(D-V) PL para la Creación de la Comarca de El Bierzo (BNG)
Dom 12 Mayo 2013 - 1:26
Juan Ignacio Herrera
PL para la Creación de la Comarca de El Bierzo (BNG)
Preámbulo:
El Bierzo, ejerciendo su derecho al autogobierno como comarca histórica y reconocida en el artículo 46 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, el cual dice en sus puntos 1 y 3;
1. La comarca se configura como la agrupación voluntaria de
municipios limítrofes con características geográficas, económicas,
sociales e históricas afines. Podrá ser también circunscripción
administrativa de la Junta de Castilla y León para el cumplimiento de
sus fines.
3. Una Ley de las Cortes de Castilla y León regulará la comarca del
Bierzo, teniendo en cuenta sus singularidades y su trayectoria
institucional.
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1.-El Bierzo como Comarca Histórica y realidad cultural gallega estará integrada por los municipios siguientes: Arganza, Balboa, Barjas, Bembibre, Benuza, Berlanga del Bierzo, Borrenes, Cabañas Raras, Cacabelos, Camponaraya, Candín, Carracedelo, Carucedo, Castropodame, Congosto, Corullón, Cubillos del Sil, Fabero, Folgoso de la Ribera, Igüeña, Molinaseca, Noceda del Bierzo, Oencia, Páramo del Sil, Peranzanes, Ponferrada, Priaranza del Bierzo, Puente de Domingo Flórez, Sancedo, Sobrado, Toreno, Torre del Bierzo, Trabadelo, Vega de Espinareda, Vega de Vacarce, Villadecanes y Villafranca del Bierzo.
Artículo 2.- En representación de la Comarca de El Bierzo, los órganos de la misma tendrán plena capacidad jurídica para adquirir, poseer, reivindicar, permutar, gravar o enajenar toda clase de bienes y derechos, celebrar contratos, establecer y explotar obras y servicios públicos, obligarse, interponer los recursos establecidos y ejercitar las acciones previstas en las leyes.
Artículo 3.- La lengua propia de El Bierzo es el gallego, que será objeto de normalización, difusión y aprendizaje mediante una ley comarcal.
3.1.- El Consejo Comarcal de El Bierzo promoverá la comunicación y cooperación con otros territorios con los que comparte patrimonio lingüístico y especialmente con Galicia.
Artículo 4.- Los símbolos comarcales, deben ser dispuestos en todas las Instituciones presentes en la Comarca; Ayuntamientos de la Comarca, sedes de índole provincial, autonómicas o estatales.
4.1.- La Bandera de el Bierzo es la tradicional.
En la Bandera de El Bierzo se recoge la Cruz de San Andrés roja sobre fondo blanco derivada de la cruz de San Andrés del histórico pendón de la milicia ponferradina, bandera que también incorpora el azul y el blanco atendiendo a los colores del bercianismo en la presente etapa democrática, y que representan el río Sil.
4.2.- El Escudo de El Bierzo.
La Cruz de Peñalba, símbolo de El Bierzo, representada de oro (amarillo o dorado heráldico) en un campo de gules (fondo rojo). Enmarcando el campo de gules figura una bordura componada. Las borduras son las piezas honorables que rodean el interior de los escudos por todos sus lados. Los compones son cuadrados con sus esmaltes alternados que cubren el fondo de cualquier pieza o mueble de un blasón. La bordura del escudo de El Bierzo cuenta con ocho compones: cuatro de plata (color blanco o gris), en los que figura una hoja de vidde sinople (color verde) como símbolo de la agricultura berciana, y cuatro de azur (color azul), con dos martillos puestos en sotuer (colocados en forma de aspa) representando la minería.
En el timbre del escudo aparece representada la Corona real de España, cerrada con ocho diademas, cinco a la vista.
El escudo aparece situado en el centro de la bandera de El Bierzo.
4.3.- El Bierzo podrá disponer de Himno propio si el Consejo Comarcal lo estima y así lo aprueba
Artículo 5.- El día Comarcal de El Bierzo coincide con el día de la patrona “La Virgen de la Encina”, 8 de Septiembre.
Artículo 6.- La capital comarcal de El Bierzo es Ponferrada
CAPÍTULO II
Competencias de la Comarca
Artículo 7.- La Comarca de El Bierzo ejercerá las competencias que le atribuyan las Leyes reguladoras de
los distintos sectores de acción pública sobre las siguientes materias:
1. Ordenación del territorio y urbanismo.
2. Sanidad.
3. Servicios sociales.
4. Cultura y deporte.
5. Salubridad pública y medio ambiente.
6. Turismo y tradiciones populares.
7. Artesanía.
8. Agricultura, ganadería y montes.
9. Minería.
10. Ferias y mercados comarcales.
11. Energía y promoción industrial.
Artículo 8.- La Comarca de El Bierzo podrá realizar las obras y prestar los servicios siguientes:
a. Los de interés comarcal.
b. Los complementarios de los municipales.
c. Los de competencia municipal cuando su realización o prestación resulte imposible o muy difícil para el municipio y razones de economía y eficacia así lo aconsejen.
Artículo 9.- La Diputación Provincial de León y/o Las Cortes de Castilla y León podrán transferir o delegar en la Comarca de El Bierzo la titularidad o el ejercicio de competencias en las siguientes materias:
a. Gestión del plan provincial y/o autonómico de obras y servicios dentro del ámbito comarcal.
b. Asistencia y cooperación técnica, jurídica y económica a los municipios.
1.Corresponde al pleno de la Diputación Provincial y a las Cortes de Castilla y León la adopción de los acuerdos por los que se haga efectiva la delegación o transferencia que, en todo caso, requerirá el previo acuerdo favorable del Consejo Comarcal El Bierzo.
CAPÍTULO III
Organización comarcal
Artículo 10.- El Gobierno y la administración de la Comarca de El Bierzo corresponderá al Consejo Comarcal.
Artículo 11.- Son órganos del Consejo Comarcal:
a. El Pleno.
b. El Presidente.
c. La Comisión de Gobierno.
CAPÍTULO IV
Hacienda comarcal
Artículo 12.-
1. La hacienda de la Comarca de El Bierzo estará integrada por los siguientes recursos:
a. Los ingresos procedentes de su patrimonio y demás de derecho privado.
b. Tasas y precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades de su competencia.
c. Contribuciones especiales.
d. Las subvenciones y demás ingresos de derecho público.
e. Los procedentes de operaciones de crédito.
f. El producto de las multas y sanciones impuestas en el ámbito de sus competencias.
g. Cualquier otro recurso o aportación procedentes de otras administraciones públicas en los términos y con las limitaciones establecidas en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
2. Para la cobranza de los tributos y de las cantidades que como ingresos de derecho público debe percibir la hacienda de la Comarca de El Bierzo, de conformidad con lo previsto en el apartado anterior; dicha hacienda ostentará las prerrogativas establecidas legalmente para la hacienda del Estado, y actuará, en su caso, conforme a los procedimientos administrativos correspondientes.
Artículo 13.- El pleno del Consejo Comarcal establecerá los criterios para determinar las aportaciones de los municipios. Dichas aportaciones, que se revisarán anualmente, serán en todo caso proporcionales al número de habitantes y al aprovechamiento de los servicios que la Comarca preste, sin perjuicio de que puedan introducirse índices correctores como el nivel de renta y riqueza de los municipios.
Artículo 14.- Dentro de la parte territorializada del F. C. L. correspondiente a la provincia de León habrá de figurar la que en todo caso se destinará a obras y servicios en la Comarca de El Bierzo.
Artículo 15.- Los municipios que integran la Comarca de El Bierzo podrán delegar en la misma sus facultades tributarias de gestión, recaudación, inspección y revisión, sin perjuicio de las delegaciones y demás fórmulas de colaboración que puedan establecerse con otras Administraciones públicas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera.- El pleno del Consejo Comarcal, por acuerdo adoptado por mayoría absoluta, establecerá en la sesión constitutiva que habrá de celebrarse en la casa Consistorial del municipio de Ponferrada, la sede de los órganos del mismo.
Segunda.- Se faculta a la Junta de Castilla y León para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Lo dispuesto en la presente Ley solo será de aplicación una vez celebradas las primeras elecciones locales siguientes a la entrada en vigor de la misma.
Por lo tanto, mando a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley la cumplan, y a todos los Tribunales y autoridades que corresponda que la hagan cumplir.
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Re: (D-V) PL para la Creación de la Comarca de El Bierzo (BNG)
Dom 12 Mayo 2013 - 2:45
Pablo Bóveda, Portavoz del Grupo Mixto-Bloque Nacionalista Galego
Señorías, El Bierzo tiene unas características historias propias dentro del estado Leonés y gallego, y por tanto ha de tener derecho a decidir si quiere convertirse en una comarca soberana y con capacidad de un autogobierno, dentro de lo posible dentro del marco de la legislación actual. La PL habla por sí sola,si tienen alguna duda me la preguntan.
Merci
Re: (D-V) PL para la Creación de la Comarca de El Bierzo (BNG)
Lun 13 Mayo 2013 - 14:27
Juan Ignacio Herrera
- Alejandro Valderas
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Re: (D-V) PL para la Creación de la Comarca de El Bierzo (BNG)
Vie 17 Mayo 2013 - 0:31
Pilar Mendoza. Presidenta y portavoz del GPS
El Grupo Parlamentario Socialista encuentra correcta esta ley. Sin embargo presentamos una enmienda que encontramos indispensable para que nuestro voto sea favorable.
ENMIENDA 1ª
Artículo 3.- La lengua propia de El Bierzo es el castellano. Además, por la importante presencia de la lengua gallega en la Comarca, ésta deberá ser objeto de protección mediante una ley comarcal.
- Serafín Monsálvez
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Re: (D-V) PL para la Creación de la Comarca de El Bierzo (BNG)
Vie 17 Mayo 2013 - 20:10
Rodolfo Gerardo Alnate
Nos mostramos a favor de esta propuesta de Ley y la votaré a favor incluida además la enmienda presentada por la señoría Pilar Mendoza
Nos mostramos a favor de esta propuesta de Ley y la votaré a favor incluida además la enmienda presentada por la señoría Pilar Mendoza
Re: (D-V) PL para la Creación de la Comarca de El Bierzo (BNG)
Sáb 18 Mayo 2013 - 0:30
FDP: Permitidme este retraso, estoy de exámenes finales. Disculpas de antebrazo.
- InvitadoInvitado
Re: (D-V) PL para la Creación de la Comarca de El Bierzo (BNG)
Dom 19 Mayo 2013 - 17:13
Pablo Bóveda, Portavoz del Grupo Mixto-Bloque Nacionalista Galego
Señorías, la enmienda del PSOE desvirtúa totalmente nuestra propuesta. No la aceptaremos.
Re: (D-V) PL para la Creación de la Comarca de El Bierzo (BNG)
Dom 19 Mayo 2013 - 23:18
Héctor Fernández
Bien, señor Presidente, señorías, nuestro grupo parlamentario ve este proyecto con buenos ojos, puesto que parte de la idea de desarrollo de nuestro Estatuto de Autonomía, lo cual siempre es positivo. No obstante, somos muy recelosos con este tipo de cuestiones y queremos realizarle una pregunta para indagar más acerca de las consecuencias de la aprobación de este texto. Antes de nada queremos decir que nuestro grupo parlamentario apoyará la enmienda propuesta por el grupo socialista, puesto que la consideramos muy necesaria. Es más, al leer el proyecto en un primer momento queríamos presentar una enmienda que girase en el mismo sentido, por tanto, apoyaremos la enmienda.
Nuestra pregunta es sobre las competencias que tendrá la Comarca de El Bierzo. Señores del BNG: ¿Estos puntos que marcan en el artículo 7 del proyecto, serían de competencia total y exclusiva de El Bierzo o tendrían algún tipo de límite? me refiero a que puedan tener un límite en lo establecido en el Estatuto de Autonomía, en las competencias de la Comunidad de Castilla y León o incluso en las competencias del Gobierno central. Son puntos muy importantes y nos gustaría saber la amplitud de los mismos y la posible lucha entre competencias. Le hablo de:
1. Ordenación del territorio y urbanismo.
2. Sanidad.
3. Servicios sociales.
4. Cultura y deporte.
5. Salubridad pública y medio ambiente.
6. Turismo y tradiciones populares.
7. Artesanía.
8. Agricultura, ganadería y montes.
9. Minería.
10. Ferias y mercados comarcales.
11. Energía y promoción industrial.
Nada más por el momento. Gracias.
Nuestra pregunta es sobre las competencias que tendrá la Comarca de El Bierzo. Señores del BNG: ¿Estos puntos que marcan en el artículo 7 del proyecto, serían de competencia total y exclusiva de El Bierzo o tendrían algún tipo de límite? me refiero a que puedan tener un límite en lo establecido en el Estatuto de Autonomía, en las competencias de la Comunidad de Castilla y León o incluso en las competencias del Gobierno central. Son puntos muy importantes y nos gustaría saber la amplitud de los mismos y la posible lucha entre competencias. Le hablo de:
1. Ordenación del territorio y urbanismo.
2. Sanidad.
3. Servicios sociales.
4. Cultura y deporte.
5. Salubridad pública y medio ambiente.
6. Turismo y tradiciones populares.
7. Artesanía.
8. Agricultura, ganadería y montes.
9. Minería.
10. Ferias y mercados comarcales.
11. Energía y promoción industrial.
Nada más por el momento. Gracias.
- Juan Lara
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Re: (D-V) PL para la Creación de la Comarca de El Bierzo (BNG)
Mar 21 Mayo 2013 - 0:19
Alejandro Meyer
Nos parece muy positiva la enmienda presentada por el GPS, es por ello que solo aceptaremos el proyecto si se incluye esta
Nos parece muy positiva la enmienda presentada por el GPS, es por ello que solo aceptaremos el proyecto si se incluye esta
Re: (D-V) PL para la Creación de la Comarca de El Bierzo (BNG)
Miér 22 Mayo 2013 - 17:17
Héctor Fernández
Gracias.Enmienda #1 GPPC
Artículo 7.- La Comarca de El Bierzo ejercerá las competencias que le atribuyan las Leyes reguladoras de los distintos sectores de acción pública sobre las siguientes materias, siempre con respeto a las competencias estatales y autonómicas:
1. Ordenación del territorio y urbanismo.
2. Sanidad.
3. Servicios sociales.
4. Cultura y deporte.
5. Salubridad pública y medio ambiente.
6. Turismo y tradiciones populares.
7. Artesanía.
8. Agricultura, ganadería y montes.
9. Minería.
10. Ferias y mercados comarcales.
11. Energía y promoción industrial.
Re: (D-V) PL para la Creación de la Comarca de El Bierzo (BNG)
Miér 22 Mayo 2013 - 17:18
Juan Ignacio Herrera
Re: (D-V) PL para la Creación de la Comarca de El Bierzo (BNG)
Miér 22 Mayo 2013 - 17:23
Héctor Fernández
- Alejandro Valderas
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Re: (D-V) PL para la Creación de la Comarca de El Bierzo (BNG)
Miér 22 Mayo 2013 - 18:54
Pilar Mendoza. Presidenta y portavoz del GPS
El Grupo Parlamentario Socialista (27) vota A FAVOR de ambas enmiendas.
- Serafín Monsálvez
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Re: (D-V) PL para la Creación de la Comarca de El Bierzo (BNG)
Miér 22 Mayo 2013 - 20:30
El Grupo Parlamentario Mixto Falangista vota A FAVOR de ambas enmiendas.
- Juan Lara
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Re: (D-V) PL para la Creación de la Comarca de El Bierzo (BNG)
Vie 24 Mayo 2013 - 1:45
El GPC (16) vota A FAVOR
Re: (D-V) PL para la Creación de la Comarca de El Bierzo (BNG)
Vie 24 Mayo 2013 - 15:22
Juan Ignacio Herrera
Re: (D-V) PL para la Creación de la Comarca de El Bierzo (BNG)
Vie 24 Mayo 2013 - 15:23
Héctor Fernández
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Re: (D-V) PL para la Creación de la Comarca de El Bierzo (BNG)
Vie 24 Mayo 2013 - 16:29
El GPC (16) vota A FAVOR
- Alejandro Valderas
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Re: (D-V) PL para la Creación de la Comarca de El Bierzo (BNG)
Vie 24 Mayo 2013 - 21:23
Pilar Mendoza. Presidenta y portavoz del GPS
El Grupo Parlamentario Socialista (27) vota A FAVOR
Re: (D-V) PL para la Creación de la Comarca de El Bierzo (BNG)
Dom 26 Mayo 2013 - 17:05
Juan Ignacio Herrera
A FAVOR: 98
EN CONTRA: 0
ABSTENCIÓN: 0
Queda aprobado. Se publicará en el BOCyL. Se levanta la sesión.
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