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22/2012: Ley de arrendamientos urbanos con opción a compra (GP BEN-AA)
Sáb 4 Jul 2009 - 21:39
PROPOSICIÓN DE
LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS CON OPCIÓN A COMPRA (GP BEN-AA)
Preámbulo
Con el fin de establecer un régimen específico y protegido para los contratos de alquiler (arrendamiento en su forma legal) con opción a compra, así como para ofrecer mayores garantías y seguridad jurídica a la sociedad,
Visto el actual problema general de acceso a la vivienda, y dado que una de las nuevas modalidades en auge desde la crisis hipotecaria es la realización de contratos de alquiler con opción de compra, requiriendo estos una revisión y actualización de su marco legal,
El Congreso de los Diputados aprueba la siguiente ley
CAPÍTULO I, plazo de reflexión
Artículo 1.
En los contratos de opción de compra, promisión o permuta que tengan por objeto una vivienda destinada a residencia habitual cuando el comprador sea una persona física dispondrá de 15 días para la reflexión y confirmación. Dichos quince días, hábiles, empezarán a contar desde la fecha de firma del contrato y en los cuales podrá rescindir dicho contrato sin necesidad de justificación.
Artículo 2.
El vendedor deberá reintegrar al comprador la totalidad de los importes y pagos recibidos en concepto de precio, pago a cuenta, paga y señal, arras o similar, de una sola vez y sin descuento, cargo ni comisión alguna, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la comunicación por parte del comprador.
Artículo 3.
Ningún contrato podrá disponer una reununcia a este derecho a los 15 días de reflexión.
CAPÍTULO II, cláusulas abusivas
Artículo 4.
Se consideran cláusulas abusivas en la contratación relativa a la vivienda:
a) La imposición al consumidor, en concepto de intereses de demora, de una indemnización superior a la pactada en concepto de intereses.
b) La imposición al consumidor de garantías en forma de aval, fianza u otras como seguros de amortización a favor de la entidad hipotecaria que superen la cifra acordada en el contrato hipotecario o supongan garantías adicionales innecesarias por el mismo motivo.
c) La imposición al consumidor de comisiones o gastos por el estudio o concesión de un préstamo hipotecario.
CAPÍTULO III, plazos de contratos de alquiler con opción a compra
Artículo 5.
En los contratos de alquiler con opción a compra se mantendrá un mínimo de 5 años, pero ambas partes podrán realizar contratos de hasta un máximo de 10 años en el primer momento. Sus prórrogas se realizarán de común acuerdo según la ley.
Disposición adicional
Queda modificada la ley de arrendamientos urbanos en aquello que pueda contradecir la presente ley, así como las disposiciones de inferior rango que entren en conflicto.
Disposición final
Esta ley entrará en vigor al día siguiente de su poblicación en el BOE.
LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS CON OPCIÓN A COMPRA (GP BEN-AA)
Preámbulo
Con el fin de establecer un régimen específico y protegido para los contratos de alquiler (arrendamiento en su forma legal) con opción a compra, así como para ofrecer mayores garantías y seguridad jurídica a la sociedad,
Visto el actual problema general de acceso a la vivienda, y dado que una de las nuevas modalidades en auge desde la crisis hipotecaria es la realización de contratos de alquiler con opción de compra, requiriendo estos una revisión y actualización de su marco legal,
El Congreso de los Diputados aprueba la siguiente ley
CAPÍTULO I, plazo de reflexión
Artículo 1.
En los contratos de opción de compra, promisión o permuta que tengan por objeto una vivienda destinada a residencia habitual cuando el comprador sea una persona física dispondrá de 15 días para la reflexión y confirmación. Dichos quince días, hábiles, empezarán a contar desde la fecha de firma del contrato y en los cuales podrá rescindir dicho contrato sin necesidad de justificación.
Artículo 2.
El vendedor deberá reintegrar al comprador la totalidad de los importes y pagos recibidos en concepto de precio, pago a cuenta, paga y señal, arras o similar, de una sola vez y sin descuento, cargo ni comisión alguna, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la comunicación por parte del comprador.
Artículo 3.
Ningún contrato podrá disponer una reununcia a este derecho a los 15 días de reflexión.
CAPÍTULO II, cláusulas abusivas
Artículo 4.
Se consideran cláusulas abusivas en la contratación relativa a la vivienda:
a) La imposición al consumidor, en concepto de intereses de demora, de una indemnización superior a la pactada en concepto de intereses.
b) La imposición al consumidor de garantías en forma de aval, fianza u otras como seguros de amortización a favor de la entidad hipotecaria que superen la cifra acordada en el contrato hipotecario o supongan garantías adicionales innecesarias por el mismo motivo.
c) La imposición al consumidor de comisiones o gastos por el estudio o concesión de un préstamo hipotecario.
CAPÍTULO III, plazos de contratos de alquiler con opción a compra
Artículo 5.
En los contratos de alquiler con opción a compra se mantendrá un mínimo de 5 años, pero ambas partes podrán realizar contratos de hasta un máximo de 10 años en el primer momento. Sus prórrogas se realizarán de común acuerdo según la ley.
Disposición adicional
Queda modificada la ley de arrendamientos urbanos en aquello que pueda contradecir la presente ley, así como las disposiciones de inferior rango que entren en conflicto.
Disposición final
Esta ley entrará en vigor al día siguiente de su poblicación en el BOE.
- Laia BadiaDemòcrates
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Re: 22/2012: Ley de arrendamientos urbanos con opción a compra (GP BEN-AA)
Sáb 4 Jul 2009 - 21:41
Comienza el debate.
- Elisenda Ferrer
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Re: 22/2012: Ley de arrendamientos urbanos con opción a compra (GP BEN-AA)
Dom 5 Jul 2009 - 2:09
Proponemos a la presidencia que el debate de esta iniciativa se alargue hasta 5 días, dada la saturación de actividad parlamentaria.
- Laia BadiaDemòcrates
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Re: 22/2012: Ley de arrendamientos urbanos con opción a compra (GP BEN-AA)
Dom 5 Jul 2009 - 13:41
Se acepta.
- Elisenda Ferrer
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Re: 22/2012: Ley de arrendamientos urbanos con opción a compra (GP BEN-AA)
Mar 7 Jul 2009 - 20:55
En términos generales es una ley que permite una serie de beneficios para quien realize un alquiler con opción a compra, como un plazo de 15 días para pensárselo o una serie de cláusulas prohibidas en contratos. Además se da opción a poder realizar un contrato más allá de los 5 años actuales que prevé la ley, hasta 10.
Alguna duda?
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- Victor Bono
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Re: 22/2012: Ley de arrendamientos urbanos con opción a compra (GP BEN-AA)
Mar 7 Jul 2009 - 21:03
Desde el PSOE apoyamos la ley en pos de conseguir una mejora del sistema de alquiler en España y promover el alquiler con opción a compra así como poner facilidades a ello.
- Victor Bono
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Re: 22/2012: Ley de arrendamientos urbanos con opción a compra (GP BEN-AA)
Jue 9 Jul 2009 - 20:56
Jesús Zapatero
Si nadie tiene nada más que añadir, se pasa la ley a votación.
Si nadie tiene nada más que añadir, se pasa la ley a votación.
- Victor Bono
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Re: 22/2012: Ley de arrendamientos urbanos con opción a compra (GP BEN-AA)
Sáb 11 Jul 2009 - 0:56
Jesús Zapatero
Se pasa la ley a votación.
Se pasa la ley a votación.
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