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Luis Aliaga
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Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco (GOBIERNO) Empty Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco (GOBIERNO)

Jue 11 Abr 2013 - 21:46
Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco (GOBIERNO) 95px-Escudo_de_Espa%C3%B1a.svg

CARLOS LÓPEZ BARROSO
PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
Señorías, se abre la Sesión.

Debatimos el Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco [1] [2] [3], remitido a esta Cámara por el Gobierno de la Nación.

Tiene la palabra el Ministro de Hacienda y Presupuestos, don Jorge Juan Churchill.
Jorge J. Churchill
Jorge J. Churchill
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Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco (GOBIERNO) Empty Re: Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco (GOBIERNO)

Vie 12 Abr 2013 - 18:38
Sr. Presidente de la Cámara, Señorías. Tengo el honor de presentarles una norma que es hija de los consensos que emana nuestra Carta Magna y que es el Concierto vasco. Una norma que tiene un largo recorrido histórico y que con este proyecto viene a ser cristalizado, con voluntad de permanencia en armonía del Estado con la Comunidad Autónoma Vasca.

Euskadi tiene una serie de derechos forales reconocidos a través de sus Territorios Históricos y que vienen a conglomerarse en su aspecto tributario en esta norma que presento y que se basa en los principios de foralidad, solidaridad, autonomía y suficiencia de medios.

El Concierto viene a reproducir, a grandes rasgos, el sistema articulado para el resto de las CC AA, salvedad hecha del IRPF y del Impuesto de Sociedades que, por la propia morfología de la economía vasca y sobre la base de la foralidad que ella predica. Euskadi tiene la capacidad de gestionar sus recursos y ello lo debemos canalizar en favor del Estado y para el Estado y el resto de los ciudadanos. Ha sido un proyecto meditado y consensuado y, por ello, pido una valoración favorable del mismo. Muchas gracias.
Luis Aliaga
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Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco (GOBIERNO) Empty Re: Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco (GOBIERNO)

Vie 12 Abr 2013 - 19:48
Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco (GOBIERNO) 95px-Escudo_de_Espa%C3%B1a.svg

CARLOS LÓPEZ BARROSO
PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
Gracias, Ministro.

Tienen la palabra los Portavoces de los Grupos Parlamentarios.
Pasqual Prim
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Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco (GOBIERNO) Empty Re: Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco (GOBIERNO)

Dom 14 Abr 2013 - 20:45
Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco (GOBIERNO) 1129610790_0
Pasqual Prim, portavoz del GPSU

Señorías

Estamos aquí para aplaudir que por fin den el concierto económico al País Vasco, y está bien. Pero no como lo hacen. Es por eso que nuestro grupo parlamentario va a presentar enmiendas al texto para hacerlo un poco mejor para los vascos. Las enmiendas son cortesía del PNV.

Se suprimen los siguientes artículos:
SECCIÓN II. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Artículo 6. Normativa aplicable y exacción del Impuesto
Cuatro. La Comunidad Autónoma del País Vasco obtendrá el 60 por 100 de la recaudación total del IRPF en el territorio autonómico.
SECCIÓN III – IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Artículo 14. Normativa aplicable
Cinco. La Comunidad Autónoma del País Vasco podrá gestionar e inspeccionar así como administrar su recaudación. Además, podrá regular el 20% del Impuesto sobre Sociedades con total libertad.


Muchas gracias
Josu Mendizábal
Josu Mendizábal
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Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco (GOBIERNO) Empty Re: Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco (GOBIERNO)

Lun 15 Abr 2013 - 1:35
Santxo Indurain



Señorías, la verdad es que hoy es un día triste, cuando debería ser alegre.

Debería ser alegre porque nos encontramos aquí, en el hemiciclo que es la máxima expresión de este sistema democrático, debatiendo sobre un Concierto Económico Vasco que llevábamos tiempo esperando.

Pero es triste, puesto que sólo una pequeña parte de los representantes de los habitantes de Euskadi han podido participar en la confección de este Concierto. El resto, nos hemos tenido que conformar con esperar a que un partido político, con miembros de diferentes países, se pongan de acuerdo, cosa que, teniendo en cuenta el marcado carácter españolista de todos ellos, no ha debido ser demasiado difícil.

Es triste porque ahora sí, se trae a votación, pero en un escenario mucho menos propicio para aquellos que defendemos una idea de Euskadi libre e independiente, donde estamos en una situación de minoría evidente, teniendo, de refilón, opciones de hablar y de emitir nuestro único voto, cuando en territorio vasco nuestra influencia es bastante mayor.

Desde HB siempre nos hemos opuesto a un Concierto Económico que marque la obligatoriedad de abonar un cupo al Estado, para satisfacer los gastos de competencias que ese mismo Estado no quiere transferir, sobre todo competencias clave, como las relacionadas con las fuerzas armadas, tanto de seguridad interior como exterior. Transfieran ustedes todas esas competencias, posibiliten un autogobierno real de Euskadi, y no tendrán que pedirnos nada, no necesitamos de sus servicios, tenemos recursos de sobra para poder ser independientes de ustedes. Pero bueno, supongo que esto es parte de otro debate que tendremos que tener más adelante.

Pese a ello, pese a que ahora mismo HB tendría, por sus principios, que negar toda opción de concierto en el que esté regulado casi cualquier tipo de cupo, tenemos que ser responsables con nuestro escaño. Tenemos que intentar conseguir nuestras metas paso a paso, lo cual es indispensable para entender nuestro trabajo usando estas herramientas de organización. Por ello, cederemos en ciertos puntos, de manera transitoria, lo cual creemos que entenderán todos los sectores de la izquierda abertzale.

Por ello, agradecemos a PSUC y PNV la presentación de esas enmiendas, a las que apoyaremos y añadiremos estas otras, las cuales se han acordado por la Junta de Gobierno de HB.

Podíamos haber incluido más, pero creemos que con estas puede bastar por ahora, esperemos sean del agrado de los presentes, porque sólo intentan mejorar un documento que, si bien no es inservible, sí defectuoso.

Enmienda 1 HB:
Se modifica el artículo 43 en la parte segunda del punto uno.
Artículo 43. Residencia habitual y domicilio fiscal
Uno. A efectos de lo dispuesto en el presente Concierto Económico, se entiende que las personas físicas residentes tienen su residencia habitual en el País Vasco aplicando sucesivamente las siguientes reglas:
Segunda. Cuando tengan en éste su principal centro de intereses, considerándose como tal el territorio donde obtengan la mayor parte de la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.


Enmienda 2 HB:
Se elimina la parte c del punto 3 del artículo 52.
Artículo 52. Cargas del Estado no asumidas por la Comunidad Autónoma
Tres. Entre otras tendrán el carácter de cargas no asumidas por la Comunidad Autónoma, las siguientes:
c. Los intereses y cuotas de amortización de las deudas del Estado en la forma que determine la Ley de Cupo


Enmienda 3 HB:

Se modifica el punto uno del artículo 57.
Artículo 57. Índices de imputación
Uno. Los índices para efectuar las imputaciones a que se refieren los artículos 52, 55.dos y 56 anteriores se determinarán básicamente en función del número de habitantes de los Territorios Históricos en relación con los del Estado.



Enmienda 4 HB:

Se modifica el artículo 60.

Artículo 60. Ingreso del cupo
La cantidad a ingresar por la Comunidad Autónoma del País Vasco se abonará a la Hacienda Pública del Estado en un sólo plazo, a satisfacer durante el mes de diciembre de cada año.


Enmienda 5 HB:

Se modifica el artículo 61
Artículo 61. Composición y acuerdos
La Comisión Mixta del Concierto Económico estará constituida, de una parte, por un representante de cada Diputación Foral y otros tantos del Gobierno Vasco, incluyendo en esta parte un representante por cada Grupo Parlamentario del Parlamento Vasco, y, de otra, por un número igual de representantes de la Administración del Estado.
Los acuerdos de la Comisión Mixta del Concierto Económico deberán adoptarse por mayoría cualificada de todos sus miembros integrantes.



Enmienda 6 HB:

Se modifica la parte b del artículo 63.

Artículo 63. Composición
La composición de la Comisión de Coordinación y Evaluación Normativa será la siguiente:
b. Cuatro representantes de la Comunidad Autónoma designados por el Gobierno Vasco, tres de los cuales lo serán a propuesta de cada una de las respectivas Diputaciones Forales, y un representante de cada Grupo Parlamentario del Parlamento Vasco.




Varias de estas enmiendas están destinadas a promover la participación en el desarrollo del concierto de todas las fuerzas políticas posibles, no sólo de la gobernante. Asimismo, otras tantas están destinadas a facilitar la ejecución del concierto, acercarse a una justicia real impositiva y a dificultar actividades especulativas en Euskadi.

Eskerrik Asko.

Carlos Lerner
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Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco (GOBIERNO) Empty Re: Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco (GOBIERNO)

Miér 17 Abr 2013 - 0:35
Solicitamos una prórroga en el tiempo de debate.
Tania Montero
Tania Montero
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Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco (GOBIERNO) Empty Re: Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco (GOBIERNO)

Miér 17 Abr 2013 - 1:57
Señor Presidente, cancelamos nuestra petición de prorroga del debate. Ya comienzo con mi intervención. Disculpe.

Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco (GOBIERNO) Scaled.php?server=857&filename=logopsoe

Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco (GOBIERNO) Jimenez_trinidad_congreso_pleno

Beatriz Arta, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.

Sr. Presidente, señorías:

Desde el Grupo Parlamentario Socialista queremos felicitar al Gobierno por la propuesta de ley que presentan para que sea posible el concierto económico para el País Vasco, aunque también debemos de decirle que ¡ya era hora! Aun así, no estamos de acuerdo en algunos puntos del contenido de la misma, puesto que vemos en ella un perjuicio que sin duda afectará los intereses de esta tierra y de todos los ciudadanos del País Vasco.

Como ya sabemos todos, o al menos así debería de ser, el País Vasco, al igual que otros territorios de la geografía española, como por ejemplo Navarra, poseen una serie de derechos históricos que no nos podíamos permitir obviar, no debemos de olvidarnos de ellos; señores del Partido Popular, esta muy bien que vengan aquí al congreso, presenten esta ley y piensen que ya han cumplido con el País Vasco, pero nosotros al igual que muchos de los partidos que aquí se encuentran les decimos no, un no bien alto y claro. El Partido Popular tiene que apostar cada día por el País Vasco desde el Parlamento Autonómico, que por desgracia está sumido en el más absoluto abandono.

En cuanto a la ley que presentan, desde el GPS queremos que se supriman determinados artículos o que por lo menos consideren en modificarlos:

SECCIÓN III – IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Artículo 14. Normativa aplicable
Cinco. La Comunidad Autónoma del País Vasco podrá gestionar e inspeccionar así como administrar su recaudación. Además, podrá regular el 20% del Impuesto sobre Sociedades con total libertad.

Sseñores Populares vemos con buenos ojos que el País Vasco gestione, inspeccione y administre su recaudación, pero no está bien que solo pueda regular tan solo el 20% del impuesto de sociedades, creemos que es necesario que lo regule al 100% con total libertad, por eso estamos de acuerdo con el PSUC en que sea retirada.

Votaremos a favor de la enmienda número 5 de HB, puesto que consideramos positiva la entrada de los distintos grupos parlamentarios de la Cámara en la Comisión Mixta del Concierto Vasco. Además, que los acuerdos tengan que ser unánimes puede desembocar en una situación de bloqueo.

Para finalizar, el Grupo Parlamentario Socialista considera que el País Vasco debe regular el 40% de los Impuestos Especiales para adaptarlos a las particularidades de la Comunidad. Por ello presentamos las siguientes enmiendas:

Enmienda 1ª
Artículo 33. Normativa aplicable y exacción de los impuestos
Uno. Los Impuestos Especiales serán regulados en un 40% por las Instituciones competentes de los Territorios Históricos. Además podrán aprobar los modelos de declaración e ingreso, que contendrán al menos los mismos datos que los del territorio común, y señalar plazos de ingreso para cada período de liquidación, que no diferirán sustancialmente de los establecidos por la Administración del Estado.

Enmienda 2ª
Artículo 33
Tres. El Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte se exigirá por las respectivas Diputaciones Forales, cuando los medios de transporte sean objeto de matriculación definitiva en territorio vasco.

Muchas gracias Señorías.
Luis Aliaga
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Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco (GOBIERNO) Empty Re: Proyecto de Ley del Concierto Económico Vasco (GOBIERNO)

Jue 18 Abr 2013 - 11:44
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CARLOS LÓPEZ BARROSO
PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
Gracias, señorías.

Pasamos a la votación.
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