- Francisco T. Valiente.
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LEY DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS. Debate.
Lun 9 Mar 2009 - 11:27
LEY DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS.
Preámbulo.
Con ánimo de promover la natalidad, así como de evitar las dificultades econónicas que sufren las familias por el nacimiento de un hijo, se introducen la siguientes ayudas económicas mediante la deducción sobre la deuda tributaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas, a aplicar en el porcentaje correspondiente a la Hacienda Autonómica.
Título I: “Destinatarios de las ayudas”
Artículo 1. Tendrán derecho a ayudas económicas las familias, incluso las monoparentales, cuando al menos uno de sus miembros disponga de domicilio fiscal en la Región de Murcia y acredite al menos un año de residencia legal en España.
Artículo 2. Podrán disfrutar de esta ayuda tanto los padres biológicos como los padres adoptivos.
Artículo 3.- Esta deducción está limitada a rentas no superiores a 26.000 euros, en tributación individual, o a 36.500 euros en tributación conjunta.
Título II: “Cuantía de las ayudas”
Artículo 4. Independientemente de las ayudas estatales, la comunidad de Murcia aplicará una deducción de de 600€ al nacimiento o adopción de cada nuevo hijo. La deducción se practicará de la parte autonómica del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas (IRPF)
Artículo 5. Anualmente por cada hijo, y sin perjuicio de la ayuda directa por nacimiento, se tendrá derecho a una deducción de 100€ por cada hijo menor de 18 años.
Título III “Pérdida de la ayuda”
Artículo 6. La ayuda económica se perderá en los siguientes casos:
a) Muerte del hijo.
b) La adopción sea declarada ilegal.
c) Abandono de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
d) Cumplimiento de los 18 años del hijo.
Disposición Final
La presente ley será de aplicación para el pago del impuesto de la Renta correspondiente al año 2011.
Preámbulo.
Con ánimo de promover la natalidad, así como de evitar las dificultades econónicas que sufren las familias por el nacimiento de un hijo, se introducen la siguientes ayudas económicas mediante la deducción sobre la deuda tributaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas, a aplicar en el porcentaje correspondiente a la Hacienda Autonómica.
Título I: “Destinatarios de las ayudas”
Artículo 1. Tendrán derecho a ayudas económicas las familias, incluso las monoparentales, cuando al menos uno de sus miembros disponga de domicilio fiscal en la Región de Murcia y acredite al menos un año de residencia legal en España.
Artículo 2. Podrán disfrutar de esta ayuda tanto los padres biológicos como los padres adoptivos.
Artículo 3.- Esta deducción está limitada a rentas no superiores a 26.000 euros, en tributación individual, o a 36.500 euros en tributación conjunta.
Título II: “Cuantía de las ayudas”
Artículo 4. Independientemente de las ayudas estatales, la comunidad de Murcia aplicará una deducción de de 600€ al nacimiento o adopción de cada nuevo hijo. La deducción se practicará de la parte autonómica del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas (IRPF)
Artículo 5. Anualmente por cada hijo, y sin perjuicio de la ayuda directa por nacimiento, se tendrá derecho a una deducción de 100€ por cada hijo menor de 18 años.
Título III “Pérdida de la ayuda”
Artículo 6. La ayuda económica se perderá en los siguientes casos:
a) Muerte del hijo.
b) La adopción sea declarada ilegal.
c) Abandono de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
d) Cumplimiento de los 18 años del hijo.
Disposición Final
La presente ley será de aplicación para el pago del impuesto de la Renta correspondiente al año 2011.
- Francisco T. Valiente.
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Re: LEY DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS. Debate.
Lun 9 Mar 2009 - 11:30
FDP: No soy un experto en materia fiscal. Asumo que la Ley tenga fallos técnicos. Espero que podamos solucionarlos.
DDP:
Señorías,
Desde UPyD presentamos esta iniciativa al debate asambleario. Consideramos de vital importancia la ayuda a las familias murcianas en todo momento, y en particular en tiempos de crisis. Esperamos que sea bien acogida por todos los grupos.
DDP:
Señorías,
Desde UPyD presentamos esta iniciativa al debate asambleario. Consideramos de vital importancia la ayuda a las familias murcianas en todo momento, y en particular en tiempos de crisis. Esperamos que sea bien acogida por todos los grupos.
- Miguel Urdiales
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Re: LEY DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS. Debate.
Lun 9 Mar 2009 - 20:33
La verdad señorias es que nuestra Comunidad Autónoma, es una de las mas cicateras a la hora de otorgar ayudas por nacimien to de los hijos. Tan solo en el caso de partos múltiples de al menos tres hijos, se ofrece una pequeña subvención, por ello vemos muy necesaria la adopción de una medida como la que la ley presentada propone.
No obstante a nuestro modo de ver, faltaría delimitar en esta propuesta la cantidad máxima de ingresos anuales percibidos para que la ayuda no se aplicara indiscriminadamente a personas con rentas altas.
Por ello proponemos las siguientes modificaciones:
AL TITULO I.-
Adicción de un nuevo artículo (nº 3)
Artículo 3.- Esta deducción está limitada a rentas no superiores a 26.000 euros, en tributación individual, o a 36.500 euros en tributación conjunta.
También quisieramos proponer una modificación al artículo 1.- del Título I, por entender que queda un vacio legal y que quedaría redactado como sigue:
Artículo 1. Tendrán derecho a ayudas económicas las familias, incluso las monoparentales, cuando al menos uno de sus miembros disponga de domicilio fiscal en la Región de Murcia y acredite al menos un año de residencia legal en España.
AL TITULO II
Modificación del articulo 3 quedando redactado como sigue:
Artículo 3. Independientemente de las ayudas estatales, la comunidad de Murcia aplicará una deducción de de 600€ al nacimiento o adopción de cada nuevo hijo. La deducción se practicará de la parte autonómica del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas (IRPF)
AL TITULO III
Modificación del capitulo (c) quedando redactado como sigue:
c) Abandono de residencia en la Comunidad de Murcia.
Estas serían las modificaciones que nuestro grupo propone, no obstante queremos felicitar al grupo ponente y reiterar que estamos completamente a favor de esta iniciativa.
Saludos.
No obstante a nuestro modo de ver, faltaría delimitar en esta propuesta la cantidad máxima de ingresos anuales percibidos para que la ayuda no se aplicara indiscriminadamente a personas con rentas altas.
Por ello proponemos las siguientes modificaciones:
AL TITULO I.-
Adicción de un nuevo artículo (nº 3)
Artículo 3.- Esta deducción está limitada a rentas no superiores a 26.000 euros, en tributación individual, o a 36.500 euros en tributación conjunta.
También quisieramos proponer una modificación al artículo 1.- del Título I, por entender que queda un vacio legal y que quedaría redactado como sigue:
Artículo 1. Tendrán derecho a ayudas económicas las familias, incluso las monoparentales, cuando al menos uno de sus miembros disponga de domicilio fiscal en la Región de Murcia y acredite al menos un año de residencia legal en España.
AL TITULO II
Modificación del articulo 3 quedando redactado como sigue:
Artículo 3. Independientemente de las ayudas estatales, la comunidad de Murcia aplicará una deducción de de 600€ al nacimiento o adopción de cada nuevo hijo. La deducción se practicará de la parte autonómica del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas (IRPF)
AL TITULO III
Modificación del capitulo (c) quedando redactado como sigue:
c) Abandono de residencia en la Comunidad de Murcia.
Estas serían las modificaciones que nuestro grupo propone, no obstante queremos felicitar al grupo ponente y reiterar que estamos completamente a favor de esta iniciativa.
Saludos.
- Roberto Uoho
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Re: LEY DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS. Debate.
Lun 9 Mar 2009 - 20:41
En primer lugar, IR ve con buenos ojos esta iniciativa de UPyD por ayudar económicamente a las familias murcianas que pretendan concebir o adoptar un hijo. No obstante, esta ley no dice nada sobre las familias numerosas y monoparentales, creemos que las prestaciones deben ser aquí más contundentes. En el caso de los partos o adopciones que superen la unidad, ¿se duplicaría la ayuda?
FDP. Una cosa más, estamos en Murcia no en Cantabria
FDP. Una cosa más, estamos en Murcia no en Cantabria
- InvitadoInvitado
Re: LEY DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS. Debate.
Lun 9 Mar 2009 - 20:43
Apoyaré tanto la ley en general como la enmienda efectuada por el Sr. Urdiales, no siendo así el artículo 3, que a mi juicio es un auténtico despilfarro. En su lugar, proponemos que la cantidad ascienda a 400€, en vez de a 600€. Un saludo.
- Miguel Urdiales
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Re: LEY DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS. Debate.
Lun 9 Mar 2009 - 20:50
Roberto Uoho escribió:En primer lugar, IR ve con buenos ojos esta iniciativa de UPyD por ayudar económicamente a las familias murcianas que pretendan concebir o adoptar un hijo. No obstante, esta ley no dice nada sobre las familias numerosas y monoparentales, creemos que las prestaciones deben ser aquí más contundentes. En el caso de los partos o adopciones que superen la unidad, ¿se duplicaría la ayuda?
FDP. Una cosa más, estamos en Murcia no en Cantabria
FDP: Pues como me di cuenta de que se habia equivocado es por lo que enmende el apartado C y otra cuestión, cuando se pone TITULOS en la ley los articulos corresponden al titulo. por lo cual seria TITULO I (articulos 1,2 y 3) TITULO II (articulos 1 y 2)TITULO III (articulos 1,2, etc). Porque si ahora yo propongo añadir un nuevo articulo a un TITULO queda todo descabalado
- Juan José Lagunas Segura
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Re: LEY DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS. Debate.
Lun 9 Mar 2009 - 20:56
Gran iniciativa la del Señor Valiente, pero creo fielmente en que la enmienda propuesta del Señor Urdiales mejora esta medida exponencialmente.
nCe votará a favor de la enmienda del Señor Urdiales que creemos que esta mejor estructurada y es más equitativa.
Un cordial saludo y mis felicitaciones.
nCe votará a favor de la enmienda del Señor Urdiales que creemos que esta mejor estructurada y es más equitativa.
Un cordial saludo y mis felicitaciones.
- Roberto Uoho
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Re: LEY DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS. Debate.
Lun 9 Mar 2009 - 21:13
miguel urdiales escribió:La verdad señorias es que nuestra Comunidad Autónoma, es una de las mas cicateras a la hora de otorgar ayudas por nacimien to de los hijos. Tan solo en el caso de partos múltiples de al menos tres hijos, se ofrece una pequeña subvención, por ello vemos muy necesaria la adopción de una medida como la que la ley presentada propone.
No obstante a nuestro modo de ver, faltaría delimitar en esta propuesta la cantidad máxima de ingresos anuales percibidos para que la ayuda no se aplicara indiscriminadamente a personas con rentas altas.
Por ello proponemos las siguientes modificaciones:
AL TITULO I.-
Adicción de un nuevo artículo (nº 3)
Artículo 3.- Esta deducción está limitada a rentas no superiores a 26.000 euros, en tributación individual, o a 36.500 euros en tributación conjunta.
También quisieramos proponer una modificación al artículo 1.- del Título I, por entender que queda un vacio legal y que quedaría redactado como sigue:
Artículo 1. Tendrán derecho a ayudas económicas las familias, incluso las monoparentales, cuando al menos uno de sus miembros disponga de domicilio fiscal en la Región de Murcia y acredite al menos un año de residencia legal en España.
AL TITULO II
Modificación del articulo 3 quedando redactado como sigue:
Artículo 3. Independientemente de las ayudas estatales, la comunidad de Murcia aplicará una deducción de de 600€ al nacimiento o adopción de cada nuevo hijo. La deducción se practicará de la parte autonómica del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas (IRPF)
AL TITULO III
Modificación del capitulo (c) quedando redactado como sigue:
c) Abandono de residencia en la Comunidad de Murcia.
Estas serían las modificaciones que nuestro grupo propone, no obstante queremos felicitar al grupo ponente y reiterar que estamos completamente a favor de esta iniciativa.
Saludos.
En el artículo 3 del título II de su enmienda, habla de unas sumas económicas de 600 euros. Pero teniendo en cuenta las familias numerosas asentadas en Murcia antes de la oficialización de la ley, ¿no cree que si estas desean concebir o adoptar un nuevo miembro, las prestaciones económicas deben ser más pronunciadas?
Por cierto, le agredecemos su aportación ya que el texto ha dado un paso adelante y consideramos acertada la introducción de la limitación de rentas para estas ayudas.
Un saludo
- juanmi llamazares
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Re: LEY DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS. Debate.
Lun 9 Mar 2009 - 21:15
Alejandro Rajoy escribió:Apoyaré tanto la ley en general como la enmienda efectuada por el Sr. Urdiales, no siendo así el artículo 3, que a mi juicio es un auténtico despilfarro. En su lugar, proponemos que la cantidad ascienda a 400€, en vez de a 600€. Un saludo.
600 euros esta bien. Con 400 no hay ni para pipas.
- Francisco T. Valiente.
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Re: LEY DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS. Debate.
Lun 9 Mar 2009 - 21:16
Roberto Uoho escribió:En primer lugar, IR ve con buenos ojos esta iniciativa de UPyD por ayudar económicamente a las familias murcianas que pretendan concebir o adoptar un hijo. No obstante, esta ley no dice nada sobre las familias numerosas y monoparentales, creemos que las prestaciones deben ser aquí más contundentes. En el caso de los partos o adopciones que superen la unidad, ¿se duplicaría la ayuda?
FDP. Una cosa más, estamos en Murcia no en Cantabria
DDP: La ayuda es por hijo nazcan de uno en uno o en partos múltiples.
FDP. Fallo mío. Estamos compartiendo propuestas entre los portavoces de UPyD en las comunidades autónomas y se me ha colado. Lo siento.
- Francisco T. Valiente.
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Re: LEY DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS. Debate.
Lun 9 Mar 2009 - 21:22
miguel urdiales escribió:Roberto Uoho escribió:En primer lugar, IR ve con buenos ojos esta iniciativa de UPyD por ayudar económicamente a las familias murcianas que pretendan concebir o adoptar un hijo. No obstante, esta ley no dice nada sobre las familias numerosas y monoparentales, creemos que las prestaciones deben ser aquí más contundentes. En el caso de los partos o adopciones que superen la unidad, ¿se duplicaría la ayuda?
FDP. Una cosa más, estamos en Murcia no en Cantabria
FDP: Pues como me di cuenta de que se habia equivocado es por lo que enmende el apartado C y otra cuestión, cuando se pone TITULOS en la ley los articulos corresponden al titulo. por lo cual seria TITULO I (articulos 1,2 y 3) TITULO II (articulos 1 y 2)TITULO III (articulos 1,2, etc). Porque si ahora yo propongo añadir un nuevo articulo a un TITULO queda todo descabalado
FDP: En relación con la numeración de los artículos estoy seguro que no se comienza la numeración en cada título. Mire cualquier ley, o Código. Es más, cuando se añaden títulos o artículos nuevos intercalados se poen tras la numeración del artículo que le precede las palabas bis, tris,...
DDP: Como decía no soy un experto en economía, pero me alegro de tener un compañero diputado que sí parece serlo. Añado las enmiendas presentadas por Urdiales con la mayor de las alegrías.
- Miguel Urdiales
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Re: LEY DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS. Debate.
Lun 9 Mar 2009 - 21:36
Roberto Uoho escribió:miguel urdiales escribió:La verdad señorias es que nuestra Comunidad Autónoma, es una de las mas cicateras a la hora de otorgar ayudas por nacimien to de los hijos. Tan solo en el caso de partos múltiples de al menos tres hijos, se ofrece una pequeña subvención, por ello vemos muy necesaria la adopción de una medida como la que la ley presentada propone.
No obstante a nuestro modo de ver, faltaría delimitar en esta propuesta la cantidad máxima de ingresos anuales percibidos para que la ayuda no se aplicara indiscriminadamente a personas con rentas altas.
Por ello proponemos las siguientes modificaciones:
AL TITULO I.-
Adicción de un nuevo artículo (nº 3)
Artículo 3.- Esta deducción está limitada a rentas no superiores a 26.000 euros, en tributación individual, o a 36.500 euros en tributación conjunta.
También quisieramos proponer una modificación al artículo 1.- del Título I, por entender que queda un vacio legal y que quedaría redactado como sigue:
Artículo 1. Tendrán derecho a ayudas económicas las familias, incluso las monoparentales, cuando al menos uno de sus miembros disponga de domicilio fiscal en la Región de Murcia y acredite al menos un año de residencia legal en España.
AL TITULO II
Modificación del articulo 3 quedando redactado como sigue:
Artículo 3. Independientemente de las ayudas estatales, la comunidad de Murcia aplicará una deducción de de 600€ al nacimiento o adopción de cada nuevo hijo. La deducción se practicará de la parte autonómica del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas (IRPF)
AL TITULO III
Modificación del capitulo (c) quedando redactado como sigue:
c) Abandono de residencia en la Comunidad de Murcia.
Estas serían las modificaciones que nuestro grupo propone, no obstante queremos felicitar al grupo ponente y reiterar que estamos completamente a favor de esta iniciativa.
Saludos.
En el artículo 3 del título II de su enmienda, habla de unas sumas económicas de 600 euros. Pero teniendo en cuenta las familias numerosas asentadas en Murcia antes de la oficialización de la ley, ¿no cree que si estas desean concebir o adoptar un nuevo miembro, las prestaciones económicas deben ser más pronunciadas?
Por cierto, le agredecemos su aportación ya que el texto ha dado un paso adelante y consideramos acertada la introducción de la limitación de rentas para estas ayudas.
Un saludo
Sr. Uoho yo claro que estoy con usted en ese punto, pero como vera la respuesta del Partido Popular es por el contrario completamente distinta. De hecho ya le parece excesiva la cantidad de 600 euros y pretende rebajarla sustancialmente.
La propuesta de la ley es del GPyD, es el portavoz de dicho grupo quien debe contestar a su cuestión, en todo caso pienso que deberiamos llegar entre todos al mayor consenso posible, con el ánimo de que esta buena iniciativa no se vaya al traste y lo terminen pagando nuestros ciudadanos y ciudadanas.
Un saludo señorias.
- Miguel Urdiales
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Re: LEY DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS. Debate.
Lun 9 Mar 2009 - 21:46
FDP: Sr. Valiente tiene usted razón y me he equivocado. Lo decia porque al añadir el articulo 3 todos los demas variaban de número. Tenga usted en cuenta que aqui en el sim, no hay borradores de la ley en los que poder introducir modificaciones sin que afecten al articulado.
- Roberto Uoho
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Re: LEY DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS. Debate.
Lun 9 Mar 2009 - 21:55
Alejandro Rajoy escribió:Apoyaré tanto la ley en general como la enmienda efectuada por el Sr. Urdiales, no siendo así el artículo 3, que a mi juicio es un auténtico despilfarro. En su lugar, proponemos que la cantidad ascienda a 400€, en vez de a 600€. Un saludo.
Señor Rajoy, no creo que estemos tirando el dinero a la basura, estas cantidades son necesarias para el bienestar de los ciudadanos que deseen aumentar su entorno familiar.
Como ya he dicho, pienso que las prestaciones económicas deben ascender si es una familia numerosa o monoparental la que lo solicita. Me gustaría saber la opinión de usted como portavoz del partido mayoritario, y de la de UPyD al respecto.
- Francisco T. Valiente.
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Re: LEY DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS. Debate.
Lun 9 Mar 2009 - 21:57
En relación con los comentarios de Uoho en relación con las familias numerosas tengo que decir que estoy de acuerdo.
Verá que con la inclusión de las enmiendas de Urdiales ya no hay duda sobre las familias monoparentales.
En relación con las familias numerosas creo que podríamos legislar de manera sistemática sobre ellas. Animo a todos los grupos a indicar en este debate que medidas deberían tomarse en relación con las familias numerosas (ayudas directas, reducción de tasas, ...) y yo mismo las compilaré en la redacción de una Ley de Familias Numerosas.
Verá que con la inclusión de las enmiendas de Urdiales ya no hay duda sobre las familias monoparentales.
En relación con las familias numerosas creo que podríamos legislar de manera sistemática sobre ellas. Animo a todos los grupos a indicar en este debate que medidas deberían tomarse en relación con las familias numerosas (ayudas directas, reducción de tasas, ...) y yo mismo las compilaré en la redacción de una Ley de Familias Numerosas.
- Miguel Urdiales
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Re: LEY DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS. Debate.
Lun 9 Mar 2009 - 22:09
Francisco T. Valiente. escribió:En relación con los comentarios de Uoho en relación con las familias numerosas tengo que decir que estoy de acuerdo.
Verá que con la inclusión de las enmiendas de Urdiales ya no hay duda sobre las familias monoparentales.
En relación con las familias numerosas creo que podríamos legislar de manera sistemática sobre ellas. Animo a todos los grupos a indicar en este debate que medidas deberían tomarse en relación con las familias numerosas (ayudas directas, reducción de tasas, ...) y yo mismo las compilaré en la redacción de una Ley de Familias Numerosas.
A nuestro grupo le parece muy bien hacer una Ley de ayudas específicas para las familias numerosas. En breve haremos nuestra valoración de cual serían nuestras propuestas en ese sentido.
- Juan José Lagunas Segura
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Re: LEY DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS. Debate.
Mar 10 Mar 2009 - 1:35
Francisco T. Valiente. escribió:En relación con los comentarios de Uoho en relación con las familias numerosas tengo que decir que estoy de acuerdo.
Verá que con la inclusión de las enmiendas de Urdiales ya no hay duda sobre las familias monoparentales.
En relación con las familias numerosas creo que podríamos legislar de manera sistemática sobre ellas. Animo a todos los grupos a indicar en este debate que medidas deberían tomarse en relación con las familias numerosas (ayudas directas, reducción de tasas, ...) y yo mismo las compilaré en la redacción de una Ley de Familias Numerosas.
Ayudas a las familias numerosas:
- Las familias consideradas numerosas (más de cinco miembro), que tengan a su cargo como mínimo dos hijos menores de 12 años o por el contrario, miembros ancianos dependientes de más de 70 años, tendrán una subvención directa anual en forma de cheque-bono para libros de texto, material escolar y medicamentos.
Estos cheque-bonos, no podrán ser canjeados por dinero, sino que serán cheques directos como pagarés por las Administraciones Murcianas, así pues, tendrán la misma validez que el dinero.
Por otra parte, la cuantía de las ayudas, dependerá de las condiciones económicas, sociales y del número de individuos en el nucleo familiar, de los demandantes de dichas subvenciones.
- Las familias de cinco, o más miembros (incluyendo familiares de tercera edad), deberían de estar exentos de pagos de tasas administrativas.
- Aquellas familias numerosas, que en el conjunto del nucleo familiar, sean dependiente al miembro, o a los miembros principales, en un 80% o más, tendrán deducciones fiscales en el IRPF de los activos de hasta un 4% como máximo, dependiendo de las condiciones económicas, sociales y del número de individuos en el nucleo familiar. Ejemplo:
Una familia con 1 sólo trabajador, y en total son 6 individuos en el conjunto familiar (contando al sustentor), tendrá subvenciones en el IRPF, ya que a su cargo (el trabajador) tiene al 83% de la familia, es decir, la dependencia familiar es de un 83% hacia el miembro activo de la familia.
Ahora bien, esta deducción, deberá ser estudiada por las renta de dicho sustentor, puesto que no se producirá la misma deducción si la renta anual del individuo es de 40.000€, que si es 6.000€.
- Miguel Urdiales
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Re: LEY DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS. Debate.
Mar 10 Mar 2009 - 2:08
Nuestro grupo a la anterior propuesta que consideramos positiva, añadiría una subvención de 80 euros al mes por cada hijo nacido a partir de enero de 2012 que asista a Escuelas de Educación Infantil o Guarderías. Si la renta familiar no supera los 21.035 euros, la ayuda será de 120 euros al mes.
Por otra parte los miembros de las familias numerosas que tengan reconocida oficialmente tal condición, disfrutarán de una subvención por parte de la Comunidad Autónoma del 15% si son de Categoría General, sobre las tarifas por la utilización de las líneas regulares nacionales de transporte aéreo.
Otra medida que proponemos sería un Descuento del 50% para todas las categorias de familias numerosas en los desplazamientos en autobús dentro de la Comunidad Autónoma.
Para el control de esas medidas habría que crear un carnet de Familia Numerosa en Murcia y una oficina para hacer efectivas las devoluciones correspondientes a la subvención sobre la cuota pagada, mediante la presentación de facturas o recibos.
Por otra parte los miembros de las familias numerosas que tengan reconocida oficialmente tal condición, disfrutarán de una subvención por parte de la Comunidad Autónoma del 15% si son de Categoría General, sobre las tarifas por la utilización de las líneas regulares nacionales de transporte aéreo.
Otra medida que proponemos sería un Descuento del 50% para todas las categorias de familias numerosas en los desplazamientos en autobús dentro de la Comunidad Autónoma.
Para el control de esas medidas habría que crear un carnet de Familia Numerosa en Murcia y una oficina para hacer efectivas las devoluciones correspondientes a la subvención sobre la cuota pagada, mediante la presentación de facturas o recibos.
- Francisco T. Valiente.
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Re: LEY DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS. Debate.
Mar 10 Mar 2009 - 12:17
Señorías
Desde GPyD nos alegramos enormemente de las propuestas sobre familias numerosas. Esperamos seguir recibiendo comentarios al respecto que compilaresmos y presentaremos hacia final de semana. Y a los que añadiremos nuestras propias iniciativas, que no diferiran en mucho de las ya comentadas por el PSOE.
Desde GPyD nos alegramos enormemente de las propuestas sobre familias numerosas. Esperamos seguir recibiendo comentarios al respecto que compilaresmos y presentaremos hacia final de semana. Y a los que añadiremos nuestras propias iniciativas, que no diferiran en mucho de las ya comentadas por el PSOE.
- Francisco T. Valiente.
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Re: LEY DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS. Debate.
Jue 12 Mar 2009 - 20:12
Sr. Presidente,
Quisiera que esta proposición de ley pasara a votación.
Quisiera que esta proposición de ley pasara a votación.
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