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Héctor Fernández.
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(D-V) PL sobre el Ejercicio de Incompatibilidades de Altos Cargos del Ejecutivo la Comunidad Autónoma de Galicia (PSOE) Empty (D-V) PL sobre el Ejercicio de Incompatibilidades de Altos Cargos del Ejecutivo la Comunidad Autónoma de Galicia (PSOE)

Jue 18 Abr 2013 - 21:18
(D-V) PL sobre el Ejercicio de Incompatibilidades de Altos Cargos del Ejecutivo la Comunidad Autónoma de Galicia (PSOE) Rueda_conFeijoo_FEGAMP
Hilario Borio
Señorías, da comienso esta sesión parlamentaria para el debate y la votación del proyecto presentado por el PSOE. Tiene la palabra el portavoz de su grupo parlamentario. Adelante.
Beatriz Arta escribió:
PL sobre el Ejercicio de Incompatibilidades de Altos Cargos del Ejecutivo la Comunidad Autónoma de Galicia (PSOE)


Artículo 1.º
Los altos cargos de la Administración de la Junta de Comunidades de Galicia ejercerán sus funciones de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley.

Artículo 2.º
1. A los efectos de esta Ley se considerarán altos cargos, el Presidente de la Junta de Comunidades, los miembros del Consejo de Gobierno y todos aquellos titulares de cargos de libre designación que, por implicar especial confianza o responsabilidad, sean calificados como tales en la disposición que otorgue su nombramiento, o por Ley.
2. En cualquier caso se entenderán comprendidos en el número anterior los siguientes:
a) Los Secretarios generales Técnicos y asimilados.
b) El Delegado de la Junta de Comunidades en cada provincia.
c) Los Presidentes, Directivos y Gerentes de Empresas Públicas de la Comunidad Autónoma.
d) El Defensor del Pueblo de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 3.º
1. El ejercicio de las funciones de alto cargo se desarrollará con dedicación absoluta, siendo incompatible con el desempeño por sí o mediante sustitución de cualquier otro puesto, profesión o actividad laboral, públicos o privados por cuenta propia o ajena, retribuidos mediante sueldos o cualquier otra forma.
2. En cualquier caso, no podrá percibirse más remuneración con cargo a los Presupuestos de las Administraciones Públicas, así como con cargo a los Presupuesto de los Organismos y Empresas dependientes de las Administraciones Públicas.

Artículo 4.º
El Presidente de la Junta de Comunidades y los miembros del Consejo de Gobierno podrán compatibilizar sus cargos con los de Diputado del Parlamento de Galicia.

Artículo 5.º
1. Los titulares de altos cargos podrán ejercitar las siguientes actividades:
a) Desempeñar funciones representativas en Organismos, Instituciones, Corporaciones, Fundaciones o Empresas con capital público, cuando se derive del ejercicio del cargo o la designación corresponda a los Organos Institucionales de la Comunidad Autónoma.
b) Ostentar aquellos cargos que le correspondan con carácter institucional o para que fuesen designados por su propia condición.
c) Llevar a cabo actividades de creación, producción o divulgación literaria, artística o científica, siempre que su realización no suponga detrimento de ninguna índole en la dedicación al cargo.
2. En los casos previstos en el número 1 anterior, los interesados sólo podrán percibir por los indicados cargos o actividades compatibles las dietas, indemnizaciones o asistencias que les correspondan excepto en el caso del apartado c) que percibirán los ingresos correspondientes a las actividades a que dicho apartado se refiere sin limitación alguna.

Artículo 6.º
El ejercicio de las funciones de un alto cargo es incompatible con las actividades privadas siguientes:
a) El desempeño, por sí o por terceras personas de cargos de cualquier orden de Empresas o Sociedades dedicadas a actividades de prestación de servicios, suministros, contratas de obras, para las Administraciones Públicas o subvencionadas por éstas, concesionarias de las mismas, arrendatarias o administradora de monopolios o con participación del sector público, cualquiera que sea la configuración jurídica de aquéllas.
b) El ejercicio de cargos por sí o por personas interpuestas, que lleven anejas funciones de dirección, representación o asesoramiento de toda clase de Sociedades Mercantiles o civiles y consorcios de fin lucrativo.
c) La titularidad individual o colectiva de cualquier clase de conciertos, de prestación continuada e incluso esporádica de servicios en favor de las Administraciones Públicas, cualquiera que sea la naturaleza de aquélla.

Artículo 7.º
1. Los altos cargos estarán obligados a efectuar declaración notarial de los bienes que posean, así como declaración sobre causas de posible incompatibilidad con arreglo al modelo que aprobará la Consejería de Presidencia y Gobernación.
Si en el momento de ser nombrados estos altos cargos se encontraran desempeñando un cargo como funcionario o cualquier otra actividad laboral o administrativa que sea incompatible, se preverá para estos casos la reserva de plaza, o cualquier otra forma de situación administrativa o laboral a determinar, según lo dispongan las normas específicas de aplicación en cada caso. Durante el tiempo que ocupe su alto cargo quedará en suspenso la percepción de cualquier pensión o derecho pasivo de cualquier régimen de Seguridad Social, público y obligatorio, recuperando el derecho a tal pensión una vez cesado en el cargo incompatible.
2. Las declaraciones a que se refiere el punto 1 de este artículo se realizarán en el plazo de dos meses a contar desde la toma de posesión del cargo.

Disposiciones transitorias.
1.ª Los altos cargos afectados por esta Ley, deberán efectuar la declaración notarial a que se refiere el artículo 7.1 en el plazo de treinta días desde la entrada en vigor de esta Ley, exceptuando aquellos que la hubieran realizado dentro del año anterior a la entrada en vigor de la presente disposición.
2.ª Los altos cargos que resulten afectados por esta Ley, deberán renunciar o dimitir en el plazo de treinta días desde su entrada en vigor de los cargos que motivan dicha incompatibilidad, debiendo formular en dicho plazo la declaración a que se refiere el artículo 7.1 de la Ley.
Tania Montero
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Vie 19 Abr 2013 - 14:07
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Emilio Sanchez Touriño, presidente y portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.

(D-V) PL sobre el Ejercicio de Incompatibilidades de Altos Cargos del Ejecutivo la Comunidad Autónoma de Galicia (PSOE) 8-+Touri%C3%B1o+Parlamento

Señor Presidente, señores diputados.

Gracias. El Grupo Parlamentario Socialista trae esta proposición a esta cámara creyendo firmemente en que se trata de una medida justa y necesaria. Justa y necesaria porque creemos que estamos en la obligación de dar a los ciudadanos gallegos una plena dedicación, absoluta, del ejercicio de las funciones de los altos cargos del ejecutivo de Galicia. Esta ley, marcara los cargos que serán compatibles y los que no. Esta es una ley que busca la eficiencia y la dedicación plena, pero además, también se trata de una ley que marca el ejercicio de transparencia, de honradez y de justicia.

Presentamos esta proposición de ley con el objetvio de reunir de una vez por todas el consenso en esta cámara, algo que no estamos consiguiendo entre las fuerzas políticas que aqui nos encontramos. Por esta razón, además de por ser una ley justa, pedimos el voto favorable de todos los Grupos Parlamentarios. Muchas gracias.
Héctor Fernández.
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Vie 19 Abr 2013 - 14:25
(D-V) PL sobre el Ejercicio de Incompatibilidades de Altos Cargos del Ejecutivo la Comunidad Autónoma de Galicia (PSOE) Rueda_conFeijoo_FEGAMP
Hilario Borio
Da comeinzo el turno de debate, tienen 48 horas.
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Vie 19 Abr 2013 - 15:42
(D-V) PL sobre el Ejercicio de Incompatibilidades de Altos Cargos del Ejecutivo la Comunidad Autónoma de Galicia (PSOE) 9860103
Xerardo Fraga
Señorías, estamos de acuerdo con el proyecto en su totalidad, creemos que será una garantía de limpieza institucional que en un futuro nos librará de muchos quebraderos de cabeza. Es por ello que votaremos a favor.
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Vie 19 Abr 2013 - 16:51
(D-V) PL sobre el Ejercicio de Incompatibilidades de Altos Cargos del Ejecutivo la Comunidad Autónoma de Galicia (PSOE) Beiras-parlamento-formacion--644x362
Señor Beiras, Vicevoceiro do Parlamento Galego-Viceportavoz del Parlamento Galego


Señor Presidente, señorías, señores asistentes al Hemiciclo.

Desde el BNG anunciamos voto favorable a esta propuesta pues garantiza transparencia democrática y ética política.

Félix Tortuga
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Sáb 20 Abr 2013 - 17:53
María Cristina Trillo, Portavoz del Grupo Mixto
(D-V) PL sobre el Ejercicio de Incompatibilidades de Altos Cargos del Ejecutivo la Comunidad Autónoma de Galicia (PSOE) PilarFarjas-MCristunaTrillo
Gracias, señor Presidente

Señorías, una propuesta novedosa del grupo socialista. Desde el momento en el que comenzó la política, allá por la antigua Grecia, se ha discutido sobre este tema. La pregunta es, ¿es mejor que los cargos públicos tengan dedicación exclusiva? ¿Hasta qué punto debe remunerarse el hacer un bien social?

La respuesta mía, como auténtica falangista que soy, es la de que en Galicia, por tanto, en España todos debemos trabajar únicamente por Galicia, por España. Aquí no debe haber una casta trabajadora, una casta empresaria y una casta política. Les sonará el lema aquel de "la única clase española". Por eso yo digo desde esta tribuna que mucho ojo con las prebendas, y esta admitámoslo lo es, mucho ojo con las prebendas para la clase política.

Porque aunque no lo veamos o se me pueda tachar de exagerada, las comunidades de vecinos son de por si comunidades políticas o los centros cívicos, y en estas pequeñas comunidades políticas no hay dedicación exclusiva. En muchos municipios, se calcula que alrededor de un 70% de los concejales realizan su trabajo por el bien de su municipio, sin sueldo y sin dedicación exclusiva. De modo que a quienes vayamos a tener este privilegio de poder dedicarnos exclusivamente a la política debemos hacer las cosas bien, trabajar duro y no venir aquí a votar simplemente. Hay que desarrollar proyectos, traer soluciones y demostrar que estamos aquí al servicio de las familias gallegas.

Nos abstendremos para recordar esta cautela a la hora de adjudicar prebendas a los profesionales de la política. Tampoco queremos entorpecer el proyecto, que resultará positivo a todas luces. También creo que habría que redactar un texto amplio en el que se aprobase un reglamento completo para los diputados, no solo en cuanto a la dedicación exclusiva.

Muchas gracias
Héctor Fernández.
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Lun 22 Abr 2013 - 0:55
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Hilario Borio
Da comienzo la votación. Tienen 48 horas.
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Lun 22 Abr 2013 - 0:57
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Xerardo Fraga
El GPPG (37) vota A FAVOR
Tania Montero
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Lun 22 Abr 2013 - 1:03
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El Grupo Parlamentario Socialista, con 7 diputados, vota A FAVOR
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Lun 22 Abr 2013 - 3:41
La diputada del Grupo Mixto vota ABSTENCIÓN
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Lun 22 Abr 2013 - 17:58
<br>
(D-V) PL sobre el Ejercicio de Incompatibilidades de Altos Cargos del Ejecutivo la Comunidad Autónoma de Galicia (PSOE) Beiras-parlamento-formacion--644x362<br>Señor Beiras, Vicevoceiro do Parlamento Galego-Viceportavoz del Parlamento Galego
<br><br>O Grupo Parlamentar Nacionalista (19) vota A PROL<br><br>
Spoiler:
<br>
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Miér 24 Abr 2013 - 15:55
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Hilario Borio
El resultado de la votación es el siguiente:

A FAVOR: 63
EN CONTRA: 0
ABSTENCIÓN: 1


Queda aprobada la medida. Se publicará en el BOG. Se levanta la sesión.


Última edición por Héctor Fernández. el Vie 26 Abr 2013 - 13:47, editado 1 vez
Félix Tortuga
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Jue 25 Abr 2013 - 1:03
FDP: Hay una abstención...
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Jue 25 Abr 2013 - 22:27
(La bancada socialista se levanta y aplaude)

Félix Tortuga escribió:FDP: Hay una abstención...

FDP: Cierto. Twisted Evil
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Vie 26 Abr 2013 - 13:47
FDP: Corregido.
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