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Alejandro Cárdenas
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Sentenci Tribunal Constitucional. Caso 0001 sobre Ley regulación de asistencia de Cargos Públicos. Caso en Melilla Empty Sentenci Tribunal Constitucional. Caso 0001 sobre Ley regulación de asistencia de Cargos Públicos. Caso en Melilla

Jue 4 Jun 2009 - 21:51
STC 0001/2009, de 4 de Junio de 2009

La Sección Primera Tribunal Constitucional, compuesta por don Mario Santos, don Roberto del Olivo, don Alejandro Cárdenas, y don Lorenzo Gallardo,magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY


la siguiente

SENTENCIA


En el recurso de insconstitucionalidad promovido por doña Elisenda Ferrer, y representado por el partido Bloc d´Entesa Nacional contra la Ley de Regulación de Asistencia de Cargos Públicos, aprobada en el Parlamento de Melilla. Ha sido Ponente el Magistrado don Alejandro Cárdenas, quien expresa el parecer de la Sección.

ANTECEDENTES.


Mediante escrito registrado en este Tribunal el día 30 de Mayo de 2009,doña Elisenda Ferrer, y representado por el partido Bloc d´Entesa Nacional plantea cuestión de inconstitucionalidad en relación con la Ley de Regulación de Asistencia de Cargos Públicos, por posible invasión a la Constitución Española ya que pueden existir disposiciones contrarias a la Constitución y a numerosas leyes derivadas de ella, sin acompañarse testimonio de las actuaciones.

Fundamentos jurídicos


1º) En la prueba presentada ( el art. 15 de la CE ) habla de que los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal. Por lo que:

1.1) El voto es un derecho, es decir, los diputados tendrán el derecho de decidir ir a votar. Incluso puede darse el caso de que exista un partido antisistema cuyo posicionamiento político sea el de no ir a votar, ya que esta ausencia del diputado es por si misma un posicionamiento político. Para dar más ejemplo, en Cataluña ( en la vida real ) se dio un partido que fue elegido en unas elecciones y nunca fue a su Parlamento a votar, ya que su posicionamiento politico era no ir a votar a ninguna votación.


Por otra parte en el REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS DE 10 DE FEBRERO DE 1982, en su artículo 15 ''Los Diputados tendrán el deber de asistir a las sesiones del Pleno del Congreso y de las Comisiones de que formen parte.''. Claramente vemos como aquí se dice que tendrán el deber, pero no la obligación ya que votar es un derecho no una obligación.

F A L L O


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA,

Ha decidido

Estimar la presente cuestión de inconstitucionalidad y, en su virtud, declarar inconstitucional y nula, la Ley de Regulación de Asistencia de Cargos Públicos, aprobada por el Parlamento de Melilla.

Publíquese esta Sentencia en el “Boletín Oficial del Estado”.

Dada en Madrid, a cuatro de Junio de dos mil nueve
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