- Juan José Lagunas Segura
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Ley Comarcalización de la Comunidad Valenciana (VOTACIÓN)
Dom 8 Feb 2009 - 14:37
Propuesta del señor Pelayo (FN)
Ley Comarcalización de la Comunidad Valenciana.
Exposicion de Motivos.
Desde 1960 el legislador ha debatido sin éxito los criterios de delitimitación comarcal de la Comunidad Valenciana .
Con el Estatuto de 2006, en su artículo 65, se habilita expresamente a las Cortes Valencianas a dictar una Ley en tal sentido que permita establecer un régimen de creación, competencias y organización comarcal; entendiendo las comarcas como entidades de gestión supramunicipal.
TEXTO ARTICULADO.
Artículo 1.
La ley Comarcalización de la Comunidad Valenciana establece el régimen jurídico por el que debe regirse la organización comarcal de la Comunidad sin perjuicio de que la ley de creación de cada comarca establezca reglas especificas relativas a su estructura .
Artículo 2
1.De conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, los municipios limítrofes vinculados por características e intereses comunes, podrán constituirse en comarcas que gozarán de la condición de entidades locales.
2.Las comarcas son circunscripciones administrativas de la Generalitat determinadas por la agrupación de Municipios para la prestación de servicios comunes.
Artículo 3
A.-Son atribuciones de las comarcas :
a)Inembargabilidad de sus bienes.
b)Personalidad jurídica propia.
c)Potestad reglamentaria .
d) Fijación de tasas y contribuciones especiales por la prestación de servicios en el ámbito comarcal.
e)Potestad sancionadora y supervisora para la efectiva prestación de servicios supramunicipales.
f)Potestad expropiatoria y de deslinde para atender a las necesidades de la comarca de conformidad a la Legislación vigente y Estatuto de Autonomía.
B.-En todo caso las comarcas representarán los intereses de la población y territorio comarcal en defensa de una mayor solidaridad y equilibrio dentro de la Comunidad Valenciana.
Artículo 4.
a)Cada comarca se constituirá libremente por uno o varios términos municipales limítrofes sin perjuicio de que puedan coincidir con los espacios geográficos en que tradicionalmente se desarrollen las actividades económicas y sociales de la Región y/o que mantengan identidad histórica o tradición comunes.
b) La iniciativa de creación de una comarca se acordará por acuerdo del pleno de los respectivos ayuntamientos que hayan de integrarla, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de sus miembros.
c)Deberá ser promovida dicha iniciativa, al menos, por un número de municipios no inferior a las dos terceras partes de los que deban constituir la comarca y que representen dos tercios del censo electoral del territorio correspondiente.
d)Cada comarca se organizará en un Consejo Comarcal integrado por representantes de los diferentes municipios que lo integren que a su vez designarán a un presidente.
Artículo 5.
Las comarcas se crearán mediante Ley de las Cortes Valencianas en la que se establecerán su delimitación geográfica , denominación, funcionamiento, órganos de gobierno y sistema de financiación propio.
Artículo 6.
Son funciones de las comarcas:
1) Ordenación del territorio y urbanismo.
2) Transportes.
3) Servicios de recogida y tratamiento de residuos urbanos.
4) Sanidad Pública.
5) Acción social y promoción de la cultura regional.
6) Agricultura, ganadería y montes.
7) Patrimonio cultural y tradiciones populares.
8 ) Deporte y juventud.
9) Promoción del turismo.
10) Artesanía.
11) Protección de los consumidores y usuarios.
12) Energía, promoción y gestión industrial.
13) Protección civil, del medio ambiente y prevención y extinción de incendios
14) Enseñanza.
15) Aquellas otras que, con posterioridad a la presente ley, pudieran ser ejercidas en el futuro por las comarcas, conforme a la legislación sectorial correspondiente.
Disposición Final.
1.Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 6 de la presente Ley, las comarcas podrán realizar acuerdos de cooperación con la Generalitat Valenciana u otras Comarcas para la gestión de servicios o asesoramiento que precise.
2.Corresponde a las Cortes Valencianas establecer el régimen de financiación de las comarcas según los presupuestos de cada periodo económico.
3.En el plazo de 2 meses a contar desde la aprobación de la presente ley el Consell aprobará un reglamento que determine el funcionamiento del consejo de comarcal y desarrolle las funciones de las mismas en los términos previstos por la legislación local vigente.
4.Esta ley entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).
Ley Comarcalización de la Comunidad Valenciana.
Exposicion de Motivos.
Desde 1960 el legislador ha debatido sin éxito los criterios de delitimitación comarcal de la Comunidad Valenciana .
Con el Estatuto de 2006, en su artículo 65, se habilita expresamente a las Cortes Valencianas a dictar una Ley en tal sentido que permita establecer un régimen de creación, competencias y organización comarcal; entendiendo las comarcas como entidades de gestión supramunicipal.
TEXTO ARTICULADO.
Artículo 1.
La ley Comarcalización de la Comunidad Valenciana establece el régimen jurídico por el que debe regirse la organización comarcal de la Comunidad sin perjuicio de que la ley de creación de cada comarca establezca reglas especificas relativas a su estructura .
Artículo 2
1.De conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, los municipios limítrofes vinculados por características e intereses comunes, podrán constituirse en comarcas que gozarán de la condición de entidades locales.
2.Las comarcas son circunscripciones administrativas de la Generalitat determinadas por la agrupación de Municipios para la prestación de servicios comunes.
Artículo 3
A.-Son atribuciones de las comarcas :
a)Inembargabilidad de sus bienes.
b)Personalidad jurídica propia.
c)Potestad reglamentaria .
d) Fijación de tasas y contribuciones especiales por la prestación de servicios en el ámbito comarcal.
e)Potestad sancionadora y supervisora para la efectiva prestación de servicios supramunicipales.
f)Potestad expropiatoria y de deslinde para atender a las necesidades de la comarca de conformidad a la Legislación vigente y Estatuto de Autonomía.
B.-En todo caso las comarcas representarán los intereses de la población y territorio comarcal en defensa de una mayor solidaridad y equilibrio dentro de la Comunidad Valenciana.
Artículo 4.
a)Cada comarca se constituirá libremente por uno o varios términos municipales limítrofes sin perjuicio de que puedan coincidir con los espacios geográficos en que tradicionalmente se desarrollen las actividades económicas y sociales de la Región y/o que mantengan identidad histórica o tradición comunes.
b) La iniciativa de creación de una comarca se acordará por acuerdo del pleno de los respectivos ayuntamientos que hayan de integrarla, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de sus miembros.
c)Deberá ser promovida dicha iniciativa, al menos, por un número de municipios no inferior a las dos terceras partes de los que deban constituir la comarca y que representen dos tercios del censo electoral del territorio correspondiente.
d)Cada comarca se organizará en un Consejo Comarcal integrado por representantes de los diferentes municipios que lo integren que a su vez designarán a un presidente.
Artículo 5.
Las comarcas se crearán mediante Ley de las Cortes Valencianas en la que se establecerán su delimitación geográfica , denominación, funcionamiento, órganos de gobierno y sistema de financiación propio.
Artículo 6.
Son funciones de las comarcas:
1) Ordenación del territorio y urbanismo.
2) Transportes.
3) Servicios de recogida y tratamiento de residuos urbanos.
4) Sanidad Pública.
5) Acción social y promoción de la cultura regional.
6) Agricultura, ganadería y montes.
7) Patrimonio cultural y tradiciones populares.
8 ) Deporte y juventud.
9) Promoción del turismo.
10) Artesanía.
11) Protección de los consumidores y usuarios.
12) Energía, promoción y gestión industrial.
13) Protección civil, del medio ambiente y prevención y extinción de incendios
14) Enseñanza.
15) Aquellas otras que, con posterioridad a la presente ley, pudieran ser ejercidas en el futuro por las comarcas, conforme a la legislación sectorial correspondiente.
Disposición Final.
1.Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 6 de la presente Ley, las comarcas podrán realizar acuerdos de cooperación con la Generalitat Valenciana u otras Comarcas para la gestión de servicios o asesoramiento que precise.
2.Corresponde a las Cortes Valencianas establecer el régimen de financiación de las comarcas según los presupuestos de cada periodo económico.
3.En el plazo de 2 meses a contar desde la aprobación de la presente ley el Consell aprobará un reglamento que determine el funcionamiento del consejo de comarcal y desarrolle las funciones de las mismas en los términos previstos por la legislación local vigente.
4.Esta ley entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).
- José Rus
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Re: Ley Comarcalización de la Comunidad Valenciana (VOTACIÓN)
Dom 8 Feb 2009 - 15:57
FDP: ¿No será mejor hacerlo todo en un mismo post?
- Juan José Lagunas Segura
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Re: Ley Comarcalización de la Comunidad Valenciana (VOTACIÓN)
Dom 8 Feb 2009 - 16:09
José Rus escribió:FDP: ¿No será mejor hacerlo todo en un mismo post?
FDP Pienso que es mejor dejar un post para debate, y otro para votación, por si acaso algún grupo desea hacer alguna pequeña matización. Así no mezclamos temas que luego serán un lío. Votación para votar y debate para debatir
Este método lo llevamos a cabo en la Región de Murcia y Extremadura, creo que es una buena iniciativa para la posibilidad de enmiendas o de anotaciones, como esta por ejemplo, que se deberían de llevar a cabo en el otro post.
Un cordial saludo.
- Daniel Torres
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Re: Ley Comarcalización de la Comunidad Valenciana (VOTACIÓN)
Dom 8 Feb 2009 - 18:59
El GPP con 40 escaños vota A FAVOR
- Pelayo Albasini
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Re: Ley Comarcalización de la Comunidad Valenciana (VOTACIÓN)
Dom 8 Feb 2009 - 19:37
FN con 3 escaños vota a favor.
- Alfonso Diesel
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Re: Ley Comarcalización de la Comunidad Valenciana (VOTACIÓN)
Dom 8 Feb 2009 - 21:04
UPyD con 8 escaños vota abstencion
- Juan José Lagunas Segura
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Re: Ley Comarcalización de la Comunidad Valenciana (VOTACIÓN)
Lun 9 Feb 2009 - 20:19
nCe con 10 diputados vota a FAVOR
- Juan José Lagunas Segura
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Fecha de inscripción : 09/12/2008
Re: Ley Comarcalización de la Comunidad Valenciana (VOTACIÓN)
Miér 11 Feb 2009 - 22:18
Señorías:
He querido ser respetuoso con todos los grupos parlamentarios, pero en esta votación sólo han acudido a votar cuatro grupos políticos, los cuales representan el 61.16% de los diputados.
Lamentablemente, a pesar de una prorroga extraordinaria de 24 horas nadie más ha decidido votar. Espero que este hecho sea un hecho aislado no por mi, sino por los ciudadanos, por nuestra tierra y por la democracia.
Un saludo.
VOTACIÓN: Ley Comarcalización de la Comunidad Valenciana
A FAVOR: 53
ABSTENCIÓN: 46
EN CONTRA: 0
Queda aprobada esta ley y se inscribirá en el BOGV
Valencia, 11 de Septiembre del 2011
He querido ser respetuoso con todos los grupos parlamentarios, pero en esta votación sólo han acudido a votar cuatro grupos políticos, los cuales representan el 61.16% de los diputados.
Lamentablemente, a pesar de una prorroga extraordinaria de 24 horas nadie más ha decidido votar. Espero que este hecho sea un hecho aislado no por mi, sino por los ciudadanos, por nuestra tierra y por la democracia.
Un saludo.
VOTACIÓN: Ley Comarcalización de la Comunidad Valenciana
A FAVOR: 53
ABSTENCIÓN: 46
EN CONTRA: 0
Queda aprobada esta ley y se inscribirá en el BOGV
Valencia, 11 de Septiembre del 2011
- Ley Comarcalización de la Comunidad Valenciana( Debate).
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