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Carles Isidre Labayen
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Nafarroako Parlamentuko Erregelamendua / Reglamento del Parlamento de Navarra Empty Nafarroako Parlamentuko Erregelamendua / Reglamento del Parlamento de Navarra

Dom 5 Ene 2014 - 23:37
Nafarroako Parlamentuko Erregelamendua / Reglamento del Parlamento de Navarra Thumb.php?params=fileName%3Dlogoparlamento


VERSIÓN EN EUSKERA
VERSIÓN EN CASTELLANO


REGLAMENTO
DE LOS PARLAMENTOS

PRÓLOGO

Entiéndase este manual como FDP aplicable DDP.

Contiene las costumbres parlamentarias habituales en PolíticaXXI.
Tiene preeminencia sobre los reglamentos y leyes DDP.
Adapta los reglamentos parlamentarios a la jugabilidad DDP en el simulador.

Para aquello no cubierto por este manual, se atenderá al reglamento parlamentario,
aplicando los criterios de jugabilidad, sentido común, cortesía y consenso político.


I - EL PARLAMENTO
Es la sede del Poder Legislativo. Elige al presidente del gobierno (ver parte V), aprueba los presupuestos (VII) y las leyes (VIII), ejerce el control del poder ejecutivo y cumple con las demás atribuciones que le otorgan la Constitución y los diferentes Estatutos.


II - LA SESIÓN CONSTITUTIVA
Inmediatamente después de conocerse el resultado electoral, se realiza la Sesión Constitutiva. Para ello cualquier jugador podrá ejercer de Presidente de la Mesa de Edad (tiene preeminencia un administrador o moderador, el presidente parlamentario anterior o el presidente de gobierno anterior). Consta de dos fases:

PRIMERA: Constitución de los Grupos Parlamentarios. Los partidos constituirán aquí sus grupos, indicando el número de diputados, el presidente, el portavoz y el portavoz adjunto. De acuerdo con el reglamento de cada cámara, el número mínimo de escaños puede variar y, si no se llega al mínimo, los diputados no adscritos pueden decidir unirse a otro grupo o pasar al Grupo Mixto. El Grupo Mixto también debe constituirse como tal, aunque sea provisional.

SEGUNDA: Sesión Constitutiva, propiamente dicha. Se elige la Mesa del parlamento. La Mesa constará de un presidente y dos vicepresidentes. Para formalizar la elección, el Presidente de la Mesa de Edad pedirá a los grupos parlamentarios que presenten candidatos a los tres puestos a escoger, aunque pueden presentar candidaturas sólo a alguno de ellos o a ninguno. Proclamadas las candidaturas, se formaliza la votación. Cada grupo puede votar sólo a un candidato para cada puesto. Quien obtenga mayoría absoluta en primera votación queda elegido, y si no la obtuviere será elegido si obtiene mayoría simple en segunda votación.


III - DERECHOS DE LOS DIPUTADOS
Entre los derechos aplicables al juego, cabe destacar que los diputados gozan de inmunidad e inviolabilidad, respetando las previsiones de las leyes -Constitución y Estatutos-.


IV - JUNTA DE PORTAVOCES
Este hilo, creado al efecto, servirá para notificar los cambios en los grupos parlamentarios, y cuestiones de índole diversa como las resoluciones del Presidente parlamentario. Si uno o varios diputados cambian de grupo parlamentario, deben notificarlo aquí y, si nadie hace alegaciones en 48 horas, se entenderá aceptado y comunicado.


V - SESIÓN DE INVESTIDURA
Para investir al Presidente del gobierno correspondiente, el Presidente parlamentario habrá consultado con los grupos parlamentarios y habrá recibido notificación de que tal persona de tal grupo está en disposición de conseguir el apoyo de la cámara. La Sesión de investidura se desarrolla de la siguiente manera:

PRIMERO: Abre la sesión el Presidente parlamentario, anunciando que el candidato tal del grupo tal ha notificado que está en disposición de obtener la confianza de la cámara para ser investido Presidente del gobierno. Explicará el funcionamiento de la sesión y cederá la palabra al candidato o candidata.

SEGUNDO: El candidato hace una exposición de su programa de gobierno. (tiempo libre)

TERCERO: Los grupos parlamentarios le formulan preguntas. (tiempo: 48h)

CUARTO: El candidato puede responderlas. (desde el inicio de las preguntas hasta 24h después de agotarse)

QUINTO: Los grupos parlamentarios pueden exponer brevemente el sentido de su voto. (si se desea)

SEXTO: Votación. El candidato será investido si obtiene la mayoría absoluta en primera votación. Será investido también si consigue mayoría simple en segunda o tercera votación. Si no consigue el apoyo de la cámara, el Presidente parlamentario propondrá otro candidato y se repetirá el proceso. Si en dos meses DDP nadie consigue el apoyo de la cámara, el parlamento se disuelve y se convocan automáticamente elecciones.


VI - REGISTRO DE LA MESA
Aquí se registrarán las iniciativas parlamentarias. Serán debatidas por orden de entrada, a menos que se solicite su urgencia y el Presidente parlamentario la estime lógica y conveniente. Este proceso también podrá desarrollarse en la Junta de Portavoces.


VII - LOS PRESUPUESTOS
Los presupuestos son la principal herramienta de gobierno. Debe presentarlos el gobierno, cada año DDP. Su debate y votación son los más importantes de la legislatura. Los presupuestos y los impuestos siempre deben tener la aprobación parlamentaria. Si se rechazan, se consideran devueltos al gobierno y éste debería volverlos a presentar. Si se aprueba una enmienda a la totalidad, ésta se convierte automáticamente en Ley de Presupuestos. Si un año no se aprueban presupuestos, se consideran prorrogados los del año anterior.


VIII - LAS LEYES
Atenderemos la siguiente clasificación:

PROYECTO DE LEY: ley formulada por el gobierno
PROPOSICIÓN DE LEY: ley formulada por un grupo parlamentario
PROPOSICIÓN NO DE LEY: propuesta que insta al gobierno, pero no obliga
MOCIÓN: otras propuestas o peticiones

DECRETO: disposición de rango inferior a las leyes, emitida por el gobierno
DECRETO LEY: disposición con rango de ley que debe validar el parlamento
DECRETO LEGISLATIVO: disposición con rango de ley fruto de delegación legislativa

CUESTIÓN DE CONFIANZA: el gobierno pregunta si tiene la confianza parlamentaria
MOCIÓN DE CENSURA: la cámara se propone investir otro presidente de gobierno


IX - DEBATES SOBRE INICIATIVAS PARLAMENTARIAS
La Presidencia parlamentaria abrirá el debate. A continuación el ponente (el grupo parlamentario que la impulse o el gobierno, en su caso) hará una exposición de la iniciativa. Acto seguido, la Presidencia anunciará el debate que será libre en un plazo de al menos 48h, prorrogables 24 horas si se solicita por el grupo parlamentario interesado y se estima oportuno.

Si se desea, puede utilizarse formalmente el orden de turnos: exposición, contestación, réplica y dúplica.

Pueden presentarse enmiendas, que pueden ser parciales o a la totalidad. Transcurrido el tiempo, se pasa a votación.

Primero se votarán las enmiendas a la totalidad por orden de presentación, después las enmiendas parciales, y luego el texto final. Si se aprobara una enmienda a la totalidad, finaliza el trámite parlamentario.

Si el ponente no expone su iniciativa en el plazo inferior a 48 horas la Mesa podrá cerrar la sesión dando por rechazada dicha iniciativa.


X - VOTACIONES SOBRE INICIATIVAS PARLAMENTARIAS
Cada grupo efectúa su voto, puede ser A FAVOR, EN CONTRA o ABSTENCIÓN. Si un grupo ha participado en el debate pero no en la votación, se entiende que está pero no emite su voto. Los acuerdos se toman por mayoría simple a menos que las leyes establezcan mayorías cualificadas. Tras contarlos, el Presidente parlamentario anunciará los votos emitidos totales y la aprobación o rechazo de la iniciativa. Si el resultado es empate, deberá repetirse hasta dos veces la votación, dándose un plazo de 24h, y si no se alcanzase acuerdo, se entenderá rechazada. El tiempo de votación será de, al menos, 48h, prorrogables 24 horas si se solicita por el grupo parlamentario interesado y se estima oportuno.


XI - BOLETÍN OFICIAL
Aquí se publicarán las leyes, proposiciones y mociones aprobadas por el parlamento. El gobierno publicará aquí sus decretos y demás normativa. Tienen efecto a los 20 días siguientes a su publicación a menos que la ley o decreto establezca lo contrario.

XII - DISCIPLINA
La Presidencia parlamentaria atenderá al reglamento para impartir disciplina, aplicando el sentido común y la proporcionalidad. A falta de un Reglamento, se aplica el del Congreso de los Diputados como supletorio.
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