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Antonio Ulianov
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DEBATE. Ley de becas generales de Castilla y León Empty DEBATE. Ley de becas generales de Castilla y León

Miér 20 Mayo 2009 - 18:17
Ley de Becas Generales de Castilla y León
de Movilidad para Universitarios (PCE)

Preámbulo

La crisis afecta en muchos sentidos a la sociedad. Uno de los sectores más perjudicados es el de los estudiantes que estudian fuera de su residencia habitual. El alto coste de la vivienda, los alimentos y las matrículas universitarias, unido a la desfavorable situación económica del país, hace que estudiar fuera sea un verdadero calvario para muchos.

Se ha observado últimamente la aprobación de becas, pero la ley presentada se centraba en becas al extranjero, y las "generales" sólo cubren el gasto de matrícula a los alumnos con buen expediente en Bachillerato y PAU.

Visto todo esto, creemos lógico el aumento de ayudas de movilidad a universitarios que vengan a Castilla y León a realizar sus estudios. Así, conseguimos dos cosas: proporcionarles una importante ayuda, y conseguir que las universidades de Burgos, Valladolid, Salamanca y León sean un lugar de destino universitario gracias a ayudas económicas, fortaleciendo nuestra educación.


Capítulo 1 - Tipo de ayudas

Artículo 1: Las ayudas serán de dos tipos, pudiendo ser acumulativos según el perfil del universitario: Pago de matrícula y ayuda económica. Se sigue el modelo de las Becas de Movilidad del Estado.


Capítulo 2 - Estudiantes susceptibles de ser ayudados

Artículo 2: Los estudiantes tendrán que cursar estudios universitarios o de postgrado y es necesario que provengan de otras comunidades autónomas que no sea la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 3: Se beneficiarán de las Becas los alumnos que no disfruten de la beca general del Ministerio.
Artículo 4: Los estudiantes deben contar con requisitos de renta: no superar los 1200 € de ingresos mensuales.
Artículo 5: Los estudiantes deben contar con requisitos académicos: haber superado un 70% de asignaturas matriculadas en Ingenierías y Grados sustitutivos de las mismas, y un 50% en Licenciaturas, Diplomaturas y Grados sustitutivos. No tienen que cumplir este punto los alumnos que entren por primera vez en la Universidad.
Artículo 6: Recibirán ayuda por orden de ingresos mensuales familiares, de forma que cumplidos los requisitos, los 600 alumnos (como mínimo) con menos ingresos tendrán derecho a la Beca, de la forma que se especifica en el siguiente capítulo .

Capítulo 3 - Cuantía de las ayudas

Artículo 6: Las ayudas se repartirán en función de las solicitudes recibidas. Se darán un total de:
- 100 becas de 3.000€ + pago de matrícula, para los alumnos que superen los requisitos y tengan los 100 menores ingresos familiares.
- 200 becas de 3.000€ para los alumnos que superen los requisitos y tengan los siguientes 200 menores ingresos familiares.
- Un mínimo de 300 becas de pago de matrícula para los siguientes alumnos que superen los requisitos y tengan los siguientes menores ingresos familiares. Es un número ampliable, pues se aumentarán estos 300 con el dinero sobrante que resulte de la diferencia entre los pagos reales de matrículas y los pagos máximos permitidos (especificados en el siguiente apartado).
- Los pagos de matrícula tendrán como máximo una cuantía de 1200€. Las matrículas que sobrepasen ese dinero sólo recibirán el máximo, teniendo que ser completadas por el propio alumno.

Artículo 7: En total se destinarán 1.380.000€ para estas ayudas, que se invertirán del presupuesto de la Consejería de Educación.

A partir de ahora se dispone de 48 horas para debatir la ley.
Antonio Ulianov
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Miér 20 Mayo 2009 - 18:20
El PCE, con 5 diputados, se muestra A FAVOR
Antonio Ulianov
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DEBATE. Ley de becas generales de Castilla y León Empty Re: DEBATE. Ley de becas generales de Castilla y León

Vie 22 Mayo 2009 - 18:35
ya que ninguno de los representantes de los partidos se digna a responder, alargare el período de debate hasta que ustedes comienzen a votar.
Carlos Pozuelo
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DEBATE. Ley de becas generales de Castilla y León Empty Re: DEBATE. Ley de becas generales de Castilla y León

Vie 29 Mayo 2009 - 1:08
propongo enmendar el artículo 6 para incluir que para los estudiantes natales de Castilla y León habrá:
- una subvención para sufragar los gastos de matrícula de hasta el 50% atendiendo a los ingresos familiares menores (estableciendo el máximo de 24000€ anuales) que beneficiará a 400 estudiantes como máximo y hasta un 70% del gasto de matrícula para los hijos de padres desempleados que beneficiará a otros 300 estudiantes como máximo. Fijando el coste máximo de matrícula como ustedes proponen en 1200€. generando un coste máximo añadido de 492.000 y quedando el coste final en 1.872.000
Con esta enmienda se pretende que las familias castellanoleonesas tambien disfruten de las ayudas de la Junta de Castilla y León.
Antonio Ulianov
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Vie 29 Mayo 2009 - 17:21
Carlos Pozuelo escribió:propongo enmendar el artículo 6 para incluir que para los estudiantes natales de Castilla y León habrá:
- una subvención para sufragar los gastos de matrícula de hasta el 50% atendiendo a los ingresos familiares menores (estableciendo el máximo de 24000€ anuales) que beneficiará a 400 estudiantes como máximo y hasta un 70% del gasto de matrícula para los hijos de padres desempleados que beneficiará a otros 300 estudiantes como máximo. Fijando el coste máximo de matrícula como ustedes proponen en 1200€. generando un coste máximo añadido de 492.000 y quedando el coste final en 1.872.000
Con esta enmienda se pretende que las familias castellanoleonesas tambien disfruten de las ayudas de la Junta de Castilla y León.
Me parece muy bien, señor presidente. Ya que ningún otro partido opina al respecto, puede modificar nuestra propuesta y llevarla a votación
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