Ley 10/2018, de 30 de octubre, de supresión del Impuesto Especial sobre la Electricidad [Gobierno de España]
Miér 13 Abr 2016 - 23:16
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Número XX · Día, 30 de octubre de 2018 · Sec. I
I. DISPOSICIONES GENERALES
JEFATURA DEL ESTADO
Ley 10/2018, de 30 de octubre, de supresión del Impuesto Especial sobre la Electricidad
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
PREÁMBULO
Acabar con la pobreza energética debe ser uno de los fines fundamentales de la política actual. La pobreza energética tiene como principal base la abusiva estructura de impuestos que encarece, de forma artificial y contraria al mercado, la factura eléctrica de las familias españolas. Ello genera desequilibrios y situaciones de emergencia social ante las cuales debemos actuar.
A través de esta ley se procede a la derogación del Impuesto Especial sobre la Electricidad, cuyo fin principal era la generación de recursos para financiar las subvenciones al sector del carbón. Unas subvenciones que a día de hoy están derogadas. Por lo tanto, carece de sentido mantener un impuesto para financiar algo que no existe. Asimismo, es ineficiente sostenerlo, pues produce abusos hacia los consumidores que deben eliminarse si queremos afrontar de un modo eficaz la lucha contra la pobreza energética.
TÍTULO ÚNICO. DE LA SUPRESIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA ELECTRICIDAD
Artículo 1. Queda derogado el artículo séptimo de la sección quinta de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Artículo 2. Se prohíbe la instauración o el mantenimiento de todo gravamen especial sobre la electricidad.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Se derogan y modifican cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la presente ley.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente ley entrará en vigor el día de su publicación en el BOE.
Acabar con la pobreza energética debe ser uno de los fines fundamentales de la política actual. La pobreza energética tiene como principal base la abusiva estructura de impuestos que encarece, de forma artificial y contraria al mercado, la factura eléctrica de las familias españolas. Ello genera desequilibrios y situaciones de emergencia social ante las cuales debemos actuar.
A través de esta ley se procede a la derogación del Impuesto Especial sobre la Electricidad, cuyo fin principal era la generación de recursos para financiar las subvenciones al sector del carbón. Unas subvenciones que a día de hoy están derogadas. Por lo tanto, carece de sentido mantener un impuesto para financiar algo que no existe. Asimismo, es ineficiente sostenerlo, pues produce abusos hacia los consumidores que deben eliminarse si queremos afrontar de un modo eficaz la lucha contra la pobreza energética.
TÍTULO ÚNICO. DE LA SUPRESIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA ELECTRICIDAD
Artículo 1. Queda derogado el artículo séptimo de la sección quinta de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Artículo 2. Se prohíbe la instauración o el mantenimiento de todo gravamen especial sobre la electricidad.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Se derogan y modifican cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la presente ley.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente ley entrará en vigor el día de su publicación en el BOE.
FELIPE VI R.
El Presidente del Gobierno,
HÉCTOR FERNÁNDEZ
HÉCTOR FERNÁNDEZ
- PL de supresión del Impuesto Especial sobre la Electricidad [Gobierno de España]
- PL de supresión del Impuesto Especial sobre la Electricidad [Gobierno de España]
- DEBATE. Supresión del Impuesto sobre la Electricidad (Gobierno)
- VOTACIÓN. Supresión del Impuesto sobre la Electricidad (Gobierno)
- (((FIN))) DEBATE/VOTACIÓN//PNL (PR-Mx) Moción de Declaracion Institucional del Parlamento de La Rioja en contra de las Supresion del Impuesto sobre el Patrimonio (Gobierno) y la supresión del Impuesto sobre sucesiones y donaciones (Gobierno)
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