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Héctor Fernández.
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(D-V) PL de sedes institucionales básicas de Castilla y León (GOBIERNO) Empty (D-V) PL de sedes institucionales básicas de Castilla y León (GOBIERNO)

Vie 14 Dic 2012 - 22:02
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Juan Ignacio Herrera
Bien, señores procuradores, se inicia la sesión para debatir la siguiente propuesta presentada por la Junta de Castilla y León. Tiene el turno de palabra el portavoz de su grupo parlamentario. La intervención expositiva del proyecto deberá realizarse en el plazo de 48 horas.

PL de sedes institucionales básicas de Castilla y León (GOBIERNO)

Preámbulo

El Estatuto de Castilla y León, en su artículo tercero, marca la obligación a las Cortes de Castilla y León de legislar acerca de la localización de las sedes institucionales de Castilla y León. El mismo artículo marca que la determinación de la ubicación debe atender a criterios de eficacia y coordinación de funciones y a la tradición histórico-cultural. En cumplimiento de ese mandato, se presenta el siguiente proyecto.

Título Único. De la localización de las sedes institucionales de Castilla y León

Artículo 1.- Las Cortes de Castilla y León, como cámara de representación del pueblo castellanoleonés, se localizan en la ciudad de Fuensaldaña (Valladolid), en el Castillo de Fuensaldaña.

Artículo 2.- La sede de la Junta de Castilla y León se localiza en la ciudad de Valladolid, en el Colegio de la Asunción.

Artículo 3.- La localización del Presidente de la Junta de Castilla y León será la del artículo anterior.

Artículo 4.- La sede del Consejo Económico y Social, del Procurador del Común, del Consejo Consultivo y del Consejo de Cuentas toman como localización la ciudad de Valladolid. El edificio donde residan corporeamente estos organismos será de su elección dentro de alguno de los edificios públicos en la ciudad de Valladolid, sin perjuicio de cualquier otro organismo que esté instalado en el edificio elegido.

Artículo 5.- El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León se localizará en la ciudad de Salamanca. La elección del edificio donde se localice finalmente, dentro de la ciudad, será decisión del Ayuntamiento de Salamanca. El Ayto. de Salamanca deberá decidir la localización de este organismo en un plazo de 45 días tras la pulicación del presente proyecto en el BOCyL y comunicárselo a la Junta de Castilla y León. En caso contrario la elección será responsabilidad del propio órgano.

Artículo 6.- Las Consejerías de la Junta de Castilla y León se situarán en la ciudad de Valladolid. El edificio donde residan corporeamente las Consejerías será de su elección dentro de alguno de los edificios públicos en la ciudad de Valladolid, sin perjuicio de cualquier otro organismo que esté instalado en el edificio elegido.

Disposición final

El presente proyecto entrará en vigor treinta días después de su publicación en el BOCyL.
Héctor Fernández.
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Sáb 15 Dic 2012 - 15:27
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Héctor Fernández
Gracias señor Presidente, señores procuradores, la Junta de Castilla y León les presenta el siguiente plan que pretende concretar las sedes de las instituciones básicas de nuestra región. Este plan, como pueden leer en el preámbulo, responde a una exigencia de nuestro Estatuto de Autonomía, el cual pide que mediante una Ley en las Cortes se concrete la localización de nuestras instituciones. Así, el Gobierno castellanoleonés, hace ánimo de cumplir con nuestro Estatuto y presenta la presente medida.
La Junta pretende hubicar estas instituciones atendiendo al criterio de eficacia y coordinación, es por ello que planteamos la localización de la mayoría de las instituciones gubernamentales regionales en la ciudad de Valladolid, como capital de la región, excepto estas Cortes de Fuansaldaña y el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que se situará en Salamanca.
Este proyecto, es una nueva medida que pretende comenzar a poner las bases sobre las que se construirá nuestra región. Es por ello que les pido su voto favorable. Muchas gracias.
Héctor Fernández.
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Sáb 15 Dic 2012 - 15:28
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Juan Ignacio Herrera
Bien, el resto de grupos parlamentarios tienen la palabra. Tienen 48 horas para el debate del presente proyecto de ley.
Carlos Vara
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Dom 16 Dic 2012 - 18:45
Pilar Mendoza, Presidenta del GPS-CyL:

Gracias señor Presidente,
señores Procuradores.

Desde el Grupo Parlamentario Socialista, vemos esta ley como algo positivo, pues viene a establecer con claridad, las sedes de las instituciones autonómicas. Si bien no entendemos claramente que es eso del Tribuna Superior de Justicia de Castilla y León y más aún señor Fernández, cuando las competencias en justicia son propias del Estado, por tanto, antes de que mi grupo emita su voto. Que ya anuncia que será favorable o abstención, nos gustaría que se nos repondiera a las siguientes preguntas:

¿Qué es el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León?
¿Es el gobierno de la Junta de Castilla y León que puede estar incurriendo en un delito de invasión de competencias?

Gracias.
Héctor Fernández.
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Dom 16 Dic 2012 - 23:27
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Héctor Fernández
La respondo con gusto, señora Mendoza, aunque me parece lamentable que tenga que responderla a esta pregunta puesto que usted estampó su voto a favor y defendió en el Congreso de los Diputados el Estatuto de Autonomía de nuestra tierra, donde su pregunta es contestada. No obstante, la contesto.
Señora Mendoza, la leo el artículo 40 de nuestro estatuto de autonomía:
Artículo 40. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
1. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León es el órgano jurisdiccional superior de la Administración de Justicia dentro de la Comunidad en todos los órdenes, con excepción de la jurisdicción militar, y alcanza a todo su ámbito territorial. Su organización, competencias y funcionamiento se ajustará a cuanto disponga la legislación estatal.
2. Las competencias del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León se ejercerán sin perjuicio de las que correspondan al Tribunal Supremo como órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes dentro de la Administración de Justicia española o, cuando proceda, de las reconocidas a los Tribunales Internacionales, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución, la legislación del Estado y los Tratados suscritos por España.
Como puede observar usted misma, no hay invasión de competencias puesto que nuestro Estatuto aprobado en estas Cortes con los votos favorables de su partido y aprobado en el Congreso de los Diputados con los votos favorables de su partido, nos marca la evidencia de que Castilla y León actúa dentro de sus competencias.
Héctor Fernández.
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Lun 17 Dic 2012 - 22:30
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Juan Ignacio Herrera
Doy paso a la votación. Tienen 48 horas.
Héctor Fernández.
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Mar 18 Dic 2012 - 0:52
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Héctor Fernández
El GPLDC (54) vota A FAVOR
ana moro
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Mar 18 Dic 2012 - 15:42
El Grupo Parlamentario Comunista (GPC) con 16 Diputados vota: EN CONTRA.
Motivado por las mismas razones que en la votación anterior.
Jorge J. Churchill
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Mar 18 Dic 2012 - 18:00
Miguel Suárez González [PDP CyL]
El Partido Demócrata Popular, con 1 escaño, e integrado en el Grupo Mixto vota A FAVOR.
Carlos Vara
Carlos Vara
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Miér 19 Dic 2012 - 0:03
El Grupo Parlamentario Socialista vota Abstención.
Félix Tortuga
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Miér 19 Dic 2012 - 4:14
El diputado de FE-JONS(a) integrado en el Grupo Mixto vota EN CONTRA
Héctor Fernández.
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Sáb 22 Dic 2012 - 21:50
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Juan Ignacio Herrera
Terminado el plazo de votación, el resultado es el siguiente:

A FAVOR: 55
ABSTENCIÓN: 27
EN CONTRA: 17


El proyecto queda aprobado, se publicará en el BOCyL. Se levanta la sesión.
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