechos laborales de los obreros y de los empresarios.

CAPÍTULO II: ORGANISMOS AUTONÓMICOS DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PREVISIONES COMPETENCIALES ECONÓMICAS:

Artículo 5
1- Se crea la Sociedad Gallega de Desarrollo Industrial (SGDI), ente subordinado al gobierno autonómico y dependiente de él que gestionará todas aquellas empresas dependientes de Galicia anteriores a la publicación de esta ley o posteriores.
2- Para llevar a cabo dicha gestión, este órgano contará con un Director General, nombrado por el Gobierno Autonómico.

Artículo 6
1- La Sociedad Gallega de Desarrollo Industrial, tendrá por objeto la dirección del conjunto de las empresas de titulación autonómica entre las que tendrán que constar:
A) Radiotelevisión Autonómica
B) Empresa de Transportes Terrestres
C) Líneas Aéreas (Se pedirá la transferencia a la autonomía)
D) Empresa de Obras Públicas
E) Empresa de Energía Ecológica (Suministrará energías no contaminantes)
F) Astilleros Públicos
G) Empresa Agropecuaria y Pesquera
H) Empresa de Investigación Tecnológica
I) Empresa de Material Tecnológico (fabricará lo desarrollado por la anterior)
J) Empresa de Gestión Económica y Desarrollo Industrial (que permitirá la creación de nuevas empresas con parte de los beneficios de las ya existentes)
k) Sociedad de Servicios de Galicia (Empresa que conservará las competencias que no hayan sido ocupadas por las otras)

Artículo 7
1- Todas las empresas especificadas en el artículo 6 tendrán que estar creadas en un plazo de 10 años desde la entrada en vigor de esta ley, labor que llevará a cabo el gobierno autonómico de forma progresiva, estudiando a conciencia cada caso y proyectando su puesta en marcha.
2- Se obliga la Xunta de Galicia a iniciar las gestiones y trámites de las transferencias adecuadas y los procesos negociadores con el Gobierno del Estado Español para asegurar dichas transferencias.

Artículo 8
1- La finalidad de las empresas de titulación pública es la creación de puestos de trabajo dignos y la producción económica para la Autonomía Gallega, de forma que el equipo gestor ha de velar por mantener siempre un crecimiento económico positivo, una ausencia de deudas y una política de empleo.
2- El modelo económico de las empresas públicas gallegas será el propio de una economía de carácter mixto, que compatibilice la iniciativa privada y la pública, entendiendo esto como la empresa pública como base y las empresas que florezcan a su alrededor como privadas.

Artículo 9
1- La Xunta de Galicia habrá de buscar por la vía de la negociación la reforma del sistema de financiación autonómica de modo que la autonomía financiera gallega sea superior y capaz de afrontar eficientemente una economía mixta.
2- La Xunta de Galicia deberá buscar el modo de subvencionar el proyecto económico a través de sus empresas.

CAPÍTULO III: DE LA INICIATIVA PRIVADA.
Artículo 10
1- La iniciativa privada será objeto de especial protección por parte del Gobierno Autonómico. Éste establecerá los cauces, concursos y medios para fomentar su desarrollo, su competitividad en el plano internacional y velará por el cumplimiento de todas las disposiciones en materia de derecho laboral.
2- La iniciativa privada será ejercida en aquellas competencias que no hayan sido reservadas a la autonomía gallega por ésta u otras leyes y disposiciones.

Artículo 11
1- La Xunta destinará una partida presupuestaria sobre la destinada a Industria para la promoción y el desarrollo de la industria privada, poniendo especial atención en las siguientes subcategorías.
A) Industrias del plano cultural, productoras de música, editoriales y prensa.
B) Industrias comprometidas con la historia y la cultura gallegas y respetuosas con la lengua gallega que contribuyan a exportar la imagen de la Comunidad Autónoma en el exterior
C) Industrias turísticas y muy especialmente aquellas que promuevan valores medioambientales.
D) Industrias gastronómicas.
E) Industrias madereras, papeleras, de fabricación de muebles y bienes de consumo que produzcan de forma sostenible y respetuosa con el medio ambiente.
F) Industrias de especial interés para el desarrollo de la economía gallega.

Artículo 12
1- La Xunta promoverá las medidas pertinentes para conceder subvenciones a aquellas compañías que precisen de ellas y se cuidará de inspeccionar la utilización del dinero público así como juzgar sobre la conveniencia de su uso, reservándose así la potestad de renovar o no dichas ayudas así como de aumentarlas o reducirlas en función de los resultados, siempre teniendo como máximas metas el desarrollo industrial de la autonomía, su crecimiento económico y la producción de empleo digno y estable de calidad.

CAPÍTULO IV: DE LA UNIVERSIDAD Y LA FORMACIÓN:
Artículo 13
1- La Xunta y las Universidades Públicas Gallegas, habrán de velar por organizar una formación universitaria, y profesional adecuada a las necesidades de Galicia y velando siempre por su interés.
2- El sistema de becas universitarias se orientará a lograr que los estudiantes decidan permanecer en Galicia al término de sus estudios.

Artículo 14
1- La Xunta de Galicia habrá de velar por asegurar la vivienda a aquellos estudiantes y trabajadores que tenga en plantilla, de forma que evite la fuga de talentos y la pérdida de población.
2- 2- La Xunta de Galicia también habrá de velar por garantizar puestos de trabajo en Galicia a los estudiantes que hayan obtenido su titulación aquí, o en su caso establecer los convenios necesarios para que trabajen en otros lugares, fomentando y preocupándose por generar los puestos de trabajo para su regreso a Galicia.

CAPÍTULO V: DEL DESARROLLO DE LA NATALIDAD.

Artículo 15
1- Se otorgarán puntos a cada familia por hijo a su cargo, que serán canjeables por ayudas económicas.

Artículo 16
1- Se establecerán una serie de beneficios en la utilización de las empresas gallegas a todas aquellas familias con un determinado número de hijos, tales como descuentos, servicios gratuitos, etcétera.

Artículo 17
1- La Xunta queda habilitada para determinar si otorgar o no, así como disponer de la cantidad, una subvención económica a aquellas familias que decidan afincarse en Galicia.

CAPÍTULO VI: DE LOS MEDIOS PARA VELAR POR EL CUMPLIMIENTO DE ESTE PLAN:

Artículo 18
1- Se dispone la creación del “Consejo de Desarrollo de Galicia” (CDG) como órgano dependiente del Gobierno Gallego que tendrá por cometido la dirección de la política industrial y el velar por la aplicación de dicho plan.
2- Este órgano estará compuesto por:
A) Un representante de cada partido en el Parlamento Gallego.
B) Un representante de cada uno de los principales sindicatos con presencia en la autonomía
C) Un representante de la patronal
D) Un representante del gobierno Autonómico
E) Un representante de las Cámaras de Comercio
F) Un representante de la Consellería de Industria

Artículo 19
1- El CDG tendrá por cometido toda aquella tarea que le asigne esta ley, así como asesorar a la Xunta sobre la situación de la economía y elevar sus informes al Parlamento Gallego.

DISPOSICIONES FINALES:
Primera- Queda facultada la Xunta de Galicia para dictar todas aquellas disposiciones o decretos que contribuyan al desarrollo de esta ley, sin en ningún caso contravenirla.
Segunda- Esta Ley entrará en vigor 10 días después de su publicación en el DOG.


Última edición por Fernando Riera el Mar 4 Ago 2009 - 18:11, editado 3 veces
Laia Badia
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Vie 31 Jul 2009 - 18:16
Comienza el debate. Tienen 48 horas.
Daniel Blanco
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Vie 31 Jul 2009 - 19:44
Señor Presidente, Señores Parlamentarios:

Tal y como anunciamos durante la moción de censura, consideramos necesario dar un impulso a nuestra comunidad, y la base para ello tiene que ser una red de empresas públicas que aseguren servicios de calidad a los ciudadanos. Pese a que quienes presentamos este plan seamos comunistas, y dado que vivimos en una sociedad capitalista con unas reglas que limitan los objetivos de nuestra ideología, en dicho plan tenemos muy en cuenta a la empresa privada, y consideramos que también puede beneficiarse del auge de la pública. Me explico.

Si una empresa pública gallega se muestra boyante, es más fácil que a su alrededor surjan empresas privadas que, bien le sirvan de suministradoras, bien la complementen en aquellos ámbitos a los que ella sola no llegue. Por tanto se establecería una suerte de simbiosis entre una gran empresa pública y varias pequeñas y medianas empresas privadas.

La empresa pública crea, además, empleo en condiciones que consideramos muy apropiadas para los trabajadores. Queremos que los derechos laborales en Galicia sirvan de ejemplo para otros lares, y apostamos por conciliar la vida familiar y la laboral.

Precisamente de esta apuesta por la familia se deducen nuestras medidas para favorecer la natalidad , pues es bueno ir cubriéndose las espaldas para el futuro de Galicia, que dependerá de una población rejuvenecida.

Y al hilo de rejuvenecer, la juventud gallega necesita contar con una formación de calidad, y las universidades serán parte fundamental en ello. Queremos jóvenes formados, que sean capaces de ganarse el pan sin necesidad de hacer el petate y abandonar su tierra. Galicia no puede permitirse un éxodo de savia nueva, con energía, emprendedora. Por todo esto hemos traído al parlamento este plan de desarrollo que, seguro, es susceptible de ser mejorado con sus propuestas. Muchas gracias.
Roberto Martínez
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Sáb 1 Ago 2009 - 2:14
Una medida claramente comunista como no.Pruemeve una "dictadura" económica,y sin libertad los ciudadanos no pueden ser libres,es decir no pueden gestionar libremente sus recursos económicos.Esta ley se cae por si sola y no hace falta que diga que el Partido Popular votará en contra de está ley que reitero, va en contra de la libertad económica.
Laia Badia
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Sáb 1 Ago 2009 - 3:46
Señor Blanco, señores Diputados:

Parece mentira que al PCE se le llene la boca con la palabra libertad cuando ni ellos mismos, en sus propuestas, son capaces de plasmarla en el ámbito económico.
Esta propuesta, como ha dicho el portavoz del PP, se cae por sí sola.
No votaremos a favor de una propuesta que, como ésta, impide a los ciudadanos gestionar sus recursos económicos con libertad.

Gracias, señor Presidente.
Daniel Blanco
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Sáb 1 Ago 2009 - 10:08
¿Podrían especificar un poco más? ¿En dónde ven la "dictadura" económica? Les pido que señalen que aspectos de la propuesta les parecen dictatoriales y que, si lo ven conveniente, presenten enmiendas para mejorarla.
Roberto Martínez
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Sáb 1 Ago 2009 - 10:53
Daniel Blanco escribió:¿Podrían especificar un poco más? ¿En dónde ven la "dictadura" económica? Les pido que señalen que aspectos de la propuesta les parecen dictatoriales y que, si lo ven conveniente, presenten enmiendas para mejorarla.

La jornada laboral de todo trabajador, empleado u obrero gallego de empresas públicas será de un máximo de ocho horas por día, un máximo de cinco días por semana y dichas horas nunca serán superiores a las 35 horas semanales.

Con ese tope,no permite al trabajador hacer horas extras para ganar más dinero con su esfuerzo,impone una jornada que debería ser negociada entre trabajador y empresario(dentro de unas "normas mínimas") para así garantizar la libertad económica.
Daniel Blanco
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Sáb 1 Ago 2009 - 11:23
Pero eso afecta a las empresas públicas, no a las privadas. Ahora que el paro es un grave problema en nuestra sociedad, el trabajo se ha convertido en un bien que escasea: antes que optar por las horas extras, nosotros apoyamos la creación de nuevos puestos de trabajo. Así, en lugar de tener a un trabajador que ya cuenta con un salario -aunque pueda ser no muy elevado- tendríamos otro contratado más. Como verá, en la propuesta se busca ese reparto del trabajo, de modo que desempleados de larga duración, jóvenes sin experiencia laboral o simplemente personas que pretendan conciliar trabajo y familia, cuenten con una oportunidad de aportar a la sociedad y recibir un sueldo por su trabajo.

Le pondré un ejemplo más ilustrativo. Imagínese una familia compuesta por: un padre que trabaja, una madre que se ocupa del hogar, un hijo adulto que lleva tres años en paro, un hijo que acaba de terminar sus estudios y un menor. El único dinero que entra en la casa es el del padre, que se ve obligado a hacer horas extras -horas que les arrebata a sus familiares, con los que apenas puede pasar tiempo- para mantener la economía de su hogar. Ahora imagínese que, de acuerdo con lo establecido en nuestro plan, su hijo mayor -parado de larga duración- o su hijo mediano, sin experiencia laboral, o su esposa, ama de casa sin derecho a salario, pasan a ocuparse en su empresa de parte del trabajo que antes tenía que completar con las horas extras. Muy probablemente aumentará el dinero que entre en la casa, con total seguridad serán dos los que coticen -cosa que tampoco es desdeñable- y, sobre todo, toda la familia dispondrá de más tiempo para estar todos juntos.

Eso por no hablar de las consecuencias de estar sin trabajo, que favorecen la pérdida de confianza en uno mismo, propiciando caer en alcoholismo, drogas o directamente en la delincuencia. A todos nos interesa que el trabajo esté repartido y que la sociedad no se divida en quienes trabajan y quienes son mantenidos. Gracias por su atención.
Rufino Colorado.
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Sáb 1 Ago 2009 - 12:26
Artículo 2
1- La jornada laboral de todo trabajador, empleado u obrero gallego de empresas públicas será de un máximo de ocho horas por día, un máximo de cinco días por semana y dichas horas nunca serán superiores a las 35 horas semanales.

Señor Blanco,aclarense se han de trabajar 40 horas o un maximos de 35?.Aparte de esta rectificación me parece que lo que propone el PCE es una buena iniciativa para el pueblo gallego,pero nunca puede juntar lo publico con lo privado,lo publico es una cosa y lo privado otra.

4- Se favorecerá el ingreso de estudiantes y gentes con pocos recursos así como parados de larga duración en empleos de Jornada Mínima, para que así puedan seguir formándose o reconvirtiéndose para la vida laboral al mismo tiempo que se asegura su subsistencia.

Otra forma de reavivar el empleo precario¿que podrá hacer un parado de larga duración con una jornada diaria de tres horas?.
Daniel Blanco
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Sáb 1 Ago 2009 - 13:48
Sr. Colorado, ahí hablamos de máximos (ocho horas por día, cinco días a la semana) pero en el supuesto de que se fuera al total de los máximos, tendrían que reducir las horas de un día o, directamente, del número de días, porque en ningún momento se puede llegar a las cuarenta. Le pongo un ejemplo: un trabajador gallego del TMG -cuando se apruebe- trabaja de lunes a viernes: esto son los cinco días, que es el máximo. El lunes trabaja ocho horas y ni una más, porque ese es el máximo; el martes, otras ocho; el miércoles, ocho nuevas horas; lo mismo el jueves. Ya lleva acumuladas 32. Por lo tanto el viernes -obviamente valdría cualquier otro día, no necesariamente el último de la semana- sólo podría trabajar un máximo de tres horas, para no pasarse de las 35 que hemos considerado el máximo semanal.

Nosotros no juntamos lo público y lo privado: de hecho, en el apartado de los derechos laborales sólo legislamos para las empresas públicas, que son las que cumplirán las 35 horas semanales y los máximos antes citados. Contamos con otro apartado dentro del Plan, que es para la iniciativa privada. Como comunista, comprenderá que no es lo que más me satisface, pero sé perfectamente que aún estamos muy lejos del horizonte comunista, así que incluso estos pasos en los que se tiene en cuenta a la pequeña y mediana empresa son pasos hacia dicho horizonte.

En cuanto a la Jornada Mínima, es mínima no sólo en las horas y el salario sino también en lo que se refiere a su valor. Nosotros somos los primeros en saberlo, pero es un mal menor: pregúntemosle a un desempleado que ya ha agotado su subsidio si prefiere esta Jornada Mínima o nada. El problema del paro es tan grande que hay que hacer encaje de bolillos para ir incorporando al mercado laboral a ciudadanos; nuestra propuesta trata de mejorar esta situación con instrumentos que no pueden ser definitivos pero que al menos servirán para ir tapando huecos.

De todas formas, si alguien en la cámara tiene alguna idea nueva sobre el asunto, les recordamos que estamos abiertos a debatir cualquier enmienda.
Maximiliano Salas
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Sáb 1 Ago 2009 - 22:44
Señor Presidente, Señorias diputados y diputadas, ciudadanos presentes

En este proyecto que nos toca, nos sorprende, no desde el punto de vista de innovacion, ya habiamo criticado la idea antes de concebirla en plan, antes de la Mocion. Me explico.

Este, proyecto, señor Presidente, al parecer, proyectado, mas por un pequeño burgues, que por un marxista, tiene irrelevancias y sintesis, en la mayor parte. Pero para entenderlo mejor, voy a explicarlo por parte.

En los primeros articulos, dice claramente no menor a 10%, ahora el problema surge de la siguiente conclusion. Si por ejemplo, el presupuesto sea de 20%, y el presupuesto de la Concejeria de Economia, sea de 25%, al Concejero le restara solo 5%, para pagar personal y llevar a cabo sus ideas.

El art. 4 del presente plan, tenemos nuestras dudas. Sabemos que la sobrelegislacion y la sobre produccion de leyes es mala, sino es regulada, pero, tambien su sintesis. Les propongo, que mas un articulo, puedan hacer una Ley de esto. No es la primera vez que los comunistas lo hacen, y ya se ha hablado sufieciente sobre leyes servilleta, y creo que este no es le lugar.

el art.5 sin duda sera el de nuestra mayor critica. Las empresas publicas, tienen un defecto, ser ineficientes en un mercado, donde los consumidores siempre quieren mas. Su problema no radica en la falta de presupuesto, abundante de las arcas publicas, sino mas bien, de la falta de libertad, de autoridad sobre si misma, y el monopolio, que por lo general, es comun. Asi nosotros siempre criticamos, y no apoyamos las leyes comunistas, proque caen en el mismo error años tras años, desde hace un siglo. Las empresas publicas, pueden ser eficientes y a la vez, dar lo mejor a sus empleados y clientes. Pero, al manera, no es, desde el punto de vista del paradigma marxista, algo correcto. Las empresas, mas que publicas deben ser independientes, deben ser autarquicas, autonomicas,y libres de posesion estatal, sin perjuicio del control y/o fondos que este le pueda proveer. Asi, esta empresa, puede mejorar, puede ser eficiente, y lo mejor, puede competir con cualquier otra empresa, a nivel internacional. Si se lo dejamos en el Estado, este, no tiene porque andar vendiendo discos, ni vendiendo semillas, no comolo que un Presidente de IU-LV afirmo una vez. La empresa de obras publicas fue puesta como proyecto, en la anterior legislatura, por el comunismo, en el Congreso. En el mismo, recalcamos esta idea, y algunos, nos trataron de "privatizadores", antes que vuelva a ocurrir lo mismo, les decimos que no, no queremos privatizar, queremos una empresa eficiente y eficaz, y con productividad.

Para completar este punto, en el plan, deberemos hacer una Ley, por cada empresa aqui titulada, de llegar a aprobarse, o quizas, dos o tres. El problema se generara en cada votacion de esta, y si estan no son aprobadas.

Sobre la empresa privada, no tenemos mas objeciones, mas que preguntas, como que ayudas se les podra brindar a estas? recordemos que la UE desestima la ayuda directa, y que haremos con las empresas de construccion, por ejemplo, sino se las dajara competir contra la empresa estatal? asi, lo dice claramente el art. 10 de la presente.

Sobre el capitulo IV, V, y VI, les pedimos que lo hagan en Ley aparte. La politica de comprimir todas las leyes, en una sola, como dije no siempre es lo mejor, y creo que deben repensar muchos de los puntos viegentes en el proyecto. El ultimo capitulo, da otra gestora publica, que solo es al final, para la gente, mas burocracia, cosa que eliminar del Estado, y que no es facil, por lo que pedidira que lo retiren, junto a lo otro. El art. 17. es un ejemplo de la politica del "dedismo" y "clientelismo", dando algunos y dejando a otros, sin nugana razon, o excusa para ello, El Gobeirno quedara facilitado para dar y elegir por dedo, mas que por necesidades. El articulo 13, por el contrario resta libertades a las universidades, que son independientes, o al menos sobrelesigla sobre eso, y tambien les resta, a los estudiantes, por la condicionalidad de la beca. Les pedimos, de nuevo, retiren eso.
Daniel Blanco
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Sáb 1 Ago 2009 - 23:54
Sr. Salas, en primer lugar le agradezco que participe en este debate. Normalmente no les diría nada por su ausencia en los más recientes, pero como ha tenido el mal gusto de comparar esta propuesta con lo que usted denomina "leyes-servilleta", tengo que afearle la conducta y exigirle un respeto para el trabajo de un compañero de parlamento. Nuestra propuesta puede ser mejor o peor -no seré yo quien niegue sus fallos- pero en ningún modo es una "ley-servilleta" sino que nos ha llevado nuestro tiempo prepararla.

Ignoro lo que es para usted un pequeño burgués y realmente no me importa: huyo de las etiquetas y prefiero discutir sobre ideas y no sobre clichés.

Pasemos, pues, al debate sobre el plan que nos ocupa. Plantea usted el problema de que, al tener que dedicar un 10% de los presupuestos al desarrollo de este plan, no quede dinero para, por ejemplo, pagar al personal. Si ocurriera eso, sería que los presupuestos no están bien elaborados. Teniendo en cuenta la importancia del desarrollo industrial, ese diez por ciento no es sino el reflejo de dicha importancia, no debiendo en ningún caso verse reducido, pues peligraría el desarrollo de la propia comunidad. Todo esto, por supuesto, desde nuestro punto de vista.

En cuanto al artículo 4, si lo considera insuficiente, no tengo problema en reelaborarlo en la forma que usted crea conveniente. No creo que sea para una ley y, como mucho, para un decreto del gobierno, pero le repito que como usted estime conveniente.

Centremos ahora el debate en la empresa pública. Dice usted que las empresas tienen el defecto de ser ineficientes. ¿Por el hecho de ser públicas? Mire, si una cosa tengo clara en cuestiones económicas es ésta: que la empresa pública, frente a la privada, tiene la enorme ventaja de no necesitar un beneficio -que no quiere decir que no se pretenda- porque el beneficio ya viene dado por ofrecer un servicio y crear puestos de trabajo. En efecto, mientras las privadas deben conseguir un beneficio para el empresario, las públicas se ahorran ese margen, y pueden emplearlo en ofrecer el servicio a un precio más adecuado para los clientes, y en ofrecer a sus trabajadores unas condiciones más favorables. ¿Por qué razón han de ser ineficientes?

Nosotros, además, proponemos que existan empresas públicas en sectores clave, lo que no tiene por qué ser malo para las privadas. Como ya he dicho, alrededor de las públicas van a crecer empresas privadas que colaboren con ellas. ¿Podrán las privadas competir con las públicas, como en el caso de las Obras Públicas que usted menciona? Pues, salvo que alguna ley diga lo contrario, sí.

En cuanto a la creación de cada una de las empresas públicas ahí mencionadas, no hay que someterlo a votación: de aprobarse el plan, quedarían automáticamente aprobadas todas y cada una de ellas, teniendo que ser creadas en un plazo inferior a diez años, y de acuerdo con la disposición final primera.

La razón de "comprimir", como usted dice, muchas leyes en una sola, es que un plan sólo puede aprobarse si se está de acuerdo con cada una de las medidas para llevarlo a cabo. Por último, las becas no es que estén condicionadas a que el alumno se quede en Galicia -y, si no, se le quitan, no- sino que se orientan a que el becado pueda continuar en Galicia; por ejemplo, como resultado de la experiencia laboral adquirida al trabajar como becario universitario en alguna de las empresas que tenga convenio con su universidad.
Maximiliano Salas
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Dom 2 Ago 2009 - 2:21
Señor Presidente, Señorias comunistas,

En primer lugar, mas alla de lo que entienda de leyes servilleta, que al parecer es poco, no voy a confrontarlo, sobre eso, realmente el trabajo de esta Ley me parece muy bueno, pero la forma de sintetizar una en un articulo, nos parece pesimo, pero no es el espiritu de este debate saber si haremos de una linea de este plan, un proyecto.

Decimos, que es de pequeño burgues, no como cliche, sino como critica en si mismo, al paradigmo sostenida milenariamente, por los partidos de izquierda, de empresas publicas, y el sentido de los medios de produccion en manos del Estado, tomado, ademas, por los anaquistas-maxistas, pero, de nuevo, no es el punto de este Plan. Si, lo repito, es una critica, pero en si mismo, y no en lo que representa para este Plan.

Pasamos realmente, del presupuesto destinada al Plan, pero seguimos advirtiendo lo mismo. Quizas, lo del art.4 sea poco convincente para usted, pero si, en realidad se necesita un marco reglamentario, en el que este nuego organo de control patronal se desarrolle, y sustente, para hacer cumplir la legislacion vigente. De todos modos, es algo que muy bien el Gobiero podria haber realizado, y nos ahorrariamos tiempo, en esto. No tengo mas objecion a eso.

De nuevo, lo mismo, señor Blanco, pense que podriamos entendernos en este debate, pero al parecer, su postura, es pocp comprensiva y flexible. Yo estoy de acuerdo con las empresas publicas, sino no creeria que pueden ser eficientes, eficaces, y su trabajo con productividad, el problema, como ya dije, radica en el presupuesto para ellas. Los ciudadanos, pagan dos veces el mismo presupuesto, uno pagando el mismo servicio, y el otro con impuestos. Tener una empresa en manos del Estado, requiere de un trabajo, que el Gobierno, no puede llegar a realizar. Estas empresas caen, sin querer, o queriendo, en deudas, que las hacen blancos y tentaciones, a los liberales, de´privatizarlas, cosa, que personalmente no comparto. De nuevo, asi como el Estado, no puede ponerse directamente a vender semillas o vender discos, debe dar libertad a sus empresas, que sean autonomas de su Gobierno, que sean autarquicas, y libres. El Estado puede controlarlas, va a dar partidas presupuestarias, sera un empresario, pero la empresa es libre, no es privatizada, es libre algo que es dificil de dar a pensar a muchas personas, pero es algo viable.

Por la competencia de estas empresas publicas, al parecer sera inexistente, asi como lo dice el art. 10 donde la inciativa privada no podra ser igual a la publica, estariamos recortando la libertad a trabajar. No es si una Ley diga lo contrario, es si este Plan sale aprobado. A ver si modifican el proyecto.

Entendemos lo de las becas, pero aun no lo de las universidades, porque las condicionan? el art. 17 porque lo hacen "a dedo"? Señorias Comunista, no podemos estar favorables a todo su proyecto, y hemos dado ideas, y hemos dado nuestra opinion, por lo que, a pesar de que coincidimos en varios puntos y en la mayoria de lo que este Plan presenta, no podemos apoyarlo, al no recibir la consideracion oportuna.

FDP buen debate, la verdad hace mucho que tenia uno asi.
Daniel Blanco
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FINALIZADO: Plan de desarrollo de Galicia (PCE) Empty Re: FINALIZADO: Plan de desarrollo de Galicia (PCE)

Dom 2 Ago 2009 - 13:43
Sr. Salas, dice usted que las empresas públicas tienen el problema de que se pagan dos veces: una con los impuestos, ya que al ser pública reciben dinero público, y otra al cobrar por sus servicios. Y eso es verdad: se pagan dos veces. Lo que queda por demostrar es que la suma de esas dos veces supere a lo que se paga por el servicio de una privada. En un principio no debería ser así, antes al contrario, las públicas cuentan con una mayor capacidad para adaptar sus precios al bolsillo del ciudadano precisamente porque su objetivo no es enriquecerse: basta con un mínimo beneficio e incluso el puro equilibrio.

Veamos una empresa pública que ofrezca, como TMG, un servicio de transporte a la ciudadanía. Desde luego, va a suponer un importante gasto público, lo que sin duda repercutirá en los bolsillos del contribuyente. Eso sí, no de la misma manera en quien más tiene que en quien menos: los impuestos directos, si están bien establecidos, ayudan a una redistribución de la riqueza. Además, una vez entre en funcionamiento TMG, los ciudadanos que usen sus servicios pagarán lo mismo (en general, aunque siempre puede haber billetes especiales para jubilados, estudiantes, etc.) sean -por decirlo de una forma simple- ricos o pobres.

¿Qué ocurriría si TMG fuera una empresa privada? Lógicamente les costaría tanto o más que a la pública la puesta en marcha del proyecto: la construcción de las vías y las estaciones, la compra de las máquinas... ¿Es eso dinero perdido? No en el capitalismo. Obviamente repercutirá otra vez en los bolsillos de los ciudadanos que disfruten este servicio. Eso lleva a imponer unos precios por encima de los de la empresa pública -si no, habría que pedirles la varita mágica para conseguir ese milagro- que, de nuevo, igualan a quienes los pagarán sin problemas y a quienes sentirán el impacto en su economía.

Aún voy más allá. Imagínese que TMG, privada, se diera cuenta de que la línea 4 no sale rentable. Podrían suprimirla perjudicando a un determinado número de ciudadanos. La TMG pública, al pagarse con dinero de todos, debería ofrecer ese servicio, compensando lo que pueda perder con la línea 4 con lo que pueda ganar con las otras.

Sobre la posibilidad de que las empresas públicas contraigan deudas, por supuesto que existe, y eso es lo que tenemos que evitar. Para eso es necesario saber por qué -dado que en la teoría parece que lo tienen mejor que las privadas- no se logran unos resultados económicos similares a los de las privadas. Yo estoy abierto a cualquier debate sobre esto en particular, y a que discutamos medidas que puedan mejorar la eficiencia de las empresas públicas, porque estoy convencido de que, funcionando bien, son más beneficiosas para la sociedad que las privadas, a las que no quiero demonizar en absoluto.

Cambiando de tercio, en el artículo 10 -2- La iniciativa privada será ejercida en aquellas competencias que no hayan sido reservadas a la autonomía gallega por ésta u otras leyes y disposiciones.- se habla de las competencias que se reserven. Por ejemplo, si en un momento determinado se estableciese que el suministro eléctrico sólo puede hacerlo la Xunta a través de una empresa pública. De momento, como esto no es así, las empresas eléctricas privadas pueden competir con la pública. Lo que sí aseguramos es que exista esa pública que vele por los intereses de los ciudadanos.

Para demostrar que estamos abiertos al diálogo, le propongo una nueva redacción para el artículo referente a las universidades, a ver si es más de su agrado.

Artículo 13
1- La Xunta mantendrá contacto con las Universidades Públicas Gallegas, con el fin de que éstas puedan organizar una formación universitaria y profesional en la que se tengan en cuenta las necesidades y recursos de Galicia.
2- La Xunta participará en el sistema de becas universitarias a través de las empresas públicas gallegas para facilitar que los estudiantes permanezcan en Galicia al término de sus estudios.

De igual modo, estamos dispuestos a suprimir el artículo 17, entendiendo que su supresión no resta fuerza al plan y, en su momento, la Xunta podrá atender esta posibilidad sin necesidad de que aparezca reflejado en este proyecto.

Suprimido:
Artículo 17
1- La Xunta queda habilitada para determinar si otorgar o no, así como disponer de la cantidad, una subvención económica a aquellas familias que decidan afincarse en Galicia.

Espero que podamos proseguir el debate y que todos los parlamentarios nos expliquen, como el diputado Salas, lo que no ven bien en el proyecto y por qué. Muchas gracias.

FDP: Un placer. El simulador tiene que ser esto: debate. Y luego podemos completarlo con frikadas como las de Interviú y cosas así, pero no que pasemos más tiempo viendo peleas sobre transfuguismo, insultos y demás.
Rufino Colorado.
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Dom 2 Ago 2009 - 14:15
En cuanto a la Jornada Mínima, es mínima no sólo en las horas y el salario sino también en lo que se refiere a su valor. Nosotros somos los primeros en saberlo, pero es un mal menor: pregúntemosle a un desempleado que ya ha agotado su subsidio si prefiere esta Jornada Mínima o nada. El problema del paro es tan grande que hay que hacer encaje de bolillos para ir incorporando al mercado laboral a ciudadanos; nuestra propuesta trata de mejorar esta situación con instrumentos que no pueden ser definitivos pero que al menos servirán para ir tapando huecos.

Yo creo sr Blanco que esto es una chapuza,tendremos que pensar en otra formula para que esos desempleados de larga duración,mayores de 45 años y con cargas familiares se incorporen al mercado laboral(aunque hoy en dia le vas a ser dificil),y si no pueden acceder a ese marcado laboral,demosle los emolumentos suficientes para que puedan vivir dignamente ,como una subvención hasta que encuentren un trabajo,o con una duración maxima de 3 años,para que puedan vivir dignamente,ahora eso si la Xunta tambien se tiene que comprometer a buscarles a esos desempleados un trabajo,y si esos desempleados se negaran,perderian todas las ayudas de la Xunta.
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Dom 2 Ago 2009 - 16:52
Finaliza el debate. Pasamos a la votación.
Daniel Blanco
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FINALIZADO: Plan de desarrollo de Galicia (PCE) Empty Re: FINALIZADO: Plan de desarrollo de Galicia (PCE)

Dom 2 Ago 2009 - 19:02
Señor Presidente, quiero aclarar que hemos cambiado el artículo 13 y eliminado el 17 después de debatir con el portavoz de UPyD, con lo que la propuesta sometida a votación queda así:

PL PARA UN PLAN DE DESARROLLO DE GALICIA (PCE)


Preámbulo:
El siguiente Plan de Desarrollo de Galicia, nace con la intención de mejorar la situación económica, industrial, laboral y demográfica de nuestra comunidad. La crisis de la industria así como la caída de la natalidad o el éxodo hacia otras zonas y el consiguiente descenso demográfico no dibujan un buen panorama para Galicia.

Esta propuesta tiene por cometido dotar a la Comunidad Autónoma Gallega de un proyecto definido, serio y estable de desarrollo industrial que se apoyará en dos pilares, el público y el privado, siendo siempre el primero de mayor importancia y peso que el segundo, pero no pudiendo negarse la existencia de ambos en la sociedad capitalista en que vivimos.

CAPÍTULO I: DERECHOS LABORALES.
Artículo 1
1- Galicia se compromete por la presente ley destinar una partida no inferior al 10% de los presupuestos autonómicos anuales para destinarla al desarrollo Industrial Gallego.
2- Dicha partida tendrá por cometido el incremento de los puestos de trabajo, una mejora de los niveles de producción, de exportación y una progresiva reducción de la importación, así como adoptar aquellas medidas oportunas para mejorar la calidad de vida de los empleados y obreros.

Artículo 2
1- La jornada laboral de todo trabajador, empleado u obrero gallego de empresas públicas será de un máximo de ocho horas por día, un máximo de cinco días por semana y dichas horas nunca serán superiores a las 35 horas semanales.
2- Dicha reducción de horas, redundará en una mejora de las condiciones de vida de los obreros y una mayor disponibilidad de los puestos de trabajo.

Artículo 3
1- La media jornada pasa a ser no inferior a veinte horas ni superior a veinticinco horas semanales, a la que seguirán aplicándosele los máximos de cinco días por semana y seis horas por día.
2- Se instituye la Jornada Mínima, de tres horas diarias que nace de la interrupción del ciclo horario de tres grupos de ocho horas diario, para adaptarse a la de siete horas diarias. De modo que donde antes trabajaban tres personas con Jornada Completa, ahora trabaje además una con la Jornada Mínima.
3- La Xunta de Galicia queda facultada para regular los empleos a los que sea aplicable la modalidad de Jornada Mínima, Media Jornada y Jornada Completa, así como las incompatibilidades y problemas que de ellos se deriven.
4- Se favorecerá el ingreso de estudiantes y gentes con pocos recursos así como parados de larga duración en empleos de Jornada Mínima, para que así puedan seguir formándose o reconvirtiéndose para la vida laboral al mismo tiempo que se asegura su subsistencia.

El gobierno gallego presentará una propuesta concreta para facilitar la acogida a la Jornada Mínima o a la Media Jornada para parejas con hijos, con el ánimo de conciliar vida familiar y vida laboral.

Artículo 4

1- Se crea la Sección de Inspección Laboral, que tendrá por cometido velar por el cumplimiento de este plan así como de las diversas normativas laborales vigentes en Galicia y en el Estado Español.
2- Esta Sección velará especialmente por la protección de los derechos laborales de los obreros y de los empresarios.

CAPÍTULO II: ORGANISMOS AUTONÓMICOS DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PREVISIONES COMPETENCIALES ECONÓMICAS:

Artículo 5
1- Se crea la Sociedad Gallega de Desarrollo Industrial (SGDI), ente subordinado al gobierno autonómico y dependiente de él que gestionará todas aquellas empresas dependientes de Galicia anteriores a la publicación de esta ley o posteriores.
2- Para llevar a cabo dicha gestión, este órgano contará con un Director General, nombrado por el Gobierno Autonómico.

Artículo 6
1- La Sociedad Gallega de Desarrollo Industrial, tendrá por objeto la dirección del conjunto de las empresas de titulación autonómica entre las que tendrán que constar:
A) Radiotelevisión Autonómica
B) Empresa de Transportes Terrestres
C) Líneas Aéreas (Se pedirá la transferencia a la autonomía)
D) Empresa de Obras Públicas
E) Empresa de Energía Ecológica (Suministrará energías no contaminantes)
F) Astilleros Públicos
G) Empresa Agropecuaria y Pesquera
H) Empresa de Investigación Tecnológica
I) Empresa de Material Tecnológico (fabricará lo desarrollado por la anterior)
J) Empresa de Gestión Económica y Desarrollo Industrial (que permitirá la creación de nuevas empresas con parte de los beneficios de las ya existentes)
k) Sociedad de Servicios de Galicia (Empresa que conservará las competencias que no hayan sido ocupadas por las otras)

Artículo 7
1- Todas las empresas especificadas en el artículo 6 tendrán que estar creadas en un plazo de 10 años desde la entrada en vigor de esta ley, labor que llevará a cabo el gobierno autonómico de forma progresiva, estudiando a conciencia cada caso y proyectando su puesta en marcha.
2- Se obliga la Xunta de Galicia a iniciar las gestiones y trámites de las transferencias adecuadas y los procesos negociadores con el Gobierno del Estado Español para asegurar dichas transferencias.

Artículo 8
1- La finalidad de las empresas de titulación pública es la creación de puestos de trabajo dignos y la producción económica para la Autonomía Gallega, de forma que el equipo gestor ha de velar por mantener siempre un crecimiento económico positivo, una ausencia de deudas y una política de empleo.
2- El modelo económico de las empresas públicas gallegas será el propio de una economía de carácter mixto, que compatibilice la iniciativa privada y la pública, entendiendo esto como la empresa pública como base y las empresas que florezcan a su alrededor como privadas.

Artículo 9
1- La Xunta de Galicia habrá de buscar por la vía de la negociación la reforma del sistema de financiación autonómica de modo que la autonomía financiera gallega sea superior y capaz de afrontar eficientemente una economía mixta.
2- La Xunta de Galicia deberá buscar el modo de subvencionar el proyecto económico a través de sus empresas.

CAPÍTULO III: DE LA INICIATIVA PRIVADA.
Artículo 10
1- La iniciativa privada será objeto de especial protección por parte del Gobierno Autonómico. Éste establecerá los cauces, concursos y medios para fomentar su desarrollo, su competitividad en el plano internacional y velará por el cumplimiento de todas las disposiciones en materia de derecho laboral.
2- La iniciativa privada será ejercida en aquellas competencias que no hayan sido reservadas a la autonomía gallega por ésta u otras leyes y disposiciones.

Artículo 11
1- La Xunta destinará una partida presupuestaria sobre la destinada a Industria para la promoción y el desarrollo de la industria privada, poniendo especial atención en las siguientes subcategorías.
A) Industrias del plano cultural, productoras de música, editoriales y prensa.
B) Industrias comprometidas con la historia y la cultura gallegas y respetuosas con la lengua gallega que contribuyan a exportar la imagen de la Comunidad Autónoma en el exterior
C) Industrias turísticas y muy especialmente aquellas que promuevan valores medioambientales.
D) Industrias gastronómicas.
E) Industrias madereras, papeleras, de fabricación de muebles y bienes de consumo que produzcan de forma sostenible y respetuosa con el medio ambiente.
F) Industrias de especial interés para el desarrollo de la economía gallega.

Artículo 12
1- La Xunta promoverá las medidas pertinentes para conceder subvenciones a aquellas compañías que precisen de ellas y se cuidará de inspeccionar la utilización del dinero público así como juzgar sobre la conveniencia de su uso, reservándose así la potestad de renovar o no dichas ayudas así como de aumentarlas o reducirlas en función de los resultados, siempre teniendo como máximas metas el desarrollo industrial de la autonomía, su crecimiento económico y la producción de empleo digno y estable de calidad.

CAPÍTULO IV: DE LA UNIVERSIDAD Y LA FORMACIÓN:
Artículo 13
1- La Xunta mantendrá contacto con las Universidades Públicas Gallegas, con el fin de que éstas puedan organizar una formación universitaria y profesional en la que se tengan en cuenta las necesidades y recursos de Galicia.
2- La Xunta participará en el sistema de becas universitarias a través de las empresas públicas gallegas para facilitar que los estudiantes permanezcan en Galicia al término de sus estudios.

Artículo 14
1- La Xunta de Galicia habrá de velar por asegurar la vivienda a aquellos estudiantes y trabajadores que tenga en plantilla, de forma que evite la fuga de talentos y la pérdida de población.
2- 2- La Xunta de Galicia también habrá de velar por garantizar puestos de trabajo en Galicia a los estudiantes que hayan obtenido su titulación aquí, o en su caso establecer los convenios necesarios para que trabajen en otros lugares, fomentando y preocupándose por generar los puestos de trabajo para su regreso a Galicia.

CAPÍTULO V: DEL DESARROLLO DE LA NATALIDAD.

Artículo 15
1- Se otorgarán puntos a cada familia por hijo a su cargo, que serán canjeables por ayudas económicas.

Artículo 16
1- Se establecerán una serie de beneficios en la utilización de las empresas gallegas a todas aquellas familias con un determinado número de hijos, tales como descuentos, servicios gratuitos, etcétera.

CAPÍTULO VI: DE LOS MEDIOS PARA VELAR POR EL CUMPLIMIENTO DE ESTE PLAN:

Artículo 17
1- Se dispone la creación del “Consejo de Desarrollo de Galicia” (CDG) como órgano dependiente del Gobierno Gallego que tendrá por cometido la dirección de la política industrial y el velar por la aplicación de dicho plan.
2- Este órgano estará compuesto por:
A) Un representante de cada partido en el Parlamento Gallego.
B) Un representante de cada uno de los principales sindicatos con presencia en la autonomía
C) Un representante de la patronal
D) Un representante del gobierno Autonómico
E) Un representante de las Cámaras de Comercio
F) Un representante de la Consellería de Industria

Artículo 18
1- El CDG tendrá por cometido toda aquella tarea que le asigne esta ley, así como asesorar a la Xunta sobre la situación de la economía y elevar sus informes al Parlamento Gallego.

DISPOSICIONES FINALES:
Primera- Queda facultada la Xunta de Galicia para dictar todas aquellas disposiciones o decretos que contribuyan al desarrollo de esta ley, sin en ningún caso contravenirla.
Segunda- Esta Ley entrará en vigor 10 días después de su publicación en el DOG.
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Al Sr. Colorado le pido disculpas por no haber podido contestar a su última intervención.
Daniel Blanco
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FINALIZADO: Plan de desarrollo de Galicia (PCE) Empty Re: FINALIZADO: Plan de desarrollo de Galicia (PCE)

Dom 2 Ago 2009 - 19:02
PCE (17) vota A FAVOR.
Roberto Martínez
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FINALIZADO: Plan de desarrollo de Galicia (PCE) Empty Re: FINALIZADO: Plan de desarrollo de Galicia (PCE)

Lun 3 Ago 2009 - 0:05
PP en contra.
Rufino Colorado.
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Lun 3 Ago 2009 - 0:15
IR-IULV VOTA A FAVOR(4).
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